Sobre los camiones con publicidad
Hola a todos:
Respecto al comentario de Rosario sobre los camiones de publicidad estacionados en la rambla, y en otros lugares de Montevideo, les informo que el Reglamento Nacional de Circulación Vial (Decreto 118/984 de 23 de marzo de 1984), ya preveía la prohibición de este tipo de publicidad.
En efecto el art. 25.8 dispone que en carreteras y caminos está prohibido conducir o estacionar un vehículo, animal o cualquier otro dispositivo con el fin único o principal de publicidad, así como el uso de altoparlantes, carteles, pantallas u otros artefactos colocados a tal efecto.
Por su parte, el Reglamento Nacional para la colocación de Avisos Visibles en rutas nacionales (Decreto Nº 378/996 de 25 de setiembre de 1996), en su art. 3º, dice " Queda prohibida toda clase de propaganda y avisos en la faja de dominio público, desde puntos fijos o móviles, ya sea escrita, sonora o aromática, y el lanzamiento de los avisos llamados volantes".
Como pueden apreciar, hace muchos años que en rutas nacionales (jurisdicción del MTOP) ese tipo de publicidad está prohibido.
Saludos.
Ruben