Edicto de Fuego: hasta abril se prohiben las fogatas
La Dirección General de Bomberos puso en vigencia, desde este viernes y hasta el 18 de abril de 2007, el Edicto de Policía del Fuego, un paquete de normas preventivas para evitar incendios forestales. Estas medidas prohiben, fundamentalmente, la realización de fogatas y quemas en los predios forestados del país, a cualquier hora del día o de la noche, y por cualquier motivo.
Bombero señaló que merece especial consideración esta prohibición en la franja costera, a una distancia de 20 kilómetros hacia dentro del territorio.
Las personas infractoras serán sancionadas con penas importantes, que irán hasta con pena de cárcel.
Sólo se puede hacer fuego en churrasqueras o en fogones autorizados. Está prohibido hacer fogones de piso, deberán realizarse únicamente en espacios expresamente autorizados, dentro de un área circular de cinco metros de diámetro libre de malezas, hojarascas y otros elementos combustibles, según aconseja Bomberos.
El director nacional de Bomberos, Hugo Romeo explicó: "El edicto es una faz precautoria de las ocho brigadas que vamos a tener distribuidas exclusivamente para incendios forestales. Es para marcar un efecto de precaución, de que en este país desde el 1º de diciembre hasta después de Semana Santa no se puede encender fuego. No se pueden hacer quemas, limpiezas... Nadie puede prender fuego. Tenemos un plan de vigilancia muy ambicioso, de recorridas con motos y camionetas y al que veamos que está encendiendo fuego vamos a dar intervención policial".