Polémica por traslado de los hermanos Peirano al Comcar
La decisión presidencial de trasladar a los hermanos Peirano de Cárcel Central (foto) al Comcar suscitó una polémica entre el gobierno y la defensa. El abogado, Diego Camaño, consideró que Vázquez no tiene competencia. En tanto, el director de Cárceles, Enrique Navas, afirmó que sí la tiene ya que es el Poder Ejecutivo el que determina el destino de los presos. "Esos favoritismos desparecerán", agregó.
(Emitido a las 7.36)
EMILIANO COTELO:
"El presidente Tabaré Vázquez ordena que los hermanos Peirano Basso sean trasladados de Cárcel Central al Comcar". La noticia sorprendió ayer desde la portada de algunos matutinos, concretamente lo planteaba en esos términos el diario La República, aunque también otros diarios informaban de la intención del primer mandatario de que los ex banqueros no continuaran pasando su prisión en Cárcel Central, sin especificar cuál sería el destino.
Desde temprano en la mañana procuramos obtener la confirmación de esos trascendidos, pero no fue posible tener declaraciones del ministro del Interior, del subsecretario, tampoco del director nacional de Cárceles. La primera ratificación vendría cerca del mediodía, en ocasión de la participación del doctor Vázquez en los actos de conmemoración de los 92 años de la Fuerza Aérea. Allí los periodistas le preguntaron y confirmó que efectivamente se trataba de una decisión suya.
(Audio)
"Periodista - Presidente, ¿usted pidió que los Peirano fueran al Comcar?
Tabaré Vázquez - Sí, señor.
P - ¿Por qué?
TV - Porque no tienen derechos o privilegios que gozar con respecto a otros delincuentes, cuando cometieron delitos que fueron muy graves para la sociedad, que implicaron mucho sufrimiento, sobre todo en los sectores más humildes. Por supuesto, garantizándoles todas las seguridades necesarias para que tengan una estadía como corresponde a detenidos que tienen que cursar, entre otras cosas, una rehabilitación. Yo ya he dado las instrucciones al señor ministro del Interior, él va a disponer todas las acciones necesarias para llevarlo adelante.
P - ¿Y qué pasa si la justicia dispone su libertad, como han solicitado sus abogados?
TV - Vamos a respetar lo que la justicia resuelva, por supuesto.
P - ¿Es necesario que se prepare un lugar para que sigan presos?
TV - Para que tengan todas las seguridades, que sean respetados todos sus derechos".
(Fin audio.)
EC - ¿Qué dice a propósito de esta situación el profesional que defiende a los hermanos Peirano? Vamos a dialogar con el doctor Diego Camaño.
***
Doctor Camaño, ¿cómo se enteró usted de esta novedad?
DIEGO CAMAÑO:
Igual que ustedes, en primer lugar por versiones de prensa de los matutinos y luego a través de las declaraciones del señor presidente.
EC - ¿No han tenido notificación oficial?
DC - No hemos tenido ninguna notificación oficial. Ayer estuvimos en Cárcel Central con nuestros defendidos, allí estaban. Tampoco el director de Cárcel Central tenía ninguna orden ayer al respecto.
EC - ¿Cómo se resuelve el traslado de un preso de una cárcel a otra?
DC - En primer lugar le aclaro que las declaraciones del presidente no sólo tienen que ver con el tema del traslado, sino que también tienen otro aspecto que a esta defensa le preocupa muchísimo que es el hecho de haber formulado una condena pública antes de que existiera una sentencia e invadiendo competencias que son propias del Poder Judicial.
EC - ¿Por qué lo dice?
DC - El presidente afirmó que estas personas cometieron delitos muy graves para la sociedad. Con estas declaraciones el señor presidente está condenando públicamente a estas personas y además invadiendo una competencia que es propia del Poder Judicial. El Poder Judicial todavía no se expidió, estas personas están siendo procesadas y en tal situación gozan por ejemplo de la presunción de inocencia.
EC - Usted está destacando que el presidente los consideró delincuentes, dijo "han cometido delitos muy graves", cuando en realidad eso todavía no tiene verificación formal en el proceso.
DC - Ni verificación formal ni sustancial, por la sencilla razón de que todavía no están condenados. Por otro lado una condena pública de un presidente en un caso en el cual se está tramitando un expediente judicial indudablemente afecta la independencia de todos los actores del proceso. En primer lugar afecta la independencia del fiscal, que está jerárquicamente subordinado a través del Ministerio de Educación y Cultura; no me imagino cómo podría ahora el fiscal, después de esas declaraciones, pedir por ejemplo el sobreseimiento si encuentra que en definitiva no hay una responsabilidad penal de estas personas.
EC - Los fiscales deben actuar con autonomía técnica.
DC - Deben actuar con autonomía técnica y con independencia, pero están dentro de la órbita del Poder Ejecutivo y sometidos a jerarquía administrativa. Una declaración pública, más allá de la garantía de la independencia técnica que está consagrada en la ley, que parte del presidente de la República, y de un presidente que ha sido votado por una mayoría muy importante -históricamente no hay otro presidente que haya sido votado por una mayoría como la que ha tenido el doctor Vázquez-, evidentemente lo condiciona. Es más, condiciona al propio juez, porque si bien no forma parte del Poder Ejecutivo, crea una disposición negativa en cuanto a la tendencia. Condiciona al juez, al Tribunal de Apelaciones y a la Suprema Corte. ¿Cómo podrían en este caso dictar una sentencia absolutoria -que es una posibilidad, porque ellos están procesados- frente a estas declaraciones del presidente? Teóricamente podrían hacerlo, pero el condicionamiento es muy fuerte.
EC - ¿Qué pasos piensa dar a partir de esta preocupación suya como abogado defensor?
DC - Le digo más, en lo particular considero que también afecta nuestra independencia como profesionales, como abogados defensores, por cuanto pone a toda la opinión pública en contra de ellos y por elevación en contra de nosotros. Lo único que estamos haciendo es una defensa técnica en un expediente judicial. Estamos estudiando toda esta situación, no sólo el tema del traslado sino el tema de esta condena pública anticipada del presidente antes de que exista una sentencia en este expediente.
EC - ¿Ustedes no han resuelto nada todavía, no han optado por ningún camino a partir de estas novedades?
DC - Estamos estudiando la situación. Más allá de toda esta situación está la protección de los Derechos Humanos, existe la posibilidad de hacer accionamientos no sólo a nivel nacional sino también internacional.
EC - Ustedes ya lo han hecho.
DC - Ya lo hemos hecho.
EC - Ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
DC - Exactamente, y todos estos elementos van a ser agregados a nivel internacional.
Además le cuento otra cosa: en el día de ayer hubo varias novedades en esta causa, no solamente ésta [el eventual traslado]; ésta es una.
EC - Pero con respecto al eventual traslado al Comcar...
DC - Por eso, el segundo tema es el del traslado. Si usted quiere hablamos de eso, yo le quería decir que las declaraciones del presidente no son lo único que ocurrió ayer respecto de esta causa.
EC - ¿Qué otra cosa sucedió?
DC - Otra cosa muy importante que sucedió es que en el día de ayer la Comisión Internacional de Juristas, que es un organismo internacional conformado por 55 juristas representativos de los más diversos sistemas jurídicos del mundo, que además goza de estatuto consultivo ante Naciones Unidas y es una organización de un gran prestigio internacional, estableció un dictamen que presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el cual sostiene que la prisión preventiva en este caso de los hermanos Peirano es violatoria de todas las normas internacionales en materia de Derechos Humanos. Esto fue importante, porque mientras a nivel internacional se está sosteniendo que esa prisión preventiva es violatoria de derechos humanos, en Uruguay se habla de empeorar la situación carcelaria sin ningún fundamento.
EC - ¿Cuál es el fundamento para sostener que esta prisión preventiva viola las normas internacionales?
DC - En primer lugar la violación al plazo razonable para el juzgamiento. Existe una serie de estándares internacionales relacionados con la prisión preventiva que establecen que ésta no se puede prolongar de un modo que vulnere la presunción de inocencia, que no se puede prolongar una situación de prisión preventiva indefinidamente, que no se puede admitir que las autoridades judiciales se tomen el tiempo del mundo para resolver la situación. Todos los parámetros internacionales en materia de prisión preventiva indican que acá se han violado esas garantías judiciales esenciales.
EC - Claro, pero el problema es que en Uruguay esas garantías judiciales se violan en numerosísimos casos. Estamos ante una característica del proceso judicial uruguayo, que es lento.
DC - Que es lento o no lento, le puedo decir que la Suprema Corte de Justicia ha hecho buenos esfuerzos por apurar el desarrollo de los procesos. El problema es que hay que analizar cada caso, y en este caso la demora no se debió a la complejidad de la causa sino a que se tramitaron en esta causa cuestiones que son secundarias en cuanto a la investigación principal, por lo tanto la autoridad judicial no dedicó los esfuerzos a la investigación del tema de fondo sino que dedicó el tiempo a otra cosa.
EC - ¿Qué consecuencias puede tener un pronunciamiento como el que acaba de citar usted de esa Comisión Internacional de Juristas?
DC - A nivel internacional es muy importante porque es una opinión calificadísima. Para darle un ejemplo, Mary Robinson, que fue comisionada de Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos -la cito porque estuvo aquí en Uruguay en una misión hace unos años y la gente la recordará-, es integrante de esta comisión.
EC - En cuanto al traslado al Comcar, ¿cómo se resuelve habitualmente un movimiento de ese estilo?
DC - El presidente de la República no tiene competencias para disponer el traslado de un recluso de un establecimiento a otro. Eso por un lado.
EC - ¿Quién resuelve un traslado? ¿Lo resuelve la autoridad responsable del sistema carcelario o lo resuelve la justicia?
DC - En primer lugar la responsabilidad recae sobre el juez penal porque la Constitución le otorga en ese sentido una serie de potestades que son de su competencia originaria, y entre ellas está su responsabilidad ante la más pequeña agresión a los derechos de la persona. En este caso existieron algunas versiones que hablaban de supuestas situaciones de privilegio ante las cuales el juez -a quien en función de lo que acabo de decir hemos criticado- actuó correctamente, se constituyó en el establecimiento, constató personalmente que no había ninguna situación de privilegio -fíjese que si un juez penal se constituye es porque tiene la competencia para hacerlo- y resolvió mantenerlos en el mismo lugar. Y por si todo esto fuera poco, la autoridad carcelaria, que es la segunda que tiene competencia -no el ministro del Interior ni el presidente de la República- exclusiva según el decreto-ley 14.470, el director de la Cárcel Central, hizo un informe dirigido al juez en el que descartó toda situación de privilegio. Por lo tanto esta situación está resuelta en vía judicial y resuelta por la autoridad carcelaria.
EC - ¿Por lo tanto qué van a hacer ustedes? ¿Impugnar los preparativos que están en curso? Porque según se ha sabido se están dando los últimos detalles para que en el correr de la próxima semana o después de Semana Santa se produzca efectivamente el traslado.
DC - Quiero agregar una cuestión más: que según el artículo 50 del decreto-ley 14.470, establece que el traslado es una sanción, y para que haya una sanción tiene que haber una infracción. El traslado para nuestro régimen de reclusión es un castigo, y por lo tanto tiene que ser consecuencia de la infracción a alguna norma que en este caso no existe, por lo tanto no puede haber ningún traslado porque no hay ninguna situación de hecho que habilite la imposición de una sanción.
EC - ¿Cuáles son las consecuencias a partir de ese análisis?
DC - Nosotros no hemos sido formalmente notificados de nada y ayer estuvimos con ellos en Cárcel Central. En la medida que esta situación se mantenga la vamos a seguir estudiando -son situaciones complejas difíciles de resolver de un momento a otro-, estamos alertas y vamos a interponer todas las acciones que haya que interponer a nivel nacional o internacional para que se respete el derecho y se respeten los derechos humanos de estas personas, se llamen Peirano o Juan Pérez.
EC - Por estos días la Suprema Corte de Justicia tiene que expedirse sobre el pedido que ustedes los abogados defensores han hecho para obtener la libertad provisional de estos tres procesados.
DC - Sí. El expediente pasó ayer a la Suprema Corte de Justicia, es decir que formalmente ya ingresó este pedido de libertad a los efectos de que se resuelva. Un agravamiento de la situación de reclusión seguramente implicará -los ministros de la Corte lo estudiarán- que la resolución sea adoptada con la prontitud del caso, porque estamos hablando de derechos de personas, más allá de que le guste a la gente o no el apellido, hay un proceso judicial en curso y personas que tienen un riesgo de ser afectadas en su situación actual de un modo innecesario e injustificado.
***
(Emitido a las 8.41)
EMILIANO COTELO:
Retomamos la polémica a propósito de la decisión presidencial de trasladar al Comcar a los hermanos Peirano Basso que, procesados, se encuentran recluidos desde agosto de 2002 en Cárcel Central, aquí en Montevideo.
Uno de los enfoques a nivel de la estructura de gobierno que estábamos procurando desde el día de ayer es el del inspector principal Enrique Navas, director nacional de Cárceles.
***
Inspector Navas, ¿cómo ha llegado a usted este tema? ¿En qué medida lo está manejando?
ENRIQUE NAVAS:
En primer término nos ha dado satisfacción encontrar en esta autoridad de gobierno la atención a un planteamiento que desde hace ya años venimos procurando por parte del Ministerio del Interior.
EC - ¿Cuál, concretamente?
EN - Establecer políticas penitenciarias de Estado y que se apliquen no sólo acá en el ámbito de la Dirección Nacional de Cárceles (DNC) sino en todo el país, e ir incorporando gradualmente todos los centros penitenciarios y conformar así un sistema único nacional, terminando también, entre otras cosas, con este caos y esta gran heterogeneidad de sistemas penitenciarios departamentales, cuando a los procesados y penados, como dice la ley, se les debe aplicar el mismo régimen. No puede ser que cada establecimiento carcelario aplique un régimen diferente. Acá no se trata de los Peirano, como en este momento se está hablando, sino de ir unificando los criterios penitenciarios en todo el país.
EC - Sí, de eso habíamos hablado con usted ya hace unos días en una entrevista aparte. Recordemos porque no sé si los oyentes lo tienen claro que hoy bajo la órbita de la DNC se encuentran algunos establecimientos carcelarios, no todos; se encuentran el Penal de Libertad, el Comcar... ¿Qué más?
EN - Exacto, el Penal de Libertad, el Comcar, La Tablada, Cárcel de Mujeres y los centros de recuperación abiertos. En total son 4.000 reclusos de los 7.500 que tiene Uruguay.
EC - Los demás se encuentran alojados en cárceles que dependen de las jefaturas de Policía departamentales.
EN - Exacto, y por ende del Ministerio del Interior.
EC - Ahora se va todavía no se la ha implementado a una unificación bajo una única autoridad.
EN - Exacto, implementando al mismo tiempo una misma política penitenciaria en todo Uruguay.
EC - Y sobre este paso que se da anteayer cuando el propio doctor Vázquez resuelve que sean trasladados tres reclusos de Cárcel Central a Comcar, ¿qué dice usted?
EN - Como le decía al principio, esta decisión se encamina en esa política penitenciaria que estamos tratando de implementar.
EC - Dos cosas. El abogado defensor de los hermanos Peirano, el doctor Diego Camaño, señalaba más temprano que no le corresponde al presidente de la República tomar una resolución así, sino que eso es competencia del juez o eventualmente de la autoridad carcelaria.
EN - Para eso le pagan al abogado, me parece muy bien que defienda los intereses de sus patrocinados, hay muchos que necesitarían tener una defensa así. Pero en definitiva es totalmente inexacto, equívoco ese concepto del doctor, por cuanto la autoridad para determinar los traslados es la autoridad penitenciaria y no la judicial. La ley 14.470 (*) en el artículo 5º establece bien claro, delimita claramente en tal sentido y dice que los reclusos dependen del juez de la causa solamente en aquellos asuntos atinentes a la causa penal, al juicio penal. En todo lo demás, lo que se entiende como el régimen administrativo de reclusión, (los reclusos) dependen de la administración penitenciaria, de la autoridad carcelaria, y esa autoridad la detenta el Poder Ejecutivo, la ejerce el Poder Ejecutivo por intermedio del órgano especializado, que es nuestra DNC. La ley es bien clara en tal sentido, por lo tanto cuando el presidente ordena eso está ejerciendo la competencia que la ley le da y nosotros con las medidas que tomaremos estamos dentro de ese mismo marco jurídico.
EC - ¿Y en función de qué argumento se traslada a un preso sí y a otro no? Porque si hablamos de condiciones de privilegio, y da la sensación de que puede calificarse de condiciones de privilegio el sistema de reclusión en Cárcel Central, son condiciones que rigen para todos quienes están alojados allí.
EN - Yo le decía que se trata de una medida de política penitenciaria. Las políticas son generales y se van implementando en forma gradual, principio tienen las cosas, no vamos a clausurar Cárcel Central y traer todos los presos al Comcar o equis establecimiento. Paso a paso se va a ir instrumentando.
Argumentos no existen para que los Peirano y algunos otros permanezcan en Cárcel Central o en alguna cárcel en régimen abierto o semiabierto del interior.
EC - ¿Quién había resuelto eso en cada uno de los casos? ¿Cómo se resolvía hasta ahora?
EN - Hasta ahora el propio ministro del Interior daba la orden y los mandaba alojar en lugares que no correspondían, de ninguna manera correspondían.
EC - Usted dice que era decisión del ministro del Interior.
EN - Ah, sí, los jefes de Policía acataban la orden que les daba el ministro, tanto en el caso de Peirano como en otros conocidos casos de corrupción, siempre fueron los ministros del Interior, no son los jefes de Policía los que manejan eso. Ahora la cosa va a cambiar.
EC - Era un procedimiento discrecional del ministro del Interior.
EN - De la autoridad política del Ministerio del Interior, siempre de la autoridad política del Ministerio del Interior, nunca de jefes de Policía, eso tiene que quedar bien claro. A tal punto que le puedo contar como caso anecdótico que años atrás, cuando estábamos en Jefatura, hicimos un proyecto para terminar con eso y clausurar Cárcel Central porque no queríamos más delincuentes de guante blanco ni jerarquías públicas corruptas en la Cárcel Central, sino que permaneciera en primer término como una cárcel de tránsito para los recién procesados por la justicia penal hacia los establecimientos penitenciarios y, en segundo término, como un centro de reclusión para aquellas personas procesadas o penadas que han declarado en la justicia ayudando a esclarecer delitos, a luchar contra el delito, que han aportado un testimonio muy útil y por tanto su vida podría correr peligro en los centros penitenciarios. Ese no es el caso de los Peirano porque nunca ayudaron a aclarar ningún delito, nunca jamás, a diferencia de algunos reclusos que están ahí, que han colaborado a luchar contra grandes tramas de corrupción y que por lo tanto si pasan por algún centro penitenciario pueden ser atacados. No es el caso de los hermanos Peirano, que yo sepa nunca ayudaron a la justicia ni a la Policía a aclarar ningún delito.
EC - ¿Cuándo presentó usted aquel proyecto?
EN - Fue la plana mayor de Jefatura, no recuerdo si cuando era jefe de Policía Nalerio o cuando estaba el inspector Suárez.
EC - ¿Año?
EN - Hace años: 1996, 1997, 1998, no recuerdo bien.
EC - Entonces usted dice que esta decisión con respecto a los hermanos Peirano Basso se enmarca dentro de esa política...
EN - Dentro de la ley en primer término y, segundo, dentro de la política penitenciaria que gradualmente se está implementando en el país.
EC - De todos modos forma parte de la discrecionalidad de la autoridad política que hasta ahora es la que ha regido en esta materia. Usted dice que es un signo, una señal de una nueva política carcelaria que se va a construir.
EN - Exacto.
EC - Pero termina siendo de todos modos una decisión discrecional: a estos sí y a otros no.
EN - Pero con una diferencia: el jerarca que tiene la discrecionalidad entiéndase el Poder Ejecutivo hasta ahora procedía en forma unilateral, inconsulta, decidía por sí y ante sí dónde iba a alojar al procesado que se quería favorecer o proteger. En cambio ahora se nos consulta al órgano técnico, que es la DNC, nosotros emitimos una opinión, hemos sido nosotros los que asesoramos al Poder Ejecutivo en este traslado, es decir que se escucha al órgano técnico, no como hasta ahora que se hacía a espaldas del órgano penitenciario y de las propias autoridades policiales.
EC - La pregunta que me queda hacer es: ¿cómo serán los criterios de ahora en adelante, a partir de este caso de los hermanos Peirano? ¿Quién irá a Cárcel Central, quién al Tacoma, quién al Comcar? ¿Cómo se conocerá efectivamente las reglas de juego?
EN - Las reglas de juego, en definitiva qué dirá y adónde irá, lo establecerá la DNC. Lo que va a suceder de ahora en más es que esos favoritismos van a desaparecer, o sea que las personas procesadas van a quedar a disposición de la DNC, la cual a través del Instituto de Criminología, previo estudio técnico, determinará cuál es su destino penitenciario, a qué establecimientos irán destinados. El Ministerio del Interior no va a interceder a favor de ninguna persona en particular, ni a favor ni en contra. El Ministerio del Interior en todo caso nos fiscalizará para que hagamos un correcto ejercicio de la autoridad penitenciaria, pero no interferirá en el proceso de toma de decisiones.
EC - ¿Pero va a existir un código de criterios que sea conocido por la opinión pública?
EN - Pero, perdón...
EC - Hasta ahora no existía, todos siempre hemos tenido la impresión de que se trataba de decisiones estrictamente discrecionales y políticas. ¿Ahora va a existir una política transparente que permita tener la certeza de que se está operando en función de ella y no de eventuales favoritismos, etcétera?
EN - Dentro de la DNC el criterio y la política penitenciaria en materia de traslados de los reclusos ya están reglamentados, existe todo un conjunto de órganos, entre ellos el Instituto de Criminología, que trabajan en esa área y que sería muy extenso explicarle ahora. Acá es transparente, además de estar bajo la lupa del Poder Judicial, las comisiones de Derechos Humanos, las ONG, etcétera, dentro de la DNC. El problema es que las cárceles que no dependían de acá, las departamentales o jefaturiales eran manejadas por el ministro del Interior de forma discrecional y ahí es donde ocurría este tipo de cosas. De acuerdo a lo que nos ha manifestado la actual autoridad ministerial eso no va a ocurrir más y la DNC va a ser la que defina esto en el futuro. Obviamente, la discrecionalidad la tenía y la tiene el ministro y como jerarca máximo y superior nosotros no le podemos dictar normas de conducta, si el ministro entendía que tenía que poner a otro procesado similar cuyo nombre no quiero dar en una chacra policial disfrutando el campo y con un bungalow, ese era el criterio de las autoridades salientes, no es el de la autoridad entrante. Eso es lo que le estoy diciendo, el criterio de la autoridad entrante es que cuando procesen a alguien así va a quedar a nuestra disposición y nosotros, no el inspector Navas, sino los órganos técnicos, estudiarán dónde le corresponde de acuerdo al perfil criminológico, la naturaleza del delito, su eventual peligrosidad, etcétera.
(*) N. de R.: El artículo 5º de la ley 14.470 dice: "Los reclusos quedarán a disposición del Juez competente en todo lo atinente al proceso judicial, siendo de competencia exclusiva de la autoridad carcelaria la aplicación del régimen administrativo de reclusión". Consultar el texto completo de la ley.
-------------------------
Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Mauricio Erramuspe