DDHH: Discriminación fue la afectación más denunciada
La INDDHH presentó ayer su informe anual donde da cuenta de su actividad y se informa del crecimiento de las denuncias recibidas, cuáles fueron los organismos denunciados así como una serie de recomendaciones formuladas a diferentes organismos.
La Institución sostiene en su informe que "hasta en la más democrática de las sociedades existen víctimas de violaciones a los derechos humanos que buscan justicia. Es aquí donde la autonomía de la Defensoría, es decir, su capacidad de operar exclusivamente en función de su mandato y los principios que lo informan, adquiere todo su significado. Las víctimas requieren am-paro cuando el daño está hecho, cuando los derechos han sido vulnerados y, sobre todo, cuando no existen recursos en el ámbito de la justicia. Si algo así ocurre, la víctima debe ocupar el centro de atención de la preocupación y el accionar de la Defensoría".
Agrega que "la Defensoría debe, entonces, brindar apoyo por encima de otras consideraciones, instrumentar la denuncia si corresponde e, incluso, hacer pública la injusticia, aunque esté contenida en una sentencia judicial. Este enfoque sobre la defensa de la víctima de una violación de los derechos humanos, que prevalece sobre otras consideraciones y se complementa con la vocación preventiva de la Defensoría a la que hacía referencia, es legal, y creemos que también legítimo".
El director de la institución Wilder Tyler, entrevistado por La Mañana de El Espectador, destacó las denuncias de padres de niñas y niños con discapacidad que reclaman que no reciben buen nivel de aceptación por parte de Instituciones del estado y personas discriminadas por su origen nacional o raza.
En cuanto a la situación de inseguridad, Tyler dijo que existe un "empuje de endurecimiento punitivo" en el marco del cual ubicó las recientes declaraciones del director de la Policía Nacional Mario Layera, o la iniciativa de reforma constitucional que impulsa el senador Jorge Larrañaga. También expresó la "preocupación" del organismo ante los cambios que impulsa el gobierno al nuevo Código del Proceso Penal, que Tyler calificó como "inconstitucional".
A su vez la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) creyó oportuno recordar su Declaración sobre administración de justicia y derechos humanos, realizada el 21 de febrero de 2013, en la que se sugieren una serie de medidas en torno a la transparencia del sistema de selección, permanencia y remoción de Jueces y Juezas en una sociedad democrática.
La declaración expresa que "se reconoce por parte del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas que una de las maneras de garantizar la independencia del Poder Judicial es mediante el establecimiento de un sistema claro y transparente en relación a los nombramientos y ascensos de los magistrados. El Comité de Derechos Humanos enfatizó que la movilidad de los jueces no puede quedar librada a la discrecionalidad de las autoridades, pues podría exponer a los jueces y comprometer su independencia e imparcialidad. De igual manera la Relatoría Especial sobre la Independencia de los Magistrados y Abogados, ha enfatizado que los ascensos y traslados deben ser adoptados por un órgano independiente; estar basados en disposiciones claras y transparentes; recabarse el consentimiento del juez; y debe ser siempre pasible de revisión".
La Institución recuerda que "ha recomendado el establecimiento de cuerpos independientes que, basados en criterios objetivos, decidan los ascensos establecidos en la carrera de la judicatura. En concreto: las normas internacionales en materia de independencia del Poder Judicial establecen una serie de estándares para los nombramientos y la permanencia en el cargo, y las mismas enfatizan en que una de las prácticas que afectan la independencia o imparcialidad del Poder Judicial es el sistema de ascensos o movilidad. Los Principios Básicos Relativos a la Independencia de la Judicatura establecen que los criterios deben ser objetivos. En la misma dirección se pronuncia el Estatuto del Juez Iberoamericano, cuando establece que la estabilidad en el cargo es una garantía esencial de la independencia judicial y las decisiones de ascenso deben estar basadas en los mismos criterios objetivos que para la designación, y deben ser el resultado de un procedimiento transparente y equitativo".
En el siguiente link accederá al informe completo.