Resolución de la Justicia

¿Cómo se controlan las prisiones domiciliarias?

Por Romina Andrioli, de la producción de En Perspectiva.

El viernes 28 de marzo la Justicia resolvió el procesamiento de cinco hinchas de Nacional que participaron en los hechos de violencia ocurridos al final del partido que este equipo disputó con Newell´s Old Boys el miércoles 26 de marzo, en el Estadio Centenario. El juez José Gómez Ferreira les imputó el delito de "atentado agravado". Pero la particularidad de este procesamiento es que fue sin prisión pero con arresto domiciliario, a diferencia de otros casos en los que los procesados fueron enviados directamente a la cárcel u otros en los que se dispuso que debían presentarse en la comisaría cuando jugara su equipo, de modo que no pudieran concurrir a los partidos de su club por un determinado período de tiempo.

LA QUEJA DE VAZQUEZ

El auto de procesamiento dice concretamente: "Como medida sustitutiva a la prisión preventiva se dispone en relación a cada uno de los imputados, el arresto domiciliario: obligación de permanecer en su domicilio, sin salir de sus límites, por el máximo legal previsto en la Ley 17.726 art. 3 literal g) (que es 90 días), bajo la estricta supervisión de OSLA (Oficina de Supervisión de Libertad Asistida)".

El martes 1° de abril, durante una entrevista aquí EN PERSPECTIVA, el subsecretario del Interior, Jorge Vázquez, cuestionaba esa resolución y advertía sobre los perjuicios que le genera a su cartera…
 
"Está bien, cometieron un delito, pero nos resulta mucho mejor que los penen mandándolos los fines de semana a la comisaría y no dejarlos en prisión domiciliaria.

EC - Está cuestionando los procesamientos de la semana pasada, que fueron todos con prisión domiciliaria por 90 días.

JV - Ahora hay que mandar a la policía a controlar que los individuos no se vayan de la casa. Si un fin de semana alguien se escapa, va al estadio y cae detenido va a ir preso porque no cumplió lo que la justicia dispone. Pero alguien puede decir: "¿Qué hizo la policía que no controló que estuviera en la casa?". No podemos poner un policía en cada casa. No estoy en contra de la decisión de la justicia, está todo bárbaro; digo que hay algunas medidas que hay que adecuarlas un poco más a las posibilidades reales que tiene la policía de implementarlas".

Esa es una de las objeciones que se ha escuchado a propósito de esta solución. La otra es si efectivamente la persona procesada con prisión domiciliaria cumple con la medida o esta termina siendo algo teórico, fácil de burlar.

La producción de En Perspectiva estuvo trabajando en el tema.

QUÉ DICE LA OSLA

Como queda claro en el auto de procesamiento, quien se encarga de controlar el cumplimiento de las prisiones domiciliarias es la OSLA, una división que forma parte del Instituto Nacional de Rehabilitación, que depende del Ministerio del Interior.

El martes 1° de abril a última hora esta unidad especializada recibió la comunicación oficial del juzgado sobre la situación de estas cinco personas.

¿Qué tipo de controles se realizan en estos casos de prisión domiciliaria? En Perspectiva consultamos a la directora de la OSLA, Sandra Alonso.

"Cuando la persona está bajo régimen de prisión domiciliaria se encuentra a disposición del juez que lo procesó. Nosotros lo que hacemos es informar al juez del cumplimiento o no de la prisión domiciliaria. Entonces lo que hacemos son visitas a través de nuestros oficiales de supervisión, asignamos un funcionario a cada caso y hacemos controles aleatorios. Obviamente los controles son sorpresivos".

Le consultamos a la doctora Alonso si hay alguna frecuencia pre-establecida para esas visitas de control y nos decía lo siguiente:

"Nosotros arreglamos con el juez la cantidad de controles que vamos a tener. En algunos controles les exigimos la firma de una planilla, otras son telefónicos, esporádicos, y otros son controles en los que no nos ven. No siempre son controles visibles. Por supuesto, estamos abiertos a recibir las denuncias de la población en forma permanente, ya que si los jueces tuviesen pensado que la persona está absolutamente controlada, las 24 hs, la enviaría a prisión. Nosotros los controlamos pero no podemos ponerles un policía en la puerta".  

Otra de las preguntas que se plantea la gente con respecto a la prisión domiciliaria es si los procesados pueden salir en algún momento de su casa. Esto es lo que nos decía la doctora Alonso:

"Bueno, en estos casos para salir se requiere autorización judicial. Ellos nos plantean la necesidad de salir. Puede ser una consulta médica o un trámite específico. Nosotros consultamos al juez y él la autoriza y nos indica si es con custodia o sin custodia. Si no, no puede salir y debe permanecer en su casa las 24 hs."

La doctora Alonso señalaba que podría llegar a existir también alguna autorización especial para salir regularmente a efectos de trabajar o a estudiar, pero en esos casos, por lo general, el juez les determina prisión domiciliaria sólo en el horario de la noche. De todas formas, la OSLA controla aleatoriamente si efectivamente están trabajando o estudiando y si verifica lo contrario, le informa al juez.

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