Defensa de despachantes de aduana se opone a delito imputado por el fiscal
El doctor Amadeo Ottati, abogado defensor de dos de los despachantes de aduana acusados por la justicia, expresó que tiene "serias discrepancias" sobre el delito que la fiscal imputa a sus clientes. "Acá no hay ningún delito de cohecho, sino que hay lisa y llanamente un delito de concusión", aseguró. Y justificó la actitud de sus defendidos de no hacer la denuncia sobre esto diciendo que algunos ex funcionarios de Aduanas han reconocido que "el que no pagaba se veía excluido del sistema, no era fácil hacer una denuncia". Además, señaló que sería una "tremenda injusticia" que se aplicara "algún tipo de sanción por parte de la Dirección de Aduanas a estos despachantes".
(Emitido a las 7:47)
EMILIANO COTELO:
"Despachantes iniciaron gestiones a fin de evitar la pérdida de su habilitación". Este es uno de los títulos esta mañana, en este caso en el diario El País, pero la noticia aparece en otros diarios. También dice: "Despachantes de aduana realizan contactos en busca de evitar que 26 de ellos pierdan sus licencias en caso de ser procesados sin prisión por el delito de cohecho, tal como ha solicitado el fiscal de Ciudad de la Costa Gilberto Rodríguez".
Ayer algunos despachantes se reunieron con el director de Aduanas, Luis Salvo, con quien hablaron de cambios introducidos en la operativa aduanera y también sobre este punto. Además, solicitaron una entrevista con el nuevo ministro de Economía y Finanzas, Álvaro García, que se concretaría en el mes de octubre según indicaron fuentes del sector.
Entre la mayoría de estos despachantes acusados existe cierta convicción de que van a ser procesados, por lo que ya mismo están apuntando sus esfuerzos a que, en caso de concretarse ese procesamiento, puedan seguir trabajando, afirmaron las fuentes.
Esa decisión -la de permitirles continuar o suspenderlos en su licencia- dependerá en primer término del Director de Aduanas Luis Salvo y finalmente del Ministerio de Economía, por eso es que los contactos ya se iniciaron.
Los despachantes acusados intervienen en aproximadamente el 50% del comercio exterior y emplean a decenas de personas.
Abogados de los despachantes sobre los que está pesando este pedido de procesamiento mantuvieron un encuentro ayer en el que intercambiaron ideas y opiniones sobre el trámite que viene siguiendo este expediente en el Juzgado de Ciudad de la Costa.
El fiscal considera que los despachantes son coautores del delito de cohecho, el mismo delito por el que solicitó y obtuvo el procesamiento con prisión de 11 funcionarios aduaneros del Aeropuerto de Carrasco.
***
EC Estamos con el doctor Amadeo Ottati, abogado defensor de algunos de estos despachantes. ¿A cuántos de ellos asesora usted?
AMADEO OTTATI:
En realidad a dos despachantes de aduanas, pero obviamente somos varios los abogados que estamos encargándonos del patrocinio del resto de los involucrados, que es un número bastante más alto.
EC - ¿Cómo están examinando el trámite que viene siguiendo este caso y especialmente el delito que el fiscal pretende se les impute a estos despachantes?
AO En rigor tenemos muy serias discrepancias -por lo menos en lo personal y creo que es el sentir también de mis colegas abogados- sobre el delito que a juicio del fiscal corresponde imputar a los despachantes de aduana, que obviamente es el mismo que se había imputado con anterioridad a los funcionarios aduaneros.
Yo creo -y no quiero comprometer la opinión de mis colegas- que está pesando demasiado en el ánimo del fiscal el hecho de que ya había emitido un pronunciamiento por cohecho en relación a los funcionarios aduaneros a los que procesó en aquel momento.
Para mi gusto hubo un apresuramiento, porque siendo el delito de cohecho un delito bilateral -que implica necesariamente la existencia de dos partes que celebran un supuesto acuerdo- el haber puesto una de las patas de ese negocio en prisión está haciendo pensar -en mi modesta opinión y con el debido respeto hacia el fiscal con el que me une una muy buena relación- que para que subsista aquella imputación de un delito bilateral no tiene otra alternativa que buscar a toda cosa a la otra pata del negocio, que serían los despachantes de aduana.
Nosotros creemos que acá no hay ningún delito de cohecho sino que hay lisa y llanamente un delito de concusión, que es un delito unilateral cometido exclusivamente por aquel que compele a otra persona es decir que obliga o que determina o que fuerza- a dar algún dinero por algo que esa persona tiene que hacer.
EC Vamos a hacer algunas aclaraciones. En primer lugar y antes de explicar un poco mejor los dos delitos ¿de qué hechos estamos hablando?, ¿cuáles son los hechos que precipitan estas decisiones judiciales?
AO La comprobación por parte de la justicia -que intervino con escuchas telefónicas, con grabaciones, es decir con medios que no están al alcance de cualquier persona- del pago que despachantes de aduanas se veían obligados a realizar (no de este grupo de 25 sino de prácticamente la totalidad de los que trabajaban en el Aeropuerto Nacional de Carrasco en la Aduana) para que los trámites cumplidos por los funcionarios aduaneros se realizaran regularmente. Sin atrasos, sin los perjuicios de tipo económico que implica que un despacho -de medicamentos o sustancias que no pueden esperar- no salga en la forma indicada.
EC Usted dice que la "propina" se pagaba para que un trámite no se enlenteciera.
AO Para que se hiciera normalmente. Era un trámite que no había que pagar, pero se pagaba una tarifa que ya estaba preestablecida, una tarifa que existía y venía de tiempo muy largo. Hay algunos despachantes de aduana que dicen "mi padre y mi abuelo ya pagaban esa tarifa". ¿Qué ocurre? Alguno que no quiso pagar vio como efectivamente las cosas no funcionaban en forma correcta y optó por pagar como hacían todos los demás para que las cosas funcionaran normalmente.
La diferencia entre cohecho y la concusión son muy claras. En la concusión la iniciativa de esta operativa surge del funcionario público...
EC Sí, tengo acá el texto del artículo 156 del Código Penal que dice: "El funcionario público, que con abuso de su calidad de tal o del cargo que desempeña, compeliere o indujere a alguno a dar o prometer indebidamente a él o a un tercero dinero u otro provecho cualquiera".
AO Exacto. Es básicamente cuando una persona dice "yo no hago lo que tengo que hacer si tú no me das determinada suma de dinero". La iniciativa en ese caso parte del funcionario público, y el particular en este caso el despachante de aduana- no tiene otra alternativa -porque se ve constreñido en su espíritu o porque se ve inducido por alguna maniobra del funcionario público- a entregar ese dinero, y si no lo entrega se ve perjudicado.
En el cohecho en cambio hay un acuerdo o un pacto ilícito entre las dos personas y por lo general es el particular el que dice "¿cómo podemos arreglar esto?". Es la famosa coima que a veces uno ve cuando a alguien le quieren poner una multa y le dice "¿esto con cuánto se arregla?" y el funcionario acepta. Por eso el cohecho lo hacen dos personas, son dos personas las que celebran un acuerdo ilícito.
En cambio en la concusión es una imposición de una persona sobre otra y por lo tanto el único que responde es el compeledor, la persona que fuerza al otro. En este caso entendemos que los únicos que deben ser procesados son los funcionarios aduaneros, aunque no por el delito que originariamente se les imputó el de cohecho- sino por el delito de concusión, delito que se imputa solamente a aquel que ejerce la presión.
Hay sobradas muestras en el expediente de que las cosas son así. Hay versiones grabadas donde los funcionarios aduaneros hablan espontáneamente porque no suponen que alguien los está escuchando, y dicen que hay que "apretar" a fulano que debe algo, o que "yo presiono más, hay otro que presiona menos", lo que no se condice con la expresión de los aduaneros de que esto era una propina voluntaria. Había una lista de morosos si la propina es voluntaria no puede haber una lista de morosos, paga el que quiere y el que no quiere no paga.
En rigor, había una tarifa preestablecida. Si la propina es voluntaria cada uno de los despachantes daría la propina que le pareciera y no una propina uniforme. Esto está en el expediente y supongo que cuando los abogados contestemos o evacuemos esa vista del fiscal, presentando algún escrito, el tema va a quedar lo suficientemente claro como para que la magistrada a cargo del caso entienda que las cosas no son como las vio el fiscal que dio más crédito a la opinión de los aduaneros- sino que son como lo sostenemos nosotros: los funcionarios cometieron un delito y los despachantes no incurrieron en delito alguno.
EC Si lo que estaba en juego era un delito de concusión, si era el funcionario público el que forzaba a los despachantes de aduana a pagar estas sumas para que los trámites no se enlentecieran o directamente se bloquearan, ¿por qué los despachantes no denunciaron penalmente ese comportamiento?
AO En rigor hay algunos de los ex funcionarios que estuvieron al frente de la Dirección de Aduanas que dicen claramente que el que no pagaba se veía excluido del sistema, no era fácil hacer una denuncia. Además, esta denuncia prospera porque se hicieron escuchas telefónicas grabadas sin que se supiera. De lo contrario un despachante hacía una denuncia y era palabra contra palabra. Probablemente la denuncia no prosperaría por falta de pruebas y esa persona quedaría expuesta a la represalia de un grupo que obviamente funcionaba como tal y que tenía detrás de sí el apoyo de la función pública que estaba cumpliendo.
Por otra parte, los particulares no tienen obligación de realizar ninguna denuncia. La obligación la tienen las jerarquías de esos funcionarios, que conocían o debían conocer [el tema], que era un secreto a voces, pero cuando van a declarar ninguno conocía absolutamente nada. Y yo le digo por qué ninguno sabía: porque si alguno de esos jerarcas decía conocer los hechos, le dirían "señor, usted no hizo la denuncia de acuerdo al artículo 167".
Repito, los particulares no tienen obligación de denunciar un delito. La obligación la tienen los funcionarios públicos, y el no cumplimiento de la misma constituye un delito según el artículo 167.
EC Por otro lado, lo que sí era un hecho es que quien pagaba estas "propinas" o "peajes" sabía que se exponía a que ocurriera algo como lo que está ocurriendo, que se interpretara que estaban pagando un soborno.
AO Obviamente sabían, pero quizá no lo percibían como un hecho delictivo. Ya era una costumbre impuesta, como la de pagar a determinados funcionarios judiciales para que cumplan ciertos trámites, algo que está prácticamente institucionalizado aunque no debería ser.
Esa persona no tenía otra alternativa que exponerse, no tenía una conducta alternativa a la que efectivamente hizo, eso es lo que en materia penal se llama inexistibilidad de otra conducta. Alguno declaró en el juzgado: "yo no quise pagar, que lo paguen los demás", y a la larga o a la corta se dio cuenta de que sus asuntos quedaban trancados y finalmente agachó la cabeza y pagó también.
Y no es cierto que no se hayan hecho denuncias. A través de la Asociación de Despachantes de Aduana se le hizo llegar a determinados jerarcas que esto ocurría. Aparentemente el único que puede correr un riesgo de ser procesado es un funcionario jerárquico medio, el capitán Belot, que según algunos aduaneros conocía la operativa y no hizo nada.
Yo me pregunto ¿los demás no conocían nada, nadie sabía que esto estaba ocurriendo?
EC Suponiendo que se siga para adelante y que la jueza acepte el criterio del fiscal, suponiendo que los procesamientos sean por cohecho o coautoría de cohecho...
AO Autoría, porque en el cohecho no hay coautores, son todos autores.
EC ¿Y cuál es la pena en este caso?
AO No lo tengo presente en este momento pero es una pena excarcelable.
EC Para el delito de cohecho simple dice que "quien lo cometa será castigado con una multa de 300 a 2.000 pesos e inhabilitación especial de 2 a 4 años".
AO Este es un cohecho simple, o sea que no es uno de los delitos que tienen mayor pena, pero incluso en este caso el fiscal ha pedido que sea sin prisión entendiendo que hay un matiz diferencial. Por suerte encontró que había una diferencia entre una conducta y otra, pero también puede haber un procesamiento sin prisión y algún tipo de sanción por parte de la Dirección de Aduanas a estos despachantes, lo que implicaría una tremenda injusticia. Esta gente que va a ser procesada es aquella que apareció en una lista de morosos circunstanciales, de gente que lo apuntaban y le cobraban todo junto a fin de semana porque eran los que trabajaban más. Pero según la propia Asociación lo ha dicho públicamente, y según una lista que alguno de los abogados dejó arriba de la mesa de la jueza cuando fue a declarar, esto lo hacía prácticamente la totalidad. Entonces estaríamos frente a una situación de injusticia, porque lo justo es tratar igual a situaciones iguales y desigual las desiguales. Cientos de despachantes de aduana que también tenían la misma conducta no van a ser procesados, y por figurar en una lista incautada por azar, este grupo de 25 despachantes de aduana ha sido objeto de un pedido de procesamiento por parte del fiscal. Me adelanto a decirle que tenemos la firme esperanza por lo menos yo la tengo- de que no sea acompañado de la señora jueza actuante.