Aller: Figura de femicidio "no se necesita en absoluto" en Código Penal
El catedrático de derecho penal Germán Aller conversó con Suena Tremendo sobre el proyecto de ley que busca tipificar al femicidio como un agravante especial del homicidio. A propósito señaló que el Código Penal ya contempla este delito y enumeró algunos problemas que podrían surgir si se aprueba la propuesta.
Aller planteó que aunque se proponga crear el delito de femicidio, en el Código Penal "ya está previsto todo eso, lo que pasa es que no tiene nombre. Ni lo necesita en absoluto";. A propósito, afirmó que desde el punto de vista jurídico hacer leyes "por costado del Código Penal"; técnicamente no le parece "lo más apropiado"; e invitó a "estudiar el Código"; antes de plantear cambios en las leyes.
Refiriéndose al hecho de que el Código Penal ya contemple la figura de las personas que estén casadas o vivan en concubinato, el catedrático citó el artículo 311 que establece un homicidio especialmente agravado "cuando se cometiera en la persona del ascendiente o del descendiente legítimo o natural, del cónyuge, del concubino o concubina ‘more uxorio’, del hermano legítimo o natural, del padre o del hijo adoptivo";.
Por otra parte, Aller dijo que lo que el Código Penal no contempla es el hecho de "matar a una mujer por su condición";. Sin embargo, afirmó que el artículo 47 habla sobre la alevosía, un término similar que significa que "la víctima se halla en condiciones inadecuadas de cualquier naturaleza que fueren, para prevenir el ataque o defenderse de la agresión";.
Posibles problemas
Aller planteó hipótesis en torno a diferentes situaciones. Por un parte se preguntó que, en el caso de que un matrimonio conformado por dos mujeres una asesine a la otra, "¿se le adjudicará el delito de femicidio agravante, o el delito es solo para varones?";.
Por otra parte el catedrático sentenció planteando otro caso: "¿Qué pasará con la persona que se siente mujer pero está presa en el cuerpo de varón y le quietan la vida?";.