Abogado de Breccia denuncia componente político en polémica por eventual deuda
"Esto va a terminar con el archivo del expediente", aseguró el abogado de Sonia Breccia, Hebert Gatto. Según él, "es notorio y definitivo" que la periodista no le debe al Estado ya que firmó un contrato con el ex director de Canal 5 que saldaba cuentas y que nunca fue anulado. "Hay una grosera irregularidad por parte del Estado en el modo en que actúa", afirmó.
(Emitido a las 9.10)
EMILIANO COTELO:
Desde que se anunció que la periodista Sonia Breccia estaría al frente de Tveo, se ha hablado mucho sobre si mantiene o no deudas con ese canal.
El debate está centrado en un convenio que Breccia firmó en febrero de 2002 con el entonces director de Tveo, Juan Carlos Doyenart. Para algunos ese acuerdo es válido; para otros, ilegal.
Ustedes han tenido aquí En Perspectiva varias noticias sobre este tema, incluso lo discutimos en una de nuestras tertulias. Hoy les proponemos conocer la versión de la señora Breccia a través de su abogado, Heber Gatto.
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Doctor Gatto, el monto de la deuda de Sonia Breccia con Canal 5 en febrero de 2002 era, para redondear, de 400.000 pesos, 397.020 para ser exactos. ¿Cuál era el origen de esa deuda?
HEBER GATTO:
El origen de esa deuda era arrendamiento, llamémosle así, que debió haber abonado Sonia Breccia durante 2001 no recuerdo exactamente el origen de la deuda y una parte muy pequeña de 2002, dada la situación general de descalabro del país. Ella subvendía el programa vendiendo publicidad.
EC - Claro, el programa Hoy por hoy era una coproducción entre Sonia Breccia y Canal 5.
HG - Exactamente; si bien el programa en sí mismo era propiedad de Sonia Breccia.
EC - Entonces, ¿cómo fue la fórmula de cancelación que propuso el entonces director de Tveo, Juan Carlos Doyenart?
HG - La fórmula fue: ella le otorgaba a Canal 5, Tveo, la propiedad del programa, más la propiedad del nombre, y ulteriormente registró la marca cosa a la que no estaba obligada contractualmente y se la ofreció al Estado, a Canal 5. Esa fue la secuencia. Pero contractualmente lo que ella entregó en pago de la deuda que jurídicamente se denomina "dación en pago" fue el programa, su formato, su característica, su historia, su nombre y su obligación, también asumida por ese contrato, de conducirlo en exclusividad durante dos años, cosa que hizo.
EC - Entonces: había una deuda de Sonia Breccia con Tveo, es decir con el Estado uruguayo, con la sociedad uruguaya, y Juan Carlos Doyenart propone saldarla con la compra, por Tveo, del programa Hoy por hoy; no sólo la marca, enfatiza usted, no sólo el nombre, sino el conjunto del programa.
HG - Yo no dije "no sólo", sino que lo que primariamente otorga por ese contrato es el programa, le da la propiedad al Estado, y el nombre como creación intelectual, que no es registrable. Ulteriormente y a los efectos de levantar objeciones que había planteado algún abogado del Sodre, lo registra, no a nombre del Estado porque el Estado se negaba a registrarlo, y se lo ofrece al Estado una vez registrado.
EC - Usted se adelantó a algunas de las preguntas que quería hacerle, pero volviendo a lo que le estaba preguntando: Doyenart propone saldar esa deuda con la compra por Tveo del programa Hoy por hoy. Para Sonia Breccia era una buena fórmula, dejaba de deber una cifra importante de dinero, pero ¿por qué ese acuerdo también era bueno para la sociedad uruguaya, para el Estado? Quiero decir, ¿por qué para los uruguayos, los dueños de Tveo, era lo mismo cobrar 400.000 pesos en efectivo que pasar a ser los propietarios del programa Hoy por hoy?
HG - Debo decir dos o tres cosas. La primera, que en aquellos momentos no era fácil cobrar esa deuda, ninguno de los coproductores del programa, o el grueso de los coproductores, estaba al día ni tenía capacidad de pago como para hacer frente a esas erogaciones.
EC - Eso lo ha dicho el propio Doyenart, era un problema bastante extendido entre los coproductores.
HG - Generalizado, dado que ellos viven de la venta de publicidad y no podían vender publicidad. En segundo lugar, el programa Hoy por hoy, que hacía muchos años que se emitía en Canal 5, era el principal programa de canal, le diría que era casi uno de los distintivos; así como si usted me permite Emiliano Cotelo es un distintivo de esta radio, el programa de Sonia lo era, estuvo primero en el rating durante muchísimo tiempo, promedialmente es el que estuvo más veces en primer lugar, cuando no estuvo en segundo.
En esa medida adquirir un programa, más la obligación de su conductora de dirigirlo durante dos años en exclusividad a 1.000 dólares por mes porque en definitiva la deuda era de 25.000 dólares y si usted promedia la cifra durante dos años, lo que estaba ofreciendo Sonia no era más que su obligación de conducirlo y entregarlo al Estado por 1.000 dólares por mes, me parece un excelente negocio que la sociedad uruguaya, el Estado uruguayo y Canal 5 hacían.
EC - De todos modos hay una discusión allí a propósito de cómo se fijaba el valor de ese programa, de si equivalía exactamente o no a esos 400.000 pesos.
HG - Yo insisto en que creo que esa suma era muy barata, lo digo sinceramente. También quiero admitir que en Uruguay lo que está relacionado con el valor de un programa televisivo o radial no tiene demasiados antecedentes, pero acabo de ver que en otros países se contrata a un periodista para conducir, por ejemplo, un programa deportivo y no le hablo de Estados Unidos, sino de Brasil o incluso de Argentina por sumas de centenas de miles de dólares, porque así se valora la labor periodística. En Uruguay hay una suerte de desprecio si me perdona por la labor periodística en general.
EC - Vayamos a los cuestionamientos que el convenio pasó a tener a partir de aquel momento. Pocos días después de firmado el acuerdo entre Doyenart y Breccia, Doyenart renuncia y asume en su lugar Ramiro Rodríguez Villamil. Entonces, la Auditoría Interna de la Nación (AIN) observa el contrato entre Doyenart y Breccia, y lo hace básicamente por dos razones: por la forma Doyenart no estaba facultado para firmar ese convenio, ya que el Sistema Nacional de Televisión era una dirección del Sodre y por lo tanto correspondía que lo firmaran las autoridades del Sodre y por el contenido mismo ya que en él, Breccia vendía la marca Hoy por hoy, que no estaba registrada.
De algunos de estos puntos usted ya habló, pero me gustaría que nos detuviéramos en los dos. En primer lugar el relativo a que Doyenart no estaba facultado para firmar un acuerdo de ese tipo.
HG - Sobre eso dos o tres cosas. La primera, cuando se contrata con la administración no es obligación del administrado investigar trabajosamente si las facultades del jerarca del servicio existen o no, si usted va ahora a la Intendencia y firma un convenio de exención de deuda que se están firmando y le otorga el convenio el jefe de la sección tributaria de la Intendencia, bueno sería que cada administrado tuviera que consultar un abogado para ver si ese jerarca tiene facultades.
Acá el contrato, como se ve, es suscrito por Doyenart, como dice el mismo: "Juan Carlos Doyenart en su calidad de director de Televisión y como ordenador secundario de gastos, conforme al decreto del Poder Ejecutivo del 2 de diciembre de 2001". Doyenart sostiene y creo que lo hace con sólido criterio y con razones que este decreto del 2 de diciembre de 2001, o sea dos meses anterior, en la medida que le daba el carácter de ordenador secundario de gastos, lo facultaba a suscribir esto.
EC - Usted dice que Breccia no tenía por qué saber que Doyenart no era la autoridad competente...
HG - Obvio.
EC - ...pero usted era abogado de la señora Breccia...
HG - Sí, pero si a mí Doyenart me dice "yo estoy facultado porque hay un decreto del Poder Ejecutivo que me otorga facultades" y el decreto está, no tengo por qué examinar los alcances del mismo.
EC - ¿No le correspondía a usted examinar ese aspecto estrictamente jurídico?
HG - No. Supongamos que yo voy a una oficina pública y el jerarca me firma un convenio; ni yo como abogado ni ningún administrado debe hacer esa investigación, hay una presunción de que quien actúa en nombre del Estado lo hace con facultades bastantes, si no sería imposible el mismo funcionamiento del Estado. Si cuando usted fuera a firmar algo antes tuviera que decir "un momentito, voy a averiguar con mi abogado si usted puede o no firmar", el Estado sencillamente no funcionaría.
EC - Pasemos al segundo aspecto que objeta la AIN.
HG - Déjeme decirle una cosa más: yo insisto en que Doyenart estaba facultado, y el informe de la Auditoría que usted cita dice que no estaba facultado pero no fundamenta por qué no, es una mera afirmación colgada del vacío, no dice por qué no estaba facultado ni menciona el decreto de 2001 del cual se valida Doyenart para suscribir esto.
EC - En cuanto a la segunda objeción, cuando se firmó el acuerdo entre Sonia Breccia y Juan Carlos Doyenart la marca Hoy por hoy no estaba registrada a nombre de Breccia. ¿Cómo se entiende esto?
HG - Dos cosas. La primera, yo no estoy tan seguro de que la Auditoría objete el contrato en sí mismo; fíjese lo que dice tengo el informe delante: "Esta Auditoría no puede emitir opinión respecto a la conveniencia u oportunidad que a juicio del director del canal tenía dicha adquisición, respecto a aspectos estratégicos de la programación del mismo. Tampoco corresponde pronunciarse acerca de la validez jurídica del objeto del convenio. Se sugiere informe letrado al respecto a efectos de que el Consejo Directivo del Sodre, conjuntamente con la nueva autoridad del Canal 5, tome una decisión definitiva al respecto". No dice que no, dice simplemente me merece dudas, investiguemos más. De modo que se ha insistido en este aspecto, pero equivocadamente. La Auditoria es un órgano meramente asesor, acá se limita a plantear sus dudas sobre este aspecto.
EC - Según lo que publicó el semanario Crónicas el viernes pasado, el trámite de registro fue iniciado recién en setiembre de 2002, o sea siete meses después, por Martín Fabregat Breccia, hijo de Sonia Breccia. ¿Cómo se explica esto?
HG - No era un contrato sobre marca, es fundamental entender eso.
EC - Usted ya lo señaló, pero éste es el momento de tratar de comprenderlo en toda su profundidad.
HG - Lo que se otorgó en pago de la deuda fue un programa que tenía una forma, no era un bien tangible, no era un automóvil, pero era un bien económicamente valuable y que existía en el tiempo y en el éter, si usted quiere, era un objeto pasible de comercialización en Uruguay y en cualquier lugar del mundo, más su nombre como creación intelectual, que no exige registro. De tal modo que registrarlo o no, no era necesario. El contrato es muy claro, dice que acuerdan que como forma de liquidar la deuda, etcétera, Sonia Breccia pasará, en realidad "Asterisco SRL pasará la propiedad del programa Hoy por hoy al Sodre, Tveo, en forma definitiva; por el plazo de dos años Sonia Breccia...", etcétera. O sea, es la propiedad intelectual del programa.
EC - De todos modos el título, el nombre del programa, formaba parte de esa creación que se estaba vendiendo. Entonces, ¿no hubiera sido razonable que la marca Hoy por hoy, llegado el momento de registrarse, fuese registrada directamente por el Estado?
HG - Claro que sí.
EC - En setiembre de 2002, si aquel acuerdo valía, el programa Hoy por hoy, y por lo tanto también su nombre, ya era propiedad del Estado; ¿por qué lo registra Martín Fabregat Breccia?
HG - Le explico. Si bien contractualmente no había ninguna obligación y la operación estaba cerrada, surge la objeción, hecha por la doctora Martínez Arezzo en ese informe que fue reproducido en la prensa, de que el programa no estaba registrado. Entonces se le dice al Estado: señor, registre. El Estado dice: "no, no registramos porque este contrato no es válido". Ante ello yo le digo a Martín: "el Estado no lo va a registrar, registralo y ofrecérselo". Y eso es lo que hace a mayor abundamiento, es decir para responder a una objeción infundada, pero para darle, si usted quiere, más redondez a un negocio que ya estaba perfectamente cerrado y perfeccionado.
EC - El trámite de registro cumple con las distintas etapas y es aprobado el 31 de diciembre de 2003, en esa fecha se emite el primer título de propiedad a propósito de la marca Hoy por hoy. Diciembre de 2003. ¿Por qué recién en marzo de 2004, cuando ya se sabe que Sonia Breccia va a ser la directora de Tveo, Martín Fabregat se presenta al Ministerio de Educación y Cultura (MEC) y ofrece la marca Hoy por hoy como contraparte del acuerdo cuestionado?
HG - Ahí hay un lapso, yo pregunto esto y Martín Fabregat me informa que en las conversaciones con Rodríguez Villamil muchas veces le dice: "lo estoy registrando, ya lo registré, ¿por qué no se quedan con la marca?", etcétera. Rodríguez Villamil primero declaró que no lo quiso registrar porque el Sodre le decía que el contrato no era válido, y luego, por la misma razón, no acepta el ofrecimiento que le hace Martín Fabregat, hasta que llega un momento que me dice "no hay forma de que esto camine". Y yo digo "ofrezcámoslo a las nuevas autoridades".
Yo había hablado además esto lo digo a título personal con el ministro de entonces, el doctor Guzmán, y le había dicho: "Doctor, perfeccionamos esto". Pero Guzmán estaba atado por un expediente que no se movía, que tenía innúmeras dificultades y era muy contradictorio.
EC - Muy contradictorio, dice usted.
HG - Muy contradictorio, porque así como la doctora Martínez Arezzo decía que el contrato no era válido, hay informes del doctor Tubí y del jefe de Jurídica, el doctor Benítez Prebe, en el sentido contrario, diciendo que ni siquiera la marca era necesaria. Se lo puedo leer, Benítez Prebe dice que "alcanza con haber comprado el programa y haber adquirido la propiedad intelectual", lo que yo le decía; la propiedad intelectual en Uruguay no se registra.
EC - ¿Entonces por qué el ofrecimiento de la marca al MEC se produce cuando Sonia Breccia ya es anunciada como futura directora?
HG - Es una mera coincidencia. Había sido ofrecida muchas veces y había sido rechazada. Era de esperar que las nuevas autoridades la aceptaran, por lo menos existía la posibilidad; con las autoridades anteriores, dada su negativa a aceptar la validez del contrato, ninguna gestión era posible, de modo que se intentó una gestión con las nuevas autoridades.
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EC - Seguimos tratando de entender el proceso que ha tenido en los últimos años aquella deuda de 397.020 pesos que Sonia Breccia tenía con Canal 5 a fines del año 2001 y que Doyenart, director de Tveo en febrero de 2002, plantea que se cancele a través de un convenio por el cual la televisión del Estado adquiere el programa Hoy por hoy. ¿Qué más adquiere? Recordemos las otras características del convenio.
HG - Adquiere la obligación de Sonia Breccia por dos años de seguir conduciendo ese programa y de hacerlo en exclusividad.
EC - ¿Cuánto iba a cobrar Sonia Breccia durante los dos años?
HG - Se reservaba una cantidad de minutos bastante inferior a la que tenía antes para poder subsistir, porque naturalmente el canal no le pagaba nada, de modo que para emitir ese programa durante dos años tenía que tener algún tipo de ingreso para poder subvenir las necesidades del propio programa, y se reserva unos minutos de publicidad, que por otra parte tiene enormes dificultades para vender en esos años.
EC - Por lo que usted mismo acaba de contar recién, ustedes estuvieron enterados muy pronto de que aquel convenio tenía problemas de validación hacia arriba, dentro del Sodre y en el MEC.
HG - Ahí hay que hacer una precisión muy importante: estábamos enterados extraoficialmente porque nos lo dice Rodríguez Villamil amablemente, y porque Rodríguez Villamil sigue facturando, pero no porque a Sonia Breccia se le dé vista de este expediente, cosa que no ocurre hasta ahora. La primera vez que se le da vista es en marzo de 2005, y ni siquiera a Sonia Breccia sino a su hijo, por el tema del registro de marca.
EC - Le hago esta pregunta porque en una carta que difundió Sonia Breccia hace pocas semanas, ella dice: "Al término del contrato, el 4 de febrero de 2004, me presenté acompañada por el doctor Heber Gatto ante las nuevas autoridades del Canal 5, cuyo director era el doctor Rodríguez Villamil, a los efectos de firmar un nuevo convenio. Es en ese momento que nos enteramos por el director del canal de que el MEC tiene a estudio el contrato anterior ya vencido". Pero ustedes tenían noticia.
HG - Nos enteramos oficialmente con la palabra de Rodríguez Villamil. "Oficialmente", entre comillas, porque usted de un expediente se tiene que enterar cuando le dan vista del mismo. Extraoficialmente nos habían llegado noticias de que el Sodre se oponía al contrato, etcétera, y además Rodríguez Villamil seguía facturando.
EC - Ese es el tema, según nuestras averiguaciones, en 2002 la AIN impone al Sodre que regularice la relación Sonia BrecciaTveo; Rodríguez Villamil pide instrucciones al Consejo Directivo del Sodre y este le responde que si el contrato no es válido hay que seguir facturándole a Sonia Breccia según lo establecido en el contrato anterior. Canal 5 emite esa factura mes a mes y, según dicen las autoridades anteriores de Canal 5, Breccia las recibe y acusa recibo de ellas. ¿Entonces no estaba reconociendo que el contrato firmado con Doyenart no estaba vigente o por lo menos que se encontraba cuestionado?
HG - Sí, señor; le voy a decir dos cosas sobre eso. La primera es que es absolutamente irregular lo que hace el Sodre: desconoce un contrato firmado por Doyenart, pero no lo invalida, no emite una resolución que diga "anúlase la resolución del señor Doyenart y por consiguiente quedamos facultados a emitir factura". Emite facturas en el aire, porque el contrato seguía vigente. El Sodre cuando objeta el contrato firmado no emite una resolución, se limita a decir "me parece que este contrato es inválido, vaya al ministerio", no emite una decisión estatal anulando el contrato firmado. De modo que esas facturas eran absolutamente en el aire.
Pero además Sonia Breccia, cuando le llega la factura, en una carta del 5 de julio de 2002 que reitera en marzo de 2003, le dice al Sodre: "Montevideo, 5 de julio de 2002. Por la presente dejamos constancia de que de acuerdo a nuestros registros administrativos, las facturas emitidas por el Sodre en el año 2002 están comprendidas en el acuerdo realizado en fecha 5/2/02 entre este organismo y Asterisco. No habiendo respuesta solicitamos que nos instruya qué hacer al respecto". Es imposible evitar que alguien facture, lo que usted tiene que hacer es lo que hizo, enviar una nota diciendo: esas facturas no me alcanzan porque el contrato sigue vigente.
EC - Esas facturas son importantes porque a través de ellas es que la deuda termina llegando a la cifra que se ha manejado, del orden de 900 mil pesos. Era originalmente de 397.000 y con estas facturas que se siguieron emitiendo después, porque el contrato estaba cuestionado, llega a 900.000.
HG - Pero yo insisto porque me parece que el punto es clave en que el Estado comete una grosera irregularidad al emitir facturas cuando mantiene vigente la decisión que había anulado la deuda. ¿Qué debió haber hecho el Sodre? Debió haber anulado la resolución o remitírsela al ministerio para que la anulara. Ninguno de estos organismos hizo lo propio, la decisión o la opinión consultiva de la Auditoría no tiene efecto vinculante, es meramente una opinión. La Auditoría no le puede decir al Sodre "usted debe seguir emitiendo factura", le puede decir "yo creo que este contrato tiene tales y cuales vicios". O sea que hay una grosera irregularidad por parte del Estado en el modo en que actúa, fundamentalmente el Sodre.
EC - En enero de 2003 Tveo obtiene su autonomía del Sodre y pasa a depender directamente del MEC. No sé si el término es "autonomía"; usted es el abogado acá...
HG - Pero no soy administrativista y no sé cuál es el grado de independencia que obtuvo.
EC - Lo cierto es que en ese nuevo contexto pasa buena parte del 2003 con las autoridades de Tveo y Sonia Breccia viendo cómo resolver el problema del contrato cuestionado y la nueva deuda que se había ido generando. A partir de esas conversaciones es que en 2004 Rodríguez Villamil obtiene autorización para hacer un contrato nuevo, como los restantes que se estaban haciendo con todas las coproducciones. ¿Qué características tiene ese nuevo contrato y cómo entra dentro de todo este proceso?
HG - Este nuevo contrato obedece a una lógica, no es meramente que Rodríguez Villamil obtuviera autorización para hacerlo sino que se vence el contrato firmado el 5 de febrero de 2002 por el cual Sonia Breccia nada debía pagarle, según nuestra posición, a Canal 5. Agotados los efectos de ese contrato, había que regular la nueva situación, entonces ahí sí, sin pronunciarse Sonia Breccia sobre lo anterior en la medida que entendía que era válido, se celebra un nuevo contrato que regula su arrendamiento con el Estado por la emisión del programa Hoy por hoy, propiedad del Estado. Y eso se cumple.
EC - ¿Qué implica ese contrato con respecto a la deuda anterior, o con respecto a toda la etapa anterior?
HG - A mi juicio no implica absolutamente nada. La etapa anterior estaba cerrada, se había cumplido; lo que pasa es que en la medida en que el Sodre seguía emitiendo factura la tesis del Estado ni siquiera la tesis del Estado, esa tesis irregular de Canal 5 o del Sodre era que eso lo iba a resolver en algún momento de su larga vida el Estado uruguayo, cosa que todavía no ha hecho.
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EC - Para terminar quiero preguntarle a propósito de cómo es el final de esta historia, cómo se cierra ahora esto que usted ha venido describiendo como abogado de la señora Sonia Breccia. Pero antes, yo le preguntaba más temprano por qué Martín Fabregat recién ofrece al MEC la marca Hoy por hoy ahora, en marzo de 2005, y usted respondía, entre otras cosas, que hubo varios intentos de darle al Estado la propiedad de la marca.
HG - No sólo eso. Eso no fue algo que yo hablara con Rodríguez Villamil...
EC - Se lo pregunto porque hemos tenido una llamada telefónica de Ramiro Rodríguez Villamil aclarando que Martín Fabregat nunca le ofreció a él la marca Hoy por hoy.
HG - Eso corre por cuenta de Rodríguez Villamil y Martín Fabregat. Lo que le puedo decir es que yo escuché a Rodríguez Villamil, con el cual las relaciones fueron caballerescas, cordiales, sin ningún problema personal Rodríguez Villamil en cierto modo fue una víctima de una situación heredada en todo esto, decir que él no registró la marca porque la posición del Sodre se lo impedía. Y yo le pregunté a este chico por qué no le ofreció la marca con anterioridad y me dijo que él se la había ofrecido. Pero ése es un tema en el cual yo directamente no intervine.
EC - La semana pasada el ministro de Educación, Jorge Brovetto, dijo al diario El Observador que va a analizar si lo que hizo Doyenart es correcto. En particular con ese contrato de febrero de 2002, pero también dando a entender que hay otras posibles irregularidades en la gestión de Doyenart como director de Tveo. Mi pregunta es: ¿qué actitud tomaría Sonia Breccia en el caso de que el ministerio determinara ahora que Doyenart efectivamente no podía firmar aquel acuerdo?
HG - Ahí hay dos problemas. En primer lugar, tendría que anular esta resolución, porque si no anula el contrato Sonia Breccia no tiene participación en el diferendo.
EC - Usted enfatiza que el contrato nunca fue anulado.
HG - No, está vigente, nunca fue anulado. El ministerio eventualmente podría anularlo en este momento.
EC - ¿Pero no puede interpretarse que no se lo anuló porque directamente nunca pudo haber existido, por aquello de que Doyenart no estaba habilitado para firmar?
HG - No, no, en el Estado no se puede presumir este tipo de cosas, las resoluciones, aun tomadas por un funcionario inválido, tienen que ser anuladas expresamente.
EC - Entonces usted aclara que nunca fue anulado.
HG - Claro, no se puede anular tácitamente. Pero yo le quiero decir algo más, Doyenart fue un paladín en ese momento si usted me perdona, fue un hombre que luchó por Canal 5; yo creo esto es ajeno al tema de Sonia Breccia, que, como dijimos antes, no le competía analizar las facultades de Doyenart, estoy absolutamente seguro de que actuó en función de lo que entendía que eran sus prerrogativas y facultades en ese momento en contacto directo con el presidente de la República no digo sobre este tema, digo en general, que le iba ampliando progresivamente sus facultades para atender una emergencia del canal. Todo eso se frustró después, pero en ese momento nadie sabía que se iba a frustrar. Yo estoy seguro de que Doyenart actuó acá en función de lo que entendió que podía hacer, además favoreciendo al Estado, insisto, porque éste es el tema central. ¿Por qué existe todo este problema con Sonia Breccia por una deuda de 25.000 dólares? La Intendencia en este momento se lo decía antes está exonerando de recargo por 40, 50 y 60.000 dólares legítimamente, entendámonos, sin que eso genere ningún escándalo. ¿Cuál es el sentido de este escándalo? Perdone que me desviara.
EC - ¿Cuál es el sentido?
HG - Acá hay un tema político cruzado que está distorsionando todo esto. No es posible que se le diga en la prensa "Sonia Breccia debe al Estado", cuando es notorio, claro y definitivo que no debe. Usted me podrá decir "ese convenio es un mamarracho"; muy bien, ¿por qué no lo anularon, no lo revocaron, si es un mamarracho? Lo que no debe ni puede decirse es que debe dinero.
EC - Para cerrar, ¿cómo se formaliza esto, cómo se pasa en limpio en la medida en que ahora Sonia Breccia es directora del canal y debe quedar claro que no hay una deuda de por medio?
HG - Hay dos posibilidades, una es que, tal como parece y el ministro se ha adelantado a decir, en definitiva se archive el expediente y quede claro para la ciudadanía que Sonia no debe nada. La otra eventualidad que jurídicamente existe es que el ministerio anule la resolución y pretenda que el contrato ya agotado en sus efectos no es válido. En ese caso Sonia Breccia tendrá todos los derechos, como tienen todos los ciudadanos, de recurrir una anulación mal hecha. Esta segunda eventualidad me parece que no va a ocurrir, de modo que le contesto: esto va a terminar como debe terminar, con el archivo del expediente.
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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Mauricio Erramuspe
Fotos: Alexandra Hahn