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Nuevo Estatuto del Personal Docente se discute en el CDC

Nuevo Estatuto del Personal Docente se discute en el CDC

La Universidad de la República (Udelar) aprobará próximamente el nuevo Estatuto del Personal Docente. Las modificaciones implican entre otras cuestiones, el cómo se accede a los cargos, la carrera docente, la edad de retiro. 

El docente Nicolás Wschebor, grado 4 de la Facultad de Ingeniería de Udelar e integrante del grupo de trabajo encargado de redactar el proyecto, dijo a Fuga de Noticias que se trata de "la reforma más importante que ha vivido la Universidad en los últimos 50 años".

El estatuto vigente es de 1968 e implica una estructura docente basada en el funcionamiento de cátedras. Las modificaciones proponen el trabajo por Departamentos e Institutos. Para Wschebor esto favorece la integración entre tareas de investigación y tareas docentes. "La actividad docente hay que verla como una sola", agregó.

El docente explicó que se incorporará la exigencia de que los grados 3, 4 y 5 tengan formación de posgrado y a la vez que se instaurará que los cargos de grado 1 y 2 sean netamente de formación, y por lo tanto a término. 

Por otro lado, se promueve la carrera docente, para que haya posibilidades de ascenso "financiadas con un fondo central de Udelar y que no estén exclusivamente vinculadas con el funcionamiento interno de los servicios".

El nuevo estatuto fija una edad de retiro de 70 años, algo que en este momento "depende de cada facultad". Además, con la actualización en la normativa se unifican los criterios al otorgar una reglamentación general.

Desde la institución se espera que el sábado 1 de setiembre el Consejo Directivo Central termine de aprobar toda la parte inicial de las modificaciones. Wschebor  informó que estos cambios se encuentran en una etapa final de aprobación general, para luego pasar a la División Jurídica, que verificará técnicamente "que todas las disposiciones sean coherentes y ajustadas al derecho". Por último se haría una aprobación definitiva, lo que va a incluir disposiciones transitorias que determinarán el cronograma de implementación de cada una de las resoluciones.

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