Informe especial

Elecciones de Representantes Sociales del Directorio del BPS

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El domingo 13 de marzo se realizan las elecciones de los Representantes Sociales que integrarán el Directorio del BPS, el que está formado por cuatro miembros designados directamente por el Poder Ejecutivo y tres electos por los tres órdenes de afiliados: activos, pasivos y empresas contribuyentes. Se podrá sufragar en el horario de 08:00 a 19:30.

¿Quién vota en cada orden?

Por los afiliados activos votarán los trabajadores dependientes públicos o privados, así como los trabajadores a domicilio o talleristas que se hayan registrado como tales ante el BPS y hayan mantenido su condición de afiliados durante los 12 meses anteriores al 30 de junio de 2015, así como que sean mayores de 18 años de edad a la citada fecha.

Por los afiliados pasivos son electores las personas mayores de 18 años de edad al 30 de junio de 2015 y que hubieran sido declarados como jubilados, pensionistas por sobrevivencia o pensionistas a la vejez o invalidez a través de una Resolución del Directorio del BPS, anterior al 30 de junio de 2015.

Por las empresas contribuyentes serán electores las empresas contribuyentes no estatales, inscriptas como tales en el BPS antes del 30 de junio de 2015, en tanto se hayan afiliado y mantenido dicha afiliación durante los 12 meses anteriores al 30 de junio de 2015, así como que estén al día en el pago de sus obligaciones o de las facilidades concedidas BPS.

Las empresas pluripersonales votarán a través del mandatario designado.
No votan los contribuyentes de aportación bancaria, notarial, titulares de obra (Construcción) y los titulares de servicio doméstico. Las empresas unipersonales profesionales no están habilitados para votar, al no tener inclusión total de aportes al BPS.

Las empresas que no designaron Mandatario, no votan ni tampoco se le aplicarán sanciones por la Corte Electoral (Ley 16.241).

¿Qué ocurre si una persona pertenece al mismo tiempo a más de un orden?

Si una persona estuviera habilitada para votar en más de un orden, deberá hacerlo en cada uno de ellos.

Para saber en qué orden le corresponde votar, consulte en la página web del BPS o llame al 0800 2016.

Envía un SMS al 810  con tu cédula sin puntos ni guion y entérate si votas y donde. Costo SMS: 10 pesos impuestos incluidos.

¿El voto es obligatorio?

Sí, el voto es secreto, obligatorio y personal dentro de cada orden.
Están eximidas las personas mayores de 75 años, las que igualmente pueden participar de este acto eleccionario.

¿Cuáles son las causas fundadas para no votar?

Serán causas fundadas para que los afiliados activos y pasivos y los titulares de empresas unipersonales no cumplan la obligación de votar las siguientes, que deberán ser probadas en la forma que establezca la reglamentación respectiva (art. 20 Ley 16.241):

A) La de padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le impida, el día de la elección, concurrir a la Comisión Receptora de Votos;

B) La de estar imposibilitado de concurrir a la Comisión Receptora de Votos por razones de fuerza mayor;

C) La de hallarse fuera del país el día de la elección

D) La de encontrarse domiciliado fuera del departamento en que debe sufragar.

Los afiliados activos y pasivos y titulares de empresas unipersonales que tengan más de setenta y cinco años de edad no tendrán que justificar ninguna causal.

Las causales que aleguen los representantes de las empresas valdrán en cuanto los impedimentos señalados en los literales A), B) y C) se configuren, cuando estén vencidos los plazos que permitan otorgar otro mandato.

¿Cuáles son las multas que se aplican en caso de no votar?

Los habilitados para votar, que no lo hicieren, se harán pasibles, en cada uno de los órdenes, de las sanciones siguientes (art. 21 Ley 16.241):

A) Los afiliados activos y pasivos, con una sanción económica de una Unidad Reajustable por la primera vez y de tres Unidades Reajustables por cada una de las siguientes.

B) Las empresas contribuyentes, de acuerdo al número de trabajadores en planilla, con una multa equivalente a:

6 Unidades Reajustables con hasta diez trabajadores.

12 Unidades Reajustables entre once y veinte trabajadores.

25 Unidades Reajustables entre veintiuno y cincuenta trabajadores.

50 Unidades Reajustables entre cincuenta y uno y cien trabajadores.

100 Unidades Reajustables con más de cien trabajadores.

¿Cuándo hacer la justificación?

Período para justificar la no emisión de voto: del 28 de marzo al 12 de junio de 2016.

Período de exigibilidad de constancia de voto, justificación o pago de multa: del primero de mayo al 31 de agosto de 2016

¿Quiénes son los candidatos?

Hay dos candidatos por el orden de los trabajadores, dos por el orden de los jubilados y uno por el orden los empresarios.

Eduardo Ruiz, con la lista 11, es el candidato del PIT-CNT por los trabajadores. Compite con Luis Lisboa de la lista 16.

En representación de los jubilados, los candidatos son Sixto Amaro de la lista 1 y Carlos Sarthou de la lista 2, mientras que en representación de los empresarios solo se postula Elvira Domínguez con la lista 22.

¿Con qué documentos hay que concurrir a votar?

Para poder sufragar se deberá exhibir la Credencial Cívica, salvo los extranjeros que no estén inscriptos en el Registro Cívico Nacional, que lo harán con el documento de identidad.

Todos aquellos contribuyentes de aportación bancaria o notarial, los titulares de las obras de construcción, titulares de servicio doméstico y las empresas unipersonales profesionales.

Habrá 4.000 circuitos distribuidos por todo el país.

El padrón puede consultarse en la página web de la Corte Electoral