La prisión de Bordaberry
El lugar donde será recluido el ex dictador Juan María Bordaberry ya comenzó a ser debatido. Es que su defensa pedirá la reclusión domiciliaria alegan problemas de salud. El siguiente informe de En Perspectiva repasa los distintos argumentos en danza.
EMILIANO COTELO:
El lugar de reclusión del ex dictador Juan María Bordaberry será una de las cuestiones más discutidas de los próximos días respecto a este caso. Su familia ya anunció que pedirá su prisión domiciliaria por motivos de salud.
Con 78 años, Bordaberry sufre varias afecciones que podrían verse agravadas con la reclusión, según sostienen sus familiares.
ANDRÉS GIL:
Repasamos. Juan María Bordaberry fue operado recientemente de polipos cancerígenos en el estómago. Además, padece una neumonía crónica (hoy tiene un solo pulmón en funcionamiento) y una hernia hiatal que lo obliga a dormir sentado,
Estos son los argumentos que incluirá un informe médico que será presentado ante la Justicia para justificar el pedido.
EC - Pero, ¿están dadas las condiciones para que Bordaberry pueda eludir la cárcel? ¿Cuál es la normativa que regula estas cuestiones? Veamos que dice la legislación a tener en cuenta en este tema.
AG - En setiembre de 2005 se aprobó la polémica ley número 17.897 de Libertad provisional y anticipada, conocida también como de "humanización" del sistema carcelario. Esta ley dispuso la liberación por única vez de centenares de presos como forma de descongestionar las cárceles, pero también incorporó algunas modificaciones a la legislación penal.
En su artículo 8 se modifica el artículo 131 del Código del Proceso Penal. Allí se establece que si la prisión provocara un perjuicio evidente para un imputado que sufriere a una enfermedad grave el juez podrá disponer, tras un peritaje médico, la prisión domiciliaria u otras medidas asegurativas. La persona procesada deberá volver a su lugar de reclusión cuando cesen cualquiera de las hipótesis previstas anteriormente.
EC - La misma ley en su artículo 9 establece que el juez podrá disponer la prisión domiciliaria en el caso de los procesados mayores de 70 años, cuando no exista peligro para la investigación.
AG - Sí, pero también dispone que esto no será aplicable cuando existan las circunstancias agravantes especiales y muy especiales previstas en los artículos 311 y 312 del Código Penal. También alude como agravantes a los delitos enumerados en el Estatuto de Roma, que fue ratificado por Uruguay en junio de 2002. Allí se mencionan, entre otros, los crímenes de lesa humanidad, el asesinato, la desaparición forzada y la persecución.
EC - Varias de estas hipótesis podrían alcanzar a Bordaberry, por lo cual en los próximos días podría plantearse un contencioso por su lugar de reclusión. Ante el pedido de la defensa de Bordaberry del beneficio de la prisión domiciliaria se deberá dar una serie de pasos procesales.
AG - El primer aspecto a definir será el estado actual de salud por parte de una junta médica ordenada por el juez de la causa. En función de su resultado el magistrado podrá acceder al pedido o insistir en la reclusión que él mismo disponga.
EC - Ante esta resolución, la defensa podrá apelar la decisión, por lo cual el asunto pasaría a un Tribunal de Apelaciones. Será este el que resuelva en definitiva, ya que se trata de una apelación del auto de prisión, por lo que es una instancia interlocutoria y no definitiva del proceso.
AG - Más allá de estas cuestiones, Bordaberry se encuentra por el momento recluido en el cuarto piso de la Cárcel Central, junto con el ex canciller Juan Carlos Blanco y los ocho militares y policías acusados por delitos durante la dictadura.
EC - Sobre las condiciones inmediatas de reclusión, el subsecretario del Ministerio del Interior, Juan Faroppa, dijo que se definirán en base al reglamento interno sobre el destino de los presos aprobado hace poco meses.
Según ese texto, "debe hacerse un estudio del perfil de la persona privada que de la libertad, su entorno y los riesgos que puede llevar a que esté en otro centro de reclusión, luego de ello se saca una conclusión", dijo Faroppa.
El ministro José Díaz advirtió ayer que, durante el período de prisión previsional, el tratamiento para Bordaberry será "todo igual que para los demás delincuentes".