Profesionales comenzarán a aportar al Fonasa a partir del 1º de julio
A partir del 1º de julio, los profesionales independientes comenzarán a aportar al Fondo Nacional de Salud (Fonasa). En diálogo con En Perspectiva, el presidente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU), Ignacio Olivera, dijo que "todos van a pasar a aportar al Fonasa por lo que sea la relación de trabajo que no incluya relación de dependencia, o sea, por honorarios profesionales". En este sentido, puntualizó que "hasta donde nosotros conocemos, los porcentajes y las tasas para gravar son exactamente los mismos que para el resto de la población". Olivera dijo que están "expectantes" acerca de cómo será la instrumentación en esta nueva etapa y que "recién allí podremos hacer estimaciones más adecuadas y razonables para saber exactamente de cuántas personas estamos hablando".
(emitido a las 8.46 Hs.)
JUAN ANDRÉS ELHORDOY:
Distintas mutualistas han comenzado una campaña de publicidad en estas horas para captar a profesionales independientes que van a ingresar al Fondo Nacional de Salud (Fonasa).
Esto tiene que ver con el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), que ya establecía que los profesionales independientes fueran incorporados a este régimen. Lo que se conoce ahora es que a partir del 1º de julio los profesionales van a tener que pagar al Fonasa en función de sus ingresos.
¿Está claro cómo se va a procesar el cobro de los aportes que tienen que hacer los profesionales? Se ha conversado mucho en torno a esta novedad, porque en enero de este año se aprobó la ley 18.731, que ya establecía cambios muy importantes y sustanciales al sistema que está vigente.
Recibimos al doctor Ignacio Olivera, presidente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios (CJPPU).
Vamos a repasar rápidamente cuáles son los fundamentos, porque hasta ahora los profesionales no estaban aportando al Fonasa y cada uno pagaba de su bolsillo la mutualista que quería para acceder a los servicios de salud. ¿Cuál es el cambio a partir de julio?
IGNACIO OLIVERA:
Allí habría que hacer una pequeña observación que tal vez agrega algunos condimentos al criterio establecido. Hasta donde nosotros conocemos, a partir de los datos de la CJPPU hay un conjunto importante de profesionales que además de desarrollar la relación de libre ejercicio profesional también desarrollan su labor en relación de dependencia en muchos lugares. Eso significa que ya están aportando y probablemente están incluidos en un número importante dentro de los aportantes al Fonasa. Hay un conjunto de profesionales que van a ingresar por primera vez como personas físicas y otro conjunto de profesionales ya se encuentra dentro de los que pasarían a aportar por esta nueva modalidad. Lo que se modifica en forma significativa es que más allá de cualquiera de las dos condiciones que mencionábamos antes, todos van a pasar a aportar al Fonasa por lo que sea la relación de trabajo que no incluya relación de dependencia, o sea, por honorarios profesionales. Todos aquellos que están facturando hoy van a tener un aporte que va a estar gravado por Fonasa. Es un cambio importante...
JAE ...¿Tienen estimado cuántos son?
IO En la caja de jubilaciones aún no tenemos cifras exactas sobre esto. Estamos expectantes porque en parte va a depender del decreto reglamentario que hemos trabajado con el Ministerio de Economía y Finanzas y con el Banco de Previsión Social (BPS), en un intento de colaborar para que tenga el menor impacto posible en la vida de los profesionales y sea una instrumentación que mejore o impacte lo menos que podamos dentro de su vida cotidiana. Tenemos expectativa importante acerca del decreto reglamentario y de cómo será esa instrumentación. Recién allí podremos hacer estimaciones más adecuadas y razonables para saber exactamente de cuántas personas estamos hablando.
JAE Pero sigamos la línea del profesional independiente; el que factura y el que, en definitiva, no tiene relación de dependencia con ninguna empresa u organización. En este caso sí van a estar obligados a aportar al Fonasa de acuerdo a la facturación.
IO Insisto en que quedan aspectos importantes del decreto reglamentario que tendría que estar en estos días sobre la mesa. Estará gravado el 70% de lo que aporte ese profesional y funcionará como un adelanto, parecido a lo que tenemos hoy con el régimen del IRPF. Con un régimen anual en esta primera instancia semestral hasta diciembre por esta primera aplicación y luego anual. Recibirán deducciones de las cuotas salud con algunos otros elementos de administración que incrementan el aporte. Dependiendo del saldo de esa deducción, esos profesionales podrán recibir un aporte adicional por el cual se les devuelva una parte de aquellos aportes que realizaron si superan los mínimos de las cuotas individuales más esa...
JAE ...Esa es la gran novedad que se conoció a comienzos de este año. Pero entonces el profesional independiente va a tener que aportar por el 70% de los ingresos originados en la prestación de servicios personales.
IO A grandes rasgos, es así.
JAE Después están las deducciones que cada uno hará en el caso que corresponda. En cuanto a alícuotas, por ejemplo, ¿no hay cambios con respecto a los dependientes? ¿Se mantienen los porcentajes?
IO Hasta donde nosotros conocemos, los porcentajes y las tasas para gravar son exactamente los mismos que para el resto de la población.
JAE Y ustedes han estado trabajando con respecto a esta posibilidad de devolución de lo pagado en exceso, que es una novedad porque hasta ahora el sistema no contemplaba eso, ¿qué implica esto en términos prácticos?
IO Entendemos que acá es una opinión personal y que este es un cambio significativo para el sistema. Ingresa en un terreno innovador en el que, por lo que nosotros entendemos, hay una modificación de la orientación del aporte al Fonasa de un impuesto a orientarlo hacia un beneficio. Entendemos que esa modificación y esa orientación ha sido bien recibida por los profesionales. De cualquier manera, la instrumentación a través del decreto reglamentario y los aspectos operativos que se den posteriormente, y cómo se profundiza esta orientación, son factores significativos muy importantes para que de verdad los distintos actores perciban que esta orientación es real, que vino para quedarse o que tiene posibilidades de revertirse o que, dependiendo de cómo sea esa instrumentación, esa orientación culmine y termine desarrollando un anclaje con esta orientación o pueda tener elementos que la reviertan. Si bien este cambio es saludable, depende mucho y tenemos una expectativa importante en la instrumentación a través de la reglamentación de la ley acerca de que realmente se transforme en lo que fueron los anuncios que se realizaron en diciembre del año pasado.
JAE Por último, hay una pregunta que se repite y tiene que ver con los que aportan, los que facturan, los que hacen ejercicio independiente de la profesión pero a su vez son dependientes de alguna organización. En este caso, ¿qué pasa con los que están en esta doble condición?
IO Lo que conocemos con la ley 18.731, y es un aspecto importante ahora en el decreto reglamentario a que se afine, esas personas acumularían su aporte y se sumaría por todas las relaciones que tienen tanto relación de dependencia como independiente. Todo el aporte que realizan al Fonasa y contribuyen a través de cualquiera de las distintas modalidades es lo que termina sumando para luego restárselo o sustraérselo al beneficio de las cuotas sociales que están dando cobertura. Por ejemplo, la suya propia y la de terceros que pueden llegar a ser sus hijos o su cónyuge. El cómo se afecten las cuotas y los beneficios de esos terceros es uno de los aspectos importantes del decreto reglamentario. Dependiendo del saldo que surja del aporte de ese núcleo familiar o de ese profesional y los beneficios recibidos a través de los promedios de las cuotas intertemporales, que es lo que ha manifestado el ministerio de Economía, podrá recibir una devolución del dinero.
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