Informes

Malestar de ahorristas del Banco de Montevideo con el Estado uruguayo

Informe de Mauricio Rabuffetti.


(emitido a las 8.36 Hs.)

EMILIANO COTELO:
Existe una fuerte molestia con el Gobierno entre ahorristas del desaparecido Banco de Montevideo.

La semana pasada informábamos que este grupo de 539 depositantes del Banco de Montevideo había remitido una carta a la Corte Interamericana y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En ese documento señalaban que "el Estado uruguayo no ha dado cumplimiento" al plazo de seis meses que el tribunal estableció para que se "determinara el órgano encargado" de revisar sus casos.

Es una historia que tiene ya muchos años, porque se originó poco después de la crisis financiera uruguaya del año 2002, y los ahorristas tienen la sensación de que el Gobierno está deliberadamente dilatando los plazos. Recordemos que esta es la segunda sentencia de la Corte Interamericana en poco tiempo contra Uruguay luego de otra mucho más visible y notoria, la relacionada con el caso Gelman.

Vamos a examinar este tema, estamos con Mauricio Rabuffetti.

Vamos a conversar de este asunto con Mauricio, pese a que él se ocupa de los asuntos internacionales, por dos razones: por un lado, porque es un caso que se dirime en tribunales internacionales y por otro, porque es una causa que tú seguiste durante un buen tiempo, casi en sus comienzos, cuando todavía se encontraba en la órbita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en Washington.

MAURICIO RABUFFETTI:
Sí, exacto. Y vamos a recordarle a los oyentes precisamente que este caso llega a la Corte Interamericana, que es el máximo tribunal regional en materia de derechos humanos, porque la Comisión Interamericana lo elevó. El caso fue presentado en octubre de 2003 por las contadoras Alicia Barbani y María del Huerto Breccia en representación de este grupo de ahorristas que incluye a 539 personas cuyos depósitos en el Banco de Montevideo fueron transferidos al Trade and Commerce Bank en Islas Caimán. Esas personas no pudieron recuperar su dinero. La Comisión aceptó ocuparse del asunto en 2006 y en el año 2009 efectuó recomendaciones al Estado uruguayo para intentar solucionar este asunto. A los ojos de la Comisión, El Estado no cumplió con lo que le fue pedido y ahí entonces el caso pasó a la Corte, que falló a favor de los ahorristas.

EC – Esos son los antecedentes, ahora te pido que expliques de forma breve en qué consiste la sentencia de la Corte y qué es lo que pide concretamente al Estado uruguayo.
 
MR – Lo que la Corte le pide al Estado uruguayo es que establezca un órgano que sea capaz de evaluar si estos ahorristas pueden ser incluidos en el artículo 31 de la ley 17.613 de Fortalecimiento del Sistema Financiero, una ley que aprobada en diciembre de 2002. Ese artículo permite que eventualmente sean reconocidos estos ahorristas como cuotapartistas del Fondo de Recuperación Bancario. En otras palabras, la Corte pide que sea evaluada la demanda de estas personas de ser resarcidas por el dinero que perdieron en el TCB, eso hasta un monto máximo de 100.000 dólares para quienes tenían esa cantidad de dinero o más. De eso se trata este caso: de que el Estado uruguayo evalúe si esas personas tienen derecho a recibir dinero de ese Fondo.

EC – En la carta que reseñamos la semana pasada estos ahorristas señalan que el Estado uruguayo no creó ese organismo, y que por lo tanto está incumpliendo la sentencia. Tú conversaste con ellos, ¿qué sensación encontraste?

MR – Conversé con los ahorristas, conversé con sus representantes legales y también hablé con gente del Gobierno, porque era necesario saber cuál es la postura en este caso. Los ahorristas están indignados. Ellos consideran que han pasado demasiados años y que el Gobierno no está haciendo el esfuerzo necesario para que estos casos se resuelvan. María del Huerto Breccia me decía que hay gente muy mayor en este grupo y señalaba: "La gente se está muriendo". Cada vez quedan menos ahorristas en este caso, que este año cumple diez años. Diez años desde la crisis, no desde el fallo de la Corte.

EC –  ¿Y en el Gobierno, que se dice? ¿Qué va a hacer el Poder Ejecutivo al respecto?

MR – Yo estuve conversando con varias personas del Ejecutivo. En Presidencia la tesitura es que esta sentencia se va a cumplir como se cumple cualquier sentencia de la Corte Interamericana. En el Ministerio de Economía la postura es la misma. Pero aquí es donde está el punto de discordia, la diferencia principal entre ahorristas y Gobierno en este capítulo del caso. El Ministerio de Economía considera que sí cumplió con los plazos establecidos por la Corte.

EC – ¿Cuáles son los argumentos? Porque el grupo de ahorristas sostiene lo contrario.

MR – Tengo la sentencia de la Corte aquí conmigo. El texto señala que "para dar cumplimiento a esta medida de reparación, el Estado deberá determinar, en un plazo de seis meses, el órgano que resolverá las nuevas peticiones". Se refiere a las peticiones de los ahorristas para que sean evaluados sus casos al amparo de la ley 17.613. El asunto es que el Ministerio de Economía, en cuya órbita está este asunto, considera que lo que la Corte le pide al Estado uruguayo en la sentencia es resolver en seis meses qué órgano va a encargarse de evaluar los pedidos de los ahorristas. No necesariamente que ese órgano esté funcionando en ese plazo. Cuando le pregunté al director general del Ministerio, Pedro Apezteguía, qué pasó con los seis meses de plazo para formar el órgano pedido por la Corte, me dijo "No, es para determinar el órgano". El Estado, dijo Apezteguía, "tenía seis meses para determinar el órgano y tres años para expedirse. El Estado ha determinado el órgano y se expedirá dentro de tres años".

Retengan bien ese plazo de tres años para expedirse, porque es fundamental para el resto de la explicación.

EC – Está clara la diferencia de interpretación de uno y otro lado. Ahora, ¿de qué tipo de órgano hablamos?

MR – De una comisión que será creada por ley. Apezteguía me dijo que el proyecto de ley ya está terminado, que será enviado próximamente al Parlamento y que este año debería estar aprobado.

EC – ¿Y a partir de esa aprobación comenzarían a correr los tres años?

MR – Ese es el punto central de esta cuestión. Desde el momento en que el Estado considera que cumplió con los seis meses de plazo que le dio la corte para "determinar" qué tipo de órgano va a evaluar los casos de los ahorristas, esos tres años ya están corriendo. El plazo para cumplir con ese "determinar" el órgano –es decir, esta comisión que se creará por ley– terminó el 13 de mayo pasado. Independientemente de cualquier interpretación que se haga sobre si la sentencia pide que ese órgano estuviera operativo o simplemente definido en ese plazo de seis meses, el texto es inequívocamente claro al señalar que cuando el Estado haya cumplido con ese primer requisito, entonces empiezan a correr los tres años para que los ahorristas tengan una respuesta a sus peticiones.

Ese plazo de tres años, dice la sentencia, es "contado a partir de que (el Estado) determine el órgano encargado de resolver tales peticiones". Y el Estado entiende haber cumplido con esa determinación. En otras palabras, la discusión sobre este plazo inicial no debería afectar el tiempo global que Uruguay tiene para responderle a esta gente y que vencería, por lo tanto, el 13 de mayo de 2015. Los representantes legales de los ahorristas, con los cuales también conversé, tienen sus dudas. Y los ahorristas textualmente señalaron que el Gobierno "patea para adelante" el caso lo más que puede. Consideran que lo que se busca del lado del Ejecutivo es desgastarlos y dicen que existe una "politización del pago".

EC – En la carta que remitieron la semana pasada a la Corte Interamericana estos ahorristas se preguntan "¿Cumplirá de la misma forma el Estado –es decir sin respeto por los plazos– con la obligación de pagar 3.000 dólares a cada ahorrista al cabo de un año, es decir el 13 de noviembre 2012, prevista en la sentencia?".

MR – Aclaremos que se trata de un monto indemnizatorio. Apezteguía me dijo que el Estado va a pagar esos 3.000 dólares en tiempo y forma.

EC – ¿Qué consecuencias puede tener la carta que ahora los ahorristas le ha enviado a la Corte Interamericana?

MR – Bueno, los ahorristas esperan que se produzca algún tipo de contacto entre las partes, a instancias de la Corte y con participación de la Comisión Interamericana. Le pregunté a la Comisión Interamericana si habían recibido la carta de los ahorristas y qué tipo de respuesta podría haber del lado del sistema interamericano de derechos humanos, pero no tuve respuesta. Imagino que voy a tener esa respuesta en los próximos días y en ese momento informaremos al respecto. Los ahorristas buscan, según señalaron, que la Corte "le de un tirón de orejas al Estado" por lo que ellos consideran un incumplimiento de plazos. Habrá que ver en este punto si la Corte se inclina por la interpretación de la sentencia que hacen los ahorristas, o por la que se hace desde el Gobierno.

EC – Yo decía al comienzo que esta es la segunda sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que Uruguay debe cumplir en poco tiempo.

MR – Sí, la otra, como bien recordabas, es la del caso Gelman. Los ahorristas dicen que el Gobierno no los está tratando igual a ellos. Fueron muy precisos en indicar que de ninguna manera cuestionan que Uruguay haya cumplido la sentencia en el caso Gelman, ni mucho menos. Lo que señalan, más bien, es que sienten que a ellos se los trata diferente, que las cosas no salen con la celeridad que deberían. Y en este sentido, en el Gobierno se considera que se está cumpliendo con el fallo de la Corte y que por lo tanto no hay de ninguna manera un irrespeto de plazos y tampoco una diferencia en el trato que se da a los ahorristas si se la compara con la otra sentencia en el caso Gelman. Habrá que ver si la Corte tiene algún tipo de comentario sobre este punto que, repito, no debería afectar el plazo global de resolución de este caso que ya fue establecido por este Tribunal.

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Documento: Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de los ahorristas del Banco de Montevideo versus el Estado uruguayo (13/10/2011)