Documentos

Documento: aclaración de la Suprema Corte sobre el procesamiento de Bordaberry dictado por la jueza Graciela Gatti

Sobre el nombre de las personas cuya muerte refiere el auto de procesamiento dictado por la Dra. Gatti

Montevideo, 21 de diciembre de 2006, de DICOMI-SCJ.- La Jueza Letrada en lo Penal de Primer Turno, Dra. Graciela Gatti, resolvió ayer el procesamiento de Juan María Bordaberry tipificándole diez delitos de homicidio especialmente agravados en reiteración real, en calidad de co-autor.

A efectos de disipar algunas dudas surgidas ayer con relación a la lista de nombres de las personas cuya muerte se imputó al procesado aportamos los siguientes datos que pueden resultar de utilidad en la labor de los comunicadores.

En su resolución la Dra. Gatti establece que el Ministerio Público y Fiscal, con fecha 23 de octubre de 2006, solicitó el enjuiciamiento y prisión del indagado (J. M. Bordaberry) imputado del delito de atentado a la Constitución (arts.54, 60 y 132 nral. 6 del C.P.), en calidad de autor, en reiteración con reiterados delitos de privación de libertad especialmente agravados, en calidad de coautor (art. 54, 61 numeral 1 y 281 del C.P.) en reiteración real con dos delitos de homicidio muy especialmente agravados (arts. 310 y 312 nral. 1 del C.P.) todo lo cual resulta de fs. 1375 a 1392.

En su escrito la Fiscal establece que la prueba producida "resulta suficiente para un pronunciamiento sobre el mérito, por cuanto surge probado con un alto grado de certeza" que el Sr. Juan María Bordaberry ha incurrido en los delitos que incluye en su solicitud de procesamiento (aunque no detalla el número en el caso de los delitos privación de libertad).

En la décima y undécima páginas de dicho documento, la Fiscal menciona como "personas desaparecidas en Uruguay durante el régimen dictatorial de Bordaberry" a las siguientes:

José Arpino Vega
Eduardo Pérez Silveira
Olivar Lauro Sena Rodríguez
Luis Eduardo González González
Eduardo Bleir Horovitz
Juan Manuel Briela
Fernando Miranda Pérez
Carlos Pablo Arévalo Arispe
Julio Gerardo Correa Rodríguez
Otermín Laureano Montes de Oca Doménech
Horacio Gelós Bonilla
Ubagesner Chaves Sosa

A continuación, la Fiscal establece que: "En suma, son nueve personas desaparecidas y, en principio, dos asesinatos a consecuencia de las torturas a las que fueron sometidos". Pero yerra en este recuento final, puesto que la lista contiene doce nombres.

En la foja 61 de su resolución, la Dra. Graciela Gatti considera "acreditado semiplenamente que, como consecuencia de la detención y tortura a que fueron sometidos y en función del régimen instaurado por Bordaberry, sin el cual estos delitos nos se hubieran cometido, que fallecieron en manos de las FFAA, mientras aquél se encontraba al frente de la Presidencia, las siguientes personas:

José Arpino Vega
Eduardo Pérez Silveira
Luis Eduardo González
Juan Manuel Brieba
Fernando Miranda Pérez
Carlos Pablo Arévalo Arispe
Julio Gerardo Correa Rodríguez
Otermín Laureano Montes de Oca Domenech,
Horacio Gelós Bonilla
Ubagesner Chávez Sosa

La lista incluye diez nombres que se corresponden con la imputación realizada por la Dra. Gatti de diez delitos de homicidio especialmente agravados en reiteración real, en calidad de co-autor.

La magistrada no efectúa imputación por las muertes de Eduardo Bleier y Olivar Sena por las siguientes razones:

1) Eduardo Bleier: su fallecimiento se produjo cuando el indagado ya había cesado en el cargo de Presidente de la República

2) Olivar Sena: la prueba diligenciada hasta el presente a su respecto resulta claramente insuficiente.

 
Atentamente.
 
 
Dr. Raúl Y. Oxandabarat
Director de la División de Comunicación Institucional- SCJ