Desigualdad de género en el BPS afecta a las parejas homosexuales
Actualmente el BPS otorga una pensión por fallecimiento a las personas viudas. Sin embargo, existe una desigualdad de género en el derecho a la pensión para viudos, ya que en el caso de los hombres, deben cumplir con una serie de condiciones para poder acceder a este derecho.
El BPS establece que en el caso de la mujer, la viuda debe cumplir con un único requisito para poder recibir una pensión: el "promedio mensual actualizado de sus ingresos en los 12 meses anteriores al fallecimiento del causante"; debe ser "inferior a $131.429";.
En el caso de los hombres, el BPS considera que "la pensión del viudo es un derecho condicionado";. Esto significa que, a diferencia de las mujeres, se toman en cuenta una serie de condiciones para poder otorgarle la pensión a un viudo.
Si el ingreso del viudo es inferior a $ 8.452 "se considera carencia de recursos otorgándose el derecho sin otra apreciación";. Si los viudos perciben un ingreso mayor a la cifra antes mencionada y hasta $ 35.266 "tendrán derecho y se otorgará la pensión con la supervisión de los responsables de la oficina Solicitud de pensiones, sin trámite";.
Por otra parte, para aquellos hombres cuyos ingresos estén entre $ 35.266 y $ 75.572, el BPS valorará si le asiste o no el derecho. Por último, los solicitantes cuyos ingresos superen los $ 75.572 directamente "no tienen derecho a percibir el beneficio";.
Parejas homosexuales
En el caso de las parejas homosexuales, la desigualdad es todavía más notoria: en una pareja formada por dos hombres, ninguno tiene acceso a los derechos completos. Para el caso de dos mujeres, ambas tienen el derecho asegurado, generando de esta manera una ventaja que otras parejas no tienen.