Fiscales advierten sobre posible "descalabro" en el Ministerio Público
La Asociación de Fiscales advirtió sobre los efectos negativos que podrían tener en el futuro sobre ese servicio los pases en comisión, aprobados en la última de Ley de Presupuesto. Según dijo el vicepresidente de esa gremial, Gustavo Zubía, la medida agudiza la ya importante sobrecarga de trabajo de los fiscales. "Debería ser objeto de una inmediata revisión", afirmó. Si 15 profesionales más pidieran ese beneficio, habría "un descalabro mayúsculo".
(Emitido a las 9.13)
EMILIANO COTELO:
La pregunta ha estado sonando en el ambiente en los últimos días: ¿es razonable que un fiscal pase en comisión al despacho de un parlamentario, a una oficina en un ministerio o de la Presidencia de la República?
En principio suena raro, uno tiende a pensar que todo punto de contacto entre la política y la Justicia debe ser manejado con el máximo cuidado, que debe marcarse lo más nítidamente posible la línea divisoria entre un ámbito y el otro.
Pero además, en caso de que ese pase en comisión ocurra, ¿debe permitirse que ese fiscal en suspenso ejerza la abogacía en el ámbito privado?
Y, por último, ¿tiene sentido dar esas facilidades para el pase en comisión de los fiscales cuando desde el Ministerio Público se señala que la cantidad de causas judiciales desborda su capacidad de respuesta, que faltan fiscales?
Por esas y otras razones se discute mucho en estos días sobre los fiscales que piden un pase en comisión, una posibilidad que cuenta con nuevos incentivos desde la última Ley de Presupuesto, la que fue aprobada por la actual administración.
***
Una particularidad de este asunto es que salió al tapete de la mano de un señalamiento concreto que tuvo como destinatario a la pareja del secretario de la Presidencia, doctor Gonzalo Fernández.
La fiscal adjunta en lo penal doctora Cecilia Salom fue una de las funcionarias que se valieron de esta norma recientemente aprobada al haber pedido pase en comisión al despacho del legislador del Partido Socialista Gustavo Bernini.
¿Por dónde viene el cuestionamiento que se ha escuchado desde distintos sectores de la oposición? Lo que se censura es que la doctora Salom esté cumpliendo tareas en el despacho de un legislador y que al mismo tiempo trabaje en la actividad privada en el estudio jurídico de Fernández, algo que la ley que regula la actividad de los fiscales prohíbe expresamente.
Puntualmente, el diario El Observador publicó el jueves un artículo en el que informaba: "Desde fines de 2006 los abogados de uno de los procesados por la quiebra del Banco de Montevideo son el secretario de la Presidencia, Gonzalo Fernández, y su pareja, la fiscal adjunta Cecilia Salom, que está en pase en comisión con el diputado del Partido Socialista Gustavo Bernini".
La nota agregaba que "el Observador tuvo acceso al documento en el que ambos profesionales firmaron como defensores de uno de los involucrados en el caso, actualmente en proceso".
A partir de allí se generó una nueva polémica centrada en la incompatibilidad de los fiscales de ejercer cualquier otra actividad remunerada que no sea la de la propia fiscalía o la docencia.
Pero repasemos las disposiciones vigentes en la materia.
Según la Ley Orgánica del Ministerio Público y Fiscal, "los cargos de Fiscales (...) son incompatibles con el ejercicio remunerado o no de los profesiones de abogado, escribano, contador o procurador, el del comercio, y con el desempeño de toda otra función pública retribuida, salvo el ejercicio del profesorado en la enseñanza pública superior en materia jurídica. También resultan incompatibles con el desempeño de cualquier función pública honoraria, permanente o transitoria, excepto las conexas con su propio cargo".
Es decir, los fiscales no pueden ejercer como abogados en un estudio privado mientras ocupen un cargo en el Ministerio Público y Fiscal.
Cuando el diario El Observador la consultó sobre este punto, la doctora Salom respondió que su situación es legal, y para probarlo citó el artículo 13 de la Ley de Presupuesto, Nº 17.930, aprobada en el actual período de gobierno.
¿Qué dice ese artículo? En pocas palabras, modifica una ley que regulaba las condiciones en que puede trasladarse un funcionario público para desempeñarse en comisión en el despacho del presidente de la República, el vicepresidente, los ministros, subsecretarios o legisladores.
Textualmente, en la Ley de Presupuesto se establece que: "Durante el período que dure el referido traslado, el funcionario quedará sometido al régimen de prohibiciones e incompatibilidades del organismo de destino, no aplicándosele las correspondientes del cargo de origen".
¿Qué quiere decir esto? Que los funcionarios que pasan en comisión quedan regidos por los reglamentos de los organismos a los que llegan. Esto, aplicado al caso concreto de la doctora Salom, significa que se debe atener a las normas del Parlamento y no a las inherentes a su cargo de fiscal, por lo que ya no tiene impedimentos para mantener su cargo de fiscal (que de hecho no lo pierde, aunque no lo ejerza) y desarrollar, de forma paralela, una actividad profesional privada remunerada, como la que efectivamente está desempeñando.
Es algo así como una perforación a las disposiciones de la ley orgánica que rige a los fiscales, pero es absolutamente legal. Para reforzar su defensa, la doctora Salom aclaró que renunció al cobro de todos los beneficios y rubros específicos del Ministerio Público y Fiscal. De todos modos continúa cobrando unos 20.000 pesos por su cargo de fiscal adjunta.
Esta situación ha generado suspicacias, sobre todo en el ámbito de los propios fiscales. Fuentes del Ministerio Público consultadas por En Perspectiva señalaron que la asociación que agrupa a los fiscales no se enteró de que esta disposición había sido incluida en la Ley de Presupuesto hasta tanto la doctora Salom pidió el pase en comisión, apenas dos meses después de aprobada la iniciativa.
Por eso, incluso, en el ambiente de los fiscales a este artículo se lo denomina obviamente con cierta ironía la "Ley Salom".
Es importante aclarar que el artículo 13 del Presupuesto incluido en la Sección II, que refiere a los funcionarios del Estado, no habla específicamente de la actividad de los fiscales. Sin embargo, los fiscales alegan que es claro que este artículo se ha incluido para permitir este tipo de pases en comisión. Y que si no se redactó con la intención de amparar este caso en particular el de la doctora Salom, por lo menos sí ha tenido la intención de permitir que los fiscales o jueces se amparen en él.
Algunas de las fuentes consultadas hicieron notar, además, que para que se aprobara el pase en comisión de la fiscal Salom, la solicitud debió ser aprobada por la Oficina Nacional del Servicio Civil, un organismo que depende directamente de la Presidencia.
Ahora, pese a que todo este debate se disparó a raíz del pase en comisión de la doctora Salom, con el correr de los días se supo que ese no es el único ejemplo de fiscales que están usufructuando esta nueva norma sobre pases en comisión.
La lista incluye también al fiscal de Dolores, Fernando Romano (que pasó al Ministerio del Interior) y al fiscal de Paysandú, Carlos Negro, este último con la particularidad de que se encuentra en comisión en el propio Ministerio de Educación y Cultura.
Esta semana, por último, se sumó un cuarto nombre, el del doctor Enrique Möller, un fiscal muy conocido, por ejemplo porque fue quien hace pocos meses definió el archivo del caso de María Claudia García de Gelman pese a que el Poder Ejecutivo había resuelto excluirlo del alcance de la Ley de Caducidad. La otra particularidad de la situación de Möller además de que se "enfrentó" con el Poder Ejecutivo es que esta es la primera vez que un fiscal es pedido en comisión por un legislador de la oposición, el diputado blanco por Cerro Largo, Sergio Botana.
***
Como decíamos, estos cambios en la normativa están rodeados de suspicacias pero también de molestia; y no sólo por el hecho de que eventualmente esta haya sido una ley creada a medida de los intereses de uno o más fiscales. Aparentemente, desde la Asociación de Fiscales se entiende que esta medida genera un perjuicio al Ministerio Público y afecta su capacidad de respuesta.
Sobre estas objeciones vamos a conversar con el vicepresidente de la Asociación, fiscal letrado departamental de Maldonado, doctor Gustavo Zubía.
***
Doctor Zubía, una aclaración inicial: antes de este cambio que introdujo la última ley de presupuesto, ¿los fiscales ya podían pasar en comisión?
GUSTAVO ZUBÍA:
Podían pasar en comisión pero tenían otro estatuto que en los hechos generaba una no efectivización de esos pasajes en comisión.
EC - ¿Hay algún antecedente?
GZ - Hubo solicitudes que después no prosperaron, desconozco los detalles. En este momento la situación concreta es la que usted ha referenciado, y mi intención es hacer énfasis únicamente en la parte institucional para el Ministerio Público y Fiscal, en un momento muy difícil, como han sido estos últimos tres años, con el tema de la Fiscalía de Corte que hoy todos esperamos se pueda laudar de una buena vez.
EC - Lo nuevo es que ahora un fiscal que pasa en comisión durante el período que dure el traslado "quedará sometido al régimen de prohibiciones e incompatibilidades del organismo de destino, no aplicándosele las correspondientes del cargo de origen". Eso le permite, por ejemplo, a un fiscal que pasa al despacho de un diputado al mismo tiempo trabajar como abogado en la esfera privada. ¿Ese es un punto preocupante para ustedes?
GZ - No, el punto preocupante no refiere en absoluto a los aspectos personales, el destino del fiscal o las actividades que el fiscal (que en ese momento no está en ejercicio de su cargo) pueda realizar. El punto preocupante para la Asociación es lo que representa para la institución Fiscalías esta posibilidad de pasajes en comisión.
Voy a hacer una especie de síntesis de lo que es el Ministerio Público y Fiscal. El Ministerio Público y Fiscal, que depende del Ministerio de Educación y Cultura, tiene a su cargo, como vemos en las películas, la persecución de los delitos y de las faltas. El artículo 68 del Código del Proceso Penal y la propia Ley Orgánica hacen referencia a que el fiscal es el persecutor penal de los delitos y de las faltas.
Hablo de las faltas porque en este momento determinadas faltas han cobrado una intensidad mayúscula habida cuenta de que el juego clandestino comienza a ser perseguido a partir de denuncias emanadas de las direcciones pertinentes vinculadas con los casinos del Estado. Esas faltas han cobrado una relevancia importantísima porque tienen una trascendencia económica también mayúscula. Cierro este paréntesis.
El Ministerio Público cuenta con poco más de 100 fiscales, debe ser de las plantillas más acotadas de funcionarios especializados como somos los fiscales. Esos 100 fiscales son muy pocos para el trabajo que representa el sistema judicial. Hace poco tuve la oportunidad de estar en España y allí se calcula que un fiscal tiene capacidad técnica para la atención de una población que oscila entre los 15.000 y los 20.000 habitantes, y aquí en Maldonado, donde me desempeño, haciendo un prorrateo, en temporada un fiscal tiene que atender a una población de unos 150.000 habitantes, para que usted vaya haciendo una cuenta de lo que significa la recarga del sistema. Además en el interior el fiscal atiende en materia aduanera, civil, de familia, penal, de menores, administrativa y seguimos contando.
En ese ámbito de pocos fiscales en el país, de una estructura sobrecargada a niveles impensados porque la judicialización de la vida civil en nuestro país se hace cada vez más intensa (en el tema violencia doméstica se han creado juzgados especializados, y tenemos fiscalías vacantes, que no se han llenado, con lo que eso significa para los compañeros que están en esa área como sobrecarga de trabajo), lo que implica que hay que luchar no sólo con la capacidad intelectual sino con la capacidad física para lograr llegar al tratamiento de todos los temas que vienen a nuestro estudio, se produce una ley que genera esta posibilidad de pasajes en comisión con el gravísimo aditivo de que el cargo no puede llenarse.
Desde el punto de vista de la Asociación, cuya Comisión Directiva trató el tema hace varios días, y que había generado un documento para la presentación a nivel de la Fiscalía de Corte, que estos hechos de último momento de las propuestas a los efectos del llenado de la vacante de fiscal de Corte demoraron (seguimos en esa incertidumbre), la preocupación es que un cuerpo ya debilitado de fiscales con esta norma se debilita sustantivamente más. Piense en las consecuencias que esto podría tener por el principio de universalidad, si todos los fiscales tienen derecho a hacer uso de esa potestad tenemos 99 diputados y un poquito más de 100 fiscales. Piense usted las consecuencias que esto podría tener de futuro.
EC - A usted no le preocupa el hecho de que un fiscal en comisión pueda ejercer la abogacía en el sector privado, le preocupa que la posibilidad que abre la nueva norma es de hecho un estímulo para que los fiscales se vayan de sus cargos.
GZ - Puede serlo. No me interesan los temas personales, a la Asociación le interesan los temas institucionales. Quienes han pedido pase lo han hecho al amparo de una norma legal y son fiscales de trayectoria, de modo que eso no es lo que interesa.
Los fiscales hablamos de dos tipos básicos de persecución penal, la que tiene como objetivo lo que antiguamente se llamaba el ladrón de gallinas (que hoy sería el ladrón de videos o de televisores), que abarca delitos que vienen a través de la Policía y cuya resolución es más o menos compleja pero está dentro de los cánones habituales, y la persecución (que en los últimos años se ha visto cada vez con mayor intensidad, de lo cual me congratulo) de lo que se llama la macrodelincuencia, que no se hace con unas horas de trabajo por variadísimas razones que usted y su audiencia serán capaces de presuponer. Nos enfrentamos a delitos complejos, a personas que poseen recursos para efectuar defensas muy afincadas y tenaces al momento de realizar la indagatoria judicial, nos enfrentamos a la necesidad de técnicos y peritos que nos asesoren, y según la información que tengo existen uno o dos contadores para todos los jueces de toda la República. Yo pido un informe y tarda meses o años. En materia pública tenemos la Junta Asesora Anticorrupción, pero en otras materias no contamos con ningún tipo de personal especializado. Ya estábamos en dificultades, con mermas en el cuadro de fiscales, y nos enfrentamos a un panorama muy desolador.
EC - ¿Qué ocurre si un fiscal pide un pase en comisión como los que mencionamos? ¿Qué ocurre con su cargo?
GZ - Queda vacante, se genera una nueva vacante que no puede ser llenada (lo aclaro porque sobre el punto ha habido más de una versión a mi juicio equivocadas) y se mantiene.
EC - ¿Por cuánto tiempo se mantiene?
GZ - Durante el período del pase en comisión.
EC - ¿Y quién desempeña las funciones que desempeñaba el fiscal que pasó en comisión?
GZ - El colega del despacho de al lado.
EC - ¿No existe la posibilidad de designar un suplente? La tarea recae en otro fiscal que pasa a tener más trabajo.
GZ - Los fiscales necesitan venia del Parlamento, que es una especie de autorización que no puede dar a cualquiera. Esa venia impediría que se trajera a un funcionario de menor jerarquía para hacer el trabajo mientras dura la acefalía por el pasaje en comisión del titular. Entonces necesariamente el trabajo del fiscal que se va recae en los fiscales que quedan, que hoy por hoy estamos todos con una sobrecarga de trabajo enorme. Esta suma desemboca en la disminución de la capacidad operativa de los fiscales en la persecución de los delitos, fundamentalmente de los delitos macro o complejos.
EC - ¿Efectivamente ustedes no conocían esta disposición de la Ley de Presupuesto y se enteraron de su existencia a raíz del pedido de pase en comisión de la doctora Salom?
GZ - No es un tema de no conocimiento. La vorágine de hechos que en los últimos años ha ocupado al Ministerio Público y Fiscal nos ha llevado a tener problemas en todas las áreas, de ahí que no existiera una visualización de lo que podía representar la norma legal en el futuro. En los últimos años el Ministerio Público ha venido siendo cascoteado, la no designación del fiscal de Corte nos ha hecho sufrir mucho por lo que significa para la estructura y su funcionamiento.
EC - ¿Ustedes reclaman que se derogue, que se modifique el artículo 13 de la Ley de Presupuesto?
GZ - Sí, el tema legal debería ser objeto de una inmediata revisión, sobre todo partiendo del principio de universalidad. Si en este momento 15 fiscales más piden pasajes en comisión están amparados por una norma legal, ¿pero qué pasa con el Ministerio Público, qué sucede con la persecución de los delitos? Hay un descalabro mayúsculo. Todo esto se inscribe en el gran problema que viene padeciendo la unidad ejecutora Fiscalía en los últimos años, es gravísima la situación.
El pedido sería una revisión de la ley o, en su caso, que las autoridades del Ministerio de Educación y Cultura que tienen a su cargo el estudio de eventuales futuros pasajes en comisión observaran con detenimiento la bondad o no de autorizarlos ante lo que representan el servicio, que debe ser la prioridad número uno.
EC - Usted mencionó cuál es el eje y el motivo central de la preocupación de la Asociación de Fiscales, ¿pero no les preocupa el hecho de que al realizar un pase en comisión un fiscal quede identificado partidariamente al pasar a trabajar con un diputado de un partido? ¿Qué pasa cuando ese fiscal vuelve después a sus tareas?
GZ - No le digo que eso no sea objeto de especulación pero no entra dentro de la línea de trabajo de la Asociación hacer esas especulaciones. Lo dejamos para otros operadores, nosotros no vamos a ingresar en esa calificación de posibilidades o no. Como le decía hoy, los que han optado por este sistema son fiscales de trayectoria, han sido compañeros nuestros, de modo que no le niego que esas especulaciones ingresan en el ámbito personal de manejo de los fiscales pero no en el institucional. El problema central no son las personas sino qué sucede con la institución Ministerio Público de futuro con esta especie de desangrado que puede producir esta norma que a nuestro juicio debe ser inmediatamente revisada o, de lo contrario, las jefaturas del Ministerio Público deben observar con detenimiento si conceden o no más pases de esta naturaleza por lo que representan para el resto de los fiscales como sobrecarga de trabajo y posibilidades inciertas de futuro.
Documento relacionado:
Normativa que rige la función del Ministerio Público
---------------
Edición: Mauricio Erramuspe