Entrevistas

Senador del EP propone restringir la "inversión de la carga de la prueba" en ley de fuero sindical

El senador del Encuentro Progresista, Eduardo Ríos, afirmó que "la inversión de la carga de la prueba (que obliga a la patronal a demostrar que un despido no es de carácter antisindical) tiene que ser restringida al dirigente sindical, porque los otros trabajadores tienen el derecho laboral común al cual pueden recurrir". Ríos aclaró que no hay grandes diferencias respecto al proyecto que obtuvo media sanción en Diputados.

(Emitido a las 8.45)

EMILIANO COTELO:
¿Se modificará en el Senado el proyecto de ley de fuero sindical que ya fuera aprobado en la Cámara de Representantes en julio?

Ayer el proyecto, con esa media sanción, ingresó a la Comisión Laboral de la Cámara Alta. Entre otros aspectos esta iniciativa prevé la inversión de la carga de la prueba, lo que ha sido criticado desde el sector empresarial porque se entiende que consagra la casi inamovilidad laboral de todo afiliado a un sindicato.

Según el documento que viene de la Cámara Baja, ante cualquier despido de un trabajador sindicalizado la empresa está obligada a probar que el motivo no es sindical y si no lo prueba debe reincorporarlo.

Las cámaras empresariales han manifestado su preocupación en torno al tema, señalando que no se trata de un proyecto de ley de fuero sindical sino de una iniciativa que, a semejanza de lo que ocurre hoy en la administración pública, termina estableciendo la inamovilidad en el sector privado.

Se ha destacado, por ejemplo, que la mayoría de las leyes de fuero sindical existente en el derecho comparado fija un alcance más restringido de esta protección, limitándola a un número expresamente predeterminado de dirigentes sindicales por empresa.

Ayer, por ejemplo, Índice 810, cuando manejaba esta noticia, citaba el caso de Venezuela, donde la ley aprobada con el respaldo del presidente Hugo Chávez establece que el fuero sindical alcanzará a un máximo de siete dirigentes sindicales en las empresas que posean hasta 500 trabajadores.

El doctor Eduardo Ríos, senador de la Alianza Progresista, Frente Amplio-Encuentro Progresista, preside la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara Alta y con él vamos a dialogar a partir de este momento.

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Senador Ríos, ¿cómo viene el trámite? ¿Qué es lo que ustedes esperan ocurra en los próximos días?

EDUARDO RÍOS:
Uruguay necesita una ley de fuero sindical. Esta ley que tuvo iniciativa en Diputados es buena, pone el tema de la defensa del fuero sindical en un lugar al que no se hubiera llegado mediante la negociación con empresarios, dada la particularidad de las relaciones obreros-empresarios en Uruguay. Es decir, que para que hubiera un fuero sindical era imprescindible una ley.

Estamos de acuerdo con el 99 por ciento del contenido de la ley y creemos que hay ciertos aspectos que de repente tendríamos que estudiar en la fuerza política para redactarla de forma tal que una ley de tanta importancia tenga una base de apoyo. Estas leyes que entran en la sociedad así deben tener una base de apoyo mucho más allá de los votos del partido político que es mayoría estos cinco años, tienen que tener un apoyo social de los sindicatos y los empresarios que le dé una permanencia mayor.

EC - Esta ley, tal como salió de Diputados, no solamente ha merecido estas objeciones desde el sector gremial empresarial, sino también desde partidos de la oposición.

ER - Por eso. Una de las cosas que usted mencionaba es correcta, no queremos disminuir ninguno de los beneficios de defensa que tiene la ley del trabajador dirigente sindical para poder llevar adelante su actividad, que además es un requisito indispensable para que funcione el tripartismo en la negociación colectiva y en todos los otros aspectos que el gobierno ha implantado en Uruguay a partir del 1 de marzo. No puede haber negociación colectiva sin defensa del trabajador y sin un fuero sindical. Pero creemos que la inversión de la carga de la prueba tiene que ser restringida al dirigente sindical, porque los otros trabajadores tienen el derecho laboral común al cual pueden recurrir, y ahí se debe dejar un poco más de libertad porque no podemos presumir a priori –por eso presumir– que todo el empresariado uruguayo hace en cada medida disciplinaria o despido una actividad antisindical, aunque es verdad que hemos detectado últimamente muchos casos de actividad antisindical. Entonces queremos restringir el fuero, la inversión de la carga de la prueba a los dirigentes sindicales y el otro trabajador tiene el derecho común.

EC - Puede utilizar el recurso de amparo.

ER - El dirigente sindical.

EC - ¿Y el trabajador común cuando se siente afectado por un despido?

ER - Tiene la vía laboral, la vía del derecho del trabajo, en la cual también se puede determinar la nulidad del despido si tuvo base sindical; no se le da la inversión de la carga de la prueba ni los tiempos de la acción de amparo, tendrá que hacer un juicio común que, si bien demora, tampoco demora tanto, y equilibra un poco las relaciones obrero-patronales a los efectos de que esta ley tenga una permanencia en el tiempo y pueda ser aplicada pacíficamente. Porque es verdad también que en el mundo desarrollado o donde las relaciones laborales están desarrolladas generalmente la inversión de la carga de la prueba se mantiene para el trabajador sindicalizado.

No entramos en el número de trabajadores en la ley porque en el derecho uruguayo, dada la realidad de libertad sindical y autodeterminación que han tenido los sindicatos, para estos sería irritante establecer un número. Es verdad que en Venezuela existe, en Panamá existe, en la mayoría de los países existe, pero también es verdad que en el derecho comparado la mayoría de los países tiene normas de derecho colectivo del trabajo y normas de derecho individual, como códigos del trabajo, etcétera, y Uruguay es la excepción en el mundo porque no tiene norma estructurada de relaciones colectivas.

EC - Entonces, según esta propuesta alternativa, según su opinión, ¿quiénes tendrían el derecho a la inversión de la carga de la prueba?

ER - Los dirigentes sindicales.

EC - Pero no se establece cuántos por empresa.

ER - No se establece cuántos por empresa, como dice la ley.

EC - ¿Hay otros puntos que desde su punto de vista deban corregirse en esta segunda instancia, en el Senado?

ER - Sí, porque uno es abogado laboralista, viene del mundo empresarial, tiene el interés científico y académico de mejorar la ley, y tiene la obligación, porque así lo dice la población. Pero de acuerdo con el texto y con la columna vertebral de la ley.

Me parece que tenemos que ser más precisos en la redacción del registro de los incumplidores.

EC - Recordemos qué es este registro de incumplidores.

ER - Aquellas empresas que tengan reincidencia en actitudes antisindicales serán inscritas en un registro que necesitarán a efectos, por ejemplo, de licitar en obras del Estado. Nos parece que hay algunas imprevisiones, hay que ver qué pasa durante el trámite de un juicio, qué pasa cuando el empresario es conminado a levantar esa actitud antisindical y la levanta, si se vuelve a reinscribir o se levanta la reinscripción. No tengo una propuesta concreta, ni yo ni los otros legisladores del EP que me han manifestado su preocupación manejamos propuestas de texto, lo que manejamos son conceptos, sería tratar de que ese registro exista a efectos de que los buenos cumplidores tengan mejores beneficios, pero que tampoco ocurra que un buen cumplidor quede en un registro por una maraña administrativa y tenga alguna dificultad. Vamos a tener que buscar una forma más práctica de funcionamiento.

EC - Ustedes están proponiendo que quienes queden efectivamente integrados a ese registro sean los contumaces.

ER - Sí, para usar un término en boga respecto de otro tema, aquellas empresas que tienen una actitud reiterada, permanente, antisindical, que generalmente no se agota en una medida. El empresario que quiere tener una pelea antisindical no se queda en el despido de un dirigente, es una cantidad de actitudes que tiende a vaciar de contenido el sindicato en la empresa o en la rama. Entonces tenemos que ser cuidadosos en eso.

Otro aspecto que me preocupa –se lo digo con total honestidad–, dado que el gobierno implantó los consejos de salarios y que en éstos y en el actual ministerio se han estudiado muchos casos de despido de dirigentes sindicales, es que una ley que va a ser aprobada por octubre, en setiembre –no tengo claro cuándo en la medida que recién entró en Senadores–, sea retroactiva al 1 de marzo. Hay que ser cuidadoso de la seguridad jurídica en estas cosas, las normas retroactivas, si bien son válidas, pueden alterar el término de la seguridad jurídica. Quisiéramos ver, con asesoramiento del ministerio, cuántas denuncias ha habido a efectos de darle la menor retroactividad y darles la mayor seguridad a todos los actores del mundo del trabajo.

El derecho es generador de seguridades a los involucrados en este lado, a los trabajadores sindicalizados, a los dirigentes sindicales, a los empresarios cumplidores, pero también tiene que dar seguridad a la sociedad. En lo personal quisiera reestudiar este aspecto porque la norma es para el futuro, tenemos que ser cuidadosos en el estudio de la retroactividad.

EC - Quienes están promoviendo estas modificaciones en el proyecto que viene de Diputados son usted, el senador Alberto Cid, de Asamblea Uruguay, y el senador Rafael Michelini, del Nuevo Espacio.

ER - No, yo no quiero ni ratificar ni rectificar su versión de prensa.

EC - Eso es lo que ha estado circulando.

ER - Para no manejar nombres, es importante... Yo no quiero ratificar ni rectificar, digo que hay senadores de la fuerza política que me han dicho que tienen inquietudes; los nombres corren por su cuenta, yo no manejo nombres en este caso.

EC - ¿Cómo se resuelve este asunto? Por un lado está el trámite en la propia comisión, el trámite formal, institucional del Senado, y por otro están las diferencias dentro del propio Encuentro Progresista sobre si hay que cambiar o no el proyecto. ¿Entonces?

ER - No son grandes diferencias, no estamos cambiando el proyecto, estamos adaptando tres artículos, no hay cambios sustantivos. El proyecto tuvo iniciativa de la Cámara de Diputados, no es una iniciativa del Ejecutivo, tiene los conceptos que dije que son de adaptación de los términos, vamos a discutir y conversar entre los compañeros de bancada de Senadores y de Diputados. No creo que tengamos una diferencia, tenemos que estudiar el alcance de una ley que es imprescindible, cuyo contenido en el 99 por ciento es imprescindible tener rápidamente para que exista la negociación colectiva.

EC - ¿Entonces? ¿Cómo va a jugar la presencia del ministro Bonomi en comisión?

ER - Primero vamos a tener que integrar la Comisión de Asuntos Laborales con la de Hacienda, porque así lo dijo el cuerpo a pedido del senador Alfie. Veremos cuándo funcionamos, trabajaremos en la bancada de gobierno y veremos cuándo estamos citando al ministro y cuándo nos pedirán reuniones los que tengan interés en ser recibidos por las dos comisiones que tienen que fijar la agenda en conjunto, que aún no fijamos, la fijaremos el lunes o el martes.

EC - ¿Se sabe cuál es la opinión del ministro Bonomi sobre este proyecto?

ER - Hemos tenido alguna conversación con el ministro Bonomi y él dice que no va a intervenir en la discusión legislativa, que las leyes que salgan del Parlamento tienen que tratar de facilitar el tripartismo.

EC - Los trascendidos dicen que el ministro de Trabajo entiende que hay que hacer algunos retoques en el proyecto, que incluiría algún tipo de excesos.

ER - Cuando venga a comisión sabremos oficialmente la posición del ministerio.

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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Mauricio Erramuspe