Entrevistas

Gobierno envía proyecto de ley contra la violencia en el deporte

El proyecto de ley contra la violencia en el deporte que presentó el Poder Ejecutivo recoge la experiencia europea y establece que quien protagonice incidentes durante un partido, no pueda ir a otro de esos equipos durante el tiempo que determine el juez. Los hinchas violentos tendrán que presentarse "por en determinado período en la comisaría o donde el juez le indique", explicó el asesor del Ministerio de Turismo y Deportes, Jorge Zas.

(Emitido a las 7.35)

EMILIANO COTELO:
"El deporte es una actividad para ser disfrutada tanto por quien la practica como por los espectadores y no puede ser que los escenarios deportivos y sus inmediaciones se hayan transformado en el campo de acción de grupos de vándalos que no respetan personas ni bienes y hacen que asistir a determinados espectáculos deportivos haya dejado de ser algo seguro. Vemos con suma preocupación el incremento en los últimos tiempos de estas conductas, lo cual nos lleva a la convicción de que se debe actuar con firmeza y rapidez a fin de erradicarlas. El deporte debe recuperar la posibilidad de que sus aficionados puedan acudir tranquilos a los campos de juego acompañados por sus familias sin pensar que estará en juego la integridad física de los asistentes".

Así dice la exposición de motivos del proyecto de ley que el Poder Ejecutivo remitió al Parlamento y que pretende terminar con la violencia en los espectáculos deportivos. Se espera que el proyecto tenga rápida sanción para que pueda estar en aplicación en el torneo que ahora no más está iniciándose.

Estamos en diálogo con el doctor Jorge Zas, asesor del Ministerio de Turismo y Deportes, diputado suplente por Asamblea Uruguay.

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Doctor Zas, ustedes describen de esa manera el motivo, la preocupación, el disparador de este proyecto de ley. Y aclaran después que no creen que la solución radique en crear nuevos delitos. ¿Por qué?

JORGE ZAS:
La violencia en el deporte es algo que ha sido preocupación del legislador desde hace mucho tiempo, lo que ha llevado a la implementación de algunas normas en la materia que hemos podido observar que no se venían aplicando por distintos motivos. Entonces, antes de entrar a crear nuevos delitos, porque la experiencia ha demostrado que los problemas sociales no se arreglan imponiendo delitos nuevos, aumentando penas, sino tratando de buscar alternativas y más que nada transitando por el camino de la prevención, hemos tratado de ver si podíamos introducir alguna modificación a la legislación ya existente para que fuera realmente aplicable por la justicia y para que fuera un instrumento hábil en mano de los jueces y de la Policía, que son quienes van a tener que lidiar con los elementos que están provocando toda esta situación en el deporte uruguayo.

EC - ¿Cuáles son las modificaciones que se proponen?

JZ - Se ha trabajado utilizando el texto de la ley 16.359, de 1993, en torno a la cual había trabajado mucho el doctor Daniel Díaz Maynard. Esa ley tiene conceptos realmente muy buenos y soluciones que se incorporan acá, como la de que la persona que haya sido encontrada incurriendo en alguna de las conductas que se especifican no puede asistir a los partidos en que jueguen los equipos que jugaron en el match donde el individuo creó disturbios. La persona se va a tener que presentar por un determinado período de tiempo en la comisaría del lugar de su domicilio o donde el juez le indique. De esa manera vamos a tratar de irradiar de los campos de juego a la gente que crea este tipo de problemas.

EC - ¿Concretamente cómo operará esa prohibición de concurrir a espectáculos deportivos? Según los casos, se aplica esta medida tanto a aquel que incurre en faltas como a aquel que incurre en delitos. Es una sanción extra que el juez le aplica a aquel que haya sido detectado protagonizando inconductas en este tipo de espectáculos.

JZ - Esto se aplica para los casos de transgresiones al artículo 360, numerales 1 y 3 del Código Penal, que se refiere a faltas, el numeral 1 es la provocación, participación en desórdenes en un espectáculo público, y el numeral es contravención a las disposiciones dictadas por la autoridad para garantir el orden. Esto también se prevé para el artículo 323 bis del Código Penal, que refiere al que "con motivo o en ocasión de una competencia deportiva u otro espectáculo público promoviere una riña"; en este caso además de la pena que corresponda por lo que la persona haya hecho se le impone la imposibilidad de asistir al partido. La primera vez la prohibición es por hasta 120 días, pero si la conducta se repite, como dice en la ley, si la gente repite antecedentes de violación a esta norma, puede llegar hasta los 240 días. Ésas son las sanciones máximas, se puede llegar a un máximo de 240 días en el caso de que la conducta se haya repetido.

EC - ¿A qué partidos no puede concurrir durante ese tiempo?

JZ - A los partidos en los que jueguen los clubes que competían el día que el individuo participó en determinados desmanes, en las conductas que están prohibidas por la norma.

EC - Manejemos un ejemplo concreto.

JZ - Si la persona concurrió a un partido entre Peñarol y Nacional y creó una serie de problemas o participó en disturbio no va a poder ir por el tiempo que el juez establezca, con límites mencionados, a todos los partidos en que participen Peñarol y/o Nacional, o sea juntos o separadamente, por ejemplo si juegan Peñarol-Danubio, Nacional-Wanderers, no va a poder a poder ir.

EC - Es interesante el mecanismo. ¿Tiene antecedentes, ustedes están recogiendo experiencia internacional en esta materia?

JZ - Sí, en Europa se ha transitado por caminos muy parecidos que han dado muy buenos resultados. Tenemos la esperanza de que acá también ocurra así y podamos de una vez por todas poner punto final a la situación.

Queremos decir que en todo momento hemos tratado de contar con el apoyo de especialistas, particularmente de la cátedra de Derecho Penal; hemos trabajado con el doctor Gustavo Bordes, que nos ha dado un apoyo invalorable; estuvimos reunidos con la Asociación de Magistrados, a los que les hemos llevado el proyecto y pedido –palabras textuales que usamos– "por favor, mírenlo con la lupa, cualquier sugerencia que entiendan deban hacer será bien recibida", porque los magistrados son los que van a aplicar el derecho, entonces es de nuestro mayor interés incorporar cualquier sugerencia que puedan aportar porque queremos hacer un instrumento que sea realmente hábil, queremos esa sea la diferencia con respecto a otros proyectos que fueron aprobados y no se han aplicado. Queremos hacer algo en lo que participe la gente especializada y que sea de aplicación por los jueces.

EC - ¿Cuándo entienden ustedes que este proyecto estará vigente? ¿Cuándo será ley, cuándo podrá aplicarse?

JZ - Tenemos la esperanza de que en el correr del mes entrante pueda ser aprobado en el Parlamento. Tenemos el compromiso de la Comisión de Deportes de la Cámara de Diputados de tratarlo e impulsarlo luego para que sea tratado con la mayor celeridad. Después irá al Senado y confiamos que salga rápido porque es de interés de todos los uruguayos que esté vigente lo antes posible.

EC - De todos modos el torneo va a empezar sin esta normativa aprobada. ¿Qué ocurrirá en los primeros partidos, en las primeras fechas?

JZ - La normativa no está aprobada, así que en las primeras fechas habrá que manejarse con la normativa que hoy está vigente, con todo lo que tenemos hasta ahora, que no es poco, los mismos delitos están previstos, nosotros hacemos algunas modificaciones pero las normas legales existen, la Policía va a estar cumpliendo con su deber y tratando de evitar que esto ocurra, y esperamos tener la colaboración de los clubes y que la gente implicada en estos temas vaya poniendo las barbas en remojo, tome por el buen camino y decida no seguir cometiendo tropelías.

EC - ¿Ustedes han elaborado este proyecto con la colaboración de las distintas instituciones vinculadas con el deporte?

JZ - Se ha tratado de mantener un contacto con todas las instituciones vinculadas, ha habido muchas reuniones, ha habido reuniones en el Ministerio del Interior, con la Policía, con los magistrados, el ministro y el director de Deportes han tenido reuniones con la Comisión de Seguridad en la Asociación Uruguaya de Fútbol. Se ha tratado de ir recogiendo todas las opiniones en el plazo más breve posible.

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EC - La clave del proyecto es la prohibición de concurrir a espectáculos deportivos para aquellos que incurran en las faltas o los delitos especificados. ¿Cómo se va a hacer que efectivamente la persona que reciba esa sanción no concurra a los partidos? ¿Cómo se va a comprobar que hace lo que tiene que hacer, que es presentarse en la comisaría, según estipula el proyecto?

JZ - El artículo 4º prevé la existencia de un registro que va a llevar el Ministerio del Interior en el que se va a inscribir a todas aquellas personas que estén sancionadas por este tema. Ese registro va a ser la vía que va a facilitar el rápido control del cumplimiento de la norma, o sea que se podrá sacar un listado con la gente que tiene que presentarse para rápidamente poder controlar si se presentó o no.

EC - ¿Eso quiere decir que en la puerta de los estadios se va a tener ese listado y se va a pedir cédula identidad ante una determinada sospecha? ¿Entiendo bien?

JZ - Son mecanismos que la Policía va a tener que llevar adelante, supongo que algo de eso tendrá que hacer. Excede un poco nuestra competencia, que hemos preparado esto en vinculación y conversando con quienes lo van a aplicar, pero los mecanismos policiales concretos de aplicación exceden lo que yo le puedo detallar. Pero va a haber mecanismos policiales de contralor, por supuesto.

EC - Usted explicaba recién que la sanción, que puede llegar a los 120 días si el hombre no es reincidente, se establece para la concurrencia a partidos en los que jueguen los equipos que jugaban el día en que esa persona incurrió en el delito o en la falta. ¿Qué pasa si los disturbios se suscitan en partidos de la selección uruguaya de Fútbol?, pregunta Juan Carlos, de Carrasco Norte.

JZ - Es una buena pregunta. El caso no está previsto a texto expreso, en el camino que todavía queda por recorrer –porque esto va a la Comisión de Deportes de la Cámara de Diputados– se puede aclarar esa situación, y si no se aclara quedará a criterio del juez, que podrá tener dos caminos, o bien que no pueda ir a ver ningún partido de la selección o bien que no se le permita ir a ningún partido de fútbol. Si no hay una prohibición a texto expreso el magistrado tendrá que tomar la decisión de acuerdo a lo que entienda que está reflejando más cabalmente el contenido de la ley.

EC - Pablo, que llama desde Mercedes, pregunta si la ley incluye a los deportistas que protagonizan agresiones o peleas dentro de la cancha.

JZ - Esto está previsto para la gente que integra las llamadas barras bravas, lo que no excluye que alguna norma pueda incluir a los deportistas. Pero por su contenido es evidente que está dirigido más bien a la gente de afuera, la prohibición de asistir a los partidos se está refiriendo a eso. Lógicamente, si una persona que participa como jugadora o en otra función en un partido, comete un delito, va a tener que responder por lo que haya hecho, esto es así ahora y lo seguirá siendo.

EC - El proyecto está dirigido a la violencia en los espectáculos deportivos, no sólo a los espectáculos de fútbol, en particular también abarca al básquetbol, por citar un ejemplo.

JZ - Sí, e incluso, por su redacción, puede abarcar también un concierto de rock, porque habla de espectáculos públicos.

EC - ¿Cómo opera en ese caso la sanción complementaria de la que hemos venido hablando y que es la clave del proyecto, la prohibición de concurrir a espectáculos, en este caso musicales, durante un cierto lapso?

JZ - Es más difícil la implementación de la norma porque no tienen una continuidad en el tiempo como la tienen los campeonatos de fútbol durante los cuales todos los fines de semana se disputan fechas y demás. Pero la norma en definitiva alcanza también espectáculos públicos.

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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Mauricio Erramuspe