Análisis Posadas, posadas y Vecino

Beneficios fiscales a las donaciones realizadas por empresas

Beneficios fiscales a las donaciones realizadas por empresas

Existen en nuestro país una gran cantidad de Fundaciones y Asociaciones sin Fines de Lucro que tienen como cometido principal el apoyo a la educación, a la niñez, a la adolescencia, otras a la salud, a la rehabilitación de personas privadas de libertad, en fin, servicios a la sociedad que por diferentes motivos el Estado no puede atender debidamente o que es más eficiente hacerlos en forma privada.

Muchas de estas instituciones dependen directamente de subsidios que da el Estado. El resto, probablemente no la mayoría, pero si las más conocidas, dependen de la acción solidaria de la ciudadanía y de las empresas.

Sin embargo, el Estado también apoya a estas instituciones a través del régimen de donaciones especiales.

Para conocer un poco más este régimen estamos en contacto con el Cr. Daniel Gónzalez, socio del departamento contable y tributario del Estudio Posadas, Posadas & Vecino.

Buenos días, Daniel. De qué se trata este mecanismo de donaciones especiales ?

Este régimen existe desde la Rendición de Cuentas del año 90, originalmente para fomentar las donaciones a escuelas públicas pero entiendo que era muy poco utilizado por la burocracia que significaba hacer un depósito en una cuenta de Educación Primaria para que luego de un plazo determinado, los fondos fueran remitidos a la escuela elegida.

La reforma tributaria del año 2007, agregó a las Universidades y a otras instituciones públicas y privadas pero fue recién en el año 2009, cuando se incorporaron al beneficio las Fundaciones Teleton -que justamente mañana realiza su maratón televisiva anual-, y Peluffo Giggens, que las empresas empezaron a participar en forma masiva.

En qué consiste el beneficio ?

El beneficio consiste en que el 75% de la suma que una empresa dona se le devuelve en certificados de crédito que puede utilizar para el pago del Impuesto a la Renta y del Impuesto al Patrimonio y el 25% restante se puede deducir como gasto a efectos de la liquidación del primero de los impuestos. Esto implica que de cada 100 pesos que una empresa dona a alguna de las instituciones incluidas, el costo efectivo es de tan solo 18.75, como consecuencia que se le devuelven 75 y paga un menor impuesto a la renta de 6.25 como consecuencia de la deducción de 25 de gastos.

Por otro lado, si una empresa realiza una donación a una entidad que no está dentro de la nómina, ni siquiera puede deducir el gasto a efectos de la liquidación de IRAE, salvo que se trate de una donación a un ente público.

Entonces por lo que nos decís, a través de este mecanismo, las empresas pueden elegir el destino de sus impuestos, por lo que se trata de un beneficio sumamente interesante.

Si, así es, pero como todo, tiene un límite. Existe un límite individual por el cual las empresas pueden donar un monto máximo equivalente al 5% de la renta neta fiscal del año anterior. Para las donaciones a las fundaciones orientadas a la educación es el doble (caso Fundación Niños con Alas o Jubilar).

Adicionalmente, el Ministerio de Economía asigna un máximo anual por institución.

Decías recién que durante muchos años no era habitual que las empresas realicen donaciones por esta vía por temas burocráticos, ¿qué es lo cambió para que ahora sí lo hagan ?

Hoy es un trámite muy sencillo tanto para las empresas como para las fundaciones. Luego de acordar la donación con la institución que quiera apoyar, la empresa debe firmar un compromiso de donación y hacer el depósito correspondiente en una cuenta del Ministerio de Economía en el Banco República. La Fundación debe enviar al Ministerio de Económia, el compromiso firmado y una copia del depósito bancario. En aproximadamente 20 días luego de realizado el depósito el donante puede dirigirse a la Dirección General Impositiva a solicitar el certificado de crédito correspondiente por un monto equivalente al 75% de los fondos donados.

Por otra parte, la donataria recibe los fondos en su cuenta en aproximadamente 3 o 4 días luego de enviados los documentos al MEF.

Y quienes se encargan de controlar el destino de los fondos ?

Ahí participa una dependencia del Ministerio de Economía, denominada "Donaciones Especiales";, que controla los proyectos presentados por las diferentes entidades, y revisa las rendiciones de cuentas anuales, pero lo más importante es que las entidades beneficiarias de este régimen usen este mecanismo con responsabilidad y transparencia, porque cualquier mala utilización del mismo provocaría que sea limitado o directamente cancelado por parte del Poder Ejecutivo.