Comunicado de la Suprema Corte de Justicia tras la liberación del detenido por el hallazgo de explosivos en Rocha
"La Justicia resolvió liberar al poseedor, pero continuará indagaciones por hallazgo de trotil
Montevideo, 31 de agosto de 2006, de DICOMI-SCJ.- El Juez de Paz Departamental de Chuy, Dr. Juan Benítez Caorsi, subrogando al Juez Letrado de 2º Turno de esa misma localidad, dispuso hoy la libertad de J.A., quien fuera detenido el martes 29 de agosto, en oportunidad de allanarse su domicilio en Punta del Diablo, donde se encontraron 1.500 gramos de trotil (sustancia explosiva) que fueron incautados y remitidos al Servicio de Materiales y Armamentos de Rocha para su análisis.
El allanamiento dispuesto tenía otros objetivos que no se concretaron, pero el hallazgo del protil en una caja, distribuido en quince bolsitas plásticas conteniendo cien gramos cada una, llamó la atención del personal encargado del operativo. Junto con la sustancia se halló un texto manuscrito con la palabra "protil", que viene siendo objeto de peritaje caligráfico.
J.A. declaró haber hallado la sustancia explosiva en la playa. También fue indagado su hermano, no hallándose elemento alguno que lo vinculase con la tenencia de esa sustancia por parte de J.A., siendo descartado de la investigación.
De acuerdo con los peritajes realizados sobre la sustancia incautada, se trata de un explosivo con mucha antigüedad (unos cuarenta años). Desde hace unos quince años no existe trotil en nuestro país bajo la forma (o presentación) en que fue hallado en la finca de Punta del Diablo.
Existe un antecedente similar que data del año 2001, cuando las autoridades hallaron cuatro quilos de este explosivo en La Paloma.
El potencial explosivo del material hallado equivale al que podría desarrollar una bala de cañón, con el poder suficiente para derribar una pared.
No se hallaron detonadores. Sin ellos no es posible hacer estallar esta sustancia que tiene gran estabilidad.
También se halló en el domicilio de J.A. literatura histórica referida a Adolf Hitler que fue incautada. Esta bibliografía estaba junto a otros libros varios, algunos de los cuales referían al marxismo y la masonería. No se encontraron elementos con simbología neonazi (banderas, cartelería, etc.) como se aseguró a través de algunos medios de comunicación.
Las indagatorias policiales descartaron que J.A. tuviera alguna vinculación con movimientos políticos de ultraderecha o agrupaciones de perfil similar.
De acuerdo con lo expuesto, el magistrado no halló indicios firmes que pudieran configurar el componente subjetivo (finalidad de "atentar contra la seguridad pública") establecido por el art. 209 del Código Penal, resolviendo la libertad de J.A. sin perjuicio. Concomitantemente se dispuso el cierre de fronteras en forma preventiva para asegurar la sujeción del indagado a la investigación en curso, que seguirá adelante.
Dr. Raúl Y. Oxandabarat
Director de la División de Comunicación Institucional- SCJ"