Seguridad Social

Ernesto Murro (BPS): La ley que permite al desafiliación de las AFAP "cubre una carencia" que se tendría que haber hecho antes

Ernesto Murro. Archivo
Ernesto Murro Archivo

El sábado pasado empezó a regir la ley 19.162 que permite la desafiliación de las AFAP. El PIT-CNT conminó a los trabajadores a que lo hagan y comiencen a aportar al Banco de Previsión Social (BPS). Para conocer los pasos que hay que dar a la hora de realizar este cambio, En Perspectiva entrevistó a Ernesto Murro, presidente del BPS, quien explicó qué personas pueden hacer este cambio y cómo asesorarse. Además, Murro valoró como positivo que este tema esté en el tapete y cree que es necesario que la gente esté informada para analizar qué opción le conviene más. "La ley 19.162 proporcionar mucha información, lo que tendría que haberse hecho antes" destacó Murro.

(emitido a las 7.47 hs.)

ALEJANDRO ACLE:
El PIT-CNT hizo ayer una convocatoria pública a que los trabajadores se borren de las AFAP y comiencen a aportar al Banco de Previsión Social. Después de casi dos décadas de vigencia del sistema, a partir de este mes los afiliados al sistema de pensión privada pueden optar por abandonarla.

Desde el 1° de febrero rige la ley 19.162, la que habilita la desafiliación. Según las condiciones previstas por la normativa más de 260.000 personas estarían en condiciones de hacer el cambio. Para realizarlo es obligatorio recibir un asesoramiento previo del BPS. Precisamente, para conocer cómo va esta situación en esta primera semana de vigencia de la ley, el diálogo es ahora con el presidente del BPS, Ernesto Murro.

Si bien ya se ha dicho, es complicado, tiene varios aspectos, ¿podríamos repasar en detalle quiénes son los que están en condiciones de desafiliarse de las AFAP?

ERNESTO MURRO:
Hay dos grupos principales: uno más pequeño, que son unas 13.000 personas, aquellas que sin estar obligadas a afiliarse a una AFAP lo hicieron siendo mayores de 40 años en 1996, siendo mayores de 57 años en la actualidad, y esos son los que pueden desafiliarse.

Después tenemos otro grupo, el mayoritario, inicialmente unas 250.000 personas, que también se afiliaron sin estar obligadas a hacerlo y que optaron por una posibilidad que le daba la ley que es ganando menos de lo que hoy son 35.516 pesos (originalmente eran los que ganaban menos de 5.000 pesos) optaron por aportar la mitad de su sueldo al BPS y la otra mitad a la AFAP. Por ejemplo, un trabajador que hoy gana 20.000 pesos no está obligado a estar en una AFAP, se afilió y optó por el artículo 8 y entonces aporta por 10.000 pesos a BPS y por 10.000 a una AFAP. En caso de que ese trabajador ahora decidiera cambiar esa situación, aportaría por los 20.000 pesos al BPS y dejaría de aportar a la AFAP.

Una persona que hoy tiene 35 ó 30 años no puede presentarse a esta ley, pero sí cuando cumpla 40. Por tanto cuando hablamos de que hay 9.000 que se pueden desafiliar, 250.000 que pueden cambiar su situación en relación a aportar una mitad al BPS y otra a la AFAP, son los que ya hoy están en esas condiciones. A medida que haya gente que cumpla 40 años va a tener esa posibilidad.

ROMINA ANDRIOLI:
¿Una vez que se toma la decisión es indeclinable la desafiliación de la AFAP?

EM – La decisión es irrevocable, como dice la ley. Puede pasar que en ese segundo grupo grande, el de 250.000, volvamos al ejemplo de los 20.000 pesos: hoy cobra 20.000, viene aportando por 10.000 al BPS y por 10.000 a la AFAP, decide cambiar esa situación y aporta por los 20.000 al BPS. Pero resulta que, vamos a suponer, eso lo hace ahora y en setiembre de 2014 ese trabajador por horas extra gana 40.000 pesos. Ese trabajador por ese mes vuelve a aportar a la AFAP por la diferencia que hay entre 35.516, que es el tope actual, y los 40.000. En octubre vuelve a ganar 20.000 pesos, vuelve a aportar solo a BPS.

RA – Ahí sería como una desafiliación parcial en todo caso, quedaría en un límite.

EM – Por eso nosotros hablamos de desafiliación, que es el grupo de 13.000, que esos sí se desafilian…

RA – Los otros revocan la opción por el artículo 8.

EM – Cambian solamente el hecho de aportar siempre a los dos lados.

RA – ¿Y cuál es el procedimiento que hay que seguir para efectuar la consulta para desafiliarse?

EM – Hay tres formas de iniciar este proceso. El primero es muy sencillo, la persona llama al teléfono 0800 3277 y allí digita su número de cédula, su fecha de nacimiento y automáticamente se le dice si está comprendido o no en la ley. Si no está comprendido en la ley no tiene más nada que hacer. Si está comprendido puede iniciar el proceso solicitando hora para atenderse personalmente en 56 oficinas del BPS en todo el país.

El otro mecanismo es en la página web del BPS, allí se entra, también pone la cédula y la fecha de nacimiento para saber si se está comprendido o no en la ley y se puede agendar para ser atendido.

La tercer forma es que nosotros disponemos de 56 oficinas en todo el país, seis en Montevideo y 50 en el interior, en las principales ciudades y las capitales de todos los departamentos, y allí una persona puede consultar presencialmente si está comprendida o no y puede agendarse para ser atendida.

Nosotros vamos a empezar a atender el 5 de marzo. Esto es así porque en el momento en que la persona solicita hora el BPS pide alguna información que la persona va a tener que traer cuando vaya a ser atendida. Por otro lado el BPS pide a las AFAP información sobre esos afiliados, por lo que tienen entre cinco y quince días hábiles para responder esa información, cinco para aquellos que siempre estuvieron afiliados a una sola AFAP y quince para quienes se han cambiado de AFAP. Además el BPS tiene que juntar la información que tiene, de modo que el día que acordemos con la persona para atenderlo en cualquiera de esas 56 oficinas que elija ya la vamos a atender con todos los elementos. Por eso es que hay un plazo, más o menos de 30 días, desde que la persona solicita ser agendada y el día en que efectivamente lo atendemos.

RA – ¿Y qué va a tener en cuenta el BPS a la hora de hacer los cálculos para estimar las futuras jubilaciones, tanto si se mantiene en el régimen de AFAP como si decide pasarse al BPS?

EM – Ahí tenemos en cuenta muchas cosas, primero, las tres fuentes de información que hablamos: la que trae la persona, la que tiene el BPS y la que proporcionan las AFAP. Luego se tiene en cuenta un simulador que el BPS tiene pronto, ya lo estamos testeando y estamos capacitando a la gente para su uso. Ese simulador sirve para tener en cuenta varias cuestiones: por ejemplo a qué AFAP está afiliada la persona, porque cada una cobra distintas comisiones, la situación de trabajo de la persona, si en la base del BPS tiene 20 años de trabajo resulta que viene y dice "yo tengo 30, no 20";, ahí se puede abrir un proceso de reconocimiento de esos años de trabajo que no están registrados. Después hay que preguntarle a la persona cómo piensa que va a seguir trabajando hasta el día que se jubile, si seguirá en las mismas condiciones, si cree que su salario va a mejorar o va a empeorar, o si va a cambiar de trabajo. Todo eso está incluido en ese simulador y en base a eso se va a asesorar a la persona, se le va a decir: "según estas posibilidades puede pasar esto o lo otro"; y luego va a salir un asesoramiento que va a ser por escrito.

AA – ¿Y qué pasa con el dinero que tenían ahorrado los trabajadores en la AFAP?

EM – Ese dinero viene para el BPS.

AA – Se mantiene íntegro.

EM – Ahí tenemos dos situaciones: los trabajadores del grupo que se puede desafiliar, los 13.000, en ese caso pueden surgir deudas con el BPS.

RA – ¿Cómo es eso?

EM – Esos trabajadores se pueden haber afiliado para aportar menos en su momento. Por ejemplo, un trabajador gana 120.000 pesos por mes -recuérdese que hablamos de los salarios nominales o brutos, antes de los descuentos-, está obligado, si se afilia a una AFAP, a aportar solo hasta 106.000 pesos; en cambio si se hubiera afiliado al BPS tendría que aportar por los 120.000, ahí hay una diferencia de 14.000 pesos. Hubo gente que se afilió por eso, gente de sueldos altos que se afilió no porque le conviniera la jubilación que iba a tener sino porque iba a aportar menos cada mes. Recordemos que estamos hablando de los 13.000 mayores de 57 años que se afiliaron sin estar obligados y pueden desafiliarse. A esa persona hay que hacerle una doble cuenta: ¿cuánto tenés que pagar si volvés al BPS y cuánto vas a cobrar de jubilación?, hay que ver qué conviene más como saldo definitivo. Hablo del caso de una persona que gane por encima del tope de 106.000 pesos, si las personas ganan por debajo del tope, que también hay muchas personas de esas, no tienen que pagar nada porque ganan menos de 106.000 pesos.

RA – Claro, ¿y qué pasa con el otro grupo?

EM – El otro grupo no genera deuda con BPS y esa persona puede volver sin tener que pagar ninguna deuda y simplemente será en función de su decisión en base al asesoramiento que se le haya dado, si le conviene volver a buscar su jubilación sólo en régimen administrado por BPS.

RA – ¿Ustedes tienen estimaciones de a cuántos trabajadores podría convenirles volver al régimen del BPS?

EM – Nosotros no tenemos estimaciones, esto va a depender de múltiples circunstancias, de qué le pasa a la gente y de qué piensa la gente que va a pasar. Pero creemos que va a ser muy bueno en primer lugar para que la gente se informe, sepa, analice, discuta. Para eso está esta ley, viene a cubrir una carencia de 18 años, una discusión mucho mayor sobre el sistema. Si un entra hoy a la página web del BPS puede ver mucha información, además de saber si se encuentra dentro de la ley para agendarse, hay mucha información sobre la ley, sobre cómo funciona, sobre cuáles son sus aspectos. Creo que ese es uno de los grandes méritos que tiene esta ley 19.162: proporcionar mucha información, lo que tendría que haberse hecho antes y esa es una oportunidad interesante de que suceda.

Por ejemplo, hay gente que le puede convenir quedarse aportando a BPS y a AFAP en el régimen mixto, pero los datos que estamos viendo muestran que le conviene por lo que paga el BPS. Hay gente que le conviene quedarse en el BPS porque está pagando el 70%, el 75%, el 80%, el 90% de la jubilación que va a cobrar. Esto es importante que la gente lo sepa, estoy hablando de casos de conveniencia de quedarse aportando a los dos lados.

RA – ¿Eso es lo que están observando en las estimaciones que vienen haciendo de prueba, o con algunos casos que ya se han comenzado a presentar?

EM – Con las dos cosas, con casos de prueba que hacemos y con gente que ya se ha presentado. Todavía el simulador no está disponible, pero lo estamos probando, además tenemos que capacitar a nuestros funcionarios, estamos también capacitando a los funcionarios de las AFAP. Se está viendo, reitero, casos en que conviene quedarse en el sistema mixto aportando a BPS y AFAP, pero también se están viendo casos que conviene que pague solo por BPS.

RA – ¿Y por qué se da eso?

EM – Eso se da por varias razones, entre otras porque la ley estableció que aquellas personas que sin estar obligadas a afiliarse a AFAP lo hicieron, el BPS les bonificaba con un 50% la jubilación de la parte del BPS.

AA – ¿Cómo ven esta campaña del PIT-CNT que incentiva a los trabajadores a desafiliarse?

EM – Estas son decisiones que cada parte toma, acá hay campañas del PIT-CNT, de las AFAP, seguramente van a haber planteos también de los sectores políticos, esto es la democracia, creo que lo bueno es que esto esté puesto arriba de la mesa.

Lo otro que me gustaría destacar es que la ley incluye otros aspectos importantes, no solo la posibilidad de desafiliación o revocación. La ley cambia a partir del sábado 1° de febrero otros aspectos que mejoran el sistema existente. En primer lugar, para los nuevos afiliados, para la gente que se afilia a una AFAP desde el pasado sábado hay dos cambios importantes: en primer lugar que cuando se afilia a una persona nueva tiene que expresamente ser asesorado por esta opción del artículo 8 y tiene que firmar expresamente en el formulario que fue asesorado y que acepta o no ese artículo. Este es el artículo que permite afiliarse a una AFAP sin estar obligado a hacerlo y permite que la persona aporte por una mitad al BPS y otra a AFAP.

RA – Con una bonificación, ¿no?

EM – Como explicábamos, tiene esa bonificación. Antes eso venía en un simple cuadradito de la ficha de afiliación a AFAP, hoy hay que hacer un procedimiento y un consentimiento expreso de que se acepta ese artículo.

Una segunda modificación es para los que estando obligados a afiliarse a una AFAP y no se afilian. Pongamos un ejemplo, una persona que hoy tiene menos de 57 y gana 40.000 pesos está obligada a afiliarse a una AFAP, y esa persona no se afilia, porque no quiere, porque se olvidó… A esa persona se la afilia de oficio, ¿cómo?, antes el BPS la afiliaba a una AFAP distribuyéndola entre las cuatro AFAP que hay en el mercado según la cantidad de afiliados que las AFAP tenían, desde el 1° de febrero se beneficia a esa persona afiliándola a la o las AFAP que cobran menos comisiones, las que cobran menos dinero por administrarle su dinero. Esto es importante porque un punto de diferencia en la comisión que la AFAP cobra por administrarles el dinero a los trabajadores son aproximadamente ocho puntos de rebaja o aumento a la jubilación futura, no es poca cosa el monto de la comisión que cobran las AFAP a los trabajadores por administrarles el dinero.

Hay dos cambios más que la ley introduce. Hay en el país unas 70.000 personas que tienen actividad bonificada, por ejemplo los maestros, radiólogos, personas que trabajan con productos químicos; para esas personas por cada tres años efectivos de trabajo se le computan cuatro. ¿Qué pasaba hasta ahora?, por ejemplo, un maestro empieza a trabajar a los 20 y se puede jubilar a los 50, cuando se jubilaba por el régimen de AFAP se le pagaba la jubilación por la parte de AFAP tomando en cuenta los 50 años de edad real hasta la expectativa de vida que toman las AFAP. Eso significaba que por mes se le pagaba dividiendo entre la expectativa de vida y los 50 años reales, ahora se le va a tomar en cuenta la actividad bonificada, quiere decir que ese maestro es como si tuviera 60 años, por tanto va a tener un poco más de jubilación por mes porque el fondo acumulado se le divide en menos años. Es una mejora para estas personas, esto venía siendo un reclamo de muchos años.

Por último también hay un cambio para todos los afiliados a AFAP, cuando cumplan 55 años sus aportes han acumulado un fondo, se les va a pasar a un fondo más seguro de modo de que esas personas tengan menos riesgos cuando ocurre una crisis internacional, como ocurrió con la crisis china o la rusa o la crisis del 2002 o la del 2008, que los fondos previsionales tuvieron bajones, o como incluso está sucediendo ahora. Cuando las personas cumplen 55 se les pasa su dinero acumulado a un fondo más seguro, menos riesgoso, que trata de hacer menos peligrosas estas variaciones que se dan en mercados internacionales donde se invierte su plata, de modo de tratar de asegurarle que no tenga sobresaltos en los últimos años al momento de jubilarse.

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