ICIR

Martín Risso: tema del ICIR "es indudablemente dudoso"

El director del Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Católica, Martín Risso, sostuvo que no está de acuerdo con el fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) contra el Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales (ICIR), aunque destacó que es un tema "indudablemente dudoso". También se refirió a la invitación parlamentaria a la SCJ por el traslado de la jueza Mariana Mota, propuesta por el diputado José Bayardi.


Risso comenzó señalando que él no está de acuerdo con que sea inconstitucional y sostuvo que coincide con el juez que hizo la discordia, el ministro Ricardo Pérez Manrique, quien fue el único que se manifestó contrario a esta sentencia.

De todas formas, destacó que es un tema "indudablemente dudoso y que la sentencia está muy bien fundada".

"El Poder Ejecutivo (PE) tiene que cumplir con la sentencia de la Corte. Esto se va a hacer parcialmente con la derogación del ICIR, que según los anuncios se va a sustituir por uno o varios impuestos que permitan eludir –en el buen sentido de la palabra- las cuestiones que la Corte consideró que hacia inconstitucional la ley anterior". 

Respecto a las posibilidades que tiene el Gobierno, Risso explicó que "la sentencia tiene algo que no es habitual en Uruguay, y es que la Corte además de declarar la inconstitucionalidad, le da ciertas pautas al Poder Legislativo (PL) sobre cómo se podría actuar".

"La Corte lo que hace en la sentencia es mencionar dos posibilidades. Una sería un incremento en la contribución inmobiliaria rural, que se puede hacer, la dificultad que tendría es que es 100% departamental –no podría tenerse en cuenta si una persona tiene inmuebles en más de un departamento-. Otra posibilidad, que no es excluyente, es que se establezcan también, por ley nacional, adicionales al impuesto a la renta. Pero hay otra, que mencionó el vicepresidente Danilo Astori, y también en el pasado el ministro Fernando Lorenzo, que sería encarar la solución por el lado del impuesto al patrimonio, que hoy está exonerado de pago el agro".

Es decir, "hay tres claras propuestas, para zafar el problema constitucional, y llegar a una solución que coincidida con lo que pretende el PE". "Ninguna debería caer en una objeción de inconstitucionalidad, porque ninguna sería un impuesto que se superponga con la contribución inmobiliaria, entonces no se violaría el artículo 297 de la Constitución". 

En tanto, el presidente José Mujica dijo esta tarde que ya tiene varias opciones tributarias en carpeta para sustituir el ICIR.
 
En declaraciones a la prensa al salir de su chacra en Rincón del Cerro el presidente aseguró que ninguna de las opciones que maneja para sustituir al ICIR implica reformar la Constitución.

Invitación parlamentaria a la SCJ

Consultado sobre la invitación que el diputado de la Vertiente Artiguista, José Bayardi, hizo a los ministros de la SCJ para que informen los motivos que llevaron al traslado de la jueza Mariana Mota, Risso se manifestó en contra.

"El Poder Legislativo (PL) no tiene competencia absolutamente ilimitada, tiene como todo los órganos del Estado la competencia que le establece la Constitución. El PL tiene amplísima competencia en materia de legislación y contralor, en esta última hay aspectos que son expresamente establecidos por la Constitución  y son poderes muy intensos como los que tiene sobre el PE. La cuestión acá es, un llamado a sala o una invitación a los ministros de la SCJ para que expliquen un traslado, no sería a los efectos legislativos, ni sería a los efectos de controlar al Poder Judicial ya que el PL no tiene ninguna competencia para hacerlo. Con esta citación el PL está actuando al margen de sus competencias y, desde el punto de vista político, lo está sometiendo a una situación en la que en definitiva le hacen sentir yo soy más importante que vos".

No obstante, señaló que "está mal que no se conozcan los fundamentos del traslado de Mota, ni de ningún juez". Aclaró que esto es así hace décadas en el Uruguay, "lo que está mal", reiteró. 

Añadió que quien puede exigirle a la SCJ la fundamentación es el interesado, en este caso Mota, presentando recursos administrativos e incluso llevar el tema hasta el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, quien es el órgano jurisdiccional plenamente competente para juzgar la regularidad del traslado y eventualmente anularlo".