Proyecto alternativo para el "plebiscito del agua"
Diputado Iván Posada (PI): Compartimos los enunciados programáticos, pero si la Constitución impide actuar incluso a empresas mixtas con mayoría estatal, esos principios quedan en letra muerta por imposibilidad material de invertir. Además, el texto y los promotores de la reforma son claros en que las actuales concesiones caerían.
(Emitido a las 09.09)
EMILIANO COTELO:
El "plebiscito del agua" se ha instalado definitivamente en el debate de esta campaña electoral del año 2004. Y no como un tema sencillo. Está provocando incluso problemas dentro de algunos partidos que en principio apoyaron la recolección de firmas.
El caso más claro es el del Encuentro Progresista - Frente Amplio (EP-FA), pero también hay dificultades en el Partido Nacional (PN), porque el doctor Jorge Larrañaga, que ahora es el candidato presidencial único, respaldó esta iniciativa, mientras que el herrerismo estuvo en contra.
¿Qué es lo nuevo esta semana? Un proyecto alternativo que ha redactado el Partido Independiente (PI) y que viene negociando en el Parlamento el contador Iván Posada, diputado y candidato a la Vicepresidencia por ese partido.
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Ayer entrevistábamos a esta hora a representantes de la Comisión Nacional en Defensa del Agua y de la Vida, impulsora de esta reforma constitucional. Interesa ahora saber en qué consiste este otro documento que está sobre la mesa. ¿Por qué el PI propone un texto alternativo?
IVÁN POSADA:
Primero digamos cuáles son las coincidencias, cuáles son los acuerdos que tenemos con este proyecto que impulsan los funcionarios de OSE. En Uruguay normalmente exaltamos las diferencias y no nos preocupamos por marcar las coincidencias.
EC - Una precisión antes de continuar: ¿ustedes firmaron para convocar a plebiscito?
IP - No.
EC - De todos modos, dice usted, tienen algunas coincidencias.
IP - Tenemos coincidencias importantes, primero en lo que refiere a considerar al agua como un recurso esencial para la vida, y en tanto recurso esencial creemos que todos los ciudadanos de la República tienen derecho al acceso al agua potable y por cierto también a los servicios de saneamiento.
Nos parece importante recalcar que estamos de acuerdo en que imperen razones de interés social ante las razones de interés económico a la hora de que todos los ciudadanos de este país tengan efectivamente acceso al agua potable y al saneamiento. Esto por razones de orden lógico: si el agua es indispensable para la vida, parecería lógico entonces que el Estado debiera asegurar, subsidiándoselo a aquellas familias que no puedan pagar el recurso, de forma tal que lo tengan para su subsistencia y por razones de higiene.
EC - Eso en cuanto a la filosofía de una reforma constitucional, en cuanto a lo programático.
IP - Exacto. Nosotros tenemos plena coincidencia con los aspectos programáticos que allí se plantean, que están incluidos en el numeral 1 de ese proyecto.
EC - ¿Dónde están, en cambio, las discrepancias?
IP - En lo que refiere al numeral 2, que es el que establece claramente que "las aguas superficiales y las subterráneas, con excepción de las pluviales integradas en el ciclo hidrológico, constituyen un recurso unitario subordinado al interés general que forma parte del dominio público estatal como dominio público hidráulico". Nosotros tenemos coincidencia en esto, pero tememos que haya claramente un no respeto de los derechos adquiridos.
La pregunta que se hacen muchos, incluso juristas, es: ¿qué pasa con los derechos adquiridos, permisos, autorizaciones que otorgó el Estado al amparo del Código de Aguas al aprobarse un proyecto de estas características?
EC - Ayer el doctor Guillermo García Duchini, integrante de la Comisión y uno de los redactores del texto, aclaraba que nada, que no pasa nada porque disposiciones como estas ya están contenidas en la legislación vigente, que lo único que se hace ahora es colocarlas a nivel constitucional.
IP - Ahí yo tengo una diferencia. Ayer el doctor Guillermo García Duchini citaba, por ejemplo, el inciso 1 del artículo 260, el que señala que "las aguas que satisfagan o sean susceptibles de satisfacer las necesidades de carácter colectivo son de dominio público". Y ponía como ejemplo, justamente, que la legislación en este sentido era mucho más amplia. Este inciso 1 del artículo 260 de la ley 13.737 está derogado, fue derogado en forma expresa por el Código de Aguas, el decreto ley 14.859, y en consecuencia no rige. Entre otras cosas, la comisión redactora del decreto ley 14.859 señala que se propone su derogación porque establecía una expropiación sin indemnización.
EC - O sea que para usted poner un texto como este en la Constitución abre la puerta, efectivamente, a expropiaciones. ¿A quiénes, por ejemplo?
IP - Por lo menos deja la duda sobre qué va a pasar con todas esas situaciones de autorizaciones y permisos concedidos por el propio Estado, porque el Estado interviene.
EC - ¿Por ejemplo, a quien ha puesto una planta para extraer agua mineral y embotellarla, o para quien ha hecho una instalación termal?
IP - Exacto. En todo caso -aquí está el proyecto alternativo nuestro- lo que hace es establecer la frase "sin perjuicio de los derechos adquiridos" para toda esa propuesta que estaba contenida en el proyecto impulsado por los funcionarios de OSE.
EC - Leo entonces cómo queda este tema en el proyecto del PI. Es el penúltimo párrafo; dice:
"Sin perjuicio de los derechos adquiridos, las aguas superficiales, así como las subterráneas, con excepción de las pluviales integradas al ciclo hidrológico, constituyen un recurso unitario, subordinado al interés general, que forma parte del dominio público que pertenece al Estado como dominio público hidráulico".
O sea, hacen la puntualización, al empezar la frase: "Sin perjuicio de los derechos adquiridos".
IP - De todas maneras, en la medida en que la propia comisión que ha impulsado el referéndum está marcando que no hay intención de innovar en este aspecto parece claro que allí sí, en la eventualidad de que se aprobara el proyecto como está perfectamente una ley de carácter interpretativo podría establecer la vigencia de esas autorizaciones y esos permisos. En consecuencia desde ese punto de vista podría quedar salvado, en ese aspecto específico.
EC - Pero ustedes no están proponiendo una ley interpretativa, que una vez aprobada la reforma esclarezca y determine en detalle qué implica en términos prácticos. Ustedes están proponiendo una ley constitucional...
IP - No, no es una ley, es un proyecto de reforma constitucional.
EC - Un proyecto de reforma constitucional para que sea sometido a plebiscito junto con esta otra reforma el 31 de octubre.
IP - Exacto.
EC - Ustedes quieren darle a la población una alternativa, una segunda opción en el mismo tema.
IP - Exacto, manteniendo esos aspectos que son de carácter programático, teniendo en cuenta esa definición que se hace en cuanto los propios impulsores del proyecto están sosteniendo que no se ha querido de ninguna manera violentar los derechos actuales, entonces parece lógico que la ciudadanía tenga una alternativa a este texto.
EC - Una alternativa en la cual en este punto concreto se hace la aclaración de manera expresa y absolutamente nítida.
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Pero no era ese el único punto que a ustedes les preocupaba del proyecto de la Comisión en Defensa del Agua y de la Vida.
IP - Claro; la diferencia sustancial está en el cercenamiento que se hace en el proyecto impulsado por los funcionarios de OSE de los instrumentos que tiene hoy a su disposición el Estado uruguayo para cumplir con ese precepto que establece la obligación del Estado en cuanto a que todos los habitantes de la República tengan acceso al agua potable y a los servicios de saneamiento.
EC - La discrepancia de ustedes está en que se elimine la posibilidad de las concesiones.
IP - No sólo la posibilidad de las concesiones, sino que la modificación que se hace en el artículo 188 le impide al Estado prestar servicios de agua potable y saneamiento mediante emprendimientos de economía mixta, en los cuales el Estado va a tener la mayoría accionaria. O sea que el Estado queda con una obligación pero no va a tener todos los instrumentos a su disposición para poder efectivamente cumplir con ese precepto que se establece.
EC - Como el oyente quizás no está todavía familiarizado con el texto, vale la pena ir leyendo los párrafos correspondientes; son dos los párrafos que en el proyecto de los funcionarios de OSE aluden a esta cuestión:
"El servicio público de saneamiento y el servicio público de abastecimiento de agua para el consumo humano serán prestados exclusiva y directamente por personas jurídicas estatales".
Y el otro es un agregado al artículo 188 de la Constitución:
"Las disposiciones de este artículo referidas a las asociaciones de economía mixta no serán aplicables a los servicios esenciales de agua potable y saneamiento".
IP - Claro está. Y el artículo 188, justamente, es el que prevé que el Estado puede participar en actividades industriales, agropecuarias o comerciales a través de empresas de economía mixta, en las cuales va a tener la mayoría accionaria.
EC - Entonces por el proyecto que hasta ahora está circulando se eliminan las concesiones y las posibilidades de asociación del Estado con privados para los servicios de agua potable y saneamiento. Ustedes discrepan con esto.
IP - Totalmente, en primer lugar porque allí sí se están violentando derechos adquiridos de empresas que hoy, bajo el régimen de concesión, le están prestando ese servicio al Estado.
Pero por otro lado entendemos que en realidad esto va a ser letra muerta, es decir que ese principio de que todos los ciudadanos puedan tener acceso a los servicios de agua potable y de saneamiento se transforma en letra muerta porque el Estado no va a tener los recursos suficientes para realizar esas obras de saneamiento. ¿Entonces quiénes van a ser los postergados? Quedarán postergados, una vez más, los ciudadanos que viven en el interior de la República, donde notoriamente hay un atraso en el tema de obras de saneamiento, que no van a poder ver satisfechas sus necesidades.
Miremos lo que es hoy la deuda pública uruguaya en relación al producto bruto interno: estamos hablando de un 109 por ciento. ¿Alguien piensa que Uruguay va a obtener préstamos para poder desarrollar obras de saneamiento con ese nivel de endeudamiento? Yo creo que no. En consecuencia no va a poder ser el Estado el que desarrolle esas obras. Y si además se le cercenan las posibilidades de usar estos instrumentos, en los hechos va a ser simplemente una declaración de buenos principios, de buenas intenciones, que no va a poder ser cumplida por el propio Estado uruguayo.
EC - Ustedes proponen este texto que voy a leer ahora. Dice:
"La ley, al regular la prestación de los servicios de agua potable y de saneamiento, deberá anteponer las razones de orden social a las de orden económico, por lo que toda autorización, concesión o permiso deberá ajustarse a este precepto".
IP - Exacto. De forma tal que quien en definitiva, por la vía de la concesión o a través de una empresa de economía mixta, pueda estar participando junto al Estado en la prestación de estos servicios tenga presente que estos aspectos deben ser tenidos en cuenta.
EC - Ustedes dejan abierta la posibilidad de concesiones a empresas de economía mixta, pero ponen condiciones. ¿Cuáles, concretamente?
IP - Concretamente se está estableciendo que las razones de interés social -esto es, que todos los ciudadanos de la República puedan acceder a esos servicios, como se proclama o se postula en el primer párrafo- se cumplan efectivamente.
EC - ¿Y en términos prácticos qué implica eso?
IP - En términos prácticos significa que las familias que viven por debajo de la línea de pobreza van a tener posibilidades de tener el servicio de agua potable, seguramente limitado a determinada cantidad de metros cúbicos, y el acceso al servicio de saneamiento.
EC - O sea que puede haber una concesión, pero si la misma implica para este servicio un precio 10, que para una población de escasos recursos es muy alto, desde el Estado se subsidiará ese precio 10, ...
IP - Exactamente.
EC - ...se subsidiará con 4 o 5 pesos. ¿De eso estamos hablando?
IP - Exactamente, de eso estamos hablando. No estamos hablando de subsidios cruzados, sino de subsidios específicos por parte del Estado.
EC - ¿Algo más para agregar a propósito de esto, sobre el punto crítico, o sea en qué condiciones pueden prestarse, por ejemplo en una concesión, los servicios de agua potable y saneamiento?
IP - Un solo comentario: una vez que se hace una obra de saneamiento la lógica es que todas las viviendas que tengan posibilidades de conectarse a esa nueva red lo hagan. Es absolutamente esencial, de lo contrario igualmente tendríamos aguas contaminadas, igualmente tendríamos casos de hepatitis, que están altamente correlacionados con la inexistencia de saneamiento. O sea, hay una razón de interés social que realmente debe primar, una razón de salud de la población, que por cierto debe anteponerse a cualquier tipo de interés, como un interés de carácter económico.
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EC - A grandes rasgos, este es el proyecto alternativo que el PI ha presentado con la intención de que sea plebiscitado el 31 de octubre junto con el proyecto de la Comisión Nacional en Defensa del Agua y de la Vida que integran los funcionarios de OSE. Ustedes lo hacen al amparo de lo que la propia Constitución prevé para este tipo de situaciones: cuando efectivamente un proyecto de reforma constitucional por iniciativa popular logra las firmas y queda habilitado para pasar a votarse en una elección nacional, en el Parlamento pueden presentarse otros proyectos. Pero esos proyectos deben cumplir determinados requisitos.
EC - Tienen que ser aprobados en el seno de la Asamblea General hasta tres meses antes de la elección nacional -en este caso la fecha sería el 31 de julio- y tienen que ser aprobados por mayoría, o sea que dentro del quórum mínimo de funcionamiento de la Asamblea General tienen que lograr una mayoría simple.
EC - No quedan muchos días por delante, quedan tres semanas.
IP - Estamos contrarreloj.
EC - Tres semanas para que un proyecto alternativo como éste pueda volverse viable. ¿Cómo marchan las conversaciones? Desde el larrañaguismo -digo larrañaguismo porque esto fue antes de las internas- ya se había anunciado que se trabajaba en un proyecto alternativo; recuerdo, por ejemplo, al senador Francisco Gallinal hablando de esa posibilidad. ¿Han coordinado esfuerzos con ellos?
IP - Sí, estuvimos reunidos el miércoles de mañana con el candidato a la Vicepresidencia, el doctor Sergio Abreu, con quien compartimos reflexiones acerca de los alcances de la propuesta que nosotros realizábamos, por cierto evaluando los impactos que tenía el proyecto impulsado por los funcionarios de OSE. A partir de allí también he tomado contacto con el doctor Juan Andrés Ramírez a efectos de hacerle llegar este texto y eventualmente estar a las observaciones o comentarios que nos puedan realizar para tratar de lograr, si es posible y si existe voluntad política en tal sentido, impulsar este proyecto de reforma constitucional alternativo.
EC - ¿Cómo le ha ido con otras fuerzas políticas?
IP - La actitud del Partido Colorado (PC) ha sido de expectativa. Estuvimos reunidos con el vicepresidente de la República en tanto presidente de la Asamblea General, quien ha pasado a sus asesores el estudio de este proyecto, y nos vamos a reunir esta tarde con el candidato a la Vicepresidencia del PC, el profesor Tabaré Viera.
EC - Según algunos trascendidos, en el PC no había mucho ambiente, por lo menos en una primera instancia, para incorporarse a estas negociaciones, para trabajar por este proyecto alternativo, en el entendido de que resolver este problema es un lío de aquellos partidos que firmaron y que ahora están dándose cuenta de que el texto de la reforma tiene inconvenientes serios.
IP - Claro. A esta altura puede haber en los distintos sectores una especulación de carácter electoral acerca de qué es lo que más beneficia. Esa tentación cuando se esta en instancias como esta es perfectamente comprensible, por lo menos entendible.
EC - ¿Usted notó frialdad en el PC efectivamente?
IP - No; lo que noté fue una actitud de expectativa, de esperar a que exista un pronunciamiento por parte del EP-FA y, fundamentalmente, del PN. Me parece que está claro que el PC no va a realizar ningún tipo de pronunciamiento antes de que el PN se exprese a este respecto.
EC - ¿También ha hablado con el EP?
IP - Sí, fue la primera reunión; la tuve con el candidato a la Vicepresidencia, el senador Rodolfo Nin Novoa. Intercambiamos ideas acerca de este texto alternativo; él nos señaló que iba a ser trasmitido a toda la bancada del EP-FA. Está claro que al margen de eso el EP ha sido impulsor de este proyecto de reforma constitucional, por lo tanto tiene un compromiso notoriamente mayor que el que pueda tener el PN.
EC - Esta semana ha estado cargada de declaraciones del doctor Tabaré Vázquez y del senador Danilo Astori, desde Europa, a propósito de este asunto, justamente porque fue tema de conversación en la reunión que mantuvieron con empresarios e inversores españoles el lunes en Madrid algunos de ellos vinculados a los servicios de agua potable y saneamiento. En primera instancia marcaron matices a propósito de las consecuencias de este proyecto con los propios impulsores de la reforma, por ejemplo entendían que en principio no estaba claro qué iba a pasar con las concesiones ya vigentes, mientras que para los impulsores de la reforma es clarísimo que las concesiones caen.
IP - Yo comparto ese criterio. Me parece que puesto en la Constitución de la República un inciso que habla de que esos servicios sólo podrán ser prestados por personas jurídicas estatales, tiene una sola lectura: que aquellos servicios prestados por privados en carácter de concesión tienen que cesar.
EC - En una primera instancia tanto Vázquez como Astori dijeron que eso no estaba claro, que lo estaban estudiando, y hablaron de una ley interpretativa a votarse después del plebiscito. Hubo una afirmación de Astori de que se iban a garantizar los derechos adquiridos. Pero luego ayer Vázquez afirmó el compromiso del EP con esta reforma constitucional, incluso dijo que su fuerza política va a ensobrar las papeletas del Sí a la reforma. ¿Entonces?
IP - Allí hay una contradicción, porque notoriamente, como bien dicen los impulsores de este proyecto de reforma constitucional, al establecerse una norma en el sentido de que la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento sólo puede ser desarrollada por personas jurídicas estatales, no hay posibilidad de otra interpretación en cuanto a que las concesiones realizadas -pensemos en Uragua, en la que se desarrolla en El Pinar, en Aguas de la Costa, en la empresa que tiene de hecho la concesión en el balneario Solís- caen todas por imperio de lo que establece esta norma que se pretende aprobar.
EC - Entiendo, pero mi pregunta es: ¿qué pasa con la posibilidad de que el EP se sume a este proyecto alternativo?
IP - Conociendo lo que han sido la trayectoria y el compromiso que ha asumido el EP-FA en esta iniciativa, me parece difícil.
EC - Entonces el resumen es que este proyecto alternativo sólo es viable si sale con votos del PC, el PN y el PI.
IP - Diría que esa es la realidad política a la que nos enfrentamos. Con lo cual la definición del PN pasa a ser definitoria en relación a este tema.
EC - Queda claro por dónde van estas negociaciones; veremos en los próximos días qué resultado tienen.
IP - Nosotros vamos a presentar este proyecto el próximo lunes. Le vamos a solicitar al vicepresidente de la República que cite a la Asamblea General a efectos de considerarlo, porque en todo caso nos parece plausible que haya una expresión de la voluntad de los distintos partidos políticos respecto de este tema, de forma tal que no perdamos la oportunidad de al menos considerar esta alternativa.
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Transcripción: María Lila Ltaif Curbelo
Edición: Jorge García Ramón
Fotos: Caterina Notargiovanni