Entrevistas

Jurista afirma que "la responsabilidad argentina por el bloqueo de las rutas es muy grave"

El catedrático en Derecho Internacional Público Heber Arbuet advirtió que "es una locura donde puede ir a parar este diferendo" con Argentina. El experto señaló que sería un riesgo recurrir a la justicia argentina porque Uruguay quedaría expuesto a lo mismo. En cuanto a los cortes, dijo que "el bloqueo económico está definido como acto de agresión y puede desencadenar la intervención del Consejo de Seguridad".

(Emitido a las 7.55)

EMILIANO COTELO:
El anuncio de ayer del presidente de la República impactó fuerte en nuestro país. Hoy acapara los titulares principales de tres matutinos, por ejemplo Últimas Noticias: "Vázquez reclamará ante justicia argentina"; El Observador: "Vázquez recurrirá a la justicia argentina"; El País: "Vázquez anuncia ahora un juicio contra la Argentina".

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El presidente Tabaré Vázquez amenazó con demandar a Argentina ante su propia Justicia si no se levantan los piquetes en los puentes internacionales Fray Bentos-Puerto Unzué y Paysandú-Colón.

Hablando en una conferencia de prensa realizada ayer en Caracas, Vázquez dijo que le encargará al secretario de la Presidencia el análisis de esta posibilidad.

(Audio)

"TABARÉ VÁZQUEZ:
Voy a dar instrucciones al secretario de Presidencia, que es abogado, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, para que, si continúa el corte de rutas, Uruguay se presente ante la justicia argentina solicitando que esta se expida para el levantamiento de estos cortes y solicitando la reparación del daño económico que nuestro país ha recibido por los cortes que se han llevado adelante".

(Fin del audio)

Estamos en diálogo con el doctor Heber Arbuet, catedrático de Derecho Internacional Público.

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Doctor Arbuet, nos interesa darle contexto a una decisión como esta o a un anticipo como este. ¿Se puede hacer esto, que un país, un Estado, presente una denuncia contra otro Estado en la Justicia de ese segundo país?

HEBER ARBUET:
Hay que ver tres cosas: si se puede, qué naturaleza tiene la acción y qué utilidad puede tener.

Poder, se puede. Se puede en la medida en que el derecho interno argentino, el derecho procesal o el derecho administrativo argentino prevea ese mecanismo, porque esta no es una acción internacional, es una acción de derecho interno que puede tener repercusiones en lo internacional. Es lo mismo, al revés, que cuando el Estado local demanda en sus tribunales a un Estado extranjero, es decir, si el Estado uruguayo demandara al Estado X ante los tribunales uruguayos. En este caso es una acción del derecho interno en la cual tiene repercusiones el derecho internacional porque ahí podría caber la oponibilidad de la inmunidad de jurisdicción de los Estados. Un Estado no puede demandar a otro en su jurisdicción sino por causas de juri gestioni, es decir, que no sean de derecho público.

En el caso de que un Estado extranjero demande al Estado local en sus tribunales no corre la inmunidad de jurisdicción de los Estados porque el Estado que está demandando está renunciando a la inmunidad que le corresponde, se está arriesgando a que al presentar esa demanda todas las acciones vinculadas con la misma puedan ser tratadas en el tribunal interno y no pueda aducir la inmunidad de jurisdicción. Por otro lado, el Estado nacional, en este caso Argentina, no puede interponer la inmunidad de jurisdicción a su propia jurisdicción, sería de locura.

¿Y qué utilidad puede tener esta medida?

EC - ¿Ante qué tribunales se presentaría esta medida? ¿Se presentaría ante la justicia penal, ante la justicia civil? ¿Cómo sería?

HA - Cuando se trata de una acción de Estado a Estado... No sé qué es lo que piensan demandar, porque pueden pedir una acción de amparo para que levanten los bloqueos, puede pedirse una acción de daños y perjuicios para resarcir los daños que se han producido en Uruguay por los bloqueos.

EC - Por lo visto son las dos cosas: presentarse ante la justicia argentina para que esta se expida por el levantamiento de los cortes, y solicitando la reparación del daño económico que nuestro país ha recibido.

HA - Usted sabe que para un jurista lo que no está en el expediente no existe en el mundo y si yo no veo la demanda no puedo hacer suposiciones por lo que dicen que van a hacer porque estaríamos cuatro días hablando.

EC - Me estoy refiriendo simplemente al dato que tenemos arriba de la mesa, que son las declaraciones de ayer del presidente.

HA - Si fuera un asunto que afecta al Estado tendría que ser ante los supremos tribunales; de todas maneras siempre va a terminar en el Supremo Tribunal. Pero si es un asunto de reclamación civil tendrá que empezar por los tribunales ordinarios que corresponda. Hay muchas posibilidades.

EC - ¿Hay antecedentes?

HA - ¿De este tipo?

EC - Sí.

HA - Que yo recuerde, no, pero no es mi especialidad; tendría que consultar a un administrativista o a un procesalista, porque es una acción de derecho interno con repercusiones internacionales.

¿Cuál es la principal repercusión que puede tener esto? Desde el punto de vista interno argentino que de pronto estamos renunciando a la inmunidad de jurisdicción de nuestro Estado para que ellos nos exijan desde allá alguna medida sobre las papeleras.

EC - ¿Cómo es esto de la inmunidad de jurisdicción, que usted ya mencionó más de una vez?

HA - Por el principio de que entre los iguales no existe jurisdicción, par in parem non habet imperium. Esto significa que un Estado no puede juzgar a otro Estado en sus tribunales, pero cuando una acción trasciende fronteras, como no se puede ser juez y parte, el que tiene que dictar la resolución tiene que ser un tercero imparcial, un tribunal internacional.

EC - Pero al ir Uruguay y presentar una denuncia ante la justicia argentina...

HA - Está renunciando a la inmunidad de jurisdicción que podría interponer si fuera Argentina que quisiera someter al Estado uruguayo.

EC - ¿Y eso qué consecuencia puede tener para Uruguay?

HA - No sé, pero como quien presenta la acción no sólo renuncia a su inmunidad respecto del objeto que demanda sino también a todos los objetos vinculados con la misma, se podría vincular el levantamiento de las medidas y los daños con la construcción de las papeleras y los daños y esto se vuelve cada vez más complicado.

Esto está fuera de todos los contextos de trámite internacional y de gestión diplomática. Yo como profesor de Derecho Diplomático siempre sostuve que los tratados deben ser públicos, porque no debe haber cosa más dañina que los tratados secretos, y además no pueden serlo en una sociedad democrática. Pero las negociaciones deben ser por lo menos reservadas, no se pueden hacer negociaciones públicas porque se está al socaire de cualquier cosa.

EC - A usted le llama la atención que un anuncio como este se haga en una conferencia de prensa.

HA - No, a mí me llama la atención cómo se están llevando por parte de Argentina y Uruguay todas estas negociaciones.

EC - En general, el manejo del caso, cómo es tan mediático, cómo se ha convertido en algo que parece una telenovela, una radionovela.

HA - Nunca fue bueno para la negociación diplomática; eso es buenísimo para los resultados de la negociación diplomática. Es decir, el acuerdo tiene que ser conocido por todo el mundo y tiene que poder ser atacado por todo el mundo; de pronto cuando esté casi para solucionarse y con soluciones planteadas, puede llevárselo incluso a un plebiscito nacional, si se quiere, pero no se puede negociar de esta forma porque surgen interpretaciones, malas interpretaciones, interpretaciones de los medios que pueden ser correctas o incorrectas, no se puede hablar con total franqueza porque si se habla con total franqueza sobre posibilidades y esas posibilidades se toman como decisiones, se separa la cancha, no se negocia así.

EC - Con respecto al planteo, la propuesta que les presentó ayer el gobernador de la provincia de Entre Ríos, Jorge Busti, a los asambleístas de Gualeguaychú, la carta dice en uno de sus puntos: "Levantemos transitoriamente el corte de los puentes, como un gesto para facilitar que la solución se encamine. Y decimos transitoriamente: con la Policía de la provincia y con ustedes al costado de la ruta garantizaremos que no pasen camiones con destino a las papeleras".

Busti está ofreciendo esto para que los piquetes se levanten, pero al mismo tiempo está ofreciendo una medida que no sé si es aceptable para el gobierno uruguayo, por ejemplo: se levanta el bloqueo pero se sigue bloqueando el paso de los camiones con destino a las plantas de celulosa. ¿Cómo observa esta posibilidad que maneja el gobernador?

HA - La situación de la responsabilidad internacional argentina por el bloqueo de las rutas es muy grave, y con esta medida el gobernador Busti no hace más que agravarla. No lo dije yo últimamente, se lo escuché decir a un ambientalista en la previa de esta charla: "Saquémonos la careta, no es un piquete, no es un bloqueo de ruta: es un bloqueo económico".

EC - Sí, es una definición muy fuerte.

HA - Es que es un bloqueo económico. Nosotros estamos por publicar en estos días un libro que se llama "Chimeneas en Fray Bentos. De un caso local a una situación globalizada", en una de cuyas partes digo que estas medidas, con las distancias que deben existir, son muy similares al bloqueo de Estados Unidos a Cuba, tiene las mismas consecuencias jurídicas. Con la diferencia de que si bien nosotros somos más o menos como Cuba, Argentina no es Estados Unidos, y si bien a Estados Unidos es muy difícil sancionarlo internacionalmente, no es tan difícil sancionar a Argentina. El bloqueo económico está definido como acto de agresión, y un acto de agresión puede desencadenar, aunque no sea agresión armada, la intervención del Consejo de Seguridad en el ámbito del Capítulo VII. Es una locura a donde puede ir a parar este diferendo.

EC - Y una posibilidad como esta, que la Policía provincial interrumpa el tránsito de camiones con materiales para la planta de celulosa, ¿cómo se observa desde el punto de vista del derecho internacional?

HA - Yo le estaba diciendo que agrava la responsabilidad argentina porque ya el gobierno argentino tiene responsabilidad por el acto de sus particulares, pero por el acto de un gobernador provincial y de alguna policía provincial, es mucho más clara la responsabilidad. Esto no hace más que agravar la responsabilidad argentina internacionalmente. Es incomprensible al punto que ha llegado un problema que solamente debe tratarse viendo cuál es el punto de equilibrio entre la posibilidad de desarrollo sustentado de un país y la posibilidad de abatir las contaminaciones. Toda actividad industrial contamina, entonces lo que hay que ver es si esto es muy contaminante, pues que se destruyan las plantas de procesamiento de celulosa; si tienen los máximos adelantos técnicos, como parecería que tienen, hay que implantarlas y establecer una vigilancia estricta para el cumplimiento de esas normas. No hay otra salida.

EC - Ese es el punto central, el fondo de toda esta situación, pero, como usted decía, se ha ido generando una bola de nieve que a esta altura uno no sabe dónde puede llegar a terminar.

HA - Es que es la consecuencia que siempre tuvieron las negociaciones llevadas públicamente.

Nota asociada:
Ambientalistas admiten que su protesta es "un bloqueo económico". Informe

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Edición: Mauricio Erramuspe