Entrevistas

Transgresores del tránsito en el limbo jurídico

Culpable de un homicidio por exceso de velocidad, con fuga, ocultamiento e intento de responsabilizar al chofer, Pablo Bentancur nuevamente detenido ebrio a 109 kph en la rambla, con su licencia de conducir en regla. Director de Tránsito y Transporte de la IMM, Felipe Martín: La ley de Rendición de Cuentas de 2001 impide a las autoridades municipales retirar la documentación bajo ningún concepto. Si va a 150 kph, sólo es pasible de multa.

(Emitido a las 09.23)

EMILIANO COTELO:
El tema está en el tapete desde anteayer. El hecho ocurrió en el fin de semana, pero sus repercusiones no cesan.

El diario El País, por ejemplo, titula hoy: "Bentancur niega que estuviera ebrio. Inspectores responden que sí". La nota indica que los exámenes de espirometría quedaron bajo la lupa. Para la Intendencia de Montevideo (IMM) y la Policía de Tránsito el empresario Pablo Bentancur estaba ebrio cuando conducía el sábado pasado un Jaguar negro a más de 109 quilómetros por hora. Por el contrario su abogado, Gustavo Bordes, asegura que el examen fue incorrecto y que el resultado es erróneo. De todas formas la Intendencia enviará el caso al Tribunal de Faltas, aplicará una multa de 15 UR, y además analiza la posibilidad de retirarle la libreta de conducir.

"La defensa del empresario aduce que Bentancur 'es blanco de críticas gratuitas; cada vez que lo nombra se recuerda el episodio de Coimbra y la rambla. Él ya pagó por eso y estamos esperando la sentencia'".

El 24 de noviembre de 2002 Bentancur, conduciendo con exceso de velocidad, mató a una adolescente en el cruce de Coimbra y General Paz, y no le prestó asistencia en el momento del accidente. Más tarde intentó que un empleado suyo se hiciera pasar como la persona que conducía el auto al embestir a la joven. Bentacur estuvo nueve meses en la cárcel por este hecho.

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Hay distintos organismos, distintas instituciones involucrados en este hecho del fin de semana pasado, pero vamos a conversar hoy con el director de la División Tránsito y Transporte de la IMM, Felipe Martín. ¿Qué participación tuvieron los inspectores municipales en este caso concreto?

FELIPE MARTÍN:
Los fines de semana se realizan tareas de control de velocidad que se coordinan con Policía de Tránsito a los efectos de practicar simultáneamente controles de espirometría. Nuestro personal abocado a los controles de velocidad trabaja con los radares, y una vez que los vehículos infraccionan (en velocidad, o aunque no haya infracciones se hacen controles de rutina), el personal del Ministerio del Interior practica los controles de espirometría.

EC - O sea que al detener a Pablo Bentancur este fin de semana actuaban conjuntamente inspectores municipales y policías de tránsito.

FM - Efectivamente.

EC - Por un lado se confirmó que estaba sobrepasando los límites de velocidad autorizados, y por otro se le realizó la espirometría. Lo llevó adelante la Policía, ¿verdad?, porque no es la intendencia la que hace ese examen.

FM - No, no es la Intendencia. El artículo 24 de la ley establece, justamente, que son los funcionarios del Ministerio del Interior especialmente habilitados, capacitados para investigar a cualquier persona que conduzca en zonas urbanas, urbanas o rurales del territorio nacional.

EC - Con respecto a la discusión que se ha generado en torno al resultado que arrojó ese análisis, 6,3, cuando lo autorizado es 0,8, ¿qué pueden decir ustedes desde la Intendencia, pese a que no fueron quienes directamente lo realizaron?

FM - Esa noche, como en tantas otras oportunidades... Estos controles se vienen llevando desde 1998, y el personal del ministerio que trabaja al frente de este tipo de funciones es un personal competente. Ese mismo fin de semana y los restantes se han venido tomando una cantidad de muestras y controles y en ningún caso se verifica que haya reclamaciones porque los valores estuvieran mal o de alguna manera alterados. De todas formas cada uno tiene la potestad de realizar las reclamaciones que considere.

EC - ¿Es común encontrar índices tan altos?

FM - Es un índice elevado.

EC - "No hay ninguna persona que pueda soportar esa cantidad de alcohol -dice el abogado de Bentancur-, parece que la Policía y los inspectores de la Intendencia nunca hubieran visto una persona alcoholizada o en coma alcohólico."

FM - Podemos hablar de casos de gente que incluso no se ha podido bajar del vehículo, a la cual ni siquiera se le ha podido practicar la prueba de espirometría porque ni siquiera ha tenido fuerza para soplar. Se ha llegado a límites de ese tipo.

EC - Es tremendo eso: estamos hablando de una imprudencia y una irresponsabilidad mayúsculas.

FM - Es brutal. Estamos hablando de valores en los que prácticamente se ha perdido todo tipo de dominio y control de cualquiera de las facultades básicas para poder moverse con cordura en cualquier acto de la vida, ni hablar para conducir.

EC - Usted dice que eso suele detectarse en esas situaciones.

FM - Se verifican valores elevados, en algunos casos han debido derivarse en taxímetros a su domicilio a personas que no podían valerse por sus propios medios.

EC - Volviendo al caso de Pablo Bentancur, cuando protagonizó el accidente de tránsito de noviembre de 2002, cuando terminó matando a una adolescente en General Paz y Coimbra, más allá de lo que fueron la actuación de la justicia penal, su procesamiento y su remisión a la cárcel, ¿no se le retiró la libreta?

FM - Aparentemente, no. Nuestros abogados están averiguando eso en el juzgado de 7º turno. Aparentemente no se remitió antecedente u oficio a la Intendencia emisora del documento, que en este caso no es Montevideo; aquí nunca tuvo libreta de conducir. Aparentemente no existió esa remisión del oficio para que por la vía administrativa se pudieran tomar otras medidas precautorias independientemente de las que se pudieran tomar por la vía judicial.

EC - Eso confirma lo que hace meses ya, el juez de la causa, el doctor Hackenbruch, había dicho a En Perspectiva. Simplemente estaba tratando de poner nuevamente el dato en conocimiento de la audiencia. Se lo procesó con prisión, pero no se le retiró la libreta de conducir. Aparentemente justamente porque iba preso, según lo que decía el doctor Hackenbruch el retiro de la libreta es una decisión que se toma cuando no hay prisión. En fin, es un tema que queda para el análisis y la opinión de cada uno de los oyentes.

FM - Sin duda.

EC - ¿Ustedes tienen un criterio en ese sentido? ¿Qué puede hacer una intendencia con el tema del retiro de la libreta?

FM - Hagamos la siguiente aclaración. Ya lo he explicado, pero ahora que el tema está en el tapete lo vuelvo a refrescar: un artículo de la Rendición de Cuentas del año 2001 (de la Rendición de Cuentas, es decir una ley que versa fundamentalmente sobre el gasto público) incorporó una norma que establece que las autoridades nacionales y departamentales no pueden bajo ninguna circunstancia retirar ningún tipo de documento ante infracciones de tránsito, con la única excepción de los casos de conductores alcoholizados; únicamente en ese caso. De acuerdo a la ley quienes pueden actuar son los funcionarios del Ministerio del Interior, las autoridades municipales no están habilitadas a retirar documentación bajo ningún concepto, aún cuando el conductor vaya a 150 quilómetros por hora por avenida Italia o por la rambla; en ese caso únicamente es pasible de una sanción económica, pero no hay posibilidades de retiro de documentación. Creo que eso debería modificarse rápidamente.

EC - En conocimiento de que ocurrió un accidente como el del año 2002, que la persona que protagonizó el accidente, que conducía el vehículo, iba en exceso de velocidad, aparentemente también alcoholizada, que además no asistió a la víctima, que luego intentó traspasarle la responsabilidad a otra persona, un chofer que trabajaba con él pero que no estaba al volante del auto ese día, con ese cúmulo de hechos que pautaron el accidente de noviembre de 2002, ¿la intendencia tampoco puede resolver "A ese señor se le saca la libreta"? Yo sé que usted me dijo que la libreta no era de Montevideo, pero ante esa conducta de un conductor, ¿una intendencia no puede decidir que retira la libreta?

FM - No: no podría de acuerdo a como están actualmente las normas, a no ser que existiera un oficio del juzgado correspondiente estableciendo los antecedentes por los cuales se procesó a una persona. En ese caso, ya no por protagonizar una infracción, sino por protagonizar un accidente, se podría, ante los oficios con los antecedentes del juzgado, proceder a realizar algún tipo de suspensión. Pero aparentemente en este caso no fue así porque no se remitió oficio a la intendencia respectiva.

EC - Si entiendo bien, es el juez quien tiene que solicitar el retiro de la libreta.

FM - Toda vez que se protagoniza un accidente con heridos o muertes toma jurisdicción la Policía y eleva los antecedentes a la Justicia. En ese caso todos los elementos que formaron parte del accidente, la pericia técnica, todo lo que de alguna manera encierra el accidente, los testigos, va todo a jurisdicción de la Justicia, que en esos casos puede remitir alguna comunicación al municipio emisor del documento a los efectos que correspondiere. Porque el municipio emisor es el que tiene las facultades de emitir, y aparentemente tendría también las de decidir en lo que tiene que ver con retirar la documentación, suspenderla por la vía administrativa. Habría un tema a analizar desde el punto de vista de la órbita penal y otro a analizar desde la órbita administrativa municipal.

EC - ¿Una cosa es retirar la libreta de conductor y otra es inhabilitarlo como conductor?

FM - Efectivamente. Aquí lo que está aconteciendo es que no hay legislación. Este último elemento que se colocó en el año 2001 generó una suerte de bloqueo que impidió continuar trabajando en una serie de temas que venían considerándose, entre otros un anteproyecto de ley nacional que deja muy en claro la necesidad de tener un registro único por el cual cada ciudadano va a tener un único documento de conducir. Ese anteproyecto, tomando elementos de la legislación más moderna, no solamente incluye las sustancias que alteran las facultades físicas y psíquicas de los conductores, sino también la posibilidad de que los médicos que actuaran frente a un tratamiento con psicofármacos tuvieran la obligación -si se tratara de alguien que conduce- de remitir la información a la autoridad correspondiente para que mientras dure ese tratamiento que tiene efectos secundarios se inhabilite a la persona para conducir. En la legislación moderna en el mundo eso está incorporado, es un elemento que ya tendría que estar por lo menos discutiéndose en el marco de una actualización normativa en Uruguay.

EC - Habiendo ocurrido lo que ocurrió este fin de semana, ¿qué va a pasar con el permiso de conductor de Bentancur?

FM - Automáticamente está retenido y suspendido, y los organismos jurídicos de la Intendencia están recabando una serie de elementos desde el punto de vista de los antecedentes y legales a los efectos de graduar la sanción.

EC - Pasemos en limpio: se retuvo una libreta de conductor expedida en Canelones.

FM - Sí, pero tenemos facultades en ese sentido porque la infracción se verificó aquí en Montevideo. Si bien las libretas se emiten en los departamentos tienen validez de circulación nacional, eso de alguna forma va unido a la ordenanza que rige en cada departamento, del mismo modo que las rutas nacionales son controladas por Policía Caminera.

EC - Entonces, ¿qué suspensión de esa libreta puede venir; cuánto tiempo puede llegar a estar suspendido ese permiso?

FM - Eso es lo que deberán establecer los servicios jurídicos. Puede ser una suspensión de dos años o más, habrá que ver todos los antecedentes que se reúnan al respecto teniendo en cuenta un accidente protagonizado con una responsabilidad de homicidio culposo.

EC - Teniendo en cuenta esa descoordinación que aún existe entre las intendencias, suponiendo que la IMM tome esa decisión, ¿qué alcance tiene la misma?

FM - Tiene alcance nacional.

EC - O sea, ustedes van a estar suspendiendo una libreta de Canelones.

FM - Sí, efectivamente.

EC - ¿Eso se podría hacer?

FM - Y sí, lo hacemos, ya lo estamos haciendo.

EC - Tendría alcance nacional. ¿Qué tranquilidad tenemos de que después esta persona no vaya a la intendencia del departamento tal o cual, que no es ni Montevideo ni Canelones, y saque de nuevo la libreta?

FM - Ya están hechas las comunicaciones, Montevideo comunica inmediatamente todos los controles que realiza vía e-mail a quienes tienen sistemas electrónicos o vía fax, de la misma manera que recibe los casos de libretas suspendidas en otros departamentos. Lo que hay que verificar es cuáles son los recursos informáticos con que cuentan las intendencias (nosotros los tenemos) que permiten que, ingresado a la base de datos, aunque no sea un conductor de Montevideo, si esa persona concurriera a tramitar una libreta, automáticamente queda inhabilitado porque figura el antecedente de que tal departamento comunicó su suspensión. De la misma manera debería acontecer en el resto del país.

EC - ¿Qué dice la historia? ¿Efectivamente funciona esa prohibición?

FM - No; la historia dice que en muchos casos se suspende en un departamento, se comunica, pero la persona igual encuentra brechas para poder sacar la libreta en una junta local o en un lugar más alejado donde de repente los controles desde este punto de vista son más débiles.

EC - O sea: termina ocurriendo que hay conductores que encuentran el agujero por donde colarse y obtener una nueva libreta.

FM - Es una hipótesis que se puede dar. Efectivamente, hasta que no exista una interconexión de todos los municipios, se puede dar. Es lamentable, pero es así.

EC - ¿Cuánto falta para eso?

FM - La licitación que hizo el Congreso de Intendentes ya pasó la fase de adjudicación y creo que la empresa adjudicataria está en el plazo para establecer los equipamientos y el cableado para tener a todos los municipios interconectados. Habría que verlo en el Congreso de Intendentes. Montevideo ya cuenta con eso.

EC - De todos modos no se llegará en esa instancia a la libreta única.

FM - A la libreta única debería llegarse igualmente. En el momento en que se cargue toda la información se va a verificar que hay personas que tienen más de una libreta, que tienen en un departamento y en otro. Cuando ese registro esté operativo simplemente va a quedar vigente la libreta del lugar donde tenga residencia.

EC - Cuando me refería a libreta única quizás estaba hablando de un concepto un poco más amplio en cuanto a que, por ejemplo, los requisitos, las exigencias para obtener la libreta de conductor sean efectivamente los mismos en todos los departamentos.

FM - Sí, eso ya está acordado. El tema es que no todos los municipios cuentan con recursos como para tener gabinetes psicofísicos, equipos de salud de tránsito como para tener los mismos niveles de exigencia. Considero que es un tema en el que hay que hacer una fuerte inversión, al que hay que tomar verdaderamente como una política de Estado. El gobierno central debe realizar los máximos esfuerzos tendientes a que los municipios con más dificultades puedan tener todos los elementos a los efectos de estar en igualdad de posibilidades y condiciones en un tema tan delicado como éste.

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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Jorge García Ramón