En prisión los tres partícipes del atentado contra el periodista
Juez Pedro Hackenbruch: Luego de numerosas contradicciones parece claro que los hermanos Spillman son autores intelectuales del atentado, Ernesto Daniel participó también en su ejecución, y Martínez fue quien disparó el arma. El procesamiento es sólo el comienzo de la indagatoria judicial, que afinará más precisamente las conductas y determinar las verdaderas y concretas responsabilidades de cada uno.
(Emitido a las 07.51)
EMILIANO COTELO:
Este episodio de la crónica policial, deportiva, judicial, lleva meses dando que hablar, desde que en diciembre del año pasado el periodista Ricardo Gabito fue baleado al llegar a su domicilio. Casi desde el comienzo, el propio Gabito apuntó con su acusación a Nelson Spillman, presidente del Consejo Único Juvenil de la Asociación Uruguaya de Fútbol, quien había sido denunciado por el periodista y habría reaccionado de manera agresiva y con amenazas.
La actuación judicial tuvo en estos días distintas instancias. El de ayer podía ser un día con más sorpresas, y lo fue: los hermanos Nelson y Daniel Spillman fueron procesados con prisión anoche como coautores de un delito de lesiones personales muy especialmente agravado por una promesa remuneratoria. Por otra parte, se mantuvo en principio el carácter de autor material del atentado al ya procesado Juan Carlos Martínez, alias "el Negro".
Fue una sorpresa porque muy pocas horas atrás, el lunes por la noche, Daniel Spillman había descolocado a todo el mundo reconociéndose autor del disparo, cuando se le investigaba como autor intelectual. Resulta ahora que son procesados como autores intelectuales ambos hermanos, y se mantiene el procesamiento como autor material quien había sido acusado de ser el sicario.
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Vamos a tratar de entender algo más, en diálogo con el juez en lo Penal de 7º Turno, doctor Pedro Hackenbruch. ¿Por qué procesó con prisión a Nelson y Daniel Spillman quienes, si se confirma la acusación, serían delincuentes primarios?
PEDRO HACKENBRUCH:
No olvide que son delitos que causan alarma pública, un estado de conmoción pública importante, que justifica el procesamiento con prisión.
EC - Porque en principio son delitos excarcelables. Ese factor, la alarma pública, ¿jugó entonces en su decisión?
PH - La alarma pública, y además el hecho de que fue un asunto motivado por dinero, por una venganza, por lo tanto un delito que justifica el procesamiento con prisión.
EC - ¿A qué conclusiones han llegado a esta altura de las investigaciones?
PH - En este momento se abre, se inicia el proceso penal. A partir de este momento todas las personas empiezan a ser enjuiciadas: se imputa formalmente un delito, se atribuye ese delito a determinadas personas, y se inicia otra etapa que también es de investigación, en la cual se trata de definir más precisamente las conductas y determinar las verdaderas y concretas responsabilidades de cada uno.
La tipificación inicial que se hace en un auto de procesamiento es necesariamente provisional. Eso no quiere decir que después se mantenga: puede mantenerse (generalmente ocurre) pero también puede haber modificaciones: conductas más graves, diferentes o, en definitiva, puede terminar también en una absolución o en un sobreseimiento.
EC - Dejamos hechas esas puntualizaciones, que son importantes, y vamos ahora a cada uno de los casos. Respecto a Daniel Spillman, que el lunes se había confesado autor del disparo, o sea autor material de la agresión, ¿es cierto que ayer se rectificó?
PH - Exactamente. Ayer se rectificó, dio una explicación que coincide con la versión que desde un primer momento dio el señor Ricardo Gabito, en el sentido de que era él quien conducía el auto [desde el cual bajó, la noche del atentado, quien le disparó] y es cierto: era el auto de Daniel Spillman, quien llevaba a Martínez.
Supuestamente, Martínez iba a "darle un susto" a Gabito. Spillman dice que no imaginaba que iba a pegarle un tiro, que simplemente pensó que iba a zamarrearlo, a darle unos golpes para intimidarlo, nada más; pero que cuando Martínez volvió al auto le dijo que tenía un revolver y le había tirado aunque no a darle sino al suelo. Entonces, Spillman le habría dicho "Ah, no; pero eso no; con arma no", qué se yo, y lo hizo bajar del auto.
Después, Martínez le empezó a pedir dinero a Spillman...
EC - Es todo muy resbaloso, porque, hace poco la versión era que a este hombre la habían pagado U$S 500 para que matara o hiriera a Gabito, pero ahora resulta que Daniel Spillman le habría reprochado que usara un arma...
PH - Fueron manejadas muchas versiones. Todavía no sabemos cuál va a ser la versión definitiva; esta es la última que tenemos hasta ayer. En el decurso del proceso iremos depurando la indagatoria y la situación, para ver exactamente qué responsabilidad le cabe a cada uno de los protagonistas.
EC - Pero entonces ¿Martínez fue contratado para que ejecutara el atentado, o pidió plata después de hacerlo?
PH - Aparentemente, aparentemente y de acuerdo a la versión que dio anoche Ernesto Daniel Spillman, la idea era ir a darle un susto. Aparentemente, aparentemente, el señor Martínez tenía una deuda de gratitud con el señor Ernesto Daniel Spillman, por cuanto -según dijo él- éste había ayudado una vez a rescatarlo de un vehículo en el cual viajaba, y que había volcado; pasaba Spillman y ayudó a su rescate, y por ese hecho esta persona le estaba agradecida.
EC - La acumulación de vericuetos es... inusual, ¿verdad?
PH - Absolutamente. Entonces, le vio después trabajando en un almacén del barrio, esta persona le expresaba siempre su agradecimiento por haberlo ayudado. Posteriormente se volvieron a encontrar, Martínez estaba con un problema mecánico en su vehículo, Spillman volvió a asistirlo, y ahí le contó los problemas de salud que tenía su hermano Nelson, los problemas de su hermano Nelson con el periodista que lo tenía loco, qué sé yo... Y entonces, aparentemente, Martínez se ofreció: "¿Vamos y le damos un susto?". Se ofreció a darle un susto, lo que se concretó el 21 de diciembre. El susto fue tirarle un tiro, y después Martínez salió pidiéndole dinero.
EC - Daniel Spillman, entonces, fue procesado como coautor por todas estas circunstancias y por haber participado llevado a Martínez y por haberlo esperado a pocos metros de donde tuvo lugar la agresión.
PH - Sí.
EC - Todavía en relación a Daniel Spillman ¿no hay obstrucción a la Justicia, en la medida en que ha ido dando distintas versiones, algunas de ellas aparentemente totalmente ajenas a la realidad? Porque la obstrucción a la Justicia también es un delito, ¿no?
PH - Le voy a explicar algo: en definitiva confesó. Hay presos que ni siquiera confiesan: tienen 27 testigos acusándolos y ellos mueren negando. Forma parte del ejercicio de su defensa: nadie está obligado a incriminarse. De cualquier manera, todas las conductas de todos los encausados en el curso de este proceso que ahora se abre serán debidamente analizadas, debidamente estudiadas con la intervención de las respectivas defensas, y se abrirá un abanico de elementos de indagatoria que permitirán después afinar la calificación original que podrá quedar como está o variar, ampliarse o eliminarse. Recién ahora abrimos la etapa indagatoria para ir afinando las respectivas conductas observadas antes y durante el proceso.
EC - Pasemos ahora al caso de Nelson Spillman, el presidente del Consejo Único Juvenil de la AUF. ¿Por qué terminó procesado él también?
PH - Porque hay elementos de juicio que llevan a pensar que él estaba detrás de todo esto. Por más que se trate de desvincularlo, hay una serie de elementos, de indicios importantes, que llevan a pensar seriamente en su vinculación con este hecho.
EC - Aparentemente, un testimonio muy importante fue el de un hombre, JB, quien arribó ayer a la sede judicial a eso de las 17.00. Según la crónica de El Observador, "esta persona es la que aparentemente acompañó en la tarde del 17 de abril a Nelson Spillman (...) hasta la Seccional 12ª, minutos después que J.C.M. se entregara como confeso autor material del ataque a Gabito. La declaración de J.B. confirmó datos que ya estaban en el expediente. Nelson Spillman dijo ante la sede judicial que jamás había tenido contacto con J.C.M., pero en nota realizada al semanario Búsqueda hace 10 días, afirmó que conoce a la familia de J.C.M., e incluso dio señales perfectas de su madre".
PH - Sí, sí. Esta persona aportó elementos que ya de alguna manera ya estaban recogidos en el expediente (incluso en declaraciones de los propios Spillman), y aportó algunos elementos que no conocíamos, reforzando los elementos de convicción que obran en el expediente.
EC - Para ustedes ¿este ha sido un caso especialmente complejo? Porque se ha sabido de su reacción u la de la fiscal en más de un momento en estas audiencias, manifestando su contrariedad por las confusiones y contradicciones que iban pautando los testimonios.
PH - Es un tema que, inusualmente, nos ocupó muchos días de instrucción. Estuvimos prácticamente como de turno pero con un solo caso; estuvimos varios días a la instrucción de este caso, algunos días terminando a inusuales horas de la noche... Tuvo marchas y contramarchas, dichos y "desdichos"... Provocó cansancio, pero en definitiva a la hora de decidir uno lo hace con la cabeza fría porque tiene el deber de decidir a conciencia. En el acierto o en el error, pero a conciencia, haciendo abstracción de cualquier elemento espurio.
EC - ¿Qué cabe aguardar respecto a la permanencia de los hermanos Spillman en la cárcel; es factible que en pocos días salgan en libertad, ante gestiones de sus abogados?
PH - El delito tipificado es necesariamente excarcelable, porque tanto la pena mínima como la máxima son de prisión.
EC - De tres a 12 meses de prisión.
PH - Exacto. De acuerdo a la Constitución de la República, todo encausado para el que no se espere una pena de penitenciaría tiene derecho a la libertad provisional; es un derecho que tiene cualquier persona en la misma circunstancia.
EC - Y ¿en qué plazo en este caso concreto?
PH - No, no: jamás hablo de plazos. Son conjeturas que pueden hacer los defensores, pero yo jamás hablo de plazos.
EC - El abogado de Nelson Spillman, Juan Fagúndez, anunció que solicitará "prisa forense", sosteniendo que su defendido sería inimputable, por su condición de paciente en tratamiento.
PH - El señor Spillman será sometido esta tarde a pericia forense, ya se dispuso. Veremos si es o no imputable, qué padecimientos puede tener, y si estos padecimientos implican que pueda ser derivado a algún establecimiento asistencial.
Vamos a entendernos: si en vez de ser el señor Nelson Spillman fuera Juan Pérez, el procedimiento sería exactamente el mismo. Nosotros tenemos a ciudadanos anónimos detenidos con trastornos notorios o certificados psiquiátricos, psicológicos o lo que sea, y siempre se les somete a pericia psiquiátrica para determinar si son inimputables o si tienen algún trastorno de conducta que pueda implicar una variación o una derivación a un centro asistencial. Eso se hace con cualquier persona detenida, idagada o procesada por un delito. No es un recurso que se utilice a favor de una persona notoria o adinerada.
EC - Aquí estamos ante una persona que aparentemente está consumiendo medicamentos y antidepresivos, una persona "muy sensible" según su entorno, una persona con altibajos en sus estados de ánimo, que hacen que en algunos momentos sea muy apacible y en otros "algo violento".
PH - Sí; parece que es así.
EC - El abogado de Spillman, Juan Fagúndez, adujo esto otro: que el periodista Ricardo Gabito desarrolló durante la indagatoria "una actividad que supera a la de una víctima normal, una actividad que raya en la pesquisa secreta".
PH - Evidentemente el señor Gabito ha aportado datos importantísimos a la indagatoria. Pero en definitiva esos datos fueron corroborados, y nadie fue procesado por elementos secretos.
EC - Pero desarrollar pesquisas secretas sería un delito, ¿no?
PH - Por supuesto. Toda víctima aporta a la Policía algún tipo de datos: hay gente que se encuentra con la víctima y le dice "Mirá, yo no me quiero meter pero te voy a dar este dato: Fulano fue, tal, tal, tal y tal cosa". La víctima lo aporta a la Policía, ésta lo indaga, después lo pasa al Juzgado y éste hace las corroboraciones del caso.
Obviamente, el señor Gabito no reveló sus fuentes de información, pero todos los elementos que aportó fueron indagados...
EC - Así que usted no encuentra elementos cuestionables en el comportamiento de Gabito.
PH - Yo diría que no, porque en definitiva todos sus dichos se fueron confirmando: se confirmó la participación de Juan Carlos Martínez, se confirmó la participación de Ernesto Daniel Spillman... Estaba apuntado desde el primer día, sin embargo no fue procesado entonces por los dichos del señor Gabito. Se hizo toda la indagatoria, se tomó declaraciones, empezaron las contradicciones, y las confesiones. A raíz de toda esa indagatoria se llegó al procesamiento. No hay ningún elemento ajeno al expediente, fuera del expediente, que haya inducido al procesamiento. Y le voy a decir más: todas las personas involucradas estuvieron asistidas de abogado desde la primera declaración, con las máximas garantías del debido proceso.
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Transcripción y edición: Jorge García Ramón