Andrea Tuana (ONG El Paso): Sentencia sobre empresario implica que "cualquier persona puede explotar sexualmente a un menor"
Un tribunal de Apelaciones en lo penal revocó el procesamiento con prisión de un empresario hotelero de Punta del Este (Javier Moya) que en enero pasado fue acusado en un caso de explotación sexual infantil. Pero la semana pasada esta persona recuperó su libertad. El 4 de junio el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2° Turno revocó su procesamiento en un fallo dividido, con el argumento de que el empresario "no sabía" que la joven con la que se relacionó tenía menos de 18 años. Entrevistada por En Perspectiva la licenciada Andrea Tuana, presidenta de la ONG El Paso, que se ha especializado en la atención a este tipo de situaciones y que integra el Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y No Comercial de la Niñez y la Adolescencia, entiende que se trata de un fallo que "genera una profunda indignación" porque "da una señal peligrosa, mostrando que fácilmente cualquier persona puede explotar a un adolescente o niño".
(emitido a las 8.56 hs.)
EMILIANO COTELO:
A comienzos de este año la policía y la Justicia de Cerro Largo desbarataron una organización radicada en ese departamento que explotaba sexualmente a menores de edad. En ese marco fue procesado con prisión un conocido empresario hotelero de Punta del Este, acusado de haber mantenido relaciones con una adolescente de 15 años oriunda de Melo, a quien pagó con dinero y regalos (*). Pero la semana pasada esta persona recuperó su libertad.
El 4 de junio el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2.° turno revocó su procesamiento en un fallo dividido, con el argumento de que "no sabía" que la joven tenía menos de 18 años. La sentencia destaca que el empresario le preguntó a la chica su edad y, si bien ella "mintió" y dijo ser mayor, quedó probada la "preocupación" del hombre "por no involucrarse con una menor a quien pagaría por sus servicios". En definitiva, para el tribunal, "el error es lo que le hace decidir la actuación".
Esta decisión judicial ha generado una fuerte polémica y el rechazo de las instituciones del Estado y las organizaciones sociales involucradas en la campaña para erradicar la explotación sexual infantil.
Por eso vamos a conversar con la licenciada Andrea Tuana, presidenta de la ONG El Paso, que se ha especializado en la atención a este tipo de situaciones y que integra el Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual Comercial y No Comercial de la Niñez y la Adolescencia.
EMILIANO COTELO:
¿Cómo observaron esta sentencia del Tribunal de Apelaciones de 2.° turno?
ANDREA TUANA:
Sentimos una profunda preocupación, indignación. Creemos que es un sentencia que da una señal muy peligrosa a nuestro país, que muestra que muy fácilmente cualquier persona puede explotar sexualmente a un niño, niña o adolescente y aducir que no sabía o que fue engañado. Nos parece que esto va en contra de toda la normativa internacional de protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y sienta un precedente muy peligroso, que en cierta medida puede promover que esto se reproduzca. Porque si tan fácilmente uno puede aducir que fue engañado, es una manera muy sencilla de burlar a la justicia.
EC - El fallo del tribunal de apelaciones en su página 10 destaca que el hombre que había sido procesado admite "todas y cada una de las circunstancias que se dice acontecieron en el encuentro con la chica";, incluso da lujo de detalles, o sea, no niega que existió una relación sexual y no niega que pagó por ella, pero expresó que le pareció muy joven y por eso le preguntó la edad. Insiste en que ese punto es de enorme trascendencia al momento de juzgar, y luego se detiene en lo que en derecho penal se denomina teoría del error, para lo cual se basa en un escrito que preparó el doctor Milton Cairoli:
"Esta persona no sabía que la chica era menor de edad, al contrario, como le resultó de algún modo sospechoso ese punto, le preguntó y ella mintió diciéndole que tenía 18, y además una hija. Esto comprueba la preocupación del titular de estos autos respecto a no involucrarse sexualmente con una menor a quien le pagaría sus servicios. La relación sexual por dinero nunca fue negada, lo que sucedió es que él, en su conocimiento interno, la mantuvo con alguien que no era menor, lo que aún no es delito en nuestro país";.
AT - Realmente parece un fundamento en un tema de pronto menor o secundario, una falta. Parece un argumento, primero inverosímil, al menos desde mi punto de vista, sumamente frágil, para juzgar en una causa que es tan grave. Estamos hablando de una vulneración de derechos profunda, de un delito, que es la explotación sexual, que provoca secuelas en la vida de esos niños, niñas y adolescentes, que está hipotecando su futuro, porque realmente impacta en su desarrollo.
Entonces es desproporcionado el delito, el daño, la gravedad que tiene ese delito, respecto a un argumento tan frágil, poco creíble y que en definitiva quedó cuestionado. Los tres magistrados no opinan lo mismo, uno de los magistrados opina distinto. Creo que es necesario remarcar que esta sentencia es vergonzosa, es indignante y no es de recibo.
EC - La sentencia, o lo que opinan en mayoría los ministros del tribunal de apelaciones, apunta a las garantías del proceso. Sostiene que no están dados los elementos de convicción para que se pueda afirmar que este hombre tuvo esa relación sexual paga con alguien que él supiera que era una menor. Que hay dos palabras, nada más, dos testimonios, el del hombre y el de la chica. La chica dice lo mismo que él en cuanto a que efectivamente lo engañó, que le dijo que tenía 18 años, incluso agregó que tenía una hija. Y por lo tanto el tribunal de apelaciones se centra en la debilidad de los elementos reunidos hasta este momento. Y agrega: "En caso de duda, hay que fallar a favor del reo";.
AT - En otros temas tal vez menos graves que estos, que pueden provocar menos niveles de daño, como por ejemplo la entrada de un menor de edad a un boliche, se pide la cédula, en la puerta del boliche se pide la cédula, porque si no los dueños pueden tener alguna multa por alguna inspección de INAU. En este tema en ningún momento se habla de que sea responsable el cliente, esa persona que quiere tener sexo con otra persona, que exija una prueba de que no es menor de edad.
EC - De eso habla el fallo del tribunal de apelaciones. Dice: "La precaución máxima que hubiera podido tomar por encima de la pregunta sobre la edad hubiera sido pedirle la cédula de identidad, o que sacara un certificado de nacimiento, lo que resulta realmente ridículo";. Esto es textual de los dos ministros que firmaron en mayoría, "resulta realmente ridículo"; reclamarle eso a la persona.
AT - Claro, ridículo para un tribunal que está minimizando este delito, lo está minimizando en los niveles de daño. Yo creo, muy por el contrario, que es lo mínimo que una persona puede hacer si tiene temor de incurrir en un delito tan grave, porque esto tiene una pena de hasta 12 años de prisión. Si tú tenés el temor de incurrir en un delito tan grave, la mínima precaución que podés tomar es pedir una documentación que te dé las garantías y la prueba de que no estás incurriendo en ese delito.
Creo que hay una ideología detrás de esto de minimizar estas situaciones, de estigmatizar, otra vez, a las víctimas, tachándolas de mentirosas, de que en definitiva están apañando esta situación y no pudiendo visualizar la grave vulneración y el daño que esto provoca. De alguna manera hay una legitimación de que esta práctica siga sucediendo.
EC - El juez que falló en primera instancia discrepa totalmente con esta visión, dice que el caso era bastante claro. El propio cuerpo de la niña, que es flaquita, que además es consumidora de pasta base, etcétera, dice el juez, no daba lugar a confusiones.
AT - Si uno medianamente tiene un poco de sentido común, pensar que un empresario de 75 años, seguramente con mucho manejo del mundo y del relacionamiento con las personas, quiera hacer creer a todos que confundió una niña de 15 años con una persona mayor de edad… Realmente eso no es creíble, creo que muchos clientes de explotación sexual se mueven en ese margen entre el deseo de acceder a una menor de edad, por toda una serie de aspectos que tienen que ver con lo cultural y con determinadas creencias, y la posibilidad de hacerlo. Entonces cuando encuentren esa posibilidad, lo van a hacer.
Si hoy nuestro país les da el argumento a esos explotadores sexuales, "háganlo, señores, que van a venir abogados que luego van a decir que ustedes fueron engañados, y con solo su palabra ustedes quedarán libres";, es una señal que tenemos que repudiar. Y como sociedad tenemos que poder generar un rechazo y una oposición muy fuerte a que se siente este precedente.
EC - ¿Es la primera vez que pasa esto? Da la impresión de que este es un punto bien delicado de la normativa, de la legislación a propósito de este delito. En qué medida no va a pasar siempre que el inculpado pueda argumentar que tomó las precauciones, que preguntó, que le mintieron, todo eso.
AT - Claro, mientras sea de recibo ese argumento es difícil que esto no siga pasando. Creo que hemos ido avanzando en la colocación de la explotación sexual como un problema social que no se visibilizaba como tal, se pensaba que esto era parte de las prácticas o las elecciones de chiquilinas que no querían tomar otras alternativas de vida. Hemos ido avanzando como sociedad en estar de acuerdo en determinados principios internacionales que claramente nos dicen que es un delito, que es una vulneración de derechos, que no es un trabajo, que no es una práctica aceptable, que son víctimas. Pero me parece que todavía a este Estado y a esta sociedad les falta hacer un camino de toma de conciencia.
EC - Pero ¿en la justicia ya pasó esto, ya ocurrió?
AT - A eso iba, en la justicia antes de tener la ley, sin lugar a dudas; después de la ley, que la tenemos desde 2004, hubo muchas dificultades para su implementación y muchos clientes en primera instancia quedaban eximidos, justamente, aduciendo este argumento. Se hizo una campaña muy fuerte desde INAU, que se llamó "No hay excusas";, "yo no sabía que era menor de edad";. Y no solamente en el Uruguay, se hizo en otros países, porque se vio que ese era el argumento que se estaba tomando.
O sea que esto sí sucedió, sigue sucediendo. En algunos casos es de recibo el argumento y quedan eximidos, en otros casos no, hay clientes que han sido condenados y procesados. Me parece que esto hace un llamado a que es necesario capacitar al Poder Judicial en este tema, porque la Facultad de Derecho no forma a los operadores en este tema. Y hace falta también un aggiornamento de los magistrados en los instrumentos internacionales de protección en esta temática.
EC - ¿El texto de este artículo de la ley es suficientemente claro, o también allí habría que actuar, habría que precisar mejor las circunstancias que terminan configurando este delito?
AT - El texto de la ley es suficientemente claro, es muy concreto. Me parece que a nivel legislativo podríamos generar una ley integral que dé más prerrogativas. También hay un tema que tiene que ver con las pruebas, que no es este el caso, acá el hecho está probado, la propia persona lo reconoce. Pero en otras circunstancias el indagado o el imputado dice que no, que no hubo intercambio sexual. La chica en general también lo va a negar, por toda una serie de circunstancias que tienen que ver con el desequilibrio y el abuso de poder, las amenazas y el temor.
Me parece que acá también hay que trabajar muy fuertemente con la policía en la investigación. En muchos países se hacen investigaciones encubiertas, no se carga la prueba sobre la víctima, sino que se intenta recabar las pruebas mediante investigaciones encubiertas, como se hace, por ejemplo, en los casos de narcotráfico. Pero para eso es necesario generar una conciencia a nivel país de que hay que priorizar este tema y por lo tanto invertir recursos para que esto se haga.
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EC - ¿Cómo piensan actuar ante este caso, ante este fallo del tribunal de apelaciones?
AT - Estamos movilizando varias organizaciones no gubernamentales y también de la academia. Hoy estamos difundiendo un comunicado de prensa en el que solicitamos al Ministerio Público y Fiscal que tome cartas en este asunto, ya que está en plazo para hacerlo. Si Fiscalía interpone un recurso de casación este caso pasa a Suprema Corte de Justicia (SCJ) y esperamos que en ese ámbito pueda revocarse este fallo y el imputado pase a cumplir la pena que le corresponde.
Por otro lado, estamos convocando a toda la ciudadanía para el viernes 20 de junio a las 15 horas en la puerta de la SCJ, justamente para demostrar y manifestar la oposición y la indignación con relación a este fallo, y también para pedirle una entrevista para manifestar nuestra gran preocupación.
Esas son las dos acciones fuertes. En el caso de que ninguna de esas acciones tuviese un resultado que a nuestro juicio fuera el adecuado, estamos dispuestos a seguir a instancias internacionales. Estamos dispuestos a pedir una audiencia temática en la Comisión de Derechos Humanos de la OEA, como lo hicimos en otras circunstancias de omisiones del Estado, justamente para colocar esta temática y esperando que el sistema interamericano le recomiende a nuestro país transformar estas prácticas.
EC - Mientras tanto, ¿cómo se está desarrollando la campaña que ustedes realizan, que copatrocinan, esta titulada "Deje de colaborar";, que busca sensibilizar e informar sobre este tema, a propósito de este problema?
AT - Es una campaña que venimos desarrollando con el Conapes (Comité Nacional para la Erradicación de la Explotación Sexual) y la Fundación Visionair con apoyo de la Unión Europea y que implica la realización de días de acción en cada uno de los departamentos del país.
EC - ¿Desde cuándo están en esto?
AT - El año pasado empezamos a trabajar en la difusión del material gráfico de la campaña y hace unos 15 días empezamos las recorridas por el interior. La respuesta de los operadores sociales que participan en los talleres de sensibilización y de capacitación es muy buena, pero fundamentalmente estamos haciendo una apuesta muy fuerte a los adolescentes. En cada uno de los departamentos estamos haciendo talleres con alrededor de 60 adolescentes, en los que trabajamos con ellos, problematizamos con ellos esta temática e intentamos dar algunas herramientas de prevención.
EC - Capaz que la pregunta es obvia, pero ¿por qué con adolescentes?
AT - Primero, porque esa es la franja de edad en que son más vulnerables a ser víctimas y ser captados por redes de explotación sexual. No solo la pobreza es un factor fuerte de vulnerabilidad, también la violencia doméstica. Y segundo, porque ellos pueden ser multiplicadores de una mirada, primero de sancionar el pagar por sexo con una persona menor de edad, y además poder brindar ayuda a otros adolescentes a los que les pueda estar pasando y se les haga muy difícil confiar en los adultos.
Es una experiencia muy gratificante. Porque muchos adolescentes reproducen lo que los adultos pensamos, que esto en realidad es un trabajo, que las chicas lo hacen porque quieren, las estigmatizan. Y después de ese proceso de trabajo pueden comprender la gravísima vulneración de derechos, los daños que esto provoca y los niveles de sufrimiento que vive una chica de 15 años como el caso de Cerro Largo del que estamos hablando.
EC - Ustedes sostienen que es incorrecto hablar de "prostitución infantil";, quieren desterrar esa terminología de las versiones de prensa, de la conversación a propósito de estos asuntos. ¿Por qué?
AT - Eso viene de una fuerte corriente internacional. Porque la idea de prostitución siempre nos remite, aunque le pongamos "infantil";, a algo que es un intercambio voluntario, a una transacción en cierta medida válida, yo te doy algo a cambio de que tú me des otra cosa. Acá lisamente hablamos de un delito y de explotación, de abuso de poder y de violencia. Entonces nos parece que el lenguaje nos ayuda a ir posicionándonos y mirando el tema en la dimensión correspondiente.
EC - Capaz que para usted es obvio, pero ¿por qué acá hay "abuso de poder";?
AT - El abuso de poder tiene que ver con la edad de la persona. Los instrumentos internacionales consideran que una persona menor de 18 años, por su condición de edad de desarrollo, de desarrollo de su autonomía progresiva, no puede brindar consentimiento para entrar en una transacción comercial por sexo. Y que además eso le genera muchas vulneraciones en su vida. Una adolescente de 12, 13, 14 años debería estar preservada en su derecho de estudiar, de jugar, de divertirse como cualquier otro adolescente. Y quien está ubicado en esa trayectoria de la explotación sexual lo está porque hay un proceso de victimización, de vulneración y de carencias en el que ha sido colocado desde que empieza su vida. Decimos que las condiciones de vida de las personas que están en esas circunstancias son muy distintas de las de otro adolescente que no ha pasado por eso.
EC - A partir de otros casos que se han dado últimamente y de la experiencia que ahora siguen acumulando con estas recorridas, ¿cuál es la información, cuál es el panorama que van conformando? ¿Cómo está el Uruguay en materia de explotación sexual de menores?
AT - La franja etaria mayoritaria son gurisas adolescentes de entre 14 y 17 años, aunque también encontramos casos de varones explotados sexualmente. El 90% de los clientes son varones, tanto de chicas como de chicos, esto es por datos de casuística, y la explotación se da en todo el país, si bien tiene expresiones distintas según algún aspectos más territoriales.
En los casos de niños más chicos –encontramos situaciones de explotación de niñas de 9, 8, de 10 y 11–, se da una explotación más dentro de la comunidad. Es un vecino que por un surtido de comida o por determinado beneficio explota sexualmente a una chica más pequeña. Cuando son más grandes están en las rutas, a veces en las whiskerías, en distintos lugares. Y también operan en nuestro país las redes de trata, que las movilizan de un departamento a otro y en algunos casos también afuera del país.
EC - En definitiva, el fenómeno está muy extendido, entonces.
AT - El fenómeno está extendido en todo el país. No hubo un solo departamento donde algún operador social nos dijera que allí no existe explotación.
EC - ¿Y en la gente? ¿Qué tipo de conciencia y preocupación hay en la sociedad en torno a estas prácticas?
AT - Creo que a la sociedad todavía le cuesta tomar conciencia y que todavía opera ese fenómeno de victimizar a la víctima. La sociedad pone mucho el acento en que ellas están porque quieren, que nadie las obliga, que en realidad no quieren hacer otras cosas.
EC - Pero últimamente han aparecido algunos casos que han tenido mucha difusión. Pienso en este que estamos comentando del mes de enero, o pienso en el de la casita del parque en Paysandú. ¿La divulgación de estos casos, el debate, las declaraciones, el análisis que se ha hecho no incidieron en la sociedad, en la gente?
AT - Creo que han abierto el tema, han generado que organizaciones sociales que de repente no lo estaban visualizando lo empiecen a visualizar y que hoy reaccionen y se indignen con este fallo. Pero me parece que dentro de nuestras casas a los vecinos y vecinas todavía nos falta bastante para que este tema concite atención, creo que por ese tema, porque no se logra visualizar como víctimas a las gurisas que están en estas situaciones ni tampoco a las familias. A veces se carga la responsabilidad en las familias, que en muchos casos la tienen, pero que en muchos casos también han sido victimizadas como las propias gurisas.
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EC - El comunicado va a darse a conocer hoy.
AT - Hoy, esta tarde vamos a difundir el comunicado de prensa con la carta que le vamos a hacer llegar al fiscal Díaz y con la convocatoria a la movilización del viernes 20 de junio a las 15 horas en la puerta de la SCJ.
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Transcripción: María Lila Ltaif
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(*) El delito que se le imputó prima facie fue el artículo 4 de la ley 17.815 (Retribución o promesa de retribución a personas menores de edad o incapaces para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo): El que pagare o prometiere pagar o dar a cambio una ventaja económica o de otra naturaleza a persona menor de edad o incapaz de cualquier sexo, para que ejecute actos sexuales o eróticos de cualquier tipo, será castigado con pena de dos a doce años de penitenciaría.
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