Los comercios minoristas y la información de precios al consumidor
Hace unos días el gobierno presentó una aplicación para dispositivos móviles que permite monitorear diariamente los precios de los distintos productos de la canasta básica. Para abordar esta temática contactamos al Dr. Juan Carlos Plachicoff del estudio Posadas, Posadas & Vecino.
¿Qué le permite hacer esta aplicación al consumidor?
Esta aplicación para dispositivos móviles (celulares y tablets) le permite al consumidor monitorear los precios de distintos artículos de la canasta básica de consumo. Es una herramienta que permite comparar online la evolución de los precios de forma diaria con información recolectada en comercios de todo el país. Los consumidores pueden consultar precios de productos de forma individual o diseñar una canasta, y saber en qué lugares se venden más baratos y en qué lugares son más caros, de acuerdo a su zona de ubicación.
La aplicación se llama "PreciosGUB"; y está disponible para Android e iOS en las tiendas iTunes y Play Store. En la actualidad cuenta con información de 150 productos pero las autoridades tienen pensado ampliar la cantidad de ítems a la brevedad.
Algo interesante de la aplicación es el hecho de permitir la realización de comentarios y denuncias si los precios que se informan al Área de Defensa del Consumidor son distintos a los que se publican en las góndolas. Quiero decier que el Área de Defensa del Consumidor recibe diariamente via web información de los precios que figuran en las cajas de los comercios.
Siguiendo con esta última parte, ¿Hay obligación de informarle los precios al consumidor? Muchas veces nos enfrentamos con góndolas que no tienen todos los precios. ¿Alguien sanciona en estos casos?
La respuesta enfática es sí, hay obligación de informar en forma clara los precios de todos los productos y servicios. En este sentido, es la Ley de Defensal del Consumidor N° 17.250 la norma que le impone a los proveedores el deben de informar los precios, impuestos incluidos, de todos los productos y servicios que ofrecen.
Por tanto, es un derecho del consumidor y se debe exigir su respeto y cumplimiento. Y como el precio integra la oferta que hace el comercio, cuando como consumidores decidimos llevarnos el producto, estamos aceptando la oferta y con concretando la compra, aún cuando falta pagarla en la caja. Si cuando vamos a la caja surge que el precio es mayor y que el de góndola estaba mal, no debemos aceptar tal situación. El comercio está obligado a vender el producto al precio que figura en la góndola porque ahí está la oferta y cuando fue aceptada se perfeccionó la compra del mismo.
Cualquier incumplimiento de la normativa deberá ser sancionado por el Área de Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio.
¿Qué precios se publican y quién los publica?
Los establecimientos de distribución minorista deben informar los precios de venta al público así como los precios y vigencia de las ofertas, en todos los casos con impuestos incluidos, de todos los productos que integran la canasta de bienes determinada por la Dirección General de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas.
A efectos de cumplir con este cometido, por Decreto del Poder Ejecutivo se creó en la órbita del Área de Defensa del Consumidor un Registro de Establecimientos de Distribución Minorista, en el que deben inscribirse todos aquellos obligados a proporcionar información sobre precios.
Y mediante resolución de la Dirección General de Comercio se estableció cuál es la canasta de bienes sobre los cuales se quiere informar los precios de venta al público en forma regular. Dicha canasta está integrada por 160 productos.
¿Cómo se difunden los precios de esa canasta de bienes?
La difusión se hace básicamente a través de la página web del Área de Defensa del Consumidor ("consumidor.mef.gub.uy";) y ahora también con la aplicación que ya comentamos "PreciosGub";. Invito a todos los oyentes a informarse sobre sus derechos, concretamente sobre los precios y a exigir el cumplimiento de la normativa que hemos comentado.