Entrevistas

La fuga de un buque coreano puso al descubierto fallas del Estado uruguayo

La fuga de un buque coreano puso al descubierto fallas del Estado uruguayo

El lunes pasado, el pesquero de origen coreano KB 101 zarpó del puerto de Montevideo desacatando una orden judicial que le prohibía la salida por estar embargado. El doctor Luis Ameigenda, asesor y letrado patrocinante de Finetec SA, la empresa que trabó embargo al barco en cuestión, relató a En Perspectiva los pormenores de este polémico caso que involucra al Poder Judicial y la Armada Nacional. "Hay dos problemas centrales que son los que más me preocupan: el cumplimiento de las órdenes judiciales y la incapacidad de Prefectura de detener un buque que hace pocos minutos zarpó del puerto", manifestó. El abogado anunció que "es muy probable" que la firma demande al Estado uruguayo.


(emitido a las 9.07 Hs.)

JUAN ANDRÉS ELHORDOY:
Cuando todavía estábamos impresionados por la cantidad de barcos pesqueros asiáticos incendiados este año en el puerto de Montevideo, un nuevo incidente, protagonizado en este caso por un buque coreano, desató una polémica entre el Poder Judicial y la Armada Nacional.

El lunes pasado el pesquero KB 101 zarpó del puerto de Montevideo desacatando una orden judicial que le prohibía la salida por estar embargado.

Según los perjudicados por la fuga de este buque, el hecho deja al desnudo al menos un par de problemas estructurales: el funcionamiento de la Prefectura Nacional Naval, que no impidió la salida del barco, y la actuación del Poder Judicial, que no hizo cumplir una resolución adoptada por uno de sus magistrados.

Ahora, el grupo empresarial que había trabado el embargo anuncia que iniciará un juicio contra el Estado.

Pero ¿quién fue responsable directo de la salida de este barco?

Por la Armada Nacional, su vocero, el capitán Anselmo Borges, sostuvo que el embargo resuelto por la Justicia no aclaraba la prohibición de partir. Por su parte, la jueza letrada de 19º turno, Beatriz Tommasino, emitió un decreto en el momento mismo en que el barco se preparaba para salir aclarándole a la Prefectura que se mantenía "la prohibición de zarpe del buque KB 101 que fuera dispuesta el 5 de octubre de 2010".

***

EMILIANO COTELO:
Es un caso interesante y preocupante al mismo tiempo. Vale la pena profundizar en él.

JAE - Para conocer la visión de la empresa afectada por la fuga del barco, recibimos al abogado Luis Ameigenda, asesor y letrado patrocinante de Finetec SA, la empresa que trabó embargo al barco coreano.

Antes todo, vamos a ubicarnos en el caso. ¿Qué características tiene la empresa Finetec SA, que solicitó este embargo?

LUIS AMEIGENDA:
Es una empresa de origen coreano que opera en Corea, que era acreedora de los armadores del buque en cuestión, y que obtuvo una sentencia de condena en Corea reconociendo la deuda y haciéndola pasible de ejecución.

JAE - Estamos hablando de un juicio que se inició entre grupos coreanos.

LA - Entre la empresa coreana que yo represento y los armadores propietarios del buque, que también son coreanos y obtuvieron una sentencia en Corea. Al identificar que el bien pasible de ejecución, que era el buque propiamente dicho, estaba en Uruguay, nos solicitaron tomar todas las medidas para ejecutar esa sentencia coreana en nuestro país.

EC - Es un diferendo coreano que termina repercutiendo acá en Uruguay. ¿Qué características tenía el barco?

LA - Era un buque calamarero, para pesca de calamar en alta mar.

EC - ¿Qué tripulación tiene?, ¿qué volumen de operación?

LA - No escapa a la generalidad de los buques calamareros coreanos, que son los que básicamente se dedican a esa tarea, pesca cerca de las Malvinas o Falklands. Prácticamente ya no quedan armadores calamareros uruguayos.

JAE - Montevideo era el foco de operaciones del barco.

LA - Esa es la posición que ha adoptado quien aparece como supuesto acreedor. Digo supuesto porque así está alegado, todavía no está probado, que esa empresa tuviera una tercería que presentaron en la medida cautelar que nosotros promovimos.

JAE - ¿Qué quiere decir eso?

LA - Se presentaron a una tercería diciendo que tenían un mejor derecho que la empresa que yo represento, aduciendo que ellos tenían un crédito que debería ser tutelado por sobre el que nosotros estamos ejecutando.

EC - ¿Por qué ustedes traban embargo al barco y no a los bienes de los directores de la empresa armadora?

LA - Porque la deuda pertenece a la empresa, no a los directores de la empresa. Eso básicamente es lo que significa la personería jurídica de la sociedad en cuestión. Se pueden embargar los bienes de la sociedad, no los bienes de los directores que la representan.

EC - Vamos al episodio.

JAE - Por un lado, el vocero de la Armada, Anselmo Borges, dijo a El País que el texto de la resolución de la Justicia no indicaba expresamente que el barco tenía prohibición de zarpe. ¿Es así?

LA - A principios de octubre nosotros solicitamos el embargo del buque, de todo su equipamiento, sus artes de pesca, el combustible, un embargo adicional de bienes muebles, y así fue decretado por la jueza que intervino en el asunto. Y como los abogados siempre tomamos la previsión, pedimos además la prohibición de zarpe. Si bien el buque es un bien registrable, el buque de bandera extranjera no lo es, por lo tanto acá no se puede registrar el embargo, por lo que necesariamente un embargo de buque de bandera extranjera implica el arresto.

EC - Si vamos al texto –tengo aquí el fax de la resolución judicial del 5 de octubre–, la jueza dice "acreditado que fuere ello en autos, trábase embargo sobre el buque de bandera coreana KB 101, surto en el puerto de Montevideo, y sobre las artes de pesca, equipamiento, combustible y repuestos existentes a bordo en cantidad suficiente para cubrir la suma a reclamar de 342.063 dólares, oficiándose para su comunicación a la Prefectura Nacional Naval del puerto de Montevideo, y cometiéndose a la señora alguacil de la sede".

Ahí no está dicho que se le prohíbe zarpar.

LA - Hay un decreto del mismo día, el nº 3147 de 2010, en el que la propia señora jueza, advertida correctamente de nuestro petitorio, lo amplía y dice: "Amplíase el decreto nº 3143 de 2010 en el sentido de que el embargo trabado es con prohibición de zarpe del buque KB 101, autorizándose su vigilancia por parte de empresa de seguridad costeada por el acreedor conforme fuera solicitada".

EC - Usted aporta ahora otra resolución del juez del mismo día en la que se hace la puntualización.

LA - Inmediata, exacto.

EC - Entonces no lleva razón el vocero de la Armada Anselmo Borges. ¿Cómo se entiende la explicación que ha dado?

LA - La Armada entiende que, como aparentemente el alguacil cuando realizó la medida le dejó copia del primer decreto pero no del segundo, no tendría prohibición de zarpar. Yo me pregunto: ¿para qué fue el alguacil y le comunicó a Prefectura lo que le comunicó? ¿Qué sentido tenía? La Prefectura no tiene facultades de registro, si fuera un buque de bandera nacional se le comunicaría a la Escribanía de Marina, no a la Prefectura. Es como que uno vaya a embargar un vehículo y le lleve un oficio a la Policía o que vaya al alguacil y le diga a la Policía que el vehículo está embargado. La Policía le va a decir "¿y por qué me lo comunica a mí? Inscríbalo en el registro". Esto es lo mismo, se le comunica a Prefectura porque el alguacil no puede secuestrar el buque y ponerlo en manos de un depositario judicial como haría con cualquier otro bien mueble que estuviera en nuestro territorio. Se le comunica a Prefectura para que lo inmovilice. Y si a Prefectura le quedaba la duda, debió hacer lo que haría cualquier ciudadano de la República, que es consultar a quien emitió el decreto y al mandato judicial.

JAE - O sea que estamos frente a dos decretos: uno que es seguro que la Prefectura recibió en su momento, y otro que quedó por allí, aunque fue emitido por la Justicia.

LA - Eso es lo que manifiesta Prefectura.

JAE - ¿Qué pasó en ese momento? El lunes ya estaba el decreto, ya estaba el embargo decretado por la jueza.

EC - Recordemos las fechas: el embargo es del 5 de octubre, y el lunes el 22 de noviembre el barco se fue. Pasó un buen lapso entre el decreto de embargo y prohibición de zarpe y el momento en que el barco se va.

LA - El embargo y la prohibición de zarpe fueron comunicados el 22 de octubre a Prefectura, por lo tanto pasó un mes.

JAE - ¿Y cómo es que el barco se va pese a que está ese decreto?

LA - Como les comentaba, además de embargar el buque, se embargaron los equipamientos, las artes de pesca, el combustible y unas cuestiones que refieren a la operativa del buque. A raíz de eso, si bien se designó depositario de los bienes al capitán, a nuestra solicitud la jueza dispuso la presencia de una empresa de seguridad que custodiara, velara esos bienes. El viernes 19 tuvimos noticias de la empresa de seguridad de que el buque partía ese mismo día, ante lo que nos comunicamos con Prefectura, le manifestamos que ese buque no podía zarpar porque tenía una prohibición de zarpe, lo cual nos fue confirmado; hablamos en el juzgado por si hubieran omitido –cosa que nos parecía imposible– comunicarnos que había alguna solicitud o se había presentado alguna garantía y se había pedido urgente el levantamiento de embargo o de la prohibición de zarpe, de lo que nos tienen que dar noticia inmediatamente, cosa que obviamente no había sucedido.

Prefectura nos confirma que tenía prohibición de zarpe y nos quedamos tranquilos. Pasó el fin de semana, y el lunes a primera hora de la tarde nos vuelve a comunicar la empresa de seguridad que el buque estaba iniciando maniobras para zarpar. Ante esa situación, volvemos a realizar el procedimiento, llamamos a Prefectura, y para nuestra sorpresa, Prefectura, que el viernes nos había dicho que tenía una prohibición de zarpe, el lunes nos dijo que no había ninguna prohibición. Le manifestamos que sí, nos pidieron que le enviáramos las resoluciones por fax, lo hicimos y nos dicen que el buque va a quedar detenido. Nosotros íbamos a avisar inmediatamente al juez para que los contactara de alguna forma, llamamos al juzgado, fuimos al juzgado, el juez llamó por teléfono, con mucha celeridad y diligencia, les comunicó que el buque estaba embargado y que tenía prohibición de zarpe y que se presentaran en el juzgado. Fue el oficial de guardia, yo fui al juzgado y lo vi, se notificó delante de mí.

JAE - ¿Qué estaba pasando con el barco en ese momento?

LA - El barco estaba realizando maniobras y estaba zarpando. Según lo que informaron el buque estaba detenido, recibió la comunicación del juez y quedaba detenido.

JAE - El oficial de guardia estaba en el juzgado, el responsable de la operativa del puerto en ese momento estaba en el juzgado...

LA - Al oficial de guardia le comunicaron que el buque tenía prohibición de zarpe. Se lo comunicamos nosotros y le enviamos el fax, eso fue a las tres y cinco de la tarde. Lo llaman del juzgado y lo llama la propia señora jueza y le comunica la medida, y él solicita o dice que se va a notificar; obviamente yo no lo sé porque no sé qué hablaron.

JAE - Y pese a eso el barco se va.

LA - No, ellos me dicen que el buque está detenido. Cuando yo llego al juzgado y me encuentro con el oficial de guardia, este me manifiesta que el buque estaba detenido y que ya había estado detenido el viernes, por lo tanto eso confirmaba la versión de que el viernes había querido zarpar. Yo entro a hablar con el juez, me confirma lo que me habían manifestado, que le iba a notificar la medida, y cuando salgo el oficial nos comunica a ambos que le habían informado que el buque había zarpado, que estaba navegando con rumbo sur a una velocidad a la que ninguna embarcación de la Prefectura lo podía detener. Que habían mandado una lancha de tráfico...

EC - Pero ese barco de la Armada que sale en persecución...

LA - ...No es un barco de la Armada. Enviaron una embarcación de Prefectura, pero como esa embarcación no alcanzaba la velocidad del buque calamarero coreano enviaron una lancha de tráfico, según informaron, la lancha de los prácticos de puerto, para que le diera el alto. (...)

EC - ¿Qué logra ese barco de tráfico que sale?

LA - La lancha de tráfico le da la voz de alto, aparentemente lo rodeó, e incluso corrió riesgo porque el buque no detuvo su marcha.

***

EC - Usted comentaba los pormenores, cómo fueron las cosas el lunes cuando finalmente el barco se fue. De la audiencia llega este mensaje de Juan el camionero que dice: "Ta, ya se fue el barco, ahora el pleito lo vamos a pagar yo, tú, él, nosotros". ¿Efectivamente ustedes van a demandar al Estado por lo que pasó?

LA - Es muy probable que esa sea la consecuencia que nuestros clientes adopten en la medida en que esto se mantenga en esta instancia, que es lo que parecería que va a suceder, a pesar de que la Prefectura sostenga que ese buque tiene base acá y que va a retornar. Conociendo la operativa de los buques coreanos –esto es una generalización y hay que tomarla como tal–, no creo que este buque vuelva a recalar si sabe que tiene un embargo y una prohibición de zarpe, de salir de puerto.

JAE - En una nota que publicó El País el viernes se informa que la agencia marítima que opera el buque, Hisoy SA, dice que el buque estará de vuelta "para negociar" en no más de 40 días. ¿Qué opina de eso?

LA - Que el barco podría presentar una tercería o una sociedad anónima, que es una empresa vinculada con esa agencia marítima, pero no mostró ningún viso de querer negociar absolutamente nada, al contrario.

EC - ¿Ustedes van a esperar a esa fecha, o van a actuar antes?

LA - Nosotros tenemos el proceso de ejecución de sentencia de la Suprema Corte de Justicia, vamos a seguir adelante, y si cuando todo esto culmine el buque no está disponible para ser ejecutado, como era la intención de nuestros clientes, iniciaremos las acciones que correspondan contra todos los involucrados.

EC - ¿Quién es el responsable de la situación? ¿Dónde está la falla? ¿Está en la Prefectura Nacional Naval, en el Poder Judicial, hay una combinación de errores?

LA - Más allá de nuestro reclamo en concreto, que quizás a la audiencia sea lo que menos le interesa, más allá del posible juicio contra el Estado que hasta yo mismo voy a tener que pagar como contribuyente, hay dos problemas centrales que son los que más me preocupan. Uno es como abogado y como ciudadano, además de patrocinante de esta empresa, que es el cumplimiento de las órdenes judiciales, las órdenes judiciales se tienen que cumplir, y acá identificamos por lo menos dos incumplimientos de las órdenes judiciales. El primero, que había decretado el embargo con prohibición de zarpe, y el segundo, que se reitera que el buque tenía prohibición de zarpe. Y a su vez hay otro problema que me preocupa mucho más como ciudadano, ya no como abogado, que es la incapacidad de Prefectura de detener un buque que hace pocos minutos que zarpó del puerto.

EC - Ese punto también llama la atención. Habiéndose sabido en tiempo real que el buque estaba saliendo del puerto, ¿cómo no hubo ninguna nave de la Prefectura capaz de alcanzarlo, alguna nave del puerto de Montevideo o de algún otro puerto?

LA - Exactamente, eso es lo que llama la atención. Si bien no soy un gran conocedor de las cuestiones de navegación, parece increíble que la Prefectura no pueda detener un buque que hace pocos minutos zarpó del puerto. Estamos hablando, a lo sumo –me gustaría chequear perfectamente los horarios, y lo vamos a hacer–, de entre 15 y 20 minutos entre que el buque zarpó y Prefectura tuvo la noticia. No había una sola embarcación de Prefectura, no pudieron recurrir a una embarcación de la Armada. Prefectura es quien defiende nuestra soberanía en el mar, si ese buque en lugar de ser un calamarero coreano hubiera llevado algún tipo de sustancia peligrosa para el medioambiente o cualquier otro tipo de cuestión, no habría posible detenerlo.

EC - ¿No hay una falla también en el procedimiento judicial? Porque el vocero de la Armada Nacional, Anselmo Borges, sostiene que de aquellos dos decretos judiciales del 5 de octubre solo le fue notificado el primero, el que no aclaraba específicamente que también se prohibía el zarpe. El segundo, que incluía la prohibición de zarpe, no le fue notificado. ¿Entonces? ¿No hay una falla en la actuación del alguacil en ese caso, o del juzgado que mandó al alguacil con uno solo de los dos decretos?

LA - Como le explicaba, un buque de bandera extranjera solo se puede embargar –la doctrina en eso es pacífica– si se acomete su arresto. Y no a otra cosa fue el alguacil, precisamente por eso fue comisionado el alguacil de la sede, para que se constituyera en la Prefectura. El alguacil de la sede va a la Prefectura precisamente a comunicar el arresto. Si no, como yo decía, ¿para qué notifica a Prefectura? Para que arreste el buque.

EC - Está bien, pero si hubo dos decretos y lleva solo uno...

LA - ...Le dejó copia del primero, aparentemente –yo no intervengo en eso, no es como un oficio que me lo entregan a mí y yo lo presento–; lo hizo directamente el alguacil, para eso fue acometido por el señor juez.

JAE - En el contexto más general, el barco que se ha fugado, que se ha ido del puerto de Montevideo, se había incendiado en diciembre, y esto tiene que ver con el entorno y la preocupación más general que se está dando en el puerto de Montevideo.

EC - Es un dato interesante: este barco que acaba de irse fue protagonista de la serie de incendios en diciembre. En aquel momento tenía otro nombre.

JAE - Entonces era el Jin Hyung 32, después fue rebautizado como KB 101. ¿Tiene algo que ver una cosa con la otra, el incendio con este caso puntual?

LA - No, el incendio no guarda relación con la deuda que mantiene con mis clientes. No sé si eso en alguna cuestión haya afectado la deuda o el pago de la deuda con mis clientes.

EC - Teniendo en cuenta el conocimiento que usted tiene de toda la operativa portuaria y marítima, y que es especialista en derecho marítimo, ¿qué análisis hace de esta serie de incendios que ha venido afectando a barcos pesqueros asiáticos apostados en el puerto de Montevideo?

LA - Se da una situación complicada con los buques coreanos. No están todos en la misma situación, algunos están embargados. Vamos a lo central: la pesca del calamar es zafral, va desde esta época, desde octubre aproximadamente, a mayo, fines de mayo. Por tanto están mucho tiempo amarrados en puerto, y durante todo ese tiempo pueden generar deudas y estar embargados, o pueden estar esperando a zarpar en la próxima zafra. Sucede que muchas veces en los que están embargados se empiezan a generar problemas con las tripulaciones, que generalmente son de origen extranjero, que no reciben sus pagos, se generan problemas de ese tipo y los barcos no tienen el mantenimiento adecuado. Tenemos un puerto que está bastante congestionado, había un proyecto para hacer un puerto de pesqueros, hablando mal y pronto, el puerto tiene que acomodar esos buques en algún lugar, esto le genera un gran problema de tráfico a Prefectura, que tiene que lidiar con eso. Ha habido algunos inconvenientes con algunos que se desamarran, quedan medio a la deriva y suponen un obstáculo para la navegación. La Prefectura tiene sus bemoles también con todo esto, tiene que estar lidiando con esta situación, y algunos buques están prácticamente abandonados. Eso es pasto para todo tipo de cuestiones que puedan suceder con esos bienes.

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Transcripción: María Lila Ltaif