La Tertulia Agropecuaria

La Tertulia Agropecuaria: el Impuesto al Patrimonio volverá a aplicarse a las actividades agropecuarias

La Tertulia Agropecuaria: el Impuesto al Patrimonio volverá a aplicarse a las actividades agropecuarias

El Parlamento se apresta a completar en estos días la aprobación del proyecto de ley que hace que los propietarios de grandes extensiones de tierra vuelvan a pagar el Impuesto al Patrimonio, un tributo que había sido derogado en 2001, poco antes de que se desatara la gran crisis económica. La iniciativa ha sido apoyada solo por el Frente Amplio y resistida con dureza por la oposición y por las grandes gremiales del agro. Para conocer los argumentos a favor y en contra del tributo, en esta edición de La Tertulia Agropecuaria, Emiliano Cotelo y Rossanna Dellazoppa conversaron con el senador del MPP e ingeniero agrónomo Ernesto Agazzi y con el contador Diego Bonomi, experto en tributación agropecuaria de la Universidad de Montevideo.


(emitido a las 8.44 Hs.)

EMILIANO COTELO:
Las grandes extensiones de tierra volverán a pagar el Impuesto al Patrimonio, un tributo que para el caso del agro había sido derogado en el año 2001.
 
Eso ocurrirá la semana próxima, cuando la Cámara de Diputados complete la aprobación parlamentaria de un proyecto de ley que presentó el Gobierno luego de que la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declarara inconstitucional el Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales (ICIR).
 
Se trata de una iniciativa que solo ha sido apoyada por los legisladores del Frente Amplio, aunque era esperada por los intendentes de todos los partidos para dedicar la recaudación a caminería rural, tal cual era el objetivo cuando se empezó a hablar de nuevos tributos al agro. En tanto, la medida es fuertemente resistida por las gremiales agropecuarias. En la Tertulia Agropecuaria creemos que todavía falta información y análisis sobre este tema y por eso vamos a dedicarle nuestro espacio de hoy.

Rosanna, presentemos a los invitados.

ROSANNA DELLAZOPPA:
Ernesto Agazzi, senador, del Movimiento de Participación Popular (MPP), Frente Amplio, ingeniero agrónomo, ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca entre 2008 y 2009, durante el gobierno de Tabaré Vázquez.

Y Diego Bonomi, contador, socio del Estudio Bonomi Contadores Públicos, profesor de Técnica y Legislación Tributaria en la Universidad de la República por más de 20 años y profesor de Tributación Agropecuaria en los programas de maestría de la Universidad de Montevideo.

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EC – Recordemos que, en síntesis, el proyecto restablece este tributo cuando el patrimonio afectado a la explotación agropecuaria supera los 12.000.000 de Unidades Indexadas (aproximadamente 1,6 millones de dólares a los valores de hoy).

A esos efectos se considera el valor de catastro de los inmuebles rurales propios incrementado en un 40% en concepto de valor ficto de muebles y semovientes, y el 40% de los inmuebles rurales de terceros –típicamente los arrendados– que se utilicen para la explotación.
La tasa de este nuevo Impuesto al Patrimonio se fija en 1,5%. Y, por otra parte, se crea una sobretasa, que va desde 0,7% a 1,5%. Por lo tanto, como máximo se pagará un 3% sobre el patrimonio fiscal. De esta manera, se procura un efecto parecido al que se buscaba con el ICIR: A mayor patrimonio, mayor es la alícuota que corresponde.

En particular, la sobretasa se aplica sobre el patrimonio afectado a la explotación agropecuaria de quienes superen los 30.000.000 de Unidades Indexadas, en caso de entidades con capital nominativo, que es lo más común en el sector agropecuario.
 
***

EC - Empecemos preguntándole al Senador Agazzi: ¿por qué era necesario aprobar este proyecto?

ERNESTO AGAZZI:
El Gobierno mandó dos iniciativas juntas, la derogación del primer título del ICIR y su sustitución por una forma jurídica indudablemente constitucional. La mayoría de la SCJ opinó que el ICIR era inconstitucional –después podemos hablar de por qué es inconstitucional el ICIR–, por tanto debía ser sustituido, porque la voluntad política del Gobierno es desestimular la concentración de la tierra por la vía tributaria.

EC - De hecho, contestó la que iba a ser mi segunda pregunta: ¿cuál es el objetivo de la iniciativa?

EA - Sustituir el ICIR. El objetivo es crear un impuesto a la concentración de la tierra; no a la tierra, sino a la concentración de la tierra.

RD - De todas maneras, en algún momento se habló de que la caminería era la excusa, después se habló de concentración de la tierra. El objetivo quedó confuso, al menos para quienes estamos por fuera.

EA - Se llamaba impuesto a la concentración de inmuebles rurales, el nombre no deja ninguna confusión, es un impuesto a la concentración de inmuebles rurales. Lo que pasa es que este tiene que tomar la forma de reinstalar el Impuesto al Patrimonio en el sector agropecuario, porque no hay ningún motivo para que no exista. De hecho en nuestro país siempre existió el Impuesto al Patrimonio de los inmuebles rurales, cuando la crisis en el 2001 se exoneró, pero ya llegó el tiempo de actuar con equidad legislativa y que todos los sectores paguen por igual el Impuesto al Patrimonio. Solo que este Impuesto al Patrimonio tiene el fin específico de desalentar la concentración de la tierra.

EC - Contador Bonomi, ¿cómo observa ese objetivo de este proyecto? Para empezar, ¿se cumple con un instrumento como este?

DIEGO BONOMI:
No está claro cuál es el objetivo. Cuando se tiró por primera vez este tema arriba de la mesa se habló de la concentración de inmuebles rurales, después se habló de financiar la caminería rural, después se habló de otra serie de cosas respecto a lo que se pretendía con este impuesto. Y si no está claro el objetivo no vamos a encontrar la herramienta adecuada para llegar a él. O sea, la herramienta tributaria podrá servir para algunas cosas, pero no para otras.

EC - El ingeniero Agazzi acaba de insistir en que es para frenar, desalentar la concentración en materia de inmuebles rurales.

DB - Exactamente. Eso es lo que se pretendía con el ICIR. Ahí nos debemos una discusión sobre si es bueno o es malo desalentar la concentración de tierras. Si consideramos que es malo, busquemos cuál es la mejor solución para desalentarlo, que no va a venir por la vía tributaria. Miren lo que pasaba con el ICIR, el ICIR buscaba eso, desalentar la concentración, pero en la exposición de motivos, en el mensaje que el Poder Ejecutivo le manda al Legislativo explicando los fundamentos y el objetivo de la ley, se decía: "Este impuesto progresivo sobre la tierra que aquí se propone intenta deprimir el precio de la tierra y así desestimular la concentración de la misma en capitales que buscan una fácil realización". Para buscar la desconcentración se pretende un impuesto cuyo objetivo es deprimir el precio de la tierra. Entonces yo, gran inversor, tengo una tierra que voy a comprar en 5.000 la hectárea, y si se cumple este objetivo la tierra baja un 5%, me ahorré 250 dólares en el momento de comprarla y con eso estoy pagando 20 años de impuestos. Entonces, repito lo del principio, creo que hay una gran confusión respecto de adónde queremos ir y cuál es la herramienta mejor para llegar a ese objetivo.

EC - Senador Agazzi, ¿qué dice sobre estas objeciones?

EA - Que no hay ninguna duda, la ley es la ley, hay que leer el articulado. Si queremos discutir la exposición de motivos podemos hacerlo, pero la pieza jurídica válida es la ley. Y la ley intenta desalentar la concentración de la tierra. Hay dos herramientas para desalentar la concentración de la tierra: la que utilizó el Partido Nacional cuando fue Gobierno con el famoso proyecto de ley de Wilson Ferreira Aldunate, que ponía un tope a las hectáreas que podía tener un propietario, decía que no se podía tener más de entre 600 y 2.500 hectáreas, según la calidad del suelo. Para eso se crearon las Oficinas de Suelo, se hizo el mapa de suelos del Uruguay, se hicieron los índices Coneat. Esa es una manera, prohibir por ley tener más de tanto. Eso fue lo que hicieron 16 reformas agrarias en América Latina en las épocas de la ideología estructuralista.

Otra vía es desalentar la concentración no imponiendo por ley una limitación sino utilizando un mecanismo de mercado, desalentarla poniéndole un impuesto. Es bueno oír las opiniones de los inversores en tierra en tierra. En Búsqueda hace tres números salió un reportaje a Grobocopatel, y ellos tienen claro que esto es un impuesto a las grandes extensiones en propiedad de dueños de la tierra, pero dicen que como la tributación en Uruguay igual es baja, no va a afectar para nada su negocio. Pero entendieron bien clarito que es un aumento de los impuestos. Y probablemente haya menos demanda de tierra, veremos qué es lo que pasa.

En el plano internacional hay experiencias de lo que ha pasado con las distintas formas de desalentar la concentración.

RD - Aprovechando ese punto, quedaron claros los dos caminos que había, el de Wilson y el de ahora. El planteo es si la herramienta que se utiliza, que es el Impuesto al Patrimonio, que venimos aprendiendo que en la época de la crisis comienza su derogación y a nivel mundial, por lo que he estado estudiando y aprendiendo hasta ahora, viene en desuso, si justo esa es la herramienta adecuada para tomar el segundo camino que usted plantea.

EA - Lo que pasa en Uruguay es que el Impuesto al Patrimonio recauda 600 millones de dólares, que son más o menos el 8% de las recaudaciones de la DGI, estuve mirando las cifras antes de venir. Por tanto el Impuesto al Patrimonio no está en desuso en el Uruguay, el sector agropecuario estaba exonerado, entonces si la industria y el comercio pagan Impuesto al Patrimonio, no hay ningún motivo por el cual el sector agropecuario no lo pague. Yo estoy de acuerdo en que estratégicamente los impuestos a la propiedad deben ceder frente a los impuestos a la renta, a lo que produce la propiedad. Estratégicamente, pero en el Uruguay de hoy, cuando hay sectores importantes de la economía que pagan el Impuesto al Patrimonio, estaría muy mal que el sector agropecuario no lo pague.

RD - ¿La industria en su totalidad lo paga?

EA - Sí, lo pagan las empresas. Si uno entra a la página de la DGI puede ver cuánto recaudan todos los impuestos; el Impuesto al Patrimonio recauda más o menos 600 millones de dólares.

RD - Bonomi.

DB - Reitero lo de la gran confusión, porque este Impuesto al Patrimonio, como bien decía el senador Agazzi, deroga una exoneración que el agro tenía desde el año 2000. Pero ¿para qué la deroga? Porque estamos buscando un sustituto del ICIR que castigaba la concentración de la tierra. Con este Impuesto al Patrimonio agropecuario, quien no tiene una hectárea de propiedad de tierra puede tener que pagar, y el que tiene tierra va a pagar por la tierra, por la maquinaria, por el ganado, por el saldo en banco, por los vehículos, va a pagar por todo su activo.

EC - Hagamos esa puntualización para que el oyente entienda. Efectivamente puede pagar también un productor que no es propietario, que realiza la producción arrendando tierras.

DB - Exactamente, un productor que no tiene una hectárea en su patrimonio puede llegar a pagar el Impuesto al Patrimonio agropecuario. Entonces vuelvo al tema: ¿no estábamos tratando de atacar la concentración de la tierra? Ataquemos la concentración de la tierra, no desvirtuemos el tema.

RD - La otra cosa que me preocupa cuando se dice que ataca el tema de la tierra es la productividad. En todos estos años de tertulia hemos tratado de hablar de la necesidad de crecimiento hacia arriba de las empresas por el aumento del valor de la tierra, y parecería que esto atenta contra el aumento de producción a nivel predial.

EA - Sí, ese es otro centro de este impuesto. Este impuesto lo van a pagar entre el 2,5 y el 3% de los tenedores de tierras, o sea que si tenemos 100 productores acá, 97 no lo van a pagar, lo van a pagar tres, y algunos de esos tres no son productores, son propietarios de grandes extensiones que viven de lo que la tierra da trabajada por otro. Entonces ubiquemos el asunto, esto no es un impuesto a la producción ni a la productividad, es un impuesto a la tenencia de grandes superficies.

RD - ¿Cómo entran los arrendatarios, entonces?

EA - El contador es profesor de producción legislativa; el impuesto tiene un sujeto activo, un sujeto pasivo, alguien que paga, alguien que cobra, y tiene consecuencias, se aplica para algo; no tiene el objetivo de recaudar, tiene el objetivo de desestimular la concentración de la propiedad de la tierra. Hay que analizar qué resultado da. En todo caso, en el ámbito internacional estos tipos de impuestos –lo dice un estudio del Banco Mundial que tengo acᖠalgunas veces no frenaron la concentración de la tierra, pero siempre condujeron al aumento de la productividad, porque aumenta un costo fijo, que es la propiedad de la tierra en las grandes extensiones.

DB - Una precisión: el impuesto tal cual está redactado puede gravar a gente que no tenga una hectárea en su propiedad, pero también, y esto es grave, castiga a la empresa familiar, no al gran terrateniente. Acá se incorpora un concepto de unidad económico-administrativa por el cual todos los que tengan un interés común, etcétera, como dice la ley, deben analizar conjuntamente si les corresponde pagar el impuesto y si les corresponde pagar la sobretasa. Le doy casos concretos: en Durazno, una familia con seis hijos que tienen entre todos 2.000 y algo de hectáreas Coneat van a pagar el impuesto, cuando cada uno tiene 300 y algo de hectáreas a su nombre; esa familia va a tener que pagar Impuesto al Patrimonio como unidad económico-administrativa, porque a nivel de escala decidieron explotar conjuntamente. El mismo caso me llegó de Lavalleja de otra familia, también padre con hijos dueños de tierra que explotan conjuntamente, se va a dar el concepto de unidad económico-administrativa y esa empresa familiar también va a pagar. El mismo caso me llegó de Soriano. O sea, estamos desvirtuando la idea original, esto no es para el gran terrateniente, acá van a entrar muchos que no son grandes terratenientes; un ejemplo concreto, las empresas familiares por un problema de escala. El senador, como técnico agropecuario, como ingeniero agrónomo, tiene que saber que la escala es buena a determinados niveles para producir.

RD - Es necesaria.

DB - Es necesaria, y acá estamos castigando la escala de explotación. No hablemos de la propiedad de la tierra, que, como dijimos, es un tema político, si hay que resolverlo busquemos la herramienta correcta para ello. No estamos en contra de eso, y tampoco estamos en contra de que, si corresponde, el agro pague más impuestos, pero vayamos por un camino técnicamente correcto, sin cambiar reglas de juego y ni castigar a quien no se quiere castigar. Hay también otros castigos dentro del sector.

EC - ¿Qué responde el senador Agazzi sobre esas consecuencias que tal vez no fueron pensadas?

EA - Los grandes propietarios tratan de desvirtuar el sentido de esta ley, de hacerle oposición a esta ley. Por eso la Federación Rural dice las cosas que dice, junto con la Asociación Rural llamó a elevar recursos a la SCJ para declarar inconstitucional el ICIR. Creo que el ICIR era mejor que esto, que fue lo que quedó. Y el ICIR fue declarado inconstitucional porque lo que está mal es la Constitución, pero ese es otro tema que podemos discutir otro día.

Tú mencionaste al principio a las gremiales agropecuarias; hay gremiales agropecuarias que están a favor del impuesto, no son "las gremiales", es la gremial de los grandes productores de tierras la que está en contra, lo cual es absolutamente comprensible, legítimo en una sociedad democrática, tener su punto de vista. Han utilizado una batería de argumentos: que no es claro el objetivo, ya lo discutimos; que puede tener errores. Esto tiene un objetivo, si una familia tiene muchos integrantes que explotan su predio y son empresas independientes no va a ser una unidad económica, esto está hecho para los grandes propietarios que disfrazan su gran propiedad poniéndole a la señora esto, al otro aquello, haciendo chicanas para no pagar el impuesto. En la reglamentación va a quedar bien claro, les garantizo al contador y a los oyentes que ningún productor familiar va a pagar esto. Por eso las gremiales de los productores familiares están de acuerdo con este impuesto.

DB - No es lo que dice la ley. Estos casos que le planteo se vienen dando así desde hace más de 20 años, o sea, no había ningún Impuesto al Patrimonio, era una decisión de producir a una escala razonable –2.000, 3.000 hectáreas de campo–, entonces no desvirtuemos la cosa, esto no son chicanas, son realidades. Acá se va a gravar a gente que creo que no era la idea gravar; salvo que la idea fuera esa y se dijera otra cosa, no lo creo. Acá no estamos gravando al terrateniente, estamos gravando a gente propietaria de 300, 400, 500 hectáreas que por motivo de escala está explotando en forma conjunta. Eso lo dice la ley; si en la reglamentación se va a pretender otra cosa, vamos a estar ante un decreto ilegal porque va a ir contra lo que dice la ley.

RD - Senador, ¿qué pasa con los inversores extranjeros? Usted citaba recién que ninguno ha tenido alguna objeción, ¿ninguno ha sentido que han sido cambios en las reglas de juego?

EA - Las grandes forestales cuando salió el ICIR dijeron que lo iban a pagar.

RD - Pero no hay más remedio que pagarlo, acá no se discute eso, el tema es si afecta o no la credibilidad del país.

EA - No afecta la credibilidad del país, porque esto es una política, no tiene nada que ver con el sistema tributario. El sistema tributario es la lógica con la que el Gobierno maneja los ingresos fiscales, que está dada por la ley de reforma tributaria. Esto es específicamente una medida de política para desalentar las grandes concentraciones de tierra en el Uruguay, que, repito, son a lo sumo el 3% de los propietarios de tierras en nuestro país, que buscan evitarlo por cualquier vía, como decir que no entienden, decir que les puede pegar a otros. Esto no le va a pegar a ningún productor familiar, no está diseñado para eso.

Además existió un impuesto a la concentración de la propiedad de la tierra en una ley sancionada en enero del 68, en el gobierno de Pacheco. Existió por un año, porque en aquel momento había necesidades fiscales. Y se llamaba así: Impuesto a la Concentración de la Propiedad de la Tierra, 8 de enero del 68.

EC - Un punto que quedó sin dilucidar es si también tiene que pagar aquel que produce arrendando campos. El contador Bonomi sostenía enfáticamente que sí y Agazzi contestó que no. Recurro a un análisis que desarrollamos aquí en En Perspectiva y que estuvo a cargo de la contadora Mercedes Gómez, de Deloitte. Le preguntábamos específicamente eso, qué pasa con un productor que realiza explotación agropecuaria sobre campos de terceros, arrendados, y ella sostenía que cuando la herramienta era el ICIR no le correspondía pagar, porque el impuesto aplicaba a los propietarios de inmuebles. Sin embargo, podría corresponderle pagar el nuevo impuesto, dado que este se aplica sin importar si se es propietario de inmuebles rurales o no. Si el 40% del valor real de catastro de los inmuebles de terceros que explota el contribuyente supera el mínimo no imponible del nuevo Impuesto al Patrimonio, el productor tiene que pagar el impuesto. De todos modos, agregaba que esa situación solo se dará en casos de productores que arrienden campo en superficies importantes: si pensamos que el productor arrienda campos de un valor catastral promedio de 650 dólares la hectárea, para que pague Impuesto al Patrimonio se requiere que tenga en arrendamiento algo más de 6.000 hectáreas.

RD - Esos casos existen, hay una cantidad.

EA - Conviene aclarar que el Impuesto al Patrimonio de alguien que arrienda tierra se divide en dos partes, una parte que es la propiedad de la tierra, que paga el propietario de la tierra, y otra parte, el impuesto, que paga los semovientes, los bienes muebles que están arriba, siempre que superen los 12 millones de unidades indexadas. Para que ese 40% que está apoyado en la tierra supere los 12 millones de unidades indexadas tiene que ser una cosa muy importante.

RD - Claro, pero todos sabemos que hay muchos grupos agrícolas que manejan grandes extensiones y que arriendan. Hoy hablar de que un grupo agrícola maneja 10.000 hectáreas, 15.000 hectáreas, 20.000 hectáreas, es un tema de escala y es una realidad que existe, extranjeros o nacionales, pero manejan superficies importantes. Esos que no son dueños de tierra estarían comprendidos dentro de esto.

EA - Sí, porque claramente esta ley tiene una filosofía de fondo que es priorizar a los productores nacionales. El productor nacional que trabaja con su familia, que tiene un tambo de 200, 300, 400 hectáreas, el productor nacional que hace cría, que trabaja con sus terneros, el productor nacional que planta arroz, el productor nacional que produce manzanas, que produce hortalizas, que produce citrus, que produce olivos, esos productores nacionales no van a pagar el impuesto. Esto es una opción política y no favorece a las grandes concentraciones de empresas que están buscando tierras por todos lados.

EC - Se busca desalentar la concentración de inmuebles rurales tanto por la vía de la propiedad como por la vía del arrendamiento, por lo que usted acaba de decir recién, para estos casos en los que sí se daría el Impuesto al Patrimonio.

EA - En el caso de arrendamiento, el Impuesto al Patrimonio es lo que paga el propietario de la tierra y lo que paga quien tiene lo que está arriba de la tierra, los bienes muebles.

RD - Bonomi.

DB - Un par de precisiones. Una, me preocupa el senador Agazzi cuando dice que una empresa familiar como la del ejemplo que pusimos no va a pagar impuesto, cuando la ley dice claramente que va a pagar. Otra cosa, la ley no discrimina en ningún momento entre un productor nacional y un productor extranjero –cosa que me parece bien–, o sea que esto no es contra el extranjero y a favor del nacional.

Otra cosa que también es importante y que decía recién cuando mencionaba al criador es que este es un impuesto que, como costo fijo que es en una explotación agropecuari,a va a castigar mucho más a la ganadería que a la agricultura, va a castigar mucho más al criador que al agricultor. Porque el ICIR se basó en el índice Coneat, un análisis espectacular que hizo Uruguay en los años 60 –creo que pocos países se pueden jactar de tener un estudio como el que tenemos– en función de la productividad de carne y lana del país y ahí quedó. El ICIR se basaba en eso, y este impuesto se basa en los valores catastrales de la tierra, que están muy ligados a los valores del índice Coneat.

Entonces no es lo mismo una tierra criadora que una tierra agrícola, si yo le digo a usted como ingeniero agrónomo: le voy a dar un pedazo de tierra, elíjalo, para producir y obtener más rentabilidad con toda la técnica agropecuaria posible, ¿qué va a preferir: un establecimiento de 1.000 hectáreas netamente agrícola de índice 200, o 3.000 hectáreas de índice 67 criador en el noreste del país? ¿A cuál le va a sacar más rentabilidad? ¿Cuál es el producto bruto de las 1.000 hectáreas? Más de 2 millones de dólares. ¿Cuál es el producto bruto de las 3.000 hectáreas? Serán 600.000, 700.000 dólares, pero esos dos establecimientos van a pagar exactamente el mismo impuesto, y lo van a pagar exactamente igual en los años de seca y en los años de bonanza. Es un costo fijo más que en porcentaje de la producción y en porcentaje de la rentabilidad está castigando mucho más al criador que al agricultor. Y si vemos la estructura de productores del país, los productores criadores son netamente uruguayos y entre los agricultores hay una inversión extranjera muy fuerte. Entonces, de vuelta el tema de la confusión, creo que queremos ir para un lado y ya estamos tan mareados que estamos yendo para cualquier otro lado.

RD - ¿El caso a caso entonces, el análisis no existe?

EA - No, y no hay ninguna confusión, es bien clarito. Esos 1.200 productores que históricamente, desde el primer censo de 1908, ya tenían un tercio de la superficie del país, van a tener que pagar este impuesto, hagan lo que hagan. Y esto es una medida con relación a la propiedad de la tierra. Quienes quieren decir que es confusión están haciendo una oposición.

Yo estoy de acuerdo con el contador en que el ICIR era mejor, y si uno lee la sentencia de la SCJ es bien interesante, porque explica cómo se puede gravar la tierra. La tierra en el Uruguay tiene un impedimento que fueron las reformas constitucionales del 52 y la del 66; Jiménez de Aréchaga las analiza muy bien: es el único bien cuyos impuestos están regulados por la Constitución de la República, el [artículo] 297 y el 298 dicen que lo que se recaude por Contribución inmobiliaria rural va para las intendencias y lo que se recaude por el adicional va para el Gobierno central. Esta fue una discusión del país de blancos y colorados sobre cómo se reformó la Constitución. Se llegó a la conclusión de que la suma de los dos no podía ser más que la Contribución inmobiliaria por dos. Eso está regulado por la Constitución. Entonces no se pudo poner impuesto a la propiedad de la tierra por lo que decía la Constitución de aquel país extemporáneo.

RD - ¿Usted dice que la Constitución está mal?

EA - Sí, está mal, eso hay que cambiarlo. No puede ser que la Constitución regule cómo se puede poner el impuesto a la tierra y no diga nada de otros impuestos, de otras cosas en el país ni de lo que podemos pagar nosotros como ciudadanos. Esto fue una discusión entre blancos y colorados entre el 52 y el 67, el libro de Jiménez de Aréchaga sobre esto es bien explicativo. Poner el impuesto teniendo en cuenta el índice Coneat tenía esa ventaja.

EC - Para usted, el ICIR tenía ventajas.

EA - Sí, tenía ventajas sobre esto.

EC - ¿Generaba menos "injusticias"?

EA - Se dirigía más centralmente al objetivo. Porque era un impuesto sobre la propiedad de la tierra y además tenía en cuenta la productividad de la tierra para fijar eso. El problema es que los impuestos sobre la tierra están limitados por ese acuerdo entre blancos y colorados de la década del 60 sobre cómo no debe tributarse la tierra, entonces esto tuvo que tener la forma del Impuesto al Patrimonio. Quiero decir claramente que ningún productor familiar va a pagar esto, y quien no tenga tierra pero trabaje la tierra solamente va a pagar cuando explote cantidades muy grandes, miles de hectáreas. Y eso me parece bien.

***

EC - En los próximos días la Cámara de Diputados completará la aprobación parlamentaria del proyecto de ley que hace que los productores rurales vuelvan a pagar el Impuesto al Patrimonio, un tributo que había sido derogado en el año 2001 poco antes de que se desatara la gran crisis económica. El Impuesto al Patrimonio se restablece para las grandes extensiones de tierra.

Sobre su contenido y sus consecuencias estamos conversando esta mañana con el senador Ernesto Agazzi, del Frente Amplio, MPP, exministro de Ganadería, y con el contador Diego Bonomi, socio del estudio Bonomi Contadores Públicos y profesor de Tributación Agropecuaria en los programas de maestría de la Universidad de Montevideo.

¿Algo más, Rosanna? ¿Por dónde seguimos ahora?

RD - Tengo un comentario del colega Nicolás Lussich en la revista de El País Agropecuario de hoy que me pega en la fibra, por eso se lo quiero comentar a Agazzi, sobre todo como colega: "El que tenga un patrimonio menor a las 2.000 hectáreas equivalente índice Coneat 100 no pagará patrimonio, sin importar que acumule inmuebles urbanos, depósitos financieros y otros bienes por varios cientos miles de dólares más que el primero. Muy claramente es un impuesto antiagropecuario". ¿Qué dice?

EA - Que no tiene ningún fundamento. Me llama la atención de Lussich, que es un colega racional y estudioso.

RD - Pero en un punto lo comparto y lo siento así.

EA - Hay otra gente que tiene mucho patrimonio. Si querés, puede ser una inequidad preocuparse solo por la tierra y no por otras concentraciones patrimoniales que pueden ser más injustas que la de la propiedad de la tierra. Eso es lo que quiere decir él.

RD - Incluso agrega que en el caso del sector industrial la industria tiene exonerado del Impuesto al Patrimonio todo su capital productivo, la maquinaria industrial.

EA - Sí, pero ¿sabés cuál es la diferencia? Que las industrias se pueden armar y desarmar 10, 100 o 500 veces; la tierra no, tenemos 17 millones de hectáreas y un futuro de país y una población rural que tiene derecho y quiere trabajar y lo ha demostrado, la empresa familiar es la que mejor administra los recursos naturales del país. Entonces yo justifico fuertemente que los temas vinculados a la tierra se traten en un capítulo separado de los temas que hacen a cosas que los ciudadanos podemos construir o reconstruir, como fábricas, comercios, industrias; esto es la tierra.

RD - Y ahí hay otra cosa que usted dijo en el corte. ¿Por qué –lo hablamos también con relación a los casos de erosión con [el presidente del Instituto Nacional de Colonización, Andrés] Berterreche– el empresario familiar tiene que ser mejor que el terrateniente? ¿Por qué una persona que sea propietaria de grandes extensiones no puede ser un aporte de trabajo, de dinamismo, de inversión y de movimiento para el país?

EA - Ese es un tema bien interesante. Esto que estamos discutiendo acá se está discutiendo en todos lados. Yo tengo un trabajo que hizo el Banco Mundial que se llama "Crece el interés global por la tierra", que es bien interesante, porque analiza qué es lo que está pasando en el mundo con el hambre de tierra; en realidad es el exceso de capitales financieros que andan buscando cómo anclarse en forma segura. Y hay muchas experiencias en materia de grandes empresas, aquí se ha instalado alguna gran empresa trabajando con mano de obra asalariada. ¿Cuál es el modelo de desarrollo agropecuario que más le conviene a nuestro país? Eso es lo que me están planteando.

En la agricultura hay una economía de escala, en la agricultura de granos hay una economía de escala demostrada por la tecnología disponible, por la utilización de herbicidas, por la utilización de genética transgénica y por la siembra directa. Pero según el Banco Mundial, en la mayoría de los países, tanto ricos como pobres, el promedio de las empresas agrícolas es pequeño, porque en la agricultura hay una economía de escala, pero también hay una deseconomía de escala en grandes empresas. En realidad la agricultura familiar es más eficiente, usa mejor los recursos, se complementa mejor; el mejor ejemplo es la lechería en el Uruguay. Quizás esto debería analizarse producción por producción, no hay empresas globales que se dediquen a las manzanas, y empresas globales, con gerentes, que se dediquen a la lechería casi no hay. Los neocelandeses probaron acá con el New Zealand’s System Farm, y les fue mal con los números, ahora es de una empresa de Singapur. En el mundo la empresa agrícola que tiene más seguridad en el desempeño para los empresarios y para el país es la empresa familiar. Lo dice el Banco Mundial, y nosotros lo podemos ver en el Uruguay. La economía de escala que sí se da en la transformación de los productos de agro, que sí se da en la comercialización, que sí se da en la logística, en la producción no se da. Es mejor una estructura productiva basada en familias rurales. Lo saco de lo que concluye el Banco Mundial, pero me parece que en Uruguay eso es bien perceptible.

DB - Una precisión con respecto al tema de la industria. Como decía Rosanna, en la industria hay mucha exoneración a la maquinaria productiva. Eso se está desconociendo en este proyecto de ley. Acá al agro se le va a gravar la maquinaria productiva, a través del ficto del 80% de muebles y semovientes se van a gravar los rodeos de cría, la maquinaria, los tractores, etcétera. Ahí tenemos una diferencia muy significativa, se grava la máquina de producir.

Me preocupa también que se diga "tal cosa no se va a gravar", cuando la ley dice que se va a gravar. Es el caso de las empresas familiares, es el caso de los que arriendan, etcétera. La ley dice que se va a gravar. Si estamos diciendo que eso no se va a gravar, ¿qué estamos pensando?, ¿que después un decreto va a pasar por arriba de la ley para exonerar eso? Es preocupante.

Y me permito citarlo, senador, porque yo quería saber qué opinaba usted de todo esto, y me encuentro con una entrevista que se le hizo en esta misma radio en el mes de febrero; el día antes se le había preguntado a Alfredo Asti [diputado de Asamblea Uruguay] sobre este proyecto de patrimonio que se ve que ya estaba elaborado, y usted –corríjame– dijo ese día que hacer un sándwich con propiedad y arrendamiento no tiene nada que ver. Lo del Impuesto al Patrimonio es delicado, porque patrimonio no es solo tierra, patrimonio son instalaciones, son equipos, gravar todo el patrimonio es delicado, quizás estaríamos gravando algunas cosas que son buenas, que son inversiones importantes. Y usted decía acá y sigue diciendo que no es lo mismo gravar el patrimonio que desestimular la concentración de la propiedad de la tierra. Y coincido, no es lo mismo. Sin embargo, usted dice que no es lo mismo pero se está usando el Impuesto al Patrimonio para penalizar la concentración de la tierra. Pone el ejemplo de arándanos, ejemplos de forestación, y termina diciendo que el problema es con la terratenencia, no con el patrimonio de las empresas. Sin embargo fuimos por otro camino. Estoy totalmente de acuerdo con estas declaraciones, no es lo mismo patrimonio que atacar el problema de la terratenencia, pero si queremos atacar ese problema tenemos que buscar otras herramientas. No digo no atacarlo, no lo defiendo, pero busquemos otras herramientas. Usted mismo lo dijo: no es el patrimonio, gravar patrimonio es delicado y no podemos ir por el Impuesto al Patrimonio para solucionar unos temas que no tienen nada que ver. Por eso lo del principio, creo que desde el día uno hay confusión, no está claro el objetivo, y si no está claro el objetivo no podemos encontrar la herramienta adecuada.

RD - Agazzi.

EA - El que no quiere tener claro el objetivo puede seguir diciendo que no está claro. Yo lo digo bien clarito. En realidad lo que dije en aquel momento lo pienso, solo que la liquidación del Impuesto al Patrimonio que se hace con esta ley no es la liquidación del Impuesto al Patrimonio que se hace normalmente. Aquí está topeado cuánto valen los semovientes, por ejemplo, en un 40%, o sea, el valor de tierra se multiplica por 1,4. Y para empresas muy intensivas en el uso del capital se va a aumentar, pero en este Impuesto al Patrimonio eso está restringido, no es igual que el resto del Impuesto al Patrimonio, que era a lo que yo me refería la vez anterior.

De todas maneras, coincido en que el ICIR era mejor que esto. El problema es que eso no pudo salir porque la Federación Rural, la Asociación Rural y algún actor que fue el principal organizador de los recursos de la SCJ lograron que una mayoría de la SCJ dijera que el impuesto era inconstitucional.

DB - No le echemos la culpa al mensajero, la culpa podrá ser el mensaje, no creo que se haya declarado institucional por culpa de uno o de otro, si es inconstitucional –no me meto en ese tema porque no sé– será porque la ley adolecía de esos defectos.

EA - En la visión de algunos, otros argumentaron muy bien que era constitucional.

DB - Dentro de la SCJ; de eso no voy a opinar porque no sé.

EA - Yo opino porque la SCJ es algo muy respetable en el país, pero uno no tiene por qué estar de acuerdo siempre.

RD - La Constitución también, nos guste o no.

DB – Se puede no estar de acuerdo, pero el juez siempre tiene razón.

EA - Tomemos eso como dado. Si a alguien se le ocurre una forma mejor de ponerles un impuesto a las grandes concentraciones de tierra, que diga cómo.

RD - Ahí venía yo con la pregunta final: si este proyecto ha tenido la discusión suficiente con los actores, con la sociedad en su conjunto, o si son decisiones que se laudan a nivel legislativo, a nivel político y nada más. O sea ¿son temas que son político-partidarios de fondo y no hay que abrirlos a una semana, como estamos, por lo que dijo usted, de que se termine de sancionar? Me quedo con la sensación de que no se ha discutido suficientemente.

EA - En la comisión que trató este proyecto en el Senado estuvieron todas las gremiales agropecuarias, y solo la Federación Rural y la Asociación Rural están en contra. Lo quiero decir claramente, se dice "las gremiales"; lo que pasa es que la Asociación Rural tiene mucha llegada a la formación de opinión en el Uruguay y parece que fuera "el" agro. No es lo es, es una parte del agro, es el agro que representa a los grandes tenedores de tierras.

RD - Grandes, chicos, medianos, están todos.

EA - En la Asociación Rural no, la Asociación Rural no es un gremio.

RD - No, son cabañeros.

EA - Fijate en lo que dijeron los productores lecheros, lo que dijeron los productores arroceros, lo que dijo la Comisión Nacional de Fomento Rural, tiene posición política sobre este proyecto de ley. Hay sectores no tienen mucha fuerza comunicativa y por eso se los olvida. Yo pido que se tomen los documentos en los que estas gremiales toman posición sobre este proyecto, los llevaron a la comisión del Senado.

EC - De la audiencia se agrega que las Cooperativas Agrarias Federadas también se opusieron.

EA - ¿Sí? En realidad el proyecto que estamos manejando nosotros es el que mandó el Poder Ejecutivo, en el Senado se le hicieron reformas.

DB - Sí, lo tengo acá.

EA - Por ejemplo, había un problema con las cooperativas grandes, eso fue lo que plantearon las cooperativas, porque una cooperativa en realidad tiene el patrimonio de muchos de sus socios. Las cooperativas, las sociedades rurales, las sociedades de fomento y otras formas jurídicas ahora, con las modificaciones introducidas en el Senado, quedan excluidas de pagar este impuesto. Creo que uno no puede garantir –el contador me va a apoyar en esto–, cuando uno hace una ley queda claro quién paga, quién cobra y cómo se va a usar lo que se cobra, pero los otros objetivos que tienen las leyes –porque normalmente tienen otro objetivo– hay que evaluarlos. Veremos qué resultado da esto con relación a la concentración de la propiedad de la tierra. El objetivo no es recaudatorio, esto va a recaudar muy poco de todo lo que recauda el agro; el objetivo es de política, es desestimular la concentración de la propiedad de la tierra.

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EC - Me queda una duda más, senador Agazzi, a propósito de los montos a los que usted recién aludía. ¿Desalienta efectivamente un instrumento que recauda 60 millones de dólares al año? Veíamos un ejemplo, en el análisis con Deloitte, de un productor que realiza explotación sobre inmuebles propios en una superficie de 2.000 hectáreas; el cálculo da que le toca pagar unos 27.000 dólares anuales. ¿Ese es un número que desalienta la concentración de la tierra?

EA - El objetivo es desalentarla. En realidad va a recaudar solo 60 millones de dólares en un agro que paga 280, 300 millones de dólares. Pero como lo van a pagar pocos, para cada uno de ellos va a ser un esfuerzo. El objetivo es desalentar. Ahora, algunos productores grandes se preguntaron cuánto van a pagar por hectárea. Si hoy el arrendamiento de una hectárea para lechería vale 120 dólares –para tener una idea de números, no digo que ese arrendador de lechería lo pague–, ¿qué le cuesta a un gran productor pagar 8 dólares el impuesto? Esa es la cifra. Pero en el conjunto de las hectáreas esto les puede pesar a los grandes propietarios, porque van a tener que pagar mucha plata cada uno, aunque son pocos.

EC - Cerramos. Agradecemos al senador Ernesto Agazzi y al contador Diego Bonomi que nos hayan acompañado en esta Tertulia Agropecuaria, entrevista, debate...

RD - Diálogo.

DB - Es lo que hay que hacer: intercambio de ideas, y recoger de estos intercambios las cosas que le sirvan más a la sociedad. Antes de cambiar reglas de juego pensemos en las consecuencias, discutámoslo entre todos y vayamos por el camino técnicamente correcto, que logre el objetivo que perseguimos. Eso es lo que deberíamos hacer, y como tal considero esto un intercambio de ideas muy productivo, ojalá se pudiera dar en el Parlamento entre quienes levantan la mano y deciden, que no decidan cosas que creen que están decidiendo y de repente se dan cuenta después en el texto de la ley de que lo aprobando es algo distinto de lo que pensaban que estaban aprobando.

EA - Está bien. Le agradezco al contador el tono, el aporte. Está bien que así sea, en una sociedad democrática tienen que darse estas cosas. Es lo que se hace normalmente en las comisiones asesoras del Parlamento, hemos recibido a todas las delegaciones, todas dieron su opinión, pero en un Estado democrático unos opinan a favor y otros en contra y al final las leyes hay que sancionarlas por un lado o para el otro. Así que sigamos construyendo este país entre todos.

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Transcripción: María Lila Ltaif

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