Entrevistas

Magistrados: no ejecutar una sentencia ataca la "esencia misma" del Poder Judicial

Jorge Chediak, vocero de la Asociación de Magistrados, dijo que la actuación del presidente de la Suprema Corte y del ministro del Interior en el caso Dancotex terminaron configurando "una presión objetiva" para la jueza actuante. Advirtió que la mayor preocupación de la gremial es que una medida judicial sigue sin ser cumplida. "Al no ejecutarse lo juzgado se está atacando la esencia misma de nuestra función", lamentó.

(Emitido a las 9.11)

EMILIANO COTELO:
El viernes 2 de junio en la planta de Dancotex de Montevideo, el sindicato de esa textil y el PIT-CNT impiden que se cumpla una decisión de la Justicia laboral que habilitaba el retiro de máquinas para trasladarlas a la fábrica de Colonia. "De acá no saldrá ni un tornillo", decían los voceros de la concentración.

Para evitar incidentes con los militantes gremiales, la jueza Nanci Corrales suspende la medida y opta por presentar una denuncia penal por eventual desacato. Pero en el juzgado penal archivan el caso con el argumento de que el desacato no llegó a concretarse porque el retiro de las máquinas no llegó a intentarse por la jueza.

Una semana después el gremio recusa a la jueza y esta decide abandonar la causa. 

Pero después, al trascender el expediente, se conoce que hubo contactos entre el ministro del Interior, José Díaz, y el presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Hipólito Rodríguez Caorsi, luego de los cuales quedó sin efecto un segundo intento que la doctora Corrales programaba para ejecutar su fallo, fijado para el viernes 9.

Cuando se desata la polémica, el ministro Díaz y Rodríguez Caorsi se reúnen en la casa de este último para informar sobre el episodio a dos periodistas, uno de Búsqueda y otro de Brecha. Díaz reconoce que consideró que la fecha prevista por la jueza no era la más conveniente porque no le daba el tiempo para organizar el operativo policial, porque él iba a estar en viaje oficial en Buenos Aires y porque estaban en curso negociaciones políticas en torno al futuro de Dancotex. Por su parte, Rodríguez Caorsi puntualiza que se limitó a trasmitir esa respuesta de Díaz a la doctora Corrales, sin imponerle ningún curso de acción.

En definitiva los dos jerarcas cargan a la jueza la responsabilidad por el incumplimiento de la medida. Y el titular del Poder Judicial llega a sostener que la magistrada mintió cuando explicó por escrito la situación.

La sucesión de hechos provoca una conmoción en los juzgados y entre los propios ministros de la SCJ. La Asociación de Magistrados del Uruguay (AMU) reacciona, se reúne con la jueza y con la SCJ, y emite una declaración pública.

La población, mientras tanto, observa desconcertada cómo últimamente la Justicia acapara los primeros planos de la actualidad, da pasos muchas veces polémicos y parece condicionada por presiones fuertes de orígenes diversos.

¿Qué dice la AMU sobre toda esta situación? Vamos a conversarlo con el doctor Jorge Chediak, ministro del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de segundo turno y dirigente y vocero de la AMU.

***

Doctor Chediak, en primer lugar la pregunta general: ¿cómo observan el comportamiento de la jueza Nanci Corrales, el presidente de la SCJ y el ministro del Interior en estos hechos del caso Dancotex?

JORGE CHEDIAK:
Hemos señalado que en general ha habido un apartamiento de las conductas legítimamente esperadas.

Le detallo: 1) normalmente un juez que tiene la potestad y la obligación de hacer cumplir sus decisiones recurre directamente a la autoridad de la Policía ejecutiva para el cumplimiento de lo que ha ordenado; 2) normalmente la autoridad del Ministerio del Interior (MI) requerida brinda la asistencia porque la ley establece que la autoridad que un juez requiere para el cumplimiento de sus decisiones no está habilitada para evaluar la legalidad ni la oportunidad de la orden, ni siquiera la conveniencia de la misma, simplemente tiene que brindar el apoyo y acatar y cumplir la orden que el juez ha dado; 3) y el máximo órgano jurisdiccional es exclusivamente el tribunal superior en lo jurisdiccional y el órgano máximo administrativo, pero todos los jueces somos absolutamente independientes, no sólo respecto de factores externos al Poder Judicial –la independencia externa respecto de otros poderes del Estado, de la injerencia de asociaciones empresariales, de asociaciones gremiales y de grupos de presión de cualquier tipo, incluso de la opinión pública–, sino también respecto de todos los superiores procesales, incluida la SCJ. Nadie puede interferir en el cumplimiento de una orden judicial, ni de afuera ni de adentro del Poder Judicial.

EC - ¿Usted señala que en primer lugar hubo un error en el procedimiento seguido por la jueza en la medida que en su segundo intento de retiro de la maquinaria de Dancotex no recurrió directamente a la Policía, sino que a través del presidente de la SCJ se dirigió al ministro del Interior?

JC - La jueza estaba habilitada para seguir la vía que estimara conveniente. Cada uno de los 480 jueces que integramos el Poder Judicial es titular del Poder Judicial, hace ejecutar sus decisiones por autoridades administrativas y se comunica directamente con la autoridad correspondiente. Los jueces con competencia en lo penal todos los días dan órdenes directas a la Policía y ella ejecuta sus órdenes. Es un poco alambicada esta situación de hacer la comunicación a través del presidente de la SCJ y directamente al titular del MI.

EC - Aparentemente la jueza Corrales estaba preocupada porque se mantuvieran en reserva la fecha y las condiciones que había fijado para ese segundo intento, por eso recurrió a ese canal, para que la información circulara lo menos posible.

JC - Aparentemente es así. De todas formas, si bien ella estaba habilitada para hacerlo, no es el trámite de estilo, o por lo menos el acostumbrado.

EC - ¿Debe entenderse que, al actuar por esa vía, de hecho terminó habilitando un manejo político de su sentencia?

JC - Al menos habilitó ese canal. Hubo la intervención del presidente de la SCJ a requerimiento de la colega y una intervención directa del señor ministro del Interior, porque el ministro de la SCJ se comunicó a su nivel con el titular del MI. Esa vía fue habilitada, ese tipo de comunicación, porque lo solicitó la propia colega, la doctora Nanci Corrales.

EC - ¿Cómo observan el comportamiento de los otros dos actores de estos hechos? Por ejemplo, ¿se puede entender que la jueza fue presionada desde el MI, o que fue presionada desde la presidencia de la SCJ?

JC - Reitero, estamos en la vía de ida: la jueza solicita por escrito al presidente de la SCJ que comunique la fecha y la hora de la medida al señor ministro del Interior a los efectos de instrumentar su cumplimiento, y la conducta constitucional y legítimamente esperada por parte del señor ministro era que simplemente instrumentara los medios adecuados, a través de los protocolos que la Policía Ejecutiva tiene, para el cumplimiento de este tipo de medidas, para el manejo de grupos numerosos porque tampoco era una situación exótica, la Policía tiene especialistas en el cumplimiento de este tipo de operativos. En lugar de ello se dio una evaluación de la conveniencia y oportunidad de la medida, el señor ministro entendió que la fecha no era oportuna.

EC - ¿Eso puede ser considerado, al comunicarse a la SCJ, como una injerencia? Se lo pregunto porque cuando hemos considerado esos episodios estos días han llamado oyentes abogados que han dicho que es frecuente que una orden judicial, por ejemplo un lanzamiento, deba enfrentar postergaciones por cuestiones logísticas o de coordinación con otras autoridades y que eso no es sinónimo de injerencia de otros poderes.

JC - Exacto, los problemas de coordinación son frecuentes y, justamente, en la coordinación entre el juez y la autoridad policial se logra la instrumentación en determinados día y hora de la medida ordenada. En este caso hubo un determinado pedido y el señor ministro lo hace directamente al presidente de la SCJ, porque era con quien se estaba comunicando, y la conducta esperada para nosotros por parte del señor presidente de la SCJ era que le dijera: "Señor ministro, yo no puedo interferir de ninguna manera en el accionar de un juez letrado laboral –o de cualquier otro–; su planteo para que lo trasmita yo no corresponde, lo que corresponde en su caso es que la autoridad policial que de usted depende se comunique directamente con la jueza y coordine con ella la fecha y oportunidad de la medida". Al trasmitirlo el jerarca administrativo ante el presidente de la SCJ, ello ha sido percibido fuera del Poder Judicial por los ciudadanos en general y por nosotros como una presión objetiva por quien estaba trasmitiendo el pedido hacia la colega.

EC - El presidente de la SCJ enfatiza que se limitó a trasmitir la respuesta del ministro. Para ustedes no debió siquiera haber hecho eso.

JC - Exactamente. La independencia requiere que todos preservemos al juez en su accionar absolutamente objetivo, conforme con la normativa constitucional y legal. En este caso se ha percibido que hubo una presión, una injerencia en el accionar de la magistrada, sobre todo por el resultado final, porque la concatenación de estos episodios determinó que la medida no se realizara. Eso es lo que más sorprende y nos preocupa: que una medida judicial que debió haberse realizado hace ya una semana no haya sido cumplida.

EC - El miércoles pasado Rodríguez Caorsi se reunió en su casa con el ministro Díaz en presencia de dos periodistas, uno de Brecha y otro de Búsqueda, para dar sus versiones sobre los hechos. ¿Cómo observaron ustedes, desde la AMU, este acercamiento, esta especie de conferencia de prensa conjunta?

JC - Lo que determinó nuestro segundo comunicado, nuestra conferencia de prensa y nuestra alarma no fue la existencia de la reunión, que sus integrantes, que son caballeros y ocupan cargos de alta jerarquía en el Estado, podían hacer, ni tampoco la concurrencia de la prensa, sino algunos de los términos empleados por el señor ministro de la SCJ respecto de la colega.

EC - ¿Concretamente cuáles?

JC - La llamó "mentirosa". Hay quienes creen que los jueces no podemos ser criticados, por ejemplo por el episodio sucedido entre el doctor Pablo Eguren y el contador Zaidensztat, director de la Impositiva, por supuesto que los jueces podemos, igual que cualquier otro funcionario de un Estado democrático, ser objeto de críticas y lo somos todos los días, incluso en el funcionamiento normal del proceso judicial de todo tipo cuando se impugna, se apela cada una de nuestras decisiones, los abogados, los colegas amigos hacen trizas o pretenden hacer trizas nuestras decisiones y nos someten a críticas para que los tribunales superiores revoquen nuestras decisiones. Estamos absolutamente acostumbrados a la crítica, es parte de nuestro trabajo, el límite es que la ley impide el agravio al magistrado, ahí se podría llegar a configurar el famoso desacato por ofensa porque menoscaba la autoridad del juez. Pero como está claro que no se puede agraviar a los jueces desde afuera del Poder Judicial, tampoco se puede agraviar a ningún colega desde adentro del Poder Judicial, el mismo respeto que la ley exige para el tratamiento de los jueces respecto de los demás poderes del Estado y de los ciudadanos, también lo exigimos en la interna del Poder Judicial respecto de nuestros propios colegas, sin importar la jerarquía.

Por eso pusimos en nuestro comunicado que si la SCJ entendía que la jueza no había actuado perfectamente arreglada a derecho o tenía discrepancias con cómo había funcionado dentro del expediente la situación, tiene la potestad de iniciar una investigación administrativa, de adoptar eventualmente, luego del correspondiente sumario llevado conforme con el debido proceso, las sanciones que la Constitución y la ley le habilitan a tomar respecto de la colega. Lo que no está previsto en ningún lado es que un integrante de la SCJ pueda descalificar públicamente a un magistrado.

EC - La directiva de la AMU se reunió por un lado con la jueza en lo laboral Nanci Corrales y por otro con el presidente de la SCJ.

JC - A solicitud de la colega hicimos primero la conferencia de prensa y luego la recibimos el viernes, a las 22 horas, en una larga entrevista en la que ella finalmente expuso toda su visión de cómo habían acaecido en estas dos semanas los hechos y se dio por satisfecha con las disculpas que el señor presidente de la SCJ le había brindado en privado respecto de los términos que había empleado en la entrevista conjunta con el señor ministro del Interior y con los periodistas de Brecha y Búsqueda. Y el sábado en la tarde yo tuve una larga reunión con el señor ministro de la SCJ, que también dio por superado el episodio.

EC - Volviendo a la doctora Corrales, ¿cómo se entiende que haya abandonado la causa ante la recusación que le presentó el Congreso Obrero Textil (COT)? La doctora Corrales discrepó con los argumentos que manejaba el sindicato en cuanto a que hubiera perdido la imparcialidad, sin embargo se allanó igual y renunció a continuar con el expediente.

JC - Eso es exacto. El funcionamiento normal del instituto de la recusación es el siguiente: si una de las partes, cualquiera de ellas, entiende que el juez ha perdido la objetividad –que está en la descripción de tarea del juez, porque el juez debe ser absolutamente objetivo, pero puede perder la objetividad por sentimientos, por amistad, por enemistad, por sentirse presionado, por sentirse incapaz de accionar con la ponderación y ecuanimidad que el cargo exige– y activa el instituto de la recusación, el juez debe decir si la causal de recusación se configura o no –porque hay causales de recusación–, si está o no en condiciones de seguir con el caso, porque ninguno de nosotros puede apartarse voluntariamente de un expediente porque tenemos la obligación –no sólo nos paga para ello, también estamos obligados– de resolver sobre aquellos casos y expedientes que están sometidos a nuestro conocimiento.

En este caso es correcto que, habiéndose fundado y no existiendo causal de recusación, igual, por razones de delicadeza, la colega decidió apartarse, pero no es estrictamente lo que ocurre normalmente cuando se activa el instituto de la recusación.

EC - Si el juez considera que los argumentos de quien lo recusa no son válidos lo que debe hacer es someter el asunto a la opinión de un tercero, del tribunal de apelaciones competente.

JC - En este caso del tribunal de apelaciones en lo laboral que por el turno correspondiera. Si entendía que no había causal de recusación debía decir que no la había, que no aceptaba la recusación y pedir que el tribunal decidiera si la causal se había configurado o no. Este es el trámite común.

EC - ¿Ustedes hablaron con ella de esto?

JC - Quiero aclararlo porque puede parecer una cosa exótica: el instituto de la recusación opera muy frecuentemente, todos los jueces hemos sido recusados una y otra vez, incluso han sido recusados tribunales enteros. No es una cosa exótica, el instituto de la recusación es una cosa absolutamente común.

EC - En esa reunión que tuvieron con la doctora Corrales, ¿hablaron a propósito de esa decisión? ¿Cómo se entiende que finalmente haya dejado el caso?

JC - La doctora estaba anímicamente sentida, la acumulación de estos hechos había determinado que su sentido de tranquilidad personal se hubiera visto menoscabado.

EC - Para terminar con estos hechos vinculados con el caso Dancotex, ¿qué conclusiones saca la AMU? ¿Este es un caso más, o reviste características singulares, eventualmente preocupantes?

JC - Nosotros teníamos una preocupación institucional y, más aun, de imagen pública. El principal motivo de existencia de la AMU es la defensa de la carrera judicial y de la independencia de los magistrados. Somos orgullosos integrantes del que, según todos los estudios internacionales de universidades que se han dedicado a hacerlo respecto de todos los países de América Central y del Sur, es el mejor Poder Judicial desde hace mucho tiempo, el mejor Poder Judicial del río Grande para abajo, seguido por el de Chile y el de Costa Rica. Es el mejor Poder Judicial, el más independiente, aunque no se crea tan eficaz, tiene algún problema de demora –pero creo que está sexto en 19 en cuanto a la demora–, está reconocido como absolutamente independiente y es el que tiene menos corrupción.

Entonces no queríamos que quedaran dos sensaciones. Una, que es un Poder Judicial que no puede hacer cumplir sus decisiones, porque eso es lo que nos diferencia de los tribunales arbitrales y de los tribunales internacionales. Todos los ciudadanos uruguayos tenemos presente que si ganamos en el tribunal de La Haya no hay fuerza policíaca internacional que pueda hacer efectiva la decisión, sino que simplemente habrá que negociar y nos irá como nos pueda ir. En el caso de los arbitrajes privados es igual, los árbitros dicen el derecho, pero para efectivizar el cumplimiento, si una parte se rehúsa hay que ir al Poder Judicial.

Cualquier juez uruguayo en ese sentido es mucho más que el tribunal de La Haya, porque no sólo dice el derecho sino que lo hace cumplir, está en nuestra descripción de tarea en cualquier libro, el juez juzga y hace ejecutar lo juzgado. Entonces al no ejecutarse lo juzgado se está atacando la esencia misma de nuestra función. No echamos la culpa a nadie, decimos que la concatenación de eventos en este caso, en esta verdadera novela, ha llevado a que la decisión judicial aún no se haya cumplido.

Y la otra sensación que no queremos es que se perciba, como resultado de estos hechos, que este Poder Judicial, excepcionalmente valorado internacionalmente, funciona a instancias de llamadas de jerarcas. Eso es absolutamente exótico, en mi experiencia personal de 28 años como juez puedo declarar ante quien sea que recibí una sola llamada de un jerarca y fue bajo el proceso. En democracia jamás nadie me ha llamado y esa es la experiencia de la mayoría de mis colegas. Entonces no podíamos quedar expuestos a que se creyese que la llamada de un jerarca externo o interno al Poder Judicial puede determinar que un juez cambie una decisión.

***

EC - En los últimos meses la Justicia ha quedado instalada en el centro de la polémica con frecuencia, ha tenido un protagonismo muy fuerte en la resolución de situaciones de contenido político notorio, y da la sensación de que los jueces deben moverse sometidos a presiones. ¿Cómo están percibiendo ustedes, no el caso Dancotex, sino una larga lista que podríamos mencionar y que los oyentes deben tener en la cabeza, como la extradición de militares a Chile por el caso Berríos resuelta por un juez que debió enfrentar amenazas y aparentemente incluso un atentado con arma de fuego; los procesamientos sin prisión dictados por el juez Pablo Eguren en casos de propietarios de locales de La Pasiva, acusados de defraudación, que provocaron una reacción airada del director de Impositiva, Eduardo Zaidensztat; a raíz de esas declaraciones la condena a Zaidensztat a cinco meses de prisión en suspenso por el delito de desacato por ofensa; la investigación de la quiebra del Banco Montevideo-Caja Obrera, con los hermanos Peirano Basso alegando que se los mantiene presos porque hay la intención política de mostrarlos como los únicos culpables de la crisis financiera del año 2002...? La lista podría continuar. ¿Qué análisis están haciendo de ese paquete?

JC - Estamos en el candelero. No nos gusta demasiado en el sentido de que en nuestro concepto el Poder Judicial funciona perfectamente bien cuando no es noticia, por aquello de que los jueces debemos ser previsibles, los operadores allegados al derecho deberían, deben poder predecir qué soluciones, qué decisiones va a tomar cada juez en cada caso determinado. Yo relevo que, a diferencia del Poder Ejecutivo, que está integrado exclusivamente por el señor presidente de la República y los señores ministros, y del Poder Legislativo, que está integrado exclusivamente por los senadores y los diputados actuando en conjunto, en Cámara de Diputados, en Cámara de Senadores o en Asamblea General, el Poder Judicial no es la SCJ, somos los 487 jueces que en este país existimos. Entonces es un poder numéricamente mucho mayor en sus integrantes que el resto y no puede jamás funcionar tan coordinado, dado que cada juez es independiente incluso de sus colegas, cada juez frente a su caso concreto no está vinculado ni siquiera con las decisiones de otros colegas en casos análogos.

EC - ¿En qué medida influye en esta situación el cambio de gobierno? Hace pocos días entrevistábamos al doctor Óscar Sarlo, abogado y catedrático de Filosofía y Teoría General del Derecho, que percibía que desde la asunción de la administración Vázquez una serie de asuntos que se manejaban a nivel político han sido trasladados a la órbita del Poder Judicial y que los jueces todavía están buscando cómo plantarse en el nuevo escenario.

(Audio)

"OSCAR SARLO:
Otra idea muy alejada de la realidad que siempre se maneja es que el Poder Judicial, o el sistema judicial en su conjunto, es algo totalmente ajeno a la política, que es un sistema que funciona con total autonomía.

EC - Teóricamente es un poder independiente, ¿no?

OS - Sí, pero que sea un poder independiente no quiere decir que no sea un poder político. La propia Constitución marca que es un poder político, es uno de los poderes del gobierno.

EC - ¿Entonces cómo puede influir un cambio de gobierno?

OS - En el hecho de que todo gobierno, por acción o por omisión, marca una política hacia el Poder Judicial".

(Fin del audio)

EC - ¿Qué dice usted, doctor Chediak?

JC - Ratifico que si bien el gobierno en sentido estricto es el Poder Ejecutivo, el gobierno del Estado en sentido amplio somos los tres poderes del Estado, todos los titulares de cada uno de los poderes integramos el gobierno del Estado en el sentido amplio. Lo que separa al Poder Judicial es que es en principio un poder estrictamente no político, sino que dictamina conforme con la Constitución y las leyes. Esa es su función, no colegisla sino que aplica la ley y la Constitución, y no debe acompañar, como se ha señalado, la sensación térmica o política del momento.

EC - Usted dice "no debe", ¿pero no termina haciéndolo a veces?

JC - Ningún juez puede responder por los 487 magistrados, cada magistrado además es un ser humano, tiene sus propias simpatías y sus propias creencias filosóficas, religiosas y políticas; ello, según la descripción de tarea del juez, no debería influenciar en sus decisiones. Uno trata de ser así, cada uno de nosotros trata de acercarse al paradigma del juez objetivo.

¿Es absolutamente prescindente el Poder Judicial de la realidad? No, el Poder Judicial no está radicado en Suiza, es el Poder Judicial de Uruguay, formado por uruguayos y totalmente consustanciado con la realidad del momento; ninguno de nosotros vive en una campana de cristal. A veces puede ser que el ciudadano entienda que en determinada decisión de algún juez puntual puede haber lo que se ha llamado un alineamiento, un acomodamiento en función del gobierno.

EC - ¿Ustedes monitorean ese problema en particular, lo están observando con cuidado en la coyuntura concreta?

JC - Voy a aclarar lo que sucede en el caso de las extradiciones de militares, porque se ha hablado mucho. Lo que ha ocurrido no es un cambio del Poder Judicial, no es un cambio de ninguno de los integrantes del Poder Judicial, sino que es un cambio del Ejecutivo. Hay que ver cómo funciona la extradición. La extradición es una decisión jurisdiccional, si el Poder Ejecutivo del país requerido trasmite la solicitud del país residente al Poder Judicial, los tratados internacionales de extradición en general habilitan, porque así lo reservan los respectivos poderes ejecutivos, que son quienes realizan en realidad los tratados, no se hacen de Poder Judicial a Poder Judicial sino de Estado a Estado, con el estado representado por el Poder Ejecutivo. Y los poderes ejecutivos de los dos países contratantes en general se reservan la potestad de no hacer lugar por sí a una extradición, por razones de interés general, de seguridad nacional o de interés político.

Entonces no es que el Poder Judicial antes decía que no a las extradiciones a las cuales hoy dice que sí, sino que los anteriores poderes ejecutivos usaban la potestad de rechazar liminarmente la extradición por razones de interés general o de seguridad nacional, sin pasar el expediente de requerimiento al Poder Judicial. El Poder Judicial no había dicho antes ni que sí ni que no, simplemente el Poder Ejecutivo rechazaba las extradiciones. El actual Poder Ejecutivo sí traslada los requerimientos, sin utilizar esa potestad que legítimamente tiene, y el Poder Judicial puede expedirse jurídicamente sobre si la extradición corresponde o no. No ha cambiado el Poder Judicial, ha cambiado el Poder Ejecutivo.

EC - Ese es uno de los expedientes, pero hay muchos más en esta lista que mencioné recién y que podría ser más larga aun. Mi pregunta era si ustedes estaban percibiendo que en determinados casos los jueces, como dice el doctor Sarlo, todavía están buscando cómo plantarse en el nuevo escenario.

JC - No, en todos los casos que usted mencionó tenemos que hacer el análisis del caso concreto, no se puede englobar todo en una bolsa. En el caso de los hermanos Peirano lo que se está señalando es correcto, el Pacto de San José de Costa Rica requiere que cada ciudadano de cada uno de los estados firmantes tenga un proceso judicial de duración razonable, que se establece así, "duración razonable". ¿Qué es una duración razonable? Una duración que no sea excesivamente larga, que no sea desmesuradamente larga. ¿Cuatro años si haber llegado a un solicitud de condena y una sentencia definitiva en primer instancia es un plazo razonable? Bueno... eso es parte de lo que está en la polémica, pero no es un problema del juez puntual.

Todos sabemos, incluso los ciudadanos en general, que nuestro proceso penal es bastante arcaico, que la última modificación importante se hizo en el Código del Proceso Penal en 1980 y hemos ido adecuando algunos artículos a la legislación internacional que hemos suscrito, como el Pacto de San José de Costa Rica, por ejemplo, permitiendo que quien está indagado por la presunta comisión de un ilícito penal pueda contactarse desde el inicio con su abogado, pueda hablar en privado y organizar su defensa antes de declarar ante un juez. Recién hace dos años que Uruguay, que generalmente demora bastante en estas adecuaciones, se ha adecuado al Pacto de San José de Costa Rica con la modificación de dos artículos del Código del Proceso Penal.

El problema es nuestro propio proceso penal, que es lento. Pero es lento porque no se lo ha modificado, ha habido varios intentos, incluso hubo un código que se aprobó –uno de cuyos autores era el ex fiscal de Corte doctor Peri Valdez–, pero luego, cuando hubo que instrumentarlo para su entrada en vigencia fue suspendido en su aplicación por el Parlamento y quedó sin efecto.

En Uruguay todos somos conscientes de nuestro débito al no haber modificado nuestro Código del Proceso Penal para hacer el proceso más abierto, para hacerlo por audiencias, incluso seguramente para ir hacia un proceso inquisitivo en el que la participación del fiscal sea mucho más relevante y la del juez se limite a juzgar y no tenga además que investigar.

Nuestra propia asociación acaba de instrumentar un convenio con la asociación correspondiente del Estado de Chile, por el cual la semana pasada 12 jueces uruguayos del ámbito penal fueron una semana a ese país a conocer el funcionamiento in situ del proceso penal oral, que es la modificación que ellos han hecho. Y luego van a venir 12 jueces chilenos civiles a conocer la modificación que nosotros hemos hecho en el Código General del Proceso Civil, porque ambos países se aggiornaron distinto, Uruguay se aggiornó en el proceso civil y no en el penal, y Chile se aggiornó en el proceso penal y no en el civil. Tenemos pendiente hacer más ágil y más rápido nuestro proceso penal para no exponernos a quedar como incumplidores de los pactos internacionales que hemos suscrito.

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Edición: Mauricio Erramuspe