Avances en la Reforma de la Carta Orgánica del Partido Colorado
PARTIDO COLORADO. COMISION DE REFORMA DE LA CARTA ORGANICA PROPUESTAS ESTUDIADAS CONSENSO Y DISENSOS La Comisión de Reforma de la Carta Orgánica ha trabajado sobre las diversas iniciativas que se le remitieron por parte de los distintos sectores partidarios, agrupaciones, convencionales y adherentes en general, así como sobre las propuestas presentadas por los propios miembros de la Comisión. Asimismo, sobre otro conjunto de propuestas se registro disenso. Sin embargo, la Comisión considera que también deben ser puestos a consideración de la Convención Nacional, en este caso, como proyectos en minoría o mayoría individualmente considerados. No obstante, debe tenerse presente que el articulado final dependerá de lo que definitivamente sea aprobado o no en la Convención, dado que es necesario tener el conjunto de reformas definitivo para construir la coherencia del articulado total de la nueva Carta Orgánica. CONSENSOS Inclusión de artículos. Creación de un órgano de jerarquía intermedia entre la Convención Nacional y el CEN. Cometido: Analizar la línea política general de acción del Partido y proponer acciones a emprender. Trasladaría sus decisiones al CEN o a la Convención según corresponda. Reuniones con mayor periodicidad que la Convención Nacional. Número de miembros 75. Este número se encuentra en duda debido a la diversidad de las clases de integrantes. Integración: o CEN (titulares) Reproducción, con las adecuaciones del caso, a nivel departamental. 2. CREACIÓN DE UN CONGRESO PROGRAMATICO O IDEOLOGICO Inclusión de artículos, modificación artículos 16 y 102. Integración: Convención Nacional, técnicos e idóneos en cada materia, representaciones de distintos órganos partidarios (ejemplo: jóvenes, mujeres, representantes territoriales y por actividad), 800 a 1000 miembros. Estructura para la organización del congreso y funcionamiento en períodos entre congresos: Secretarías por áreas temáticas. Designación de responsables por cada una y alguna forma de coordinación entre las mismas. Representación sectorial. Periodicidad: Cada cinco años. Podría contemplarse la periodicidad de dos años, dos años y medio, para el caso del programa. 3. ORGANIZACIÓN DE LA JUVENTUD Inclusión de artículos. Creación de una estructura orgánica para la juventud. Órganos de la juventud del Partido: o Un órgano deliberativo: reunión afiliados al Partido entre 15 y 24 años, reuniones ordinarias cada tres meses, denominado como "Congreso de la Juventud". o Un órgano ejecutivo, 9 a 15 miembros electos por órgano deliberativo, Presidente en forma rotativa mensual. No se definió denominación. o Los órganos de la juventud asesoran al CEN en la materia. Sin definir qué órgano de la estructura de la juventud lo hace. Se crearán comisiones departamentales de la juventud. 4. ORGANIZACIÓN DE MUJERES Inclusión de artículos. Creación de una estructura orgánica para la mujer. Organos de la estructura de la Mujer: o Un órgano deliberativo, reunión de afiliadas al Partido, reuniones ordinarias cada tres meses. Denominado como "Asamblea Nacional de Mujeres". o Un órgano intermedio, denominado "Comisión Nacional de Mujeres", que asesora al CEN en la materia. Integración: Diez representantes, electas por la Asamblea Nacional de Mujeres. Una representante por departamento, electa por las comisiones departamentales de Mujeres. Miembros natas: Mujeres que ocupan cargos electivos en el Poder Legislativo y cargos ejecutivos a nivel del gobierno en representación del Partido (Poder Ejecutivo y Entes Autónomos y Servicios Descentralizados). o Un órgano ejecutivo, cinco miembros, representación sectorial, electa por la Comisión Nacional, denominado como Secretaría General de la Mujer. Se crearán comisiones departamentales de la Mujer. 5. ETICA Y DISCIPLINA PARTIDARIA Elección de la Comisión en la primera sesión ordinaria de la Convención Nacional posterior a la elección del CEN (modificación artículo 91). Carta Orgánica vigente: 5.2. COMPETENCIAS DE LA COMISION DE ETICA Y DISCIPLINA La Comisión podrá actuar de oficio en aquellas situaciones que a su juicio lo ameriten (modificación artículo 93). Carta Orgánica vigente: Cambio del término "dictamen" por "informe" que eleva la Comisión al CEN (modificación artículo 94). 5.3. PLAZOS DE LA COMISION DE DISCIPLINA o Disminuir a 10 días el plazo que tiene la Comisión para expedirse en esos temas (modificación artículo 93). o Disminuir a 10 días el plazo que tiene el CEN para citar a la Convención Nacional sobre esos temas (luego de haber recibido el informe de la comisión) (modificación artículo 94). o Disminuir a 10 días el plazo que tiene la Convención Nacional para expedirse (modificación del artículo 94). Carta Orgánica vigente: Carta Orgánica vigente: Definición de lo que se entiende como "actos notoriamente graves de indisciplina": o Incumplimiento de los acuerdos que el Partido concrete con fines electorales. o Desatención de las decisiones de la Agrupación de Gobierno Nacional y de las Agrupaciones de Gobierno Departamental que se adopten por una mayoría de dos tercios (artículo 49). Cuando cometa actos o incurra en conductas reñidas con la ética o la moral, dentro del Partido, representando a éste o en su vida pública. Cuando ocupando cargos públicos en representación del Partido o por promoción de éste, ignore en forma reiterada e injustificada las citaciones que le cursen los órganos partidarios. Cuando ocupando cargos públicos en representación del Partido o por promoción de éste, desatienda las tareas inherentes del mismo. 5.5. AUMENTO DE LOS TIPOS DE SANCION (modificación artículo 94). Declaración de persona no grata. Solicitud de renuncia o remoción de los cargos partidarios o públicos que ocupe en representación del Partido. Censura que importe el descrédito partidario. 5.6. INCLUSIÓN DE LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA (modificación artículo 49). Inclusión de una disposición transitoria. 6. CREACIÓN DE SECRETARIAS EJECUTIVAS Inclusión de artículos. Crear un conjunto de Secretarias Ejecutivas de carácter organizativo, divididas por áreas de acción (ejemplos: finanzas, afiliaciones, etc.). Integración: Designar un secretario ejecutivo y que luego el mismo conforme su equipo. Prescribir por Carta Orgánica algunas secretarías ejecutivas que obligatoriamente deberán ser creadas. Una de las Secretarias Ejecutivas cuya creación debe disponerse por Carta Orgánica es Comunicaciones o Política Comunicacional del Partido. Propuesta formulada por Ronald Pais. PROSECRETARIAS Los secretarios ejecutivos serían los actuales prosecretarios, manteniendo esta última denominación. Estarían bajo la órbita del CEN, colaborando con éste (modificación artículo 32). Carta Orgánica vigente: Eliminación del límite de cinco prosecretarios y eliminación de la obligación de que estos sean convencionales. Se incluye la obligatoriedad de poseer la calidad de afiliado (modificación artículo 32). Inclusión de artículos. Establecer por Carta Orgánica la existencia de la Comisión Nacional Electoral como órgano partidario con competencias específicas. Quince miembros titulares y quince suplentes, afiliados al Partido, designados por CEN. Atribuciones: o Cumplir y hacer cumplir la Carta Orgánica y las resoluciones de los órganos competentes, en materia electoral. Comisiones electorales departamentales estarán bajo la supervización de la Comisión Nacional Electoral. 8. REFORMA CARTA ORGANICA Y PROGRAMA DE PRINCIPIOS 9. ELECCIÓN DE LAS AUTORIDADES PARTIDARIAS (modificaciones al Capítulo IV). Nueva redacción del artículo 68: "La elección de los órganos deliberantes, nacionales y departamentales se efectuará de acuerdo a la legislación vigente". Eliminación de los artículos 69 a 76 (elección de órganos deliberantes). Se mantienen los artículos 77 y 78 (elección de comités ejecutivos). 10. AFILIACIÓN Carta Orgánica vigente: 11. COMITES EJECUTIVOS NACIONAL Y DEPARTAMENTALES Posibilidad de convocarlos extraordinariamente por medio de tres de sus miembros (modificación artículos 26 y 42). Carta Orgánica vigente: 12. CONVENCIONES DEPARTAMETALES Conferir a las convenciones departamentales la potestad de definir la "opinión departamental del Partido" en línea política general del gobierno, temas nacionales y principios y programas del Partido (modificación artículo 36). Carta Orgánica vigente: Determinar reuniones ordinarias cada tres meses de la Agrupación de Gobierno Nacional y de las departamentales (modificación artículo 50). Carta Orgánica vigente: 1. ELECCIONES A MEDIO TÉRMINO PARA LA RENOVACIÓN DE LAS AUTORIDADES PARTIDARIAS Propuesta formulada por "Tercera Vía" y otros convencionales. Realización de elecciones de medio término en el tercer año de los períodos de gobierno) para renovar autoridades partidarias (convenciones y comités ejecutivos). Se renueva la totalidad de los miembros de dichos órganos. Elección a padrón abierto. Su aprobación implicaría reformar el Capítulo IV, "De la Elección de las Autoridades Partidarias", de la Carta Orgánica vigente. 2. PARTICIPACIÓN DE JÓVENES EN LA ESTRUCTURA PARTIDARIA Esos convencionales son elegibles a padrón abierto entre los afiliados al Partido entre 16 y 30 años. Las elecciones se realizaran cada dos años. Las elecciones se realizaran por zonas territoriales. Las listas de candidatos deberán intercalar candidatos de uno y otro sexo. Los comités ejecutivos se amplían con dos miembros, uno de cada sexo, elegidos por los convencionales jóvenes electos según propuesta. Representantes jóvenes en los comités ejecutivos participan con plenos derechos. La mitad de esos convencionales deberá tener menos de 30 años. Propuesta formulada por "Espíritu Nuevo". Se determinan órganos que regulan la vida de cada club seccional (básicamente, un órgano deliberativo y uno ejecutivo). Una delegación de cada club seccional de una zona geográfica mayor, conforma las "Coordinadoras Zonales". Los convencionales que son representantes de los clubes seccionales, se renuevan cada treinta meses. Como las convenciones, así conformadas, no pueden ejercer sus funciones constitucionales de colegio elector según reforma de 1996, se crean "Colegios electores" compuestos por la totalidad de los convencionales electos en las elecciones internas prescriptas en la Constitución. 4. CREACIÓN DE UN CONSEJO DE ANÁLISIS SUPERIOR Propuesta formulada por "Unión Colorada y Batllista". Organo de análisis y reflexión. Realizará sugerencias al CEN y a la Convención Nacional sobre aspectos varios. CEN y Convención Nacional pueden consultarlo. Reuniones una vez al año como mínimo. Número de miembros no podrá ser mayor que el 5% del total de miembros de la Convención Nacional. A los miembros del Consejo se los considerará miembros plenos de la Convención Nacional. Mesa de cinco miembros y un coordinador general. Quienes integren el Consejo no podrán postularse a cargos electivos en la elección siguiente. PROPUESTAS AÚN NO ESTUDIADAS Determinar para los sectores partidarios, la obligatoriedad de registrase como tales en el Partido y de conformar comités ejecutivos. Habilitar a las agrupaciones de gobierno a que inviten a participar a representantes de organizaciones de la sociedad civil que sean a su vez afiliados al Partido. Informe al Comité Ejecutivo Nacional del Partido Colorado
INFORME AL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
Tercer Informe
A partir de dicho trabajo, la Comisión ha alcanzado hasta el momento el consenso sobre un conjunto de propuestas que serán puestas a consideración de la Convención Nacional como el proyecto de reforma que respalda la Comisión como tal.
Aún resta por estudiar un pequeño remanente de iniciativas, aunque ninguna de ellas son reformas que conlleven, de ser aprobadas, cambios estructurales de consideración en la orgánica partidaria.
Todas las propuestas serán elevadas a la Convención Nacional con el proyecto de articulado correspondiente.
1. CREACIÓN DE UN ORGANO INTERMEDIO ENTRE CONVENCIÓN Y COMITÉ EJECUTIVO
o Secretarios Generales Departamentales.
o Una representación de la Convención Nacional.
o Delegados, representantes por algún tipo de división territorial, electos en elección de afiliados en elecciones específicas por zona.
o Representantes juventud.
o Representantes mujeres.
o Representantes organizaciones por sectores de afinidad según propuesta. No tiene consenso.
Carta Orgánica vigente:
Organo competente, la Convención Nacional (artículos 16 programa y 102 principios).
Creación de un Congreso Programático o Ideológico para analizar y actualizar periódicamente el programa y los principios del Partido.
5.1. CREACIÓN DE LA COMISION DE ETICA Y DISCIPLINA
Transformación de la Comisión de Disciplina en Comisión de Etica y Disciplina (modificación artículos 91 a 94).
No prescribe el momento de su creación.
El procedimiento disciplinario se inicia sólo por denuncia escrita y fundada presentada por un afiliado ante la Comisión.
Determinar plazos distintos para que la comisión se expida cuando el tema esté vinculado a la participación electoral del Partido, sectores, agrupaciones o afiliados:
- Plazo que dispone la Comisión: 30 días, prorrogable 30 días más.
- Plazo que dispone el CEN: 15 días.
- Plazo que dispone la Convención Nacional: 15 días.
5.4. AMPLIACIÓN DE CONDUCTAS PASIBLES DE SANCION (modificación artículo 10).
El afiliado podrá ser sancionado en los siguientes casos:
- Cuando atente contra el Programa de Principios del Partido.
- Cuando comenta actos notoriamente graves de indisciplina.
- Cuando viole las obligaciones que impone la Carta Orgánica.
Se agrega:
Carta Orgánica vigente:
Sanciones a los afiliados:
- Apercibimiento.
- Suspensión de la afiliación.
- Expulsión.
Se agrega:
Considerada necesaria a partir de la definición de "actos notoriamente graves de indisciplina".
Incluir las objeciones de naturaleza ética, filosófica o de fuero íntimo como motivo para ser eximido de la obligatoriedad de atender las resoluciones adoptadas por mayoría especial en la Agrupación de Gobierno Nacional y las agrupaciones de Gobierno Departamental.
5.7. CREACIÓN DE UN CODIGO DE ETICA PARTIDARIA
Disponer la creación de un Código de Etica Partidaria, maniatando para su confección a la Comisión de Etica y Disciplina existente al momento de la aprobación de la reforma de la Carta Orgánica.
La creación de un Código de Etica conllevaría modificaciones a los artículos 9 y 10 (obligaciones de los afiliados y conductas sancionables).
Sus funciones serían la de planificar actividades que propondrían a la Convención Nacional y al CEN, canalizando, a su vez, las decisiones que adopten estos órganos.
Colaboran con el Secretario General.
7. CREACIÓN DE LA COMISION NACIONAL ELECTORAL
o Asesorar al CEN.
o Coordinar todas las tareas relacionadas con los actos y procedimientos electorales en los que el Partido participe.
o Analizar y promover solicitudes de agrupaciones partidarias en la materia.
o Llevar el padrón de afiliados y adherentes.
o Llevar el Registro Único de Agrupaciones.
o Supervisar las elecciones de segundo grado que realice el Partido.
o Promover la inscripción cívica.
o Promover la creación de un ámbito que reúna a los funcionarios electorales de filiación colorada.
Otorgar al CEN la potestad, por dos tercios de sus miembros, de presentar a la Convención Nacional mociones de reforma de la Carta Orgánica y Programa de Principios (modificación artículo 103).
Carta Orgánica vigente:
Presentación de mociones de reforma sólo por parte de, al menos, cincuenta miembros de la Convención Nacional.
La creación de un "Congreso", con la atribución de elaborar el Programa de Principios, modificaría, a su vez, este artículo.
Es la adecuación de la Carta Orgánica a la nueva legislación sobre partidos políticos, es decir, las elecciones internas determinadas por la reforma constitucional de 1996. Asimismo, las propuestas de elecciones a medio término y conformación territorial y por actividad de los órganos deliberativos y ejecutivos, significarían, de aprobarse, modificaciones al capitulo en cuestión.
Otorgar derechos de afiliación a partir de los 15 años con obligación de contribuir al Tesoro partidario a partir de los 21 años (modificación artículos 5 y 63).
Derechos de afiliación para los inscriptos en el Registro Cívico Nacional y obligación de aportar al tesoro partidario desde el momento mismo de la afiliación.
Otorgar al CEN la potestad de crear organizaciones de carácter interno al Partido que reúnan a afiliados y adherentes por sectores de afinidad laboral, productiva, profesional, estudiantil u otras en el que se justifique su creación (inclusión literal en artículo 25 o nuevo artículo).
Convocatoria extraordinaria por un tercio de sus miembros.
Procura circunscribir la línea departamental que establece la Convención Departamental a lo relacionado con la Administración comunal.
13. AGRUPACIONES DE GOBIERNO
No prescribe sesiones ordinarias. Es convocada por el CEN por decisión propia o a solicitud del 10% de los miembros de las agrupaciones de gobierno.
14. CONVENCIONES NACIONALES EN EL INTERIOR
Disposición estableciendo que el CEN procurará que un porcentaje de las convenciones nacionales de carácter ordinario sesione en el interior de la República.
DISENSOS
2.1. Propuesta formulada por "Batllismo Abierto"
Aumento en un quinto de miembros las convenciones Nacional y departamentales.
2.2. Propuesta formulada por "Unión Colorada y Batllista"
Aumentar en 50% el número de miembros de las convenciones Nacional y departamentales.
Elección cada dos años y medio (renovación de la ampliación de las convenciones).
3. MODIFICACIÓN DE LA CONFORMACIÓN DE LOS ORGANOS DELIBERANTES Y EJECUTIVOS CON LA INCLUSIÓN DE FORMAS DE REPRESENTACIÓN TERRITORIAL Y POR ACTIVIDAD
3.1. Organización territorial y por actividad:
Se crean "Clubes Seccionales", por "territorio" y por "oficio o actividad", dentro de una determinada zona geográfica cuya creación le compete a las convenciones departamentales, agrupando en su seno a todos los colorados que en calidad de adherentes o afiliados se inscriban en él.
La creación de una organización territorial según zonas geográficas en cada departamento, con sus respectivos órganos, que reúna a los afiliados de dicha zona, tiene consenso en la Comisión.
3.2. Conformación órganos deliberantes y ejecutivos:
Las convenciones departamentales y la Convención Nacional pasan a conformase con representación de los clubes seccionales, electos a padrón de afiliados y adherentes, y una parte de los miembros electos según la legislación vigente (elecciones internas de los partidos políticos).
Habilitar que la Convención Nacional pueda reunirse por Salas o Convenciones Regionales (reunión de convencionales de varios departamentos).
Comisión de Reforma de la Carta Orgánica
19 de julio de 2006.