Especialistas analizan los alcances del fallo de La Haya
Las posibilidades reales de éxito que tenía el pedido uruguayo en La Haya, la pertinencia de mantenerse en el reiterado "con piquetes no se negocia", la reacción del presidente Néstor Kirchner ante el "triunfo" argentino y las posibles vías para avanzar en una solución al conflicto por las plantas de celulosa. En mesa redonda, analizan los especialistas José María Gamio, Pablo Sandonato y Edison González Lapeyre.
(Emitido a las 8.39)
EMILIANO COTELO:
Fue un golpe muy duro para Uruguay en este largo conflicto con Argentina.
Después de un año y medio de bloqueo en los puentes binacionales la gran apuesta era que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) le impusiera a Argentina la obligación de disolver los piquetes.
Sin embargo, ayer la Corte resolvió no hacer lugar a las medidas cautelares que solicitaba nuestro país, y además lo dispuso con un pronunciamiento contundente, 14 a uno; la misma votación con la que el año pasado se había rechazado el pedido argentino de suspensión de la construcción de las plantas de celulosa.
Ayer EN PERSPECTIVA les informamos sobre esta sentencia en el mismo momento en que se conocía, divulgamos el fallo y buscamos las primeras repercusiones. Pero hoy es necesario volver sobre esta resolución.
Primero, porque el fallo ha pegado fuerte entre los uruguayos. Muchos todavía están desconcertados por este resultado adverso. Otros argumentan que la derrota era previsible. Segundo, porque el texto es muy complejo y merece un análisis más cuidadoso. Y tercero, porque ahora ya conocemos los pronunciamientos de los dos gobiernos y otras derivaciones de un lado y otro del río.
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EC - En la mesa de EN PERSPECTIVA esta mañana nos acompañan tres expertos en Derecho Internacional.
El doctor José María Gamio, ex docente grado 5 de la Universidad de la República, también docente de la Universidad Católica, que integró (como árbitro designado por Uruguay) el Tribunal Arbitral del Mercosur que decidió sobre los cortes de ruta en Argentina.
También está con nosotros el doctor Pablo Sandonato, profesor de Derecho Público Internacional en la Universidad Católica y en la Universidad de Montevideo, que ha colaborado con EN PERSPECTIVA en el comentario de las distintas alternativas de este proceso en La Haya.
Y el doctor Edison González Lapeyre, ex profesor de Derecho Internacional Público, Derecho Internacional Privado y Derecho Diplomático en la Universidad de la República, ex profesor de la Academia de Derecho Internacional de La Haya. González Lapeyre fue miembro asesor de la representación de Uruguay ante la CIJ en esta controversia Argentina-Uruguay por las plantas de celulosa, hasta que renunció en diciembre en desacuerdo con esta solicitud en particular, ¿ese fue el motivo de su alejamiento?
EDISON GONZÁLEZ LAPEYRE:
Efectivamente. Esa fue una de las razones fundamentales.
EC - ¿Cuáles fueron sus argumentos para no continuar en ese asesoramiento?
EGL - En primer lugar, los juristas que estábamos trabajando en Montevideo fuimos enterados por la prensa de la presentación de esta demanda de medidas provisionales. Y tres días después de su presentación, el 3 o el 4 de diciembre, el ministro Gargano nos convocó a una reunión en el Ministerio y nos entregó copia del escrito que había sido presentado.
En lo personal, primero entendí que debí haber participado en la discusión sobre la eventual presentación de esa demanda de medidas provisionales. En segundo lugar consideré y sigo considerando que se estaba asumiendo un riesgo muy grande que no tenía una contrapartida suficiente.
EC - Se asumía el riesgo de tener un resultado como el que se tuvo. Esa era su visión.
EGL - Efectivamente.
EC - Recordemos lo que Uruguay solicitó. Las medidas cautelares que Uruguay reclamaba eran tres. Mientras se espera el fallo final de la Corte en el asunto de fondo, Argentina: 1) dará todos los pasos razonables y apropiados que tenga a disposición para prevenir o hacer cesar la interrupción del tránsito entre Uruguay y Argentina, incluyendo el bloqueo de los puentes y las carreteras entre los dos estados; 2) se abstendrá de adoptar cualquier medida que pueda agravar, extender o hacer más difícil el arreglo de la disputa; y 3) se abstendrá de cualquier otra medida que pueda perjudicar los derechos de Uruguay que se encuentran en disputa ante la Corte.
Eso era lo que Uruguay aspiraba que la Corte resolviera. ¿Por qué la Corte no aceptó esta solicitud? ¿Podemos entrar en el análisis de las razones de la CIJ?
JOSÉ MARÍA GAMIO:
En sustancia, la Corte señaló que no estaba justificado en el proceso que los daños que pudieran ocasionar los cortes fueran irreparables e inminentes. Rechazó la solicitud de Uruguay por distintos fundamentos que había invocado la delegación argentina. Porque Argentina había fundado su defensa frente a esta solicitud de Uruguay en considerar que la Corte era incompetente para entender en este planteo vinculado con los cortes de ruta.
EC - La Corte empezó por declararse competente.
JMG Sí. Se declaró competente y luego no hizo lugar a la solicitud pero por fundamentos que no habían sido manejados. Pero como el doctor González Lapeyre señalaba, si se atenía a la jurisprudencia de la Corte en materia de medidas provisionales ha sido bastante rigurosa en admitir este tipo de medidas, sólo en casos excepcionales, y evidentemente consideró que el planteo que hacía nuestro país no llenaba esos requisitos.
EC - ¿Podemos ir más a fondo en ese argumento central de la Corte para decir que no es necesario adoptar medidas cautelares?
PABLO SANDONATO:
Antes del tema de las medidas cautelares, el tema de la jurisdicción que mencionaba el profesor Gamio. Habría existido un riesgo de que se declarara incompetente en virtud de las previsiones del Tratado de Asunción, que no reconoce la jurisdicción de la CIJ para estos temas. Pero el escrito en sí argumentaba que era un deber procesal de las partes comportarse de buena fe y por eso acogió la demanda en lo que tiene que ver con la jurisdicción.
En lo que tiene que ver con el fondo del asunto, como señalaba el profesor Gamio la Corte consideró que, tal cual se presentan las circunstancias, el daño que se genera no es tal como para ejercer el poder de dictar medidas provisionales.
Es interesante recordar que la Corte no entró a considerar si existe un daño económico o no. El párrafo 41 de la ordenanza dice: "Incluso sin examinar la cuestión de saber si los cortes de rutas causan o pueden llegar a causar daños a la economía uruguaya", o sea que por ese lado no entró en el fondo.
EC - Si no entró en el fondo, ¿cómo saca esa conclusión de que los daños no son inminentes ni irreparables?
EGL - Quisiera incidir en estos dos parágrafos de la ordenanza, el 41 y el 42. La Corte entiende y creo que lo hace de manera absolutamente justificada que Uruguay tenía que establecer la conexión entre la medida provisional, conservatoria o cautelar que había solicitado y el objeto de la litis. Dice el párrafo 42: "Considerando, además, que no ha sido demostrado que exista un riesgo de perjuicio de los derechos alegados por Uruguay en la especie, y que estos tendrían que ser inminentes".
¿Cuáles eran los derechos que Uruguay había expuesto en las audiencias del 8 y el 9 de junio de 2006? El derecho a construir la planta, ese era el tema que estaba en discusión. El planteo de Argentina estaba referido justamente a que la Corte impidiese la construcción o en su caso ordenase el desmantelamiento de la misma. Y Argentina demostró que la planta estaba siendo construida conforme a su cronograma, que ya llevaba un 70% construido del proyecto inicial. El quid del asunto está allí. No se trata de que Uruguay pruebe o no que ha tenido perjuicios en su economía. Tenía que probar que el bloqueo de los puentes estaba afectando la construcción de la planta, porque ese era el objeto de la litis.
EC - Es evidente que Uruguay tuvo que moverse para la presentación de este escrito y de esta demanda en una franja muy delgada, para que la Corte pudiera ser competente tenía que reclamar medidas cautelares para defender un derecho que tuviera que ver con la cuestión de fondo, con la autorización de las plantas de celulosa y si se violó o no el Tratado del Río Uruguay al tomar esa decisión. Uruguay tuvo que mostrar que los bloqueos tienen un impacto comercial, turístico en la economía del país. Pero no estaba pidiendo que se actuara para levantar los bloqueos por eso sino porque ese impacto comercial y turístico era un chantaje que quería afectar el derecho uruguayo a llevar adelante su proyecto de una planta de celulosa. ¿Es eso? Por ahí tuvo que argumentar Uruguay y eso es lo que hace que la Corte diga que el derecho a construir la planta no se ha visto afectado, la planta sigue tan campante.
EGL - Efectivamente, ese fue uno de los aspectos sustantivos de la ordenanza. Porque constituye un principio fundamental en materia de decisiones de la CIJ, que la misma sea competente ratione materia, por la parte sustantiva de la reclamación. Tiene que haber una conexión directa entre el objetivo de la litis y la medida cautelar, provisional o conservatoria que se solicita para preservar el derecho que está siendo objeto de litigio. Ahí está el quid del asunto. Y, aparentemente, no conozco las exposiciones que Uruguay efectuó los días 18 y 19 de diciembre ni conozco la documentación aportada, la Corte entiende que Uruguay no demostró la existencia de esa conexión.
EC - Por lo tanto, como la planta se sigue construyendo, entiende que no hay por qué disponer la obligación al gobierno argentino de levantar los piquetes.
EGL - Efectivamente.
EC - Es entreverado esto. Cuesta aterrizarlo. Todos hemos tendido a pensar que la Corte iba a adoptar medidas cautelares para preservar el comercio, el turismo, pero en esas materias no podía entrar.
JMG - Ese fue el tema que estuvo en juego, por el mismo motivo de los cortes de ruta, en lo relativo al funcionamiento del Tribunal Arbitral del Mercosur, que tenía en cuenta esos factores, no a los efectos de determinar el daño e imponer una indemnización, sino a si habían existido esos daños en el comercio o en el turismo para determinar la ilicitud de los cortes de ruta, como efectivamente lo hizo. La Corte en esta materia se ciñó a lo que estaba en juego, que era la construcción de las plantas, que los cortes no habían impedido. A pesar de que Uruguay había sostenido en su reclamo que lo que pretendía la otra parte con estas medidas de fuerza era que pagara un peaje para llevar adelante su proyecto.
EC - Sandonato, ¿algo más sobre este aspecto de la resolución?
PS - Básicamente, como señalaba el doctor González Lapeyre, ese tema de la conexión causal, que lo que se reclama, las medidas provisionales, tiene que tener una relación con el derecho de fondo, y eso justamente fue lo que atacó Alain Pellet, el abogado de Argentina, decía que Uruguay no demostró que los cortes de ruta tengan una relación con el derecho a la construcción de las plantas.
EC - Visto con el diario del lunes, con la resolución ya arriba de la mesa, ¿pero no era obvio que el derecho a construir la planta no se había afectado?, ¿no era obvio que la planta se seguía construyendo tan tranquilamente? ¿Por qué dimos el paso de presentar igual el reclamo de medidas cautelares? ¿Qué dicen ustedes? Me imagino que González Lapeyre tiene bastante para decir.
JMG - No hemos estado vinculados con la elaboración ni de este planteo ni del juicio que está en trámite en la CIJ. Entonces lo que cabe hacer son especulaciones. Porque Uruguay tenía asesores de muy alto nivel que tienen que haber tenido en cuenta esto que estamos señalando, las dificultades de tener un resultado favorable en una medida provisional.
Lo que uno percibe en la presentación que hizo Uruguay solicitando esta medida cautelar es que en cierta medida se trataba de plantear ante la Corte una cantidad de hechos que serían favorables de nuestro país a los efectos del resultado final del juicio, hechos acaecidos luego del pronunciamiento de la Corte del 13 de julio del año pasado ante la solicitud de medidas provisionales por parte de Argentina. Por ejemplo, que apenas adoptada la resolución por la Corte las autoridades argentinas realizaron gestiones ante el Banco Mundial para bloquear los préstamos. Todo esto se exhibió, lo mismo que cada vez que había una resolución favorable a Uruguay se agudizaban las medidas de lucha, cuando se dio conocimiento de que los organismos internacionales ambientales confirmaban que no había un daño ambiental sustancial recrudecieron las medidas de lucha. Todos estos factores pueden haber sido motivos con los cuales se trató de informar a la Corte. Incluso del laudo arbitral que se presentó formalmente anexo a la presentación uruguaya, que tenía un pronunciamiento claro.
EC - Lo que dice el doctor Gamio me recuerda algo que ayer señaló en la entrevista aquí En Perspectiva el embajador Carlos Gianelli, integrante de la delegación uruguaya en estas audiencias en la CIJ. Gianelli decía que, más allá de que no se había atendido el pedido uruguayo, la posición argentina en el tema de fondo quedaba más debilitada. Señalaba:
(Audio)
"El tema central es que evidentemente hay una medida de coacción en la frontera con Uruguay, que no ha desaparecido y no va a desaparecer y que afecta las posiciones de fondo que Argentina mantiene en La Haya."
(Fin del audio)
EC - ¿Va por ese lado su visión de las cosas, lo que usted estaba señalando, doctor Gamio?
JMG - Puede haber sido uno de los motivos que hayan llevado a Uruguay a promover esta solicitud de medidas provisionales.
EGL - Yo no comparto la opinión de mi querido amigo el embajador Gianelli ni la del amigo profesor Gamio. La oportunidad para hacer eso era al contestar la demanda o poner excepciones preliminares.
EC - Porque Uruguay todavía tiene que presentar más documentación en el asunto de fondo.
EGL - Por supuesto. Esa era la oportunidad. No en un incidente por medidas cautelares donde partíamos de una premisa fundamental: que la CIJ es particularmente renuente a la adopción de este tipo de medidas.
Además hay que tener en consideración que el embajador Gross Espiel, de manera reiterativa al iniciar su exposición el día 8 de junio ante la CIJ y al hacer el cierre de la exposición de la delegación uruguaya el día 9 de julio, insistió con los bloqueos que se estaban llevando a cabo. Quiere decir que no era un hecho nuevo para la CIJ. Pienso que no era la oportunidad procesal, que era la oportunidad procesal era al contestar la demanda, reconvenir o poner excepciones preliminares. Y no en esta particular circunstancia.
JMG - Una precisión a lo que decía el amigo el embajador González Lapeyre.
EC - Son todos muy diplomáticos ustedes también. Discrepan pero destacan que son amigos.
JMG - Cuando yo hacía mención era especulando cuáles pueden haber sido los motivos que llevaron a Uruguay a hacer la solicitud. Cuando decía que podían haber sido estos, no es que yo compartiera esa posición. Estoy de acuerdo con lo que acaba de decir el doctor González Lapeyre en el sentido de la oportunidad procesal para hacer valer esos fundamentos habría sido en las etapas posteriores del juicio, la contestación de la demanda, etcétera.
EC - Evidentemente, con respecto al éxito en la solicitud de medidas cautelares se corría un riesgo, que por lo que ustedes han ido destacando en estos días, era alto en vista de los antecedentes de la Corte a la hora de resolver medidas cautelares.
EGL - Quiero hacer referencia a ese riesgo que incidió particularmente en mi forma de pensar cuando renuncié al equipo legal y le trasmití este tipo de argumentaciones al embajador Cancela.
Cuando uno promueve un accionamiento, ya sea incidental o principal, tiene que analizar las consecuencias y los riesgos que se asumen, con las ventajas que eventualmente se puedan obtener. Acá estábamos asumiendo este riesgo, que se concretó, que significa manchar una larga trayectoria a nivel del Derecho Internacional de nuestro país con éxitos indiscutibles y con personalidades brillantes como la del doctor Eduardo Jiménez de Aréchaga, que fue presidente de la CIJ. Había ese gran riesgo. Estimular y envalentonar a los piqueteros de Gualeguaychú, fortalecer la posición del gobierno argentino y desde el punto de vista político recibir esta cachetada que acabamos de recibir.
¿Cuáles eran las ventajas de obtener una decisión favorable? ¿Se analizó debidamente ese escenario? Creo que no. ¿Qué habría sucedido si ayer la ordenanza de la Corte hubiese dispuesto que el gobierno argentino tenía que tomar todas las medidas necesarias para levantar el bloqueo? No se habría llevado a cabo. El 70% de las medidas provisionales y conservatorias que adopta la CIJ no es acatado. Y en este caso esa decisión no habría sido acatada porque el presidente Kirchner en reiteradas oportunidades dijo que no iba a reprimir, y los piqueteros de Gualeguaychú no se iban a retirar de los bloqueos si no había represión.
EC - De todos modos el gobierno podía pensar que esa conducta omisa, ahora ante un planteo de la CIJ, iba a deteriorar aun más la posición argentina en el asunto de fondo.
EGL - No, eso es irrelevante. Como es irrelevante esta decisión adoptada en contra de Uruguay con respecto al fondo del asunto. Si se trata de incidentes que no tienen que ver específicamente con el objeto de la litis, por ende no van a tener repercusión casi alguna. Y además estoy absolutamente convencido de que Uruguay tiene razón. Uruguay gana este juicio. Del mismo modo que pensé oportunamente que íbamos a perder en esta medida cautelar, también estoy absolutamente convencido de que si se hacen las cosas bien, si no se actúa en forma festinada, no se adoptan decisiones sin una evaluación previa, razonada y bien fundada, la República Oriental del Uruguay va a resultar gananciosa en este juicio ante la CIJ.
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EC - Vamos a mirar hacia delante. Por un lado, la sentencia implica para Uruguay un revés duro, una derrota podría decirse. Hay quienes prefieren no utilizar ese término pero desde el momento que muchos consideraron el 14 a uno en contra de Argentina cuando pedía la suspensión de las obras como un triunfo, ahora habría que considerar este 14 a uno como una derrota. Se decidió no hacer lugar a las medidas cautelares que solicitaba nuestro país. Ese es el dato más fuerte, el dato más comentado desde ayer de mañana, el dato que ha propiciado el entusiasmo, el envalentonamiento de la Asamblea Ambientalista de Gualeguaychú.
¿Cómo ven la posición de Uruguay después de esto?
JMG - Desde el punto de vista procesal, pocos días antes de esta resolución, de acuerdo con lo que había previsto la Corte, la República Argentina presentó la memoria, que viene a ser lo que en términos procesales comunes se llama la demanda. Recién estamos entrando al tema de fondo. Y Uruguay tiene un plazo de seis meses para presentar la contestación a la demanda, la contramemoria en la terminología de la Corte, y luego vendrá la etapa oral de audiencias. No se puede prever la duración del juicio, pero va a ser largo y la situación de las relaciones entre Argentina y Uruguay no puede mantenerse a la espera de una sentencia definitiva. Tendría que sobrevenir una solución bastante antes de que se dicte una sentencia, porque el clima que ha habido este año, desde que empezaron los cortes a fines del año 2005 a ahora, no puede continuar en el futuro.
EC - Desde el gobierno se han destacado algunos aspectos positivos que tendría la resolución, pese al rechazo de las medidas cautelares. ¿Ustedes entienden que hay elementos rescatables en la decisión de ayer?
PS - Leí y escuché la entrevista hecha al embajador Gianelli que dice que fortalece nuestra posición o debilita la posición argentina. Yo no logro encontrar algún factor positivo en esta ordenanza. Es posible que la haya y tal vez sea yo que soy muy pesimista y no la encuentro. No le vi nada de positivo. Es cierto que, como manifiesta el profesor González Lapeyre, en el fondo del asunto, cuando se dicte la sentencia definitiva, si algún día se dicta en el sentido de que los procedimientos sigan y no se desista antes, existen probabilidades a nuestro favor y desde el punto de vista jurídico hay varios temas interesantes que darían a la Corte para pronunciarse, si bien tal vez no por primera vez, para sentar alguna jurisprudencia importante, como pueden ser los acuerdos verbales, como puede ser el derecho de veto a la construcción de obras, todos temas bastante específicos en el Derecho Internacional. Eso sobre el fondo, pero en la circunstancia actual habrá que ver cómo se desarrollan.
EC - Hoy el embajador Cancela dice en una entrevista en el diario La República que la ordenanza de la Corte reafirma que Uruguay tiene derecho a continuar con la construcción de la planta de Botnia, "una vez más se ratifica que Uruguay está en su pleno derecho a seguir adelante con este emprendimiento".
PS - ¿No sabíamos eso ya, con los respetos debidos al secretario general del Ministerio de Relaciones Exteriores? Ya lo sabíamos.
EC - Cancela también destaca la reiteración del llamado a las partes a no adoptar medidas que agraven el conflicto.
EGL - ¿No sabíamos eso? ¿No se había establecido en la ordenanza del 13 de julio? Coincido con las dos manifestaciones que han efectuado mis colegas los profesores Gamio y Sandonato. Esta ordenanza no aporta nada positivo para Uruguay, constituye un baldón en la historia brillante del Derecho Internacional uruguayo. Y además hay que buscar soluciones que nos permitan resolver este diferendo por la vía diplomática sin esperar la decisión de la Corte, aunque estimo que la misma va a ser favorable.
EC - Si vamos por el camino diplomático, lo que está abierto es el diálogo que intenta construir el facilitador español, que el lunes llega de nuevo al Río de la Plata.
EGL - Quiero destacar algo que no ha sido suficientemente comentado: las manifestaciones del presidente Kirchner en la tarde de ayer cuando hizo referencia a la ordenanza de la Corte. Todos sabemos que el presidente Kirchner no se caracteriza por su moderación y su templanza, que ha tenido actitudes y expresiones frecuentemente fuera de lugar. Ayer me satisfizo particularmente la forma en que se manifestó.
EC - ¿Qué es lo que resalta especialmente del discurso de Kirchner?
EGL - Cuando podía haber actuado con arrogancia y soberbia frente al triunfo, adoptó una posición humilde y reiteró que la República Argentina está abierta al diálogo, que están abiertas las puertas para el diálogo con la República Oriental del Uruguay. Fue un bon geste, un gesto que es necesario destacar. Insisto en que es fundamental negociar con Argentina. Personalmente no me agrada para nada la posición del gobierno en cuanto a no negociar mientras se mantengan los bloqueos, porque de ese modo estamos dando derecho de veto a los piqueteros de Gualeguaychú frente a la posibilidad de abrir un diálogo constructivo con la República Argentina.
EC - Es bastante polémico lo que usted dice. Porque al revés, en general está bastante extendido el apoyo a la posición dura que el gobierno uruguayo ha asentado en esta materia: con piquetes, no negociamos. El fundamento de esa posición es: no podemos convalidar el chantaje, nada menos que una medida ilegal que nos bloquea, que nos encierra, y estaríamos haciéndolo. ¿Cómo responde a esos argumentos?
EGL - No me caracterizo por sumarme a la mayoría. Muchas veces me toca un Vito Dumas, un navegante solitario, y algunas veces siendo un navegante solitario los hechos me dan la razón.
EC - Cuando el doctor Vázquez se reunió con Kirchner en Santiago en el mes de marzo y salió aquella especie de acuerdo que era "intentemos levantar los piquetes por un lado y por otro suspender la construcción de las plantas" hubo voces muy fuertes de dirigentes políticos, de ex presidentes uruguayos que dijeron "eso es impresentable, ¿cómo vamos a equiparar un hecho legal, la construcción de las plantas, con un hecho ilegal, un piquete carretero?". ¿Qué dice usted?
EGL - Con ese tipo de criterios las guerras no terminarían nunca. Terminarían sólo por la rendición incondicional de uno de los participantes. Decía Philippe Cahier, un catedrático francés, director del Instituto de Estudios Superiores de Derecho Internacional de Ginebra que la diplomacia es la manera de conducir las relaciones exteriores de un Estado por medios pacíficos y esencialmente a través de la negociación. No hay diplomacia si no hay negociación. Y de este diferendo salimos mediante una solución negociada que implique recíprocas concesiones. Es la forma de salir porque la prosecución del juicio aquí comparto totalmente lo que ha dicho el profesor Gamio perjudica a ambos países, fundamentalmente a la República Oriental del Uruguay.
EC - ¿Qué dicen ustedes, doctor Gamio y doctor Sandonato, sobre el futuro y la vía diplomática?
JMG - La solución de esto no puede sobrevenir por la vía de una sentencia judicial. Así sea del principal órgano judicial internacional, o de un laudo arbitral, eso es sabido por todos. Tiene que salir, como bien decía el embajador González Lapeyre, por la vía de la negociación y el diálogo. Quizás el hecho de que haya habido dos incidentes con resultados en una suerte de empate, uno a favor de Uruguay y este último que no le dio la razón a nuestro país, debería poner las cosas en términos de acercarse las dos partes a la mesa de negociación e intentarlo. Está la gestión del facilitador.
EC - ¿Qué piensa usted de la postura uruguaya ratificada ayer por el canciller Gargano: mientras haya piquetes no negociamos?
JMG - Entiendo que es una posición que tiene un respaldo fuerte en la opinión pública, y que también tiene un motivo desde el punto de vista aparente de que es una medida que fue condenada por el Tribunal Arbitral del Mercosur como ilícita. Pero como se decía recién: si hay un bloqueo total las negociaciones no se pueden seguir. Hay que buscar el medio de volver a sentarse a la mesa no sólo a dialogar sino a negociar.
EC - Doctor Sandonato...
PS - Lo importante eso que mencionaba el profesor Gamio, el tema no se va a solucionar con una sentencia judicial. Y con esto no queremos menospreciar el valor de nuestra materia para nada. En una lectura podría decirse: teníamos dos instancias a favor, tenemos esta en contra. Tal vez esta sea para compensar un poco la balanza, la instancia para iniciar un acercamiento.
EC - ¿Cómo se sale del brete?
PS - Siempre se sale hablando. Sobre todo con la larguísima historia en común de dos pueblos. Ayer hablaba con mi padre y él me hacía ver que una de las cosas más importantes son las familias que están separadas, los amigos que están separados. La solución tiene que venir por ahí. Hay que hablar. Negociar con los piquetes, con los bloqueos, ¿es o no una solución válida? Tengo que navegar entre dos aguas. Pero en la medida que ya existe un laudo arbitral que reconoce la ilegalidad, sería volver atrás si dijéramos "empezamos a hablar ahora". Si mantuvimos una posición firme en todo momento y ahora damos una retirada... no sé. Puede ser, pero no me parece que sea la solución.
EGL - Las nuevas generaciones no tienen una idea cabal de lo difícil que era la relación entre Argentina y Uruguay antes de que se definieran los límites en el Río de la Plata. Hubo incluso enfrentamientos aeronavales. El canciller Nicanor Costa Méndez ordenó la instalación de nidos de ametralladoras en el islote Timoteo Domínguez. Hubo una serie de incidentes gravísimos entre nuestros países. A pesar de eso se encaró una larga negociación secreta y técnica, en la cual tuve el honor de participar, que culminó con el Tratado del Río de la Plata y su frente marítimo.
De modo que siempre hay que procurar negociar, dialogar, buscar soluciones. Las palabras del presidente Kirchner ayer constituyen para mí una carta de presentación, una invitación al gobierno uruguayo a comenzar a dialogar. No quiere decir que la negociación tenga que hacerse de forma pública, con la intervención de los medios de expresión del pensamiento, tiene que estar limitada a las intimidades de un gabinete para que las recíprocas concesiones sean admisibles para los pueblos de ambos países.
PS - Concuerdo en esto. La diplomacia secreta es una gran cosa, ya lo decían Philippe Cahier, Harold Nicholson y nuestro Gregorio Pérez Gomar a fines del siglo XIX. No es antidemocrático que la diplomacia sea secreta. Es beneficioso y así debería ser la mayoría de las veces. O sea que esperemos que esta sea una instancia para iniciar un nuevo camino.
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Fallo del Tribunal Internacional de Justicia de La Haya sobre el pedido de Uruguay de medidas cautelares por los cortes de ruta en Argentina.(En inglés)
Solicitud de medidas cautelares pedidas por Uruguay al Tribunal de La Haya.