Fotocopiado de libros
DÃas atrás se votó en el Senado un proyecto de ley modificativo de la ley de derechos de autor. El objetivo central de esta modificación es regular la reproducción mediante fotocopia de distintos textos sin fines de lucro, especialmente, textos para la enseñanza media y universitaria para uso personal de los estudiantes. Para conocer un poco más de este tema, estuvimos en contacto con el Dr. Nicolás Pallas del Departamento Contencioso del Estudio Posadas, Posadas & Vecino.
¿Se pueden sacar fotocopias de un libro de estudio para uso personal?
En principio, no. Para ponernos en contexto, estamos en el ámbito de los derechos de autor. En esa materia, nuestro paÃs desde 1937 y con distintas modificaciones, tiene su ley 9.739, y se rige también por el Convenio de Berna al que el Uruguay se ha adherido y lo ha ratificado el parlamento.
En ese marco normativo, no es posible reproducir (fotocopiar es una forma de reproducir) un texto, una obra literaria sin el consentimiento del autor. La ley, además, no distingue ni uso, ni forma, sea con fines de lucro o reventa, o sea para estudiar para una clase, la reproducción está prohibida en la ley, y la sanciona con multa y hasta prisión dependiendo de las circunstancias del caso. Recordarán lo que sucedió en 2013 con la GalerÃa Montecarlo al costado de la Facultad de Derecho de la UDELAR, donde fueron procesados sin prisión los responsables de la reproducción y venta de textos de estudio sin la autorización de los autores.
¿Cuáles son las modificaciones principales que propone el proyecto de ley?
Las modificaciones tienden a sentar una posición en un debate que se reavivó en 2013 con lo sucedido en la galerÃa que acabo de mencionar, pero que ya era de larga data: derecho del estudiante al acceso a los textos vs el derecho del autor de los textos.
Convengamos que estudiar una carrera es costoso. Aun para los que tuvimos la suerte de ir a la Universidad de la República, estudiar no es gratis. Y el rubro de los libros es especialmente el más oneroso. Imaginando que una carrera como la de derecho tiene al dÃa de hoy 30 materias, y que todas tienen un aproximado de 8 a 10 libros cada una, ya estamos hablando de unos aproximados 300 libros, más los Códigos, cuerpos de leyes de cada una de las materias (civil, penal, comercial, etc.).
En esa lÃnea, es natural intentar acercar a los estudiantes a los textos. Se promovieron distintas ideas para ello, desde todos los sectores. Por ejemplo: se generan ediciones especiales para estudiantes a menor precio, se aumentan el caudal de libros de las Bibliotecas de cada centro, se subsidian a determinados estudiantes, etc. De todos modos, por lo que uno puede apreciar en las distintas Facultades, estas medidas no han terminado de separar la brecha.
Aquà es donde aparece este proyecto de ley. Lo que entendieron los redactores es que la forma de acortar esta brecha es permitir, volver lÃcito, el fotocopiado de los textos cuando es con fines de enseñanza y destinado al aprendizaje en establecimientos educativos. No liberaron el fin de lucro, es decir, que no deberÃan poder venderse las reproducciones fotocopiadas, sino que es posible que el alumno fotocopie parcial o totalmente un libro para su uso académico. A su vez, se agregó una previsión mas general aún que darÃa para otro debate ya que excede el tema del fotocopiado: el proyecto permite la reproducción de cualquier obra y de cualquier forma, sin autorización, siempre que sea obtenida por uno y para uso personal.
¿Qué problemas puede generar esta modificación a la ley de derechos de autor?
El primero y más evidente es el de quienes resultaron no elegidos, por decirlo de alguna manera, que es los autores. En esta dicotomÃa acceso a los materiales vs derecho de autor, se "disminuyó"; de algún modo el derecho de autor, no requiriendo autorización para ciertas manifestaciones de reproducción, como decÃa, las que tengan el fin de enseñanza y las que sean para uso personal.
Ya fue pública la opinión dela Cámara Uruguaya del Libro sobre este proyecto, en la que entendió que una norma de este tipo podrÃa generar perjuicios para editores y autores y repercutir en una baja de las ventas o hasta de la propia creación de libros. Esta opinión puede llegar a generar alguna acción judicial contraria a la ley, máxime cuando podrÃa interpretarse que sea contraria de la propia Convención de Berna sobre derechos de autor ratificados por Uruguay.
Es algo muy reciente, aun todavÃa no se convirtió en ley, pero es un cambio grande en materia de derechos de autor y naturalmente generará un debate con estas nuevas reglas de juego.