El 90% de faltas cometidas vinculadas al tránsito
Así se desprende de un estudio presentado por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y remitido a varios organismos públicos, a los efectos de corregir problemas de aplicación de la norma.
Entre ellas figura que el 70% de los proceso durante el año pasado concluyeron mediante clausura o prescripción.
En ese sentido ejemplifican que si un conductor es detenido y no porta la documentación del vehículo en el momento, no constituye una falta administrativa.
Si en cambio conduce sin libreta, tiene un plazo de 60 días para regularizar la situación y solicitar la clausura o archivo ante el Ministerio Público.
La SCJ señala que los plazos estipulados en la ley parecen no adaptarse a la ley generando un efecto no buscado.
Otro problema que se presenta es la ubicación del paradero de los infractores, ya que pueden brindar datos erróneos sobre su domicilio o en los casos de ocupación indebida de espacios públicos donde no cuentan con un domicilio. Esto imposibilita continuar con el proceso judicial, afirma.
En el caso de la ocupación indebida en espacios públicos en 2014 fue del 14,3% y en 2015 un 5%.
Más allá de estas mejoras que pide la SCJ valora que la ley es buena aunque la falta aún visibilidad. Señalan que antes de que entrara en vigencia, cuando las faltas eran competencia de los juzgados letrados, casi no se registraban asuntos denunciados. Ahora hubo 1532 proceso concluidos en 2015.
El documento establece una problemas que es necesario resolver con el conjunto de las instituciones a las cuales se remitió el mensaje: Cámara de Senadores, Cámara de Representantes, Ministerio del Interior, Congreso de Intendentes, UNASEV y Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración de la Cámara de Diputados.