Juez chileno: extradiciones no afectan soberanía sino que avanzan en el Derecho
El juez Alejandro Madrid, que entiende en el expediente que se sigue en Chile por el asesinato de Eugenio Berríos y solicitó la extradición de tres militares uruguayos, afirmó que su investigación no es una persecución política. Agregó que el traslado de los militares "no significa ningún menoscabo a la soberanía de un país sino que, por el contrario, es un avance en el Derecho Internacional".
(Emitido a las 9.10)
EMILIANO COTELO:
En estos precisos momentos, un avión de la Fuerza Aérea Uruguaya traslada a Santiago de Chile al coronel retirado Tomás Casella, el coronel Wellington Sarli y el teniente coronel Eduardo Radaelli.
Después de varias idas y venidas en los tribunales uruguayos, estos tres oficiales del Ejército de nuestro país son extraditados a Chile, donde ya fueron procesados en ausencia por los delitos de asociación ilícita y secuestro en el expediente del asesinato de Eugenio Berríos, el químico y agente de la policía secreta de Pinochet, cuyo cuerpo fue encontrado con dos balazos en la cabeza en una playa de El Pinar en 1995.
Las preguntas que surgen ahora son múltiples y tienen que ver, sobre todo, con cómo continuará el proceso en Chile. Para saberlo, estamos en diálogo con el juez Alejandro Madrid, ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, que lleva la investigación del asesinato de Berríos.
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Doctor Madrid, supongo que para usted hoy es un día muy especial porque, después de varios años de gestiones ante los tribunales uruguayos, finalmente se está concretando la extradición de estos tres militares.
ALEJANDRO MADRID:
Sí, evidentemente es un día especial, se cierra un capítulo largo y comienza otro en esta investigación que ha tenido bastante dificultades pero que felizmente se han podido establecer ciertos hechos que han servido de fundamento para enjuiciar a determinadas personas chilenas y a estos militares uruguayos.
EC - Estamos a 11 años del hallazgo de los restos de Berríos en una playa uruguaya, a 13 años del episodio de la comisaría de Parque del Plata... ¿y a cuántos años del comienzo de la investigación de la justicia chilena?
AM - En el año 91 empezó, cuando desapareció Eugenio Berríos.
EC - Usted, en particular, ¿cuántos años tiene en este expediente?
AM - Yo me hice cargo de esto en el año 2003.
EC - ¿Cuáles son los pasos a seguir de ahora en más, una vez que Radaelli, Sarli y Casella lleguen a Chile? ¿Dónde van a quedar recluidos?
AM - Mientras se realizan las diligencias pertinentes del proceso, dos de ellos quedarán recluidos en establecimientos militares, que son los militares uruguayos que están en servicio activo, y el militar que está jubilado va a quedar en una dependencia de Gendarmería, en la Escuela de Oficiales de Gendarmería.
EC - Es el caso del coronel retirado Tomás Casella.
AM - Es el caso del coronel Casella.
EC - Y Sarli y Radaelli en dependencias militares; ¿en cuáles?
AM - En distintas dependencias militares van a quedar.
EC - Hay dos cárceles especiales para militares del Ejército chileno, ¿no?
AM - Sí, pero hay otras dependencias que también son adecuadas para ese fin, según me informó el comandante en jefe del Ejército chileno, así que van a quedar Sarli en el Haras Nacional, que es un Regimiento de Caballería, y Eduardo Radaelli en un cuartel de dependencia del Batallón de Policía Militar Chilena.
EC - ¿A qué distancia de Santiago se encuentran esos dos lugares?
AM - Relativamente cerca, a 10, 15 minutos del centro de Santiago.
EC - El hecho de que dos de ellos terminen alojados en recintos militares, ¿no implica alguna forma de privilegio?
AM - No, porque van a estar separados, no van a estar juntos, por lo menos mientras realizo los interrogatorios y las diligencias pertinentes con ellos. Lo que interesa es que estén sujetos a la Justicia y lo van a estar en un rato más.
EC - Se lo preguntaba, entre otras cosas, porque, según versiones de prensa, dos altos militares uruguayos viajaron a Chile hace poco para verificar dónde serían recluidos Radaelli, Casella y Sarli. Esa visita fue cuestionada, por ejemplo, por el abogado de la familia del ex presidente Eduardo Frei, que dijo que ese tema sólo debería depender de la Justicia.
AM - Sí, ha dependido de la Justicia. Por lo que tengo entendido, vinieron a contratar una defensa para los militares uruguayos, es lo que me manifestó uno de los oficiales uruguayos que además de militar tiene la calidad de abogado. En ningún caso ellos vinieron a hacer una presión ni mucho menos. Y la decisión final respecto del lugar de reclusión me ha correspondido a mí y yo no se la he comunicado a nadie, usted es la primera persona en saberla porque aquí tampoco lo saben y no lo puedo decir hasta que no se lo comunique a ellos.
EC - Es interesante, es lo primero que le pregunté porque había mucha especulación sobre cuáles iban a ser los lugares de reclusión.
AM - Claro, porque manejé varias alternativas, entonces tengo que ver también la forma de cumplir como corresponde los fines del proceso y a la vez cautelar la dignidad de ellos.
EC - El hecho de que el traslado se haya realizado en un avión de la Fuerza Aérea Uruguaya, ¿es habitual en estos casos?
AM - Eso no depende de mí, ya es a nivel de Cancillería. Ahí ya funcionan los Estados, entonces la parte judicial, que es la que me corresponde a mí, no tiene ninguna injerencia.
EC - Estos tres militares ya fueron procesados en ausencia en Chile.
AM - Sí, pero recuerde que yo fui hace un par de años a Uruguay y participé en el interrogatorio a ellos que se realizó en el juzgado de Pando, como espectador, porque el que realizó la diligencia fue el juez uruguayo Pedro Salazar. Así que declaración de ellos hay, el hecho de que hayan sido procesados en ausencia se debe a que están radicados en su país de origen.
EC - Han sido procesados en ausencia por los delitos de asociación ilícita y secuestro.
AM - Exactamente.
EC - ¿Qué implica esa situación procesal?
AM - Implica que ahora la primera diligencia que tengo que hacer es ponerlos en antecedentes y notificarlos a ellos personalmente. Tienen que designar abogado para su defensa en este acto, y si no lo tienen en este momento les queda designado un oficio de turno. Ahí pueden apelar el procesamiento a un tribunal superior; en este caso yo, que tengo la calidad de ministro de la Corte de Santiago, actúo como tribunal unipersonal, soy la primera instancia en este asunto. Si ellos presentan un recurso de apelación, conoce la materia una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, obviamente con exclusión de mi persona, y tienen derecho a hacer todas las presentaciones que se estimen pertinentes.
EC - Estas puntualizaciones son importantes porque una de las condiciones que puso el juez en lo penal de 2º turno Gustavo Mirabal para conceder la extradición fue que en Chile se garantizara la posibilidad de presentar recursos ordinarios y extraordinarios contra el auto de procesamiento.
AM - Obviamente, eso está fuera de duda, y el doctor Mirabal lo sabe también, él tuvo la deferencia de llamarme un tiempo atrás, una vez que los militares uruguayos ya habían ingresado a un recinto militar como detenidos. Estamos hablando de dos países en los que rige en plenitud el Estado de derecho, así que está fuera de duda que el proceso al que van a ser sometidos ellos se enmarca dentro de las normas jurídicas pertinentes.
EC - ¿Qué elementos existieron, con qué elementos contó usted para dictar los procesamientos por los delitos de asociación ilícita y secuestro?
AM - Numerosos elementos. Estos procesos tienen más de 30 tomos de expedientes de investigación, cuadernos anexos, montones de documentos y montones de testimonios que están anexados a estos expedientes. Hay numerosos antecedentes que justifican que estos militares uruguayos en concierto con militares chilenos proveyeron refugio a prófugos de la Justicia chilena en ese momento, cuando en Chile recién iniciaba su mandato un régimen democrático después del término del gobierno militar. Esa es la responsabilidad que se les atribuye, haber tenido participación en esa asociación, que al margen de los mandos por lo menos en Chile, de la institucionalidad del Ejército, se constituye en una asociación ilícita para cometer crímenes o simple delito y funciona proporcionándoles refugio a prófugos de la Justicia. En eso tuvieron participación ellos y posteriormente en mantener a este señor, como les consta a ustedes por los sucesos de la comisaría de Parque del Plata.
EC - Pero en particular, ¿están constatados, por ejemplo, viajes de estas personas a Chile antes de que ocurrieran los hechos de Montevideo y Parque del Plata?
AM - Sí, exactamente; por lo menos algunos de ellos tienen una relación con Chile de larga data, con los Servicios de Inteligencia chilenos.
EC - ¿Hay alguna constancia de que en esos viajes se haya trabajado para la coordinación de estos operativos?
AM - La coordinación existió desde el momento en que los uruguayos fueron los que le proporcionaron departamento y permitieron la custodia y el menoscabo de su soberanía por militares chilenos, que estaban ahí realizando un papel de custodia de una persona que estaba secuestrada.
EC - Usted dijo al pasar que a estas personas se las procesa por haber colaborado en un operativo de protección e incluso secuestro de "prófugos" de la justicia chilena. Si yo escuché bien usted manejó el plural.
AM - Sí, porque no sólo estuvo Berríos en Uruguay.
EC - ¿Qué otros nombres?
AM - Hubo otras personas, como Carlos Herrera, que es un enjuiciado por un crimen de un dirigente sindical chileno, Jiménez, que posteriormente viajó a Argentina, de donde fue expulsado y está cumpliendo condena a presidio perpetuo en la cárcel de Punta Peuco, en Chile. Era un mayor del Ejército chileno que participó, entre otros, en ese crimen. Y también le habían dado refugio a Arturo Sanhueza Ross, otro militar del Ejército chileno que pertenecía a un organismo represivo del gobierno militar, que era la CNI, y que tiene condena por distintos delitos acá en Chile, por crímenes, asesinatos. Así es que ellos estaban muy conscientes de quiénes eran las personas a las que les daban refugio.
EC - Estos tres militares también están involucrados en esos otros casos.
AM - Claro, pero el tema de ellos en materia de extradición dice relación con el caso mío. Esos son otros casos; si los jueces que sustancian esos casos necesitan que presten declaración o que sean requeridos los militares uruguayos, tendrán que hacer el mismo trámite que se realizó en este caso. Obviamente depende de la Justicia uruguaya su comparecencia en esos otros asuntos.
EC - Yo le preguntaba por el plural que usted utilizó, entre otras cosas porque hoy el diario El Observador, de Montevideo, dice que "Augusto Pinochet Iriart, hijo del ex dictador chileno, estuvo en Uruguay entre 1993 y 1994 ocultándose del requerimiento de la Justicia de su país". ¿Usted tiene esta información y vincula de algún modo esa presencia también con estos operativos?
AM - No, tengo la información de que estuvo fuera de Chile la persona que usted nombra pero no específicamente relacionada con los militares extraditados. No tengo esa información. Me gustaría que quedara bien claro este asunto, porque la justicia uruguaya extradita a estos tres militares por un caso específico, y yo tengo que moverme dentro de ese marco, en el fondo hay una delegación de la actividad jurisdiccional de Uruguay en Chile. Y como esto se maneja dentro de los marcos de un debido proceso legal en un Estado de derecho, yo no puedo estar enjuiciando o atribuyendo responsabilidad a los extraditados en otros casos. Los que están a cargo de esos casos tendrán que realizar las mismas actividades que hice yo y solicitar esto, pedirle a la Justicia uruguaya autorización para interrogarlos, etcétera. En eso voy a ser muy celoso y es la garantía de que el proceso se va a llevar dentro de los marcos que corresponde. No se trata de empezar a hacer incriminaciones al ser extraditados, porque fueron extraditados dentro del marco de un proceso que la Justicia uruguaya conoce en sus diversas instancias, el doctor Mirabal en primera instancia, la Cámara de Apelaciones en segunda y después la excelentísima Corte Suprema uruguaya. Es en ese marco de ese proceso, de ese juicio de extradición que yo me muevo y que se movió la Justicia uruguaya y me autorizó para proceder a mí.
EC - Entiendo, son precisiones importantes.
AM - Claro, me interesa que quede muy claro eso porque no se trata de persecuciones ni de actividades de tipo político. Yo estoy absolutamente al margen de eso y mi actuación se enmarca solamente dentro del ámbito jurisdiccional, y eso es la garantía para la Justicia uruguaya, que yo voy a proceder de esa manera, y también para la Justicia chilena, porque se tiene que realizar dentro del ámbito legal que corresponde.
EC - Concentrándonos en el caso Berríos a partir de estas puntualizaciones que usted hacía, uno de los temas más oscuros de este caso es el origen del operativo de secuestro-protección que se montó durante la estadía de Berríos en Uruguay. Parece claro que en aquellas actividades intervinieron militares chilenos y uruguayos.
AM - Claro, y piense usted que respecto de eso mismo yo ya he hecho la apreciación y también conoce el caso un tribunal superior al que yo encabezo, que es una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que me ordenó que abriera un cuaderno de desafuero con respecto al comandante en jefe del Ejército chileno de ese tiempo, que es el general Pinochet. Así que también el proceso se refiere a ese aspecto.
EC - Eso si lo miramos desde el lado chileno; yo iba a preguntarle por lo mismo que usted acaba de aclarar pero del lado uruguayo. ¿Se trató de una operación coordinada entre los Ejércitos o las Fuerzas Armadas de los dos países, o fue algo informal montado por grupos de militares actuando al margen de las instituciones que integraban?
AM - Los antecedentes que se sirvieron de base para pedir la extradición en ese momento apuntan a lo último, sin perjuicio de que hubo exhortos para interrogar a militares de rango superior a los extraditados.
EC - Por ejemplo, en cuanto a los delitos de asociación ilícita y/o secuestro de Berríos, ¿no ha detectado usted indicios de responsabilidad de las jerarquías del Ejército uruguayo de la época?
AM - O sea, conocimiento de la jerarquía sí existió, y eso les consta a ustedes porque incluso hubo una investigación del Congreso uruguayo en su tiempo, en el marco de la cual fueron interpelados los ministro del Interior y de Defensa que se desempeñaban en esa época. Tuvo conocimiento el presidente de la República de Uruguay en ese tiempo, así que antecedentes respecto de eso hay, pero eso es en el ámbito global, pero en el ámbito específico de responsabilidad lo que yo he señalado apunta a estas personas que fueron las que tuvieron participación directa. Ahora tendrán que declarar ellos acá, pero sobre la parte de responsabilidad de otros no puedo aventurar ningún juicio.
EC - ¿Cabe la posibilidad de que sean sobreseídos Radaelli, Casella y Sarli?
AM - No, porque están sometidos a proceso salvo que el tribunal superior dejara sin efecto esa resolución. En el ámbito procesal cabe esa posibilidad de que dejaran sin efecto la resolución que yo dicté si ellos dedujeran recurso de apelación y quedaran en libertad por falta de mérito, en cuyo caso quedarían sobreseídos, pero si no ocurre eso el juicio tendrá que seguirse en todas sus etapas hasta dictar de la sentencia definitiva, en la cual también existe la posibilidad de que sean absueltos de uno o de ambos ilícitos por los que están sometidos a proceso. Yo no lo puedo sopesar, ponderar en este momento porque el juicio está en la etapa de sumario. Por eso le decía que es un paso muy importante que se concreta con la colaboración de la Justicia uruguaya para poder terminar este asunto y después de las diligencias pertinentes con ellos y otras que tengo pendientes en ese caso, cerrar el sumario, desarrollar el juicio propiamente tal para que ellos puedan hacer valer todos sus antecedentes en pro de su defensa y después dictar la sentencia a mayor brevedad posible.
EC - Le hacía estas preguntas porque especulaciones que circulan aquí dicen que la extradición de estos militares tiene como objetivo armar el puzzle del asesinato de Berríos y definir las responsabilidades en Chile. Y que en la medida en que Radaelli, Casella y Sarli colaboren en la investigación, su situación puede derivar eventualmente en una absolución.
AM - Eventualmente, en el momento en que ellos colaboren con la investigación, que está en su etapa final, las responsabilidades quedan acotadas. Eso se da no sólo para Casella, Radaelli y Sarli sino para cualquier persona que está sometida a proceso. Si pretenden ocultar antecedentes para favorecer a terceros, es responsabilidad de ellos, pero en la medida en que ellos acoten bien sus responsabilidades y dentro de ese ámbito se desarrollen las diligencias que quedan, va en pro de ellos para que esto se termine luego, y va en pro de la investigación que realiza la Justicia chilena.
EC - Usted al pasar dijo recién en qué etapa se encuentra actualmente esta investigación.
AM - Claro, está en sumario, tras larguísimos años, usted al principio señaló el largo tiempo que lleva está investigación que ya está en su etapa conclusiva, pienso yo.
EC - ¿Cuántas personas han sido procesadas?
AM - Trece.
EC - ¿Vinculadas con el secuestro o con el asesinato?
AM - La mayoría vinculada con el secuestro y también con el asesinato de un militar chileno.
EC - ¿Ya está identificado el asesino, el autor material?
AM - Por lo menos se le han hecho cargos como autor del delito de secuestro con resultado muerte, que es Arturo Silva Valdez.
EC - ¿Está avanzado saber si fueron manos chilenas o uruguayas las responsables del homicidio?
AM - Está avanzado en la parte chilena, vamos a ver ahora en la parte uruguaya.
EC - ¿En el expediente chileno queda claro que los militares uruguayos no participaron en el asesinato en sí?
AM - No, eso no lo puedo afirmar.
EC - Los centros sociales militares de nuestro país han rechazado de manera terminante esta extradición que acaba de concretarse, y en un comunicado que emitieron el mes pasado plantearon varias inquietudes y denuncias respecto del procedimiento. En particular ese comunicado dice: "Desde su origen la solicitud de extradición fue montada en Chile en base a: policía secreta operando en nuestro país, compra de un testigo, falsificación de documentos, alteración de pruebas, presiones a nuestros camaradas y familiares y el inexcusable error del juzgado de Pando al registrar la fecha del inicio de las actuaciones habilitando la prevención de la Justicia chilena". ¿Qué responde usted por lo que pueda corresponderle de estas denuncias de irregularidades en la actuación judicial?
AM - Yo no emito juicios sobre la declaración que hagan los centros de militares jubilados en Uruguay, pero sí le puedo precisar que aquí no ha habido ninguna policía secreta que haya ido a desarrollar actividades clandestinas en Uruguay, en forma absolutamente transparente se hicieron investigaciones por gente de INTERPOL con el conocimiento de la Policía uruguaya, INTERPOL Uruguay, con el conocimiento del juez uruguayo, siempre con el conocimiento de los propios procesados, a quienes jamás se violentó en ninguno de sus derechos, y si ellos quisieron prestar testimonio lo hicieron voluntariamente y si no lo quisieron hacer no lo hicieron, porque los testimonios oficiales que valen en el juicio son los que se hicieron ante el juez uruguayo en el marco de un exhorto en el que yo comparecí como asistente, como espectador, y el papel principal lo tuvo la Justicia uruguaya. Ese es el antecedente que sirvió de base para solicitar la extradición, no otro. Que hayan existido amenazas, jamás. Por el contrario, la gente que declaró en el tribunal uruguayo se sentía amenazada, ellos se sentían amenazados, incluso había habido contra uno de los principales testigos actuaciones como colocación de explosivos y amenazas realmente graves para la integridad física propia y de su familia. Yo lo presencié en ese momento.
EC - ¿Amenazas de qué origen?
AM - Amenazas que habían sufrido estas personas que eran testigos presenciales del hecho que ocurrió en la comisaría de Pando.
EC - ¿Pero amenazas de qué origen?
AM - Me parece que a uno de los testigos principales le colocaron un explosivo en su casa, una bomba. Eso lo tiene que saber la prensa uruguaya.
EC - Sí, estaba tratando de recordar a qué episodio hacía referencia.
AM - Esas amenazas las tiene que conocer la prensa uruguaya. Entonces me parece muy extraño que se alegue que en sentido contrario se hayan hecho amenazas. Ninguna amenaza, yo me rijo por la norma del Estado de derecho, por las normas legales y no actúo de otra forma. Y me parece que ambos países actúan de esa forma.
EC - En el mismo comunicado del Centro Militar y el Círculo Militar se manifiesta algo que ha formado parte del debate a propósito de esta extradición, incluso del debate dentro de la propia izquierda uruguaya, dentro del propio partido de gobierno, el hecho de que esta extradición se concreta cuando la Justicia uruguaya archivó estas investigaciones, dicen los centros militares que se "pasó por alto el pronunciamiento del Juzgado de Pando, el que, después de una exhaustiva investigación de los hechos, ordenó archivar al expediente por falta de mérito para inculpar a nadie".
AM - Usted tiene que ver la parte judicial del asunto. Por lo que tengo entendido, la resolución de archivo del magistrado de Pando es bien decidora al respecto de que archivó la causa por el procedimiento que ustedes tienen de que la acción penal radica en el Ministerio Público, la fiscal solicitó el archivo y él se vio obligado a hacer eso a pesar de que él mismo reconoce que en los antecedentes que investigó había elementos de juicio suficiente para enjuiciar a los militares uruguayos.
EC - Sí, hubo un cambio de titular en el juzgado a cargo de esta causa.
AM - Sí, yo le estoy hablando de la resolución dictada por el juez doctor Pedro Salazar.
EC - Que fue el último juez que intervino en la causa.
AM - Que fue el último juez. Y me parece, por lo que he visto en las noticias, que incluso se va a investigar por parte de la Corte Suprema uruguaya la conducta de jueces anteriores. Porque el mismo juez, el doctor Salazar, hace referencia al entorpecimiento que existió en esa investigación, las dificultades que se produjeron por sus antecesores, o algunos de ellos específicamente. Por las noticias que tenía yo, me parece ha existido o existe en este momento en curso una investigación de la Corte Suprema uruguaya relativa al desempeño de algún magistrado que sustanciación la causa.
EC - Sí, efectivamente.
AM - Entonces decir que es un antecedente, como haciendo valer que no existe ningún elemento de juicio en Uruguay y que eso significó el archivo del expediente, es algo absolutamente erróneo. Elementos de juicio en Uruguay había bastantes, lamentablemente no se pudo arribar a buen puerto ahí, pero la cooperación entre las justicias de Uruguay, de Chile y de todos los países de América va a significar siempre un avance en pro de la Justicia. Y en ese marco y en ese entendido yo asumo esta responsabilidad.
EC - ¿Cuándo serán sus primeras actuaciones, cuándo ocurrirán los primeros interrogatorios?
AM - Tengo que recibirlos primero, los recibo por el procedimiento habitual en Chile, ellos llegan a cargo de la Corte Suprema chilena, y la Corte Suprema hace entrega de los extraditados al tribunal que yo encabezo y ahí empezaré a realizar las diligencias que sean necesarias.
EC - ¿Tiene alguna fecha prevista, algún cronograma previsto?
AM - No, a la mayor brevedad posible, pero si vienen viajando hoy día, tendrán que primero llegar al lugar donde van a permanecer y después yo empezaré a actuar. Obviamente les voy a hacer las notificaciones que le señalé hoy día mismo.
Ojalá que la ciudadanía uruguaya esté bien clara en este asunto. Yo he contestado sus preguntas de la manera más clara posible y pienso que esto no significa ningún menoscabo a la soberanía de un país sino que, por el contrario, significa un avance en el Derecho Internacional en aras de que las justicias de nuestros países de América colaboren, y también significa que no exista impunidad respecto de esos delitos que se cometen en un país y se consuman en otro, porque las justicias de todos nuestros países están unidas para resguardar los estados de derecho.
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Edición: Mauricio Erramuspe