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ARTICULO 23.
- Los conjuntos que participen del Concurso
Oficial de Agrupaciones no podrán participar
hasta que se emita el fallo de este certamen, en otros
concursos dentro o fuera del departamento.
ARTICULO 24.
- El Concurso Oficial se realizará en
el local que se determine oportunamente cumpliéndose
en tres etapas: PRIMERA RUEDA: en esta rueda tomarán
parte los conjuntos que lograron clasificarse a la
Liguilla en el Concurso Oficial realizado el año
inmediato anterior y aquellos que hayan sido aprobados
por el Jurado de Admisión en la prueba correspondiente
al presente carnaval. SEGUNDA RUEDA: Esta rueda se
llevará a cabo con la participación
de los conjuntos que, de acuerdo a lo previsto en
el presente reglamento, hayan sido seleccionados por
el Jurado. LIGUILLA: tomarán parte de la Liguilla
los conjuntos que de acuerdo a lo dictaminado por
el Jurado se hayan acreditado este derecho de acuerdo
a las condiciones que se establecen en este reglamento.
Cabe señalar que en caso de registrarse empates
en el último lugar habilitante para ingresar
a esta instancia en los 21 cupos predeterminados,
los conjuntos igualados pasarán a la Liguilla,
restándose esos lugares de los tres Cupos Generales.
Sí el empate se registrara en cualquier otra
ubicación anterior a la última se mantendrán
los cupos establecidos (nueve para la categoría
murgas y tres para las restantes categorías).
ARTICULO 25.
- Las agrupaciones están obligadas a participar
de los espectáculos del Concurso Oficial, toda
vez que sean citadas por resolución del Jurado.
De no hacerlo quedarán automáticamente
eliminadas del certamen.
ARTICULO 26.
- De cada etapa del Concurso Oficial se hará
un listado de la programación para conocimiento
de los Directores Responsables de los conjuntos, sin
perjuicio de que se les cite por parte de D.A.E.C.P.U,
a cada uno en forma individual y por escrito, indicándose
día y hora en que deberán estar presentes
en el local en que se desarrolle la misma.
Esta convocatoria se realizará con no menos
de veinticuatro horas de anticipación con relación
a la fecha en que deban actuar.
En caso de llegada tarde con relación a la
hora fijada en la citación, el Jurado aplicará
las penas previstas para tal causa en el capítulo
correspondiente a sanciones. A efectos de acreditar
la hora de llegada de los conjuntos con la totalidad
de sus integrantes, al local donde se realice el Concurso
Oficial el Director Responsable de cada agrupación
deberá firmar el registro que a tal efecto
se establezca, en presencia del funcionario administrativo
que la División Turismo y Recreación
designe a tal fin.
ARTICULO 27.
En caso de que el Concurso Oficial se lleve a cabo
en el Teatro Municipal de Verano "Ramón
Collazo", la IMM y DAECPU suscribirán
por separado y de común acuerdo un convenio
en el que establecerán las condiciones correspondientes.
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