Entrevistas

Pablo Inthamoussu (Unasev): ley de Tránsito implica "un avance" en seguridad vial pero es un camino que "recién estamos empezando"

Pablo Inthamoussu (Unasev): ley de Tránsito implica "un avance" en seguridad vial pero es un camino que "recién estamos empezando"

El próximo sábado comenzarán a aplicarse, tras su reglamentación, las disposiciones contenidas en la Ley de Tránsito y Seguridad Vial. En diálogo con En Perspectiva, el secretario general de la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev), Pablo Inthamoussu, profundizó en las principales novedades que introduce la norma, como las medidas para la seguridad de los menores en cualquier tipo de vehículo, exigencias para la circulación de motos y bicicletas y para el transporte público de mediana y larga distancia. El Congreso de Intendentes pidió un plazo de 90 días a partir del sábado para estudiar el valor único de las multas por las infracciones, que le fue concedido por la Presidencia, por lo cual, si bien la ley está plenamente vigente, las sanciones no regirán hasta cumplido dicho plazo. Inthamoussu señaló que todavía hay detalles que se irán resolviendo "en forma progresiva", pero consideró que el tener una normativa nacional que regule la seguridad vial "es un avance notorio".


(emitido a las 9.00 Hs.)

EMILIANO COTELO:
El próximo sábado entran en vigor varias medidas que procuran reducir la siniestralidad en el tránsito, varias de ellas enfocadas en las personas más vulnerables a la hora del uso de vehículos como motos, ciclomotores o bicicletas.

La utilización de casco, chalecos reflectivos, luces y otros elementos de seguridad va a ser obligatoria a partir de la reglamentación de la ley 19061, que hace hincapié además en los recaudos que deben tomarse con los menores a la hora de viajar en cualquier medio de transporte. La normativa también implica nuevas reglas para el transporte colectivo de pasajeros.

Para conocer más a fondo las obligaciones que tendrán que cumplirse en muy pocas horas, recibimos al secretario general de la Unidad Nacional de Seguridad Vial (Unasev), Pablo Inthamoussu.

Estamos hablando de la ley 19061, la Ley de Tránsito y Seguridad Vial. Quizás convenga hacer alguna puntualización a propósito de cuándo se votó esta ley y cómo está entrando en vigor, porque está entrando en vigor paulatinamente. Es una ley del mes de enero.

PABLO INTHAMOUSSU:
Promulgada en enero, aprobada en diciembre en el Parlamento; tuvo un año de discusión en ambas cámaras y se aprobó por unanimidad. Son elementos importantes, me parece.

EC - ¿Qué es lo que ocurre este sábado, cuando se cumplen seis meses de la promulgación?

PI - Debería ocurrir que el decreto reglamentario, que viene a ser la bajada a tierra de muchos de esos artículos –algunos ya están vigentes y otros van a entrar en vigencia a los 18 meses, es decir, en julio del 2014–, esté aprobado. Podemos adelantar a la audiencia de En Perspectiva que ese plazo que marcaron algunos medios de prensa se va a extender unos 90 días más, porque el Congreso de Intendentes lo solicitó y Presidencia accedió, para poder establecer algunos criterios que nosotros le hicimos en consulta, que son cuánto van a valer las multas por estas infracciones, y después los intendentes van a opinar sobre algunos otros aspectos reglamentarios de la ley.

EC - ¿Qué se puede decir entonces a propósito de la vigencia de la ley?

PI - La ley está vigente desde el 6 de enero, ayer poníamos este ejemplo con un colega de un medio de prensa escrita: si un juez civil o penal tiene que fallar en un caso de tránsito, va a tener en cuenta esta ley, que está vigente desde que se promulgó. Lo que no existe aún es la reglamentación.

EC - En la medida en que la ley ya está vigente, pese a que ha habido alguna confusión al respecto, pasemos a desgranar algunos de los artículos, algunos de los capítulos. Comencemos por el primer capítulo, que refiere a disposiciones relativas al transporte y sujeción de niños y adolescentes en los vehículos.

Artículo 1: "Los niños de 0 a 12 años de edad estarán obligados a viajar en los asientos traseros de conformidad a los sistemas de sujeción y categorías establecidas en la reglamentación que el Poder Ejecutivo establezca.

Las mismas obligaciones del inciso anterior regirán para los adolescentes hasta los 18 años de edad que midan menos de 1,50 metros de estatura".

¿Cuál es la novedad acá?

PI - La novedad es que de una vez por todas tenemos, primero que nada, una norma nacional –que no existía– que prohíbe el transporte de niños en los asientos delanteros. Esto está demostrado a nivel internacional, no estamos inventando nada, la Fundación Gonzalo Rodríguez ha trabajado mucho en conjunto con nosotros, nos ha dado una mano importante para que esto se termine aprobando, y ya hay muchos uruguayos –sin esta ley– que utilizan estos esquemas de retención infantil.

EC - No estamos hablando de cinturón de seguridad.

PI - No, estamos hablando de lo que se conoce como silla de niño o búster, que son almohadones. Depende de la reglamentación, en lo técnico ya tenemos el contenido, ya la tenemos terminada, y creemos que este va a ser uno de los artículos que no van a tener demasiada discusión, porque a nivel internacional está muy claro cuál es el uso de estos sistemas de retención. Creemos que es un avance notorio, mucha gente ya lo incorporó, pero ahora es ley, y los uruguayos a veces esperamos que haya una ley para cumplir con estos elementos que protegen la vida.

EC - En la medida en que todavía no está pronta la reglamentación, si el oyente todavía no tiene un sistema de estos y quiere comprarlo, ¿cuál compra?, ¿cómo hace?, ¿cómo está seguro de que no se equivoca y compra uno que no va a cumplir con las nuevas normas?

PI - Nosotros estamos recibiendo por nuestros canales de comunicación (teléfono, página web, correo electrónico) infinidad de consultas y estamos haciendo la orientación, el asesoramiento, y la Fundación Gonzalo Rodríguez también. El ciudadano que quiera ir previendo el elemento que va a comprar está bueno que pida asesoramiento, porque a veces en el desconocimiento se puede cometer un error. El kit completo de la silla para bebé, después la silla que sirve cuando el niño va creciendo y el búster, para cuando crece un poco más, anda en el entorno de los 100, 150 dólares. Para desmitificar algunos rumores que han corrido de que esto es una cuestión muy cara.

EC - Artículo 2: "Se prohíbe a los conductores de ciclomotores, motocicletas, motos y similares transportar niños o adolescentes de cualquier edad que no alcancen los posapiés de dichos vehículos. El Poder Ejecutivo reglamentará sistemas de posapiés alternativos".

¿Cómo entra, a partir de una norma como esta, esa situación que todos hemos visto, tristemente, de una familia completa arriba de una moto, padre, madre y dos niño? Porque eso ocurre, lo vemos con frecuencia.

PI - Esta norma es menos ambiciosa que eso. Dos personas en una moto no pueden viajar, no tiene nada que ver con que sean niños o apoyen o no los pies.

EC - ¿Esa disposición existe?

PI - Existe, la libreta de cada vehículo dice cuántos pasajeros puede llevar, y una moto puede llevar máximo dos pasajeros. Esa es otra situación.

EC - Según lo que usted dice, un caso como el que yo describía tiene que ser evitado por un inspector, el inspector tiene herramientas legales para prohibir la circulación de una moto en esas condiciones, hoy.

PI - Sin duda. Es como si en un auto fueran 18 personas o en un taxi viajaran seis pasajeros. Los vehículos están hechos para determinada cantidad de pasajeros.

EC - Entonces, ¿qué es lo novedoso ahora?

PI - Lo que se buscó con la norma original, que después fue modificada en el Parlamento, era prohibir el transporte de niños que no apoyen los pies, por una cuestión de estabilidad del vehículo. Y no solamente de niños, dice "de personas que por su estatura no puedan apoyar". Teniendo en cuenta la realidad social, sobre todo en el interior, donde la moto es muy usada para transportar niños, se le dio esta vuelta de tuerca a la uruguaya y se van a poder adaptar posapiés especialmente.

EC - ¿No necesitan algún tipo de sujeción, si cumplen con ese requisito del posapiés los niños pueden viajar?

PI - Sí; con casco, obviamente. Ese es otro tema, está vigente desde el 2008.

EC - A mí francamente me eriza un poco la idea de un niño chico viajando en una moto en cualquier situación.

PI - Sin duda, pero es lo que determinó el legislador.

EC - Pasemos al transporte colectivo. En el artículo 4 se establece:

"Todos los vehículos del transporte colectivo de pasajeros en los servicios regulares de mediana y larga distancia u ocasionales, o todos aquellos que transiten en rutas nacionales, deberán poseer cinturón de seguridad y su uso será obligatorio".

Ya hemos visto ómnibus que tienen cinturón de seguridad. ¿Toda la flota de ómnibus de transporte interdepartamental hoy está en esas condiciones?

PI - La ley habla de mediana y larga distancia; para ser gráfico, los servicios que salen de Tres Cruces.

EC - ¿Todos los ómnibus están cumpliendo ya con esta norma, que usted dice que está vigente?

PI - Es una pregunta que habría que hacerle al Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), no quiero manejar datos que no tengo. El MTOP, la Dirección Nacional de Transporte debe de tener los datos al día de hoy. La idea es ir a que todos esos vehículos los tengan. Tengo entendido que sí, porque todos vienen de fábrica con ese tipo de dispositivo.

EC - El inciso 2 del artículo 4 agrega:

"Los servicios regulares de mediana y larga distancia podrán transportar pasajeros de pie, de acuerdo a la capacidad técnica admitida.

El Poder Ejecutivo, mediante la reglamentación respectiva, establecerá las condiciones y plazos que deberán verificarse y podrá establecer excepciones totales o parciales, teniendo en cuenta también las disposiciones referidas en los Capítulos I y II de la presente ley".

¿Cómo es este tema de los pasajeros de pie?

PI - No es por sacar el pie del lazo, pero este tema y el transporte de pasajeros en las cajas de los camiones son dos artículos que tiene el MTOP para reglamentar, porque es un área específica y es la autoridad competente en materia de transporte de pasajeros. La capacidad máxima la va a definir el ministerio, tengo entendido que son seis personas por metro cuadrado.

EC - ¿No hay una incoherencia? Si se exige que los ómnibus tengan cinturón de seguridad en cada asiento y es obligatorio que el pasajero lo utilice, ¿cómo se permite que vayan pasajeros de pie?

PI - Ahí empezó a tallar la realidad del país. En muchas partes del interior profundo el único servicio de transporte que hay es el "coche de camino", como se llama en la jerga del transporte, que es interdepartamental pero va ingresando en las poblaciones. Limitar eso, que no pudiera llevar personas de pie, era dejar a mucha gente sin transporte. En el momento se discutió, cuando fuimos a las comisiones participó el MTOP y se terminó definiendo esa legislación.

EC - ¿Cuál es la idea? Que esto se restrinja ¿a qué tipo de trayectos?

PI - A los servicios directos.

EC - Por ejemplo, ¿un ómnibus que viene de Tacuarembó a Montevideo puede llegar a Montevideo con pasajeros de pie?

PI - La idea es que no, ese tipo de servicios largos, de servicios directos, es lo que se pretende regular ahora. Lo ideal sería regular todos los servicios y que no viajara nadie de pie, pero no podemos llegar de un día para el otro a eso, vamos en forma progresiva.

EC - ¿Y cómo se regula la responsabilidad penal en caso de que ese ómnibus con pasajeros de pie tenga un siniestro y haya víctimas entre quienes iban de pie?

PI - La reglamentación va a establecer cuáles son las excepciones. La reglamentación va a ser clara, las reglas de juego van a estar claras, en el caso de que intervenga la justicia va a tener claramente establecido si ese servicio debía venir con gente de pie o no.

***

EC - Seguimos conociendo con Pablo Inthamoussu, secretario general ejecutivo de la Unasev, la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, que, como él precisaba, está vigente desde enero, cuando fue promulgada por el Poder Ejecutivo. Ahora, este fin de semana, teóricamente entran en vigor algunos de sus artículos, pero como la reglamentación todavía está pendiente y ha habido una solicitud del Congreso de Intendentes de un plazo adicional, sobre todo para establecer los montos de las multas, va a haber que esperar para llegar al momento en que la ley esté absolutamente reglamentada.

PI - Hay que esperar para que existan los controles. Estamos acostumbrados a que si hay una ley tiene que haber controles, siempre estamos en esa dinámica.

***

EC - Este tipo de temas movilizan mucho a los oyentes. Desde temprano cuando anunciamos esta entrevista se amontonan los mensajes con opiniones y también con preguntas.

¿Cuáles, por ejemplo, de los temas que hemos venido charlado hasta ahora, Romina?

ROMINA ANDRIOLI:
Hay algunos que se repiten respecto a la situación de los niños. Carlos dice: "¿En el auto el niño de hasta 12 años sujetado, y en moto, que es mucho más vulnerable, puede ir solo de pies apoyados? No tiene relación".

Alguien que seguramente es taxista dice: "¿Cómo hacemos en el taxi para llevar tres menores si no entran tres sillas en el baúl?".

Y otro pregunta: "Tenemos una camioneta Fiat con dos asientos y caja cerrada. ¿Dónde tenemos que llevar a los niños?".

PI - Son tres preguntas. El tema taxi lo estuvimos viendo en el momento de la reglamentación, es complejo de resolver. Estuvimos reunidos con la gente de la gremial del taxi, y en principio van a tener un 10% de la flota con este tipo de servicio. Nosotros apelamos mucho a la responsabilidad del padre, de los progenitores, no solamente qué me dice la ley que tengo que hacer, sino cuál es mi obligación como padre de planificar el viaje. Si voy a tomar un taxi y lo puedo planificar, la idea es que un porcentaje de la flota de taxis en Montevideo tenga este servicio. A la vez la flota de Montevideo tiene una problemática sumada, porque está la mampara, entonces estaba complicado colocar estos dispositivos, los sistemas de retención infantil. Pero hay un principio de acuerdo con la gremial del taxi de que va a haber un 10% de la flota con este tipo de mecanismo. O sea que si el padre prevé y planifica su viaje, puede llamar.

Con respecto a los niños en moto y los niños en auto...

RA - La incoherencia entre un control y otro.

PI - Estamos llenos de incoherencias, la sociedad tiene un montón de contradicciones. No podemos resolverlas nosotros de un día para el otro, también aquí apelamos mucho a la responsabilidad de los padres. La justicia ha tenido casos muy notorios últimamente en los que ha fallado en temas de tránsito –en el departamento de Salto hubo dos casos notorios– con respecto a los padres, a los deberes inherentes a la patria potestad. Somos los padres quienes tenemos que cuidar a nuestros hijos; lo que decía Emiliano, si somos responsables de ellos y los llevamos en una moto, estamos complicados.

EC - También hay preguntas a propósito de la mampara en los taxis. ¿No es una contradicción, con todo este avance en materia de normas de seguridad que está imponiéndose por esta vía de la ley?

PI - Estamos llenos de contradicciones, en materia de tránsito tenemos contradicciones y dobles discursos en forma permanente, la sociedad tiene un doble discurso, porque nos escandalizamos con los temas del tránsito, pero actuamos totalmente en contrario.

EC - Lo cierto es que por ahora la mampara no se toca.

PI - No está planteado para nada. El tema de la mampara es una materia específica de la Intendencia de Montevideo, ahí no nos podemos introducir nosotros porque no es nuestra competencia.

EC - Pasamos al capítulo IV, que es el más extenso de esta ley y que refiere a los elementos de seguridad pasiva con los que deberán contar motociclistas y ciclistas.

Artículo 7: "A partir de los ciento ochenta días de la promulgación de la presente ley, será obligatorio para los conductores y acompañantes de motos, ciclomotores, motocicletas, cuadriciclos o similares el uso permanente durante su circulación en todas las vías públicas de un chaleco o campera reflectivos o, en su defecto, bandas reflectivas que cumplan con las exigencias técnicas de reflexión de acuerdo con lo que fije la reglamentación".

Este artículo es bastante claro en cuanto a que esto vale desde los 180 días de la promulgación, falta.

PI - Sí, falta para que se apruebe la reglamentación.

EC - Dice "a partir de los ciento ochenta días de la promulgación".

PI - De la promulgación, tiene que estar la reglamentación. Que es la que establece el ancho de las bandas, cuál es la reflexión que tienen que tener, el color, etcétera, todo ese tipo de detalles.

EC - Esto hoy no es exigible.

PI - No es exigible, porque no está la reglamentación. Pero nos parece uno de los puntos centrales de toda esta norma, por el problema que estamos enfrentando hoy con el tema de las motos, hoy el 66% de los fallecidos en nuestras ciudades iban en una moto. Y uno de los graves problemas que hay con las motos es que no se ven, el 80% de los automovilistas declaran que en el momento del siniestro no vieron a la moto, y los motociclistas pensamos que nos ven. Entonces creemos que vamos a avanzar bastante a partir de la incorporación, ya se está viendo voluntariamente, no toda la gente que quisiéramos, pero se está viendo gente que voluntariamente está incorporando estos elementos de reflexión.

EC - El artículo 9 dice: "Los conductores de bicicletas, a partir de los ciento ochenta días de la promulgación de la presente ley, deberán usar un casco protector de seguridad que cumpla con las exigencias de las normas que se adopten a tales efectos por el país, según fije la reglamentación respectiva, así como cumplir con todas las disposiciones del artículo 8 de la presente ley, según fije la reglamentación respectiva".

Artículo 10: "A partir de los ciento ochenta días de la promulgación de la presente ley, las bicicletas, motos, ciclomotores, motocicletas, cuadriciclos o similares de cualquier tipo o categoría destinadas a paseo o trabajo, deberán contar para circular con un equipamiento obligatorio de seguridad constituido por: un sistema de freno delantero y trasero, espejos retrovisores, timbre o bocina y un sistema lumínico consistente en un faro de luz blanca y un reflectante del mismo color ubicado conjuntamente con este en la parte delantera y un faro de luz roja y un reflectante del mismo color colocados en la parte posterior, ambos visibles a una distancia prudencial en condiciones atmosféricas normales".

Se carga a la bicicleta de una cantidad de elementos a partir de ahora.

PI - Sí, se retoma; no sé si tú lo recordarás, capaz que Romina no, pero estos elementos existían en las bicicletas, estamos retomando criterios que abandonamos. Parece una cuestión de Perogrullo que haya que poner en una ley que una bicicleta tiene que tener freno, pero si se tuvo que poner es porque no ocurre. No estamos inventando nada.

EC - Todos recordamos el timbre, por ejemplo.

PI - El timbre, y la luz que funcionaba con aquel dínamo, con la propia rueda. Capaz que lo más innovador es el espejo retrovisor.

EC - No recuerdo si esos elementos en aquella época, por decir algo, años 60, 70, eran obligatorios, ahora sí se establece una obligatoriedad.

PI - Se establece la obligatoriedad porque los parlamentarios llegaron a la conclusión de que son elementos que protegen la vida. En los años 60 no teníamos el tránsito que tenemos hoy, ni los vehículos que tenemos hoy, ni las velocidades que tenemos hoy, ni el parque de motos que tenemos hoy. Entonces tenemos que cuidar mucho más a los más vulnerables, que son los ciclistas.

EC - El casco y los elementos reflectivos parecen muy razonables. La pregunta es: ¿efectivamente se necesita además un timbre o un espejo? ¿No estamos pasándonos para el otro lado? ¿En el mundo efectivamente están estos otros requisitos también?

PI - No sé si corresponde que valoremos ahora una ley. Hay una decisión tomada, nosotros somos Poder Ejecutivo y la tenemos que ejecutar.

EC - Pienso hasta en un tema práctico, esas bicicletas si son para trabajo o paseo (porque es muy claro que se puntualiza eso: bicicletas de paseo o trabajo), terminan en un estacionamiento, y ya sabemos que la posibilidad de que se roben estos elementos existe. ¿Cómo piensan en ese detalle?

PI - Son elementos que hay que ir resolviendo, recién estamos empezando. Lo bueno de todo esto es que se empiece a discutir y que el tema esté, que hoy lo estemos conversando acá por ejemplo y estemos entrando a la casa de un montón de gente. Capaz que en la reglamentación en estos 90 días se puede modificar alguna cosa, pero lo importante es la cuestión de fondo. La cuestión de fondo está planteada y seguimos avanzando en el Uruguay en seguridad vial.

EC - ¿Qué costo, aproximadamente, tendrán estos elementos, si sumamos el conjunto de los requisitos para una bicicleta?

PI - No lo tengo, no te puedo dar esa cifra porque estaría payando.

EC - Como me habló con mucha seguridad del costo de los elementos de retención para niños, pensé que también estaba hecha esta estimación.

PI - Me comprometo a averiguártelo.

EC - ¿Preguntas de los oyentes, Romina, sobre este tema de las bicicletas?

RA - Hoy temprano había algunos que planteaban: "Por un lado se les exige más, pero no hay infraestructuras adecuadas para las bicicletas".

EC - Aparecen exigencias, restricciones y no existe un desarrollo de las ciclovías que en una ciudad como Montevideo, por ejemplo, serían muy necesarias para que el ciclista tuviera mejores condiciones de seguridad.

PI - La insistencia de las organizaciones que promueven la bicicleta está empezando a dar sus frutos, se están empezando a ver experiencias, Montevideo va a empezar ahora una experiencia en Ciudad Vieja que nos parece muy interesante. Estamos de acuerdo en que la bicicleta es un medio, no estamos de acuerdo en que le estemos exigiendo; esto no es una exigencia, es una cuestión de cuidarnos a nosotros mismos. Tenemos que llegar a la ley porque no da resultado el camino del cambio cultural voluntario. Hay gente que tiene todos estos elementos, la gente que anda en bicicleta asiduamente usa el casco, lo está empezado a usar.

EC - Hoy desde temprano apareció esta consulta: "¿Se plantean todas estas disposiciones ahora, y mientras tanto se permite circular carritos tirados por caballos, incluso muchas veces manejados por niños?". Esto no figura en la reglamentación, no está en la ley que estamos comentando.

PI - No está en la ley nacional, está en la normativa departamental de Montevideo, que es donde hay más carritos, y es un tema que está abordando e intentando solucionar la autoridad departamental. No es de fácil solución. Obviamente repercuten en el tránsito, pero no participan en la cantidad de siniestros en que participan las motos, los autos, no digo que sea residual, pero es muy baja la cantidad de siniestros que producen o en los que participan los carritos con caballo. No estamos diciendo que no haya que hacer nada.

***

EC - Hay toda una línea de preguntas de los oyentes que, compartiendo las disposiciones que ahora se introducen, quieren saber de qué manera se va a controlar su cumplimiento. Citan ejemplos de leyes y normas que hoy ya existen, que ya están en teoría aplicándose, y que sin embargo después no se respetan. Usted hablaba recién de este período de 90 días que ha solicitado el Congreso de Intendentes, entre otras cosas para definir el monto de las multas. Independientemente de eso, ¿cómo se va a asegurar que haya de parte de la autoridad un trabajo a fondo destinado a hacer cumplir la ley?

PI - Tenemos la convicción de que el Congreso de Intendentes solicitó esta prórroga para estudiar el tema a fondo y para ponerse a fondo con el tema de los controles. Lo estuvimos hablando con los directores de tránsito de todo el país el viernes pasado e incluso se habló de fijar alguna fecha, pero como algunos plazos se extendieron no se definió una fecha. Partimos de la base de que en este tema son fundamentales los organismos de control, que son el Congreso de Intendentes con sus inspectores departamentales y el Ministerio del Interior con su Policía Caminera y su Policía de Tránsito; todo indica que vamos hacia una Policía Nacional de Tránsito.

EC - Si vamos hacia una Policía Nacional de Tránsito más sentido tiene aún esta otra pregunta: ¿los montos de las multas van a ser únicos?

PI - Los montos de estas multas van a ser únicos, se buscó unificar los montos por infracción de todas las demás normas de tránsito, hay un planteo de unificación, hay un borrador de multas unificadas que el Congreso de Intendentes todavía no resolvió adoptar. Vamos en ese proceso.

EC - ¿La Unasev ha impartido pautas en esa materia? Varios oyentes dicen que la experiencia internacional indica que en esta materia "la letra con sangre entra"; lo de sangre dicho de manera figurada, la letra con multas caras entra. ¿Va a ser esa la filosofía?

PI - La filosofía que tenemos en este sentido es que no importa demasiado el valor de las multas, lo que importa es que haya un régimen sancionatorio eficaz. Esto es, si a un ciudadano se le aplica una multa de tránsito por cualquier motivo en cualquier parte del país el sistema tiene que ser eficaz como para que el ciudadano termine pagando esa multa. Esperamos revertir un montón de situaciones que tenemos a partir de este año con el registro único, un montón de medidas que se van a implementar con el Congreso de Intendentes apuntan a terminar con esa situación. No importa tanto el valor de las multas, lo que importa es que se paguen. Es más, vamos a una etapa ulterior que es el permiso por puntos, ahí también se termina aquello de "el que tiene plata...". Hay una anécdota muy graciosa: una persona de mucho dinero pasa ante un equipo de inspectores, la agarraban por velocidad y dice: "Poneme otra para la vuelta, porque voy a venir a la misma velocidad a que me agarraste ahora". Ese señor tenía dinero, entonces no le importaba pagar.

Tiene que haber un sistema que sea eficaz en la sanción, y el permiso por puntos va a ser así. Emiliano Cotelo va a tener cierta cantidad de puntos que la sociedad le va a otorgar, y es Emiliano Cotelo el que tiene que administrarlos.

EC - ¿Cuándo va a ser una realidad?

PI - El permiso único nacional va a quedar instalado a partir de este año, ya no hay vuelta atrás, se avanzó notoriamente. Después de que tengamos el permiso único y el Registro Único Nacional de Conductores podremos empezar a implementar el permiso por puntos.

EC - ¿O sea, aproximadamente?

PI - Se vienen algunos tiempos electorales en el país que generalmente para la aplicación de este tipo de medidas... No sé, capaz que me equivoco y en el 2014 lo tenemos, calculo que va a ser a partir de 2015.

EC - Romina, te veo tratando de sacar preguntas de un mar de mensajes que han llegado sobre este tema.

RA - Es muy difícil ordenarlas, pero a propósito de las normas hay varias de oyentes como Nicolás que dice: "¿Quiénes están habilitados para fiscalizar y cuáles son las sanciones?". Hay varios que insisten en lo que decía Emiliano, "se siguen implementando normas y no se controlan las que hay", lo ven como simple publicidad.

PI - Que se siguen implementando normas y no se controlan es relativo. Capaz que no hay los controles con la intensidad que debería haber, sobre todo en los fines de semana, es un grave problema que estamos teniendo. Pero se están haciendo esfuerzos enormes, nos consta que las intendencias hacen esfuerzos enormes. Y ahí tenemos diferentes realidades. Pero no compartimos esa visión de que se siguen implementando normas y no se controlan las que hay. Hemos avanzado notoriamente. Tenemos algunos problemas todavía.

EC - Un artículo que también vale la pena consignar, aunque no es de entrada en vigor inmediata, es el 5, porque de este tema también se discutió mucho en distintas ocasiones. El artículo 5 dice: "Todos los vehículos cero kilómetro propulsados a motor de cuatro o más ruedas que se comercialicen en el país deberán contar con sistema de frenos ABS, apoyacabeza en todos sus asientos o plazas, cinturones de seguridad y airbags frontales en las plazas delanteras como mínimo, de aquellos vehículos que así lo admitan, de acuerdo con lo que fije la reglamentación respectiva".

Luego el artículo 6 aclara que "estos requisitos serán exigibles a partir de los 18 meses de la promulgación de la presente ley". Esto no va a estar vigente, exigible ni este sábado ni dentro de dos o tres meses cuando se apruebe la reglamentación, van a tener que pasar 18 meses, estamos hablando de mediados del año que viene. De todos modos, ¿saben qué está ocurriendo con los importadores y los fabricantes de vehículos? ¿Esto ya está empezando a ser realidad en el mercado?

PI - Sí, se están preparando, porque en el mercado automotor los pedidos se hacen con mucha antelación. Hemos estado en contacto con la CAU, ya están preparando los pedidos para esa fecha, y los fabricantes ya saben que para esa fecha todos los vehículos tienen que venir con estos elementos; no solamente para Uruguay, ahí nos estamos poniendo en línea con Brasil y Argentina, tenemos un mercado bastante pequeño. No obstante ello, y sin la ley vigente, hoy hay vehículos que vienen con esos implementos y hay gente que opta por ellos.

EC - Sin duda, pero también ha habido toda una discusión a propósito de lo que implican como encarecimiento del vehículo, si no hay alguna forma de abaratar, por la vía de exoneraciones de impuestos, etcétera, para que esos elementos de seguridad no hicieran dudar a un comprador.

PI - Tenemos la expectativa de lograr algo con el Ministerio de Economía y Finanzas por la vía fiscal, pero también los propios vendedores de vehículos tienen que renunciar a la ganancia por esos elementos. No tiene mucho sentido, si yo exonero de impuestos estos elementos de seguridad, que se les ponga margen de ganancia a ellos también.

EC - ¿Te quedó alguna pregunta más, Romina?

RA - Respecto a lo que comentábamos de las bicis y las motos, Gabriel plantea: "Soy ciclista, mi pregunta es, ¿por qué no se regula una distancia mínima que deba mantener un automovilista con respecto a los ciclistas? Muchas veces los taxis, así como otros conductores apurados, pasan rozando a los ciclistas. Es un pedido mínimo".

PI - No está regulada la distancia, pero hay otras normas que hablan de distancia entre vehículos. No está específicamente estipulada la distancia lateral con una bicicleta, pero hay otras normas que establecen la distancia entre vehículos, la prudencia, la cautela, en fin, hay un montón de normas.

Hay otra norma que no mencionamos, que ya está vigente, que es la que establece que las motos que se venden en el país tienen que venderse empadronadas y con un casco como parte del equipamiento.

EC - Es cierto, lo hemos comentado otras veces, pero vale la pena recalcarlo.

PI - Y un maletín de seguridad vial también está incluido en la ley.

EC - ¿Qué es eso?

PI - Es un maletín que tiene elementos médicos de primeros auxilios, dos chalecos; esto es para prever roturas o accidentes en la ruta, que la persona cuando baja tenga un chaleco reflectivo.

EC - Eso tiene que estar incluido en todo vehículo.

PI - Es uno de los artículos de la ley.

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Transcripción: María Lila Ltaif

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Video de la entrevista

Documento: "Ley de tránsito 19.061 sobre Normas Varias de Seguridad Vial"-UNASEV (Julio de 2013)