Prevención en el trabajo

Con la ley de Responsabilidad Penal "las empresas tienen que ser mucho más profesionales" en la gestión de seguridad

En una nueva celebración del Día de los Trabajadores, uno de los temas vigentes es la aplicación de la nueva ley de Responsabilida Penal Empresarial. Desde su aprobación hace más de un mes, ha crecido la preocupación por parte de los empleadores en materia de seguridad laboral. En este marco, En Perspectiva entrevistó a Marcos Cabrera, secretario del Colegio de Técnicos en Higiene y Prevención de Accidentes del Trabajo, y Alexei Caballero, dirigente del Sindicato de Técnicos Prevencionistas del Uruguay. Tanto Cabrera como Caballero coincidieron en que es necesario "invertir en prevención, porque eso va a redundar en beneficios" para la empresa y su productividad. Según ellos también es importante conocer las estadísticas en siniestralidad laboral "para establecer metas como país" y "desarrollar la cultura de la prevención".

(emitido a las 8.53 hs.)

EMILIANO COTELO:
El Día de los Trabajadores tiene hoy en un Uruguay un ingrediente especial. Esta es la primera vez que el Primero de Mayo se celebra con la vigencia de la ley de Responsabilidad Penal del Empleador. La seguridad laboral dejó de ser una opción, ahora incumplir las normas vigentes en esa materia puede significar la prisión.

En su proclama, el PIT-CNT va a destacar hoy esta ley como uno de los principales avances que hubo en este período de gobierno en cuanto a los derechos de los trabajadores.
 
Dejando de lado la polémica que rodeó la aprobación del texto, lo cierto es que ya rige y vale la pena averiguar qué está ocurriendo en las empresas y en las instituciones del Estado, qué medidas se están adoptando, qué papel están jugando los técnicos prevencionistas.

De esto vamos conversar en nuestra entrevista central. Vamos a estar con Marcos Cabrera, secretario del Colegio de Técnicos en Higiene y Prevención de Accidentes del Uruguay, y con Alexei Caballero, dirigente del sindicato que agrupa a estos profesionales.

Marcos Cabrera, ¿qué es un técnico prevencionista?

MARCOS CABRERA:
Un técnico prevencionista, como lo dice la palabra, se dedica a la prevención de riesgos. Maneja una técnica que permite el reconocimiento, la evaluación y el control de los riesgos que pueden causar accidentes o enfermedades profesionales en un ambiente de trabajo.

 

EC - El técnico prevencionista realiza un diagnóstico y luego presenta propuestas...

 

MC - Exactamente. El ABC de nuestra profesión es identificar los peligros en un ambiente de trabajo, evaluar los riesgos para poder darles un valor, una valoración y un orden, y sobre la base de esa valoración y ese orden establecer medidas de control tendientes a llevar esos riesgos a límites tolerables.


EC - ¿Dónde se forma un técnico prevencionista?

MC - La carrera la dicta UTU, tiene una duración de tres años. Últimamente se le viene dando un giro más práctico, lo que ha venido muy bien, se ha desmonopolizado. Antes se dictaba solamente en Montevideo, ahora se ha hecho en varios departamentos del interior, por ejemplo Paysandú fue uno de los primeros que largó una generación nueva y está en curso la segunda. También en otros departamentos, como Colonia y Durazno ha habido ocasión de dictar la carrera.

EC - ¿Cuántos técnicos prevencionistas hay en Uruguay?

MC - No tenemos un número exacto, pero por los registros hay entre 1.500 y 1.600 técnicos prevencionistas. El Colegio tiene unos 700 socios, y por año están saliendo entre 80 y 90 nuevos técnicos prevencionistas.


EC - Lo nuevo en el contexto es la nueva ley de Responsabilidad Penal del Empleador, que prevé una pena de prisión de tres a 24 meses de duración para el "empleador, o en su caso, quien, ejerciendo efectivamente en su nombre el poder de dirección en la empresa, no adoptare los medios de resguardo y seguridad laboral previstos en la ley y su reglamentación, de forma que pongan en peligro grave y concreto la vida, la salud o la integridad física del trabajador".

Ahora es delito, y penado con cárcel, el hecho de no adoptar las medidas de seguridad laboral previstas en la normativa vigente si de esa manera se está poniendo en peligro grave y concreto la salud o la integridad física de un trabajador. Entonces, ¿cómo impacta esta ley en la organización de las empresas y de las instituciones del Estado?

MC - Ha tenido un impacto muy grande principalmente en los empresarios. Como técnico no me causa una preocupación extra, sí quizás una responsabilidad mayor, porque claramente se va a estar observando todo el mundo del trabajo de una forma distinta. La responsabilidad del empleador viene de hace 100 años, el 28 de julio se van a celebrar 100 años de la ley 5032, que ya penaba -aunque de forma civil- al empleador que no cumpliera con las normas. La diferencia y la principal preocupación hoy es que ya no se puede arreglar con dinero. Antes, en el ámbito civil, por medio de una indemnización a la familia o al propio trabajador lesionado el empresario podía resarcir por ese problema. Ahora no solo va a ser juzgado en el ámbito civil, sino también en el penal, en el que ya se afecta la libertad de la persona, eso es lo que más preocupa.

EC - Incluso puede ser castigado penalmente sin que haya existido un accidente, sin que haya existido un herido ni un muerto.

MC - Eso es lo que más dudas genera. A nuestro entender son los principales problemas porque no habla de algo puntual, sino que lo deja abierto en esa definición de "peligro grave y concreto de la vida y la integridad física del trabajador". Entonces cuán fácil es cuantificar o identificar esa situación. Porque de repente un colega, un técnico cualquiera va a un equipo de trabajo y no identifica algo como un peligro grave, pero si ocurre un accidente con esas características que no fueron identificadas evidentemente había un peligro grave, si no, no habría ocurrido el accidente.

EC - Entonces la ley incluso pone en jaque la tarea de ustedes mismos, de los asesores, de quienes dispusieron o no tales o cuales medidas de seguridad.

MC - Cabe aclarar que nosotros como técnicos ya éramos responsables, no nos cambia mucho. Uno en el desempeño de su profesión, como un ingeniero que hace una estructura que colapsa, como profesional, ya es responsable. Antes de la implementación de la ley ya éramos responsables de lo que no veíamos si se producía un accidente de trabajo, una muerte. Somos responsables de lo que no vemos, de lo que no identificamos. Esto no nos cambia sustancialmente la responsabilidad. Pero ni que hablar que es una mayor presión para el técnico prevencionista, que va a tener que ser cada día más profesional, lo cual aplaudimos.

EC - En principio el delito apunta "al empleador, o en su caso, quien, ejerciendo efectivamente en su nombre el poder de dirección en la empresa, no adoptare los medios de resguardo". Pero el empleador, llegado el caso, en un juzgado puede decir: "Yo hice lo que el técnico prevencionista me recomendó".

MC - Exactamente, puede decir: "yo tengo un asesor". Ni que hablar que eso pasa, repito, pasa hoy en día.

EC - Una ley como esta, ¿fomenta la prevención, como sostenían los sindicatos que la impulsaban, entre ellos por ejemplo el Sunca?

MC - Uruguay tiene muchas leyes y decretos en materia de seguridad muy buenos, quizás haya que adaptar algunos. Esta ley despierta la preocupación de los empresarios, y eso naturalmente genera un movimiento importantísimo. Las consultas que los técnicos prevencionistas hemos tenido desde que se comenzó a discutir este tema en la prensa se han incrementado muchísimo, y eso es bueno. Después hay que quitar todo ese fantasma del medio, les he dicho a mis clientes en un montón de oportunidades: tenemos que ocuparnos de este tema, no preocuparnos, no gastar en un abogado sino invertir en prevención, porque eso va a redundar en beneficios claros para la empresa, no solo para el trabajador, sino para la productividad de la empresa y para la salud de la empresa en general.

EC - ¿Existen cifras concretas de cuántos accidentes laborales se producen anualmente en Uruguay?

MC - No, uno de los principales problemas que ha tenido Uruguay es que no tiene estadísticas. Recién ahora el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) está procesando informes que va a empezar a largar. Lo comunicó el doctor Andrés Roballo hace pocos días y lo vemos con muy buenos ojos porque eso va a proporcionar a instituciones o al propio Estado cifras tangibles para trabajar de una manera diferente.

EC - ¿No hay estadísticas oficiales, confiables?

MC - No, se van a poner a trabajar en conjunto, interconectados, el Banco de Seguros del Estado (BSE) y el MTSS. De esa forma se va a poder a acceder a la información.

EC - En declaraciones de noviembre del año pasado en el diario El Observador, Mario Castro, presidente del BSE, decía: "Los mayores índices de siniestralidad se dan en el rubro metalúrgico, construcción y deliveries".

MC - Sí, y en el agro, allí ocurren muchas muertes de trabajadores. Son estadísticas genéricas, no hay estadísticas concretas o profesionales, las cuales sumarían muchísimo a la prevención. Conocer los datos y manejar la información es importantísimo para poder establecer metas como país de hacia dónde se quiere llegar. De modo que el hecho de que se esté trabajando en eso es un paso importantísimo. Se está trabajando en la mejora del decreto 89 del año 1995 en la industria de la construcción, está próximo a presentarse; la nueva ley; ahora se van a cumplir 100 años de la ley 5032 y se va a impulsar que se revea, porque evidentemente una ley de 100 años no puede estar adaptada a la realidad del trabajo de hoy. Como país tenemos que apostar a desarrollar la cultura de la prevención desde los más chicos, los más jóvenes, como se está empezando a hacer de a poco en el tránsito. Es la única manera de dar pasos concretos hacia el futuro, no solo trabajar con el trabajador de hoy y atender los casos puntuales, sino generar conciencia en los que vienen, que serán los trabajadores de dentro de unos años.

EC - Le preguntaba por las estadísticas para después ver cómo estamos ubicados en la comparación con otros países. Por lo visto no podemos hacer ese paralelismo.

MC - Yo no lo podría hacer de una forma responsable. Como Colegio hace unos poquitos meses asumimos una nueva comisión directiva y estamos trabajando muy fuerte en varios puntos, pero no hemos podido avanzar en todos los objetivos que nos hemos trazado. Son trazados para el año, seguramente en no mucho tiempo tendremos varios puntos un poquito más claros y podrán ayudar a poner en la opinión pública toda esa información.

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EC - Estamos conversando esta mañana en En Perspectiva con dos técnicos prevencionistas. Estamos averiguando de qué manera está impactando la nueva ley de Responsabilidad Penal del Empleador en las empresas y en organismos públicos. Por ejemplo, ¿qué tipo de sugerencias están haciendo los técnicos prevencionistas a quienes los contratan? ¿Cómo se maneja en este nuevo contexto una empresa pequeña o una microempresa? ¿Es accesible el servicio de un técnico prevencionista? Y también tenemos consultas de los oyentes.

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EC - Con la nueva ley de Responsabilidad Penal del Empleador, la seguridad en el trabajo ha pasado a ser un aspecto prioritario para las empresas grandes o chicas y para los organismos públicos.

Por eso hoy, en este Primero de Mayo, estamos analizando cuáles son los cambios que ha traído la nueva norma.

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EC - Nuestros interlocutores hoy son técnicos prevencionistas. Incorporamos al diálogo a Alexei Caballero, dirigente del Sindicato de Técnicos Prevencionistas del Uruguay. Llama la atención que existan un colegio y un sindicato.

Cabrera, ¿qué es el Colegio?

MC - El Colegio es un grupo de técnicos que tienen como finalidad apuntar a la profesionalidad, al desarrollo de la carrera, al desarrollo ante organismos como UTU, proponer mejoras en el currículo, institucionalizar al técnico prevencionista en su contexto. A diferencia del sindicato, que apunta un poco más a la defensa directamente del prevencionista trabajador.

EC - ¿Desde cuándo existe el sindicato, Caballero?

ALEXEI CABALLERO:
Tenemos un año y poquito.

EC - ¿Cómo lo presentan?

AC - No vamos a decir algo obvio, lo que es un sindicato y lo que significa. Surgió a partir de que la realidad del trabajo de los prevencionistas se mostraba cada vez más sobre la mesa y existían una cantidad de carencias en temas laborales específicos, hay una desregulación muy grande. El sindicato necesariamente nace para intentar hacer cumplir insólitamente sus derechos, que muchas veces son vulnerados como sucede en otras actividades y con otros trabajadores. Para los prevencionistas, que a veces somos visualizados como una figura importante, hay un montón de aspectos que a veces no se cumplen, como el respeto a las horas extras y otros derechos laborales que todavía no son respetados como se debería, entonces ahí nace el sindicato.

EC - Me interesa conocer lo que está cambiando en el mundo del trabajo con esta nueva ley. La ley prevé la posibilidad de cárcel, de tres a 24 meses de prisión "para el empleador o en su caso quien ejerciendo efectivamente en su nombre el poder de dirección de la empresa no adoptare los medios previstos en la ley y su reglamentación". Me detengo en esto último, "la ley y su reglamentación". ¿Todos los sectores de actividad tienen normativas específicas de seguridad en el trabajo o todavía hay zonas grises?

AC - No todas las actividades -sí la mayoría- tienen reglamentaciones específicas con respecto a seguridad laboral. Estamos hablando de las más conocidas, la construcción, la química… Una de las ramas que no tienen es el servicio doméstico, actividad en la que hasta hace unos años no se visualizaban o no existían algunos derechos laborales o normas contemplando esos derechos.

EC - De ese sector se habló mucho durante el debate previo a la aprobación de la ley, se señalaba que la dueña de casa podía terminar siendo castigada con pena de prisión si no había tomado los resguardos, etcétera. Por lo que usted dice, ¿en este caso la empleadora estaría fuera de una tipificación de ese estilo?

AC - No está por fuera, simplemente no existe una reglamentación específica. Desde 1914 existe una ley sobre temas de seguridad y salud laboral que obliga al empleador a dar los medios de resguardo y a asumir las responsabilidades que correspondan respecto a sus trabajadores dependientes. Eso aplica para todos, y se fue reglamentando con el correr de los años en lo que tiene que ver con las ramas de actividad específica, por las características específicas de esas actividades. Existe en la construcción, en la química, en forestación, para trabajadores rurales; estas últimas son bastante nuevas también, del 90 en adelante. Entonces hay que trabajar para que exista una norma. Los telecentros también tienen una norma, también muy nueva. Se ha venido avanzando específicamente en los últimos años en reglamentar las normas de algunas actividades que no existían.

EC - ¿Hay que entender que donde no hay normativas específicas lo que rige es la ley general?

AC - Exactamente.

EC - ¿Quiere agregar algo sobre este punto, Cabrera?

MC - No, comparto lo que decía Alexei. Una puntualización sobre la ley 5032, de hace 100 años: si bien hace referencia a empresarios de establecimientos industriales y especifica dos o tres actividades, dice "o cualquier otro trabajo en que haya peligro para los operarios". Ahí queda incluida esa ama de casa que está en una empresa familiar y hay un peligro.

EC - Otra precisión. Ustedes hablaban de normativas específicas que se han ido adoptando, algunas de ellas en los últimos años, para algunos sectores. Ese es un detalle que hay que tener en cuenta, porque puede ocurrir que una máquina comprada hace 10 años al entrar en vigencia una normativa específica quede en trasgresión respecto a esas normas. Cuando se la compró quizás era la última tecnología, tenía todo lo que tenía que tener, pero con la normativa que luego entró en vigor requiere que se le apliquen determinados cambios o determinados agregados para garantizar la seguridad de los trabajadores. ¿Puede ocurrir eso?

AC - Por supuesto, y más cuando no existe una reglamentación que exija, cuando se compra una maquinaria, que cumpla con las normas de seguridad vigentes. Viene con las características específicas del fabricante, con estándares internacionales que pueden ser mucho mejores, no tienen por qué ser peores que los de acá, pero no hay una comparación y una reglamentación específica que diga "compro una amoladora que cumpla con las normativas del Uruguay, que dicen esto, esto y esto".

EC - Un ejemplo puede ser el de un tractor en la actividad agropecuaria. Cuando se lo compró seguramente era el más nuevo y actualizado, pero luego surgieron normas que requieren por ejemplo que se le coloque la protección antivuelco.

MC - Exactamente, pasa mucho en la forestación que se debe modificar toda la estructura poniendo enrejados a los tractores o dotarlos de determinadas condiciones de seguridad para la tarea que realiza, porque lo aplica el decreto 372, por ejemplo, en la industria de la forestación. Hoy comentaba que como país debemos seguir dando pasos, por ejemplo no podemos permitir que se importen cosas comunes, como una hormigonera en la industria de la construcción, que no cumplan con las normas que se exigen en el país. No deberían importarse, como ahora pasa con los autos, que no pueden importarse sin un airbag. En estas cosas es que como país tenemos que ir avanzando.

EC - Con esta ley de Responsabilidad Penal del Empleador tiene que haberse producido un aumento en la demanda de los servicios de los técnicos prevencionistas. ¿Lo han notado?

AC - Sí.

EC - ¿Qué tipo de solicitudes reciben?

MC - Inicialmente fue la consulta de un asesoramiento general de a quién abarcaba o cómo protegerse de esto. Las empresas medianas o grandes no lo sufren tanto porque ya contaban con el asesoramiento de algún técnico prevencionista o tenían el viejo jefe de seguridad que de repente no es técnico prevencionista pero ha trabajado muchos años en eso en una pequeña o mediana industria. La pequeña empresa es quizás la que se ha preocupado menos y la ley la abarca de la misma forma, entonces a esa gente sí le va a causar un perjuicio económico más grande, porque va a tener que asumir los costos de asesoramiento del técnico, que es una parte, pero va a tener que invertir en seguridad, en dotar de condiciones al establecimiento, en equipos de protección, en mejorar el registro, registrar genera un costo administrativo mayor también para el empresario. Son varios los puntos de esta ley que tocan a todo tipo de empresario, pero principalmente a los pequeños.

EC - ¿Qué hacen los pequeños empresarios o los microempresarios? ¿Consultan individualmente o se están agrupando en sectores de actividad para contratar los servicios?

MC - Nosotros hemos recibido consultas individuales.

EC - En ese sector es donde se nota el peso de ese nuevo costo.

MC - Exactamente. Aparte estamos viviendo en una época en que hay muchas construcciones muy importantes. En Paysandú, por ejemplo, tenemos la obra de ALUR, que genera muchos puestos trabajo para prevencionistas, como la de Montes del Plata hace poquito tiempo, que ahora ya está llegando a su fin. Eso genera que el técnico prevencionista, al tener muchas opciones, pueda elegir el trabajo que le genera mejores ingresos. Y eso le hace más difícil acceder al pequeño empresario que lo necesita para una consulta puntual.

EC - Caballero, ¿qué tipo de respuestas dan ustedes, por lo menos en primera instancia? ¿Cuáles son, a grandes rasgos, los consejos?

AC - Primero, dos puntualizaciones. Con respecto a los temas de seguridad que se implementan en una organización, en una empresa o incluso en una cooperativa de trabajo, nunca los vemos como un costo, siempre los vemos como una inversión apuntando a la salvaguarda y a la seguridad de las personas.

EC - Eso está claro, yo le llamaba así en el sentido de que seguramente es un costo que hasta ahora no manejaban.

AC - En el buen sentido es un costo.

EC - Es un costo que se agrega, que quizás debió haber existido antes, pero para muchos es una novedad.

AC - Exactamente, es así. Fue una aclaración, pero no con mala intención, sino que está bueno y es interesante que ese concepto lo manejen las pequeñas empresas que no tenían esto contemplado y hoy tendrían que tenerlo.

Con respecto a los prevencionistas y su trabajo, también en ese tema de la demanda y la necesidad que cada vez más existe en el Uruguay en las empresas con respecto al avance de estos temas, tenemos muchas carencias. No existe una regulación de los técnicos prevencionistas de qué tipo de contratación o cuáles son sus trabajos específicamente, si debe ser un asesoramiento externo. No existe un laudo, no existe un arancel, no tenemos categorías dentro de las ramas de actividad.

EC - ¡Qué curioso, ¿no?!

AC - Sí. En ese sentido, con los derechos o avances en materia laboral en los que Uruguay es vanguardia en América y en el mundo, los prevencionistas estamos quedados. Justamente, está entre nuestros objetivos de mediano plazo con el sindicato tener la posibilidad de existir en los consejos de salarios para empezar a regular todo esto. También es transparencia para el empleador, que no sabe cuánto sale un prevencionista, muchas veces dice ¿cuánto cobrás? ¿Y qué le cobro? Depende de la cara del cliente. Existe una desregulación muy grande en este sentido, que hoy puede ser muy buena y aprovechada por nosotros, pero queremos que exista una situación más transparente para las dos partes, el empleador y el empleado, en este caso nosotros como trabajadores, y una situación de mayor claridad en este sentido para poder trabajar con transparencia y que no exista una competencia desleal entre colegas.

EC - Cabrera, ¿quiere agregar algo sobre este punto?

MC - No, perfecto lo que dice Alexei. Hoy se cobra según la necesidad de cada técnico, no hay una regulación, ni siquiera una guía, por tanto si yo soy recién recibido y no tengo trabajo cobro equis dinero para acceder más rápido al trabajo, eso no está en ningún lado estipulado. Es una complicación muy grande, no solo para la gente, sino para nosotros mismos. Muchas veces por no saber cuánto cobrar principalmente la gente con menos experiencia puede quedar fuera de un trabajo.

EC - ¿Cuáles son las primeras recomendaciones que sugieren, para ir después a los detalles del caso específico?
    
AC - Orientamos en el sentido de que, primero, la empresa o la organización empresarial o productiva debería tener una política de seguridad laboral a efectos de atender estos temas. Una vez que se implementa una política de ese tipo, podemos ayudar, nuestra tarea es hacer una especie de diagnóstico identificando los riesgos y sugerimos una serie de medidas preventivas o de mejoras para el cumplimiento eficaz. Nuestra base siempre son las normas.

EC - Pero hoy, en este contexto, ¿por dónde van los primeros pasos que sugieren dar?

MC - En muchas empresas se están haciendo cosas fuera del ámbito de esta ley, ya se venían haciendo, aunque quizás no con el profesionalismo que hoy la ley requiere. Era muy común ya hace muchos años, no es de ahora, ver a los trabajadores de la fibra óptica en la calle con el casco y los zapatos, pero quizás el empleador no documentaba la entrega de esos equipos o no capacitaba en su uso y mantenimiento…
    
AC - … llevar estadísticas, por ejemplo.

MC - Exactamente. Llegado el momento de tener que defender o demostrar su inocencia era un problema, porque quizás sí lo estaba haciendo pero no lo estaba registrando de forma correcta. Hoy las empresas tienen que ser mucho más profesionales en ordenar la gestión de la seguridad, como decía Alexei, con una política de seguridad y una gestión.

EC - Ahí vamos a un detalle relevante: ¿qué pasa con las situaciones en las que el trabajador dispone de los medios de seguridad organizados por la empresa pero no los utiliza? ¿Qué recomiendan ustedes para el manejo de ese tipo de casos que puede darse?

MC - Actualmente se dice que entre el 80 y el 85% de los accidentes se dan por actos inseguros y el resto por condiciones. Entonces los empresarios tienen que dar sí o sí las mejores condiciones, trabajar en ese 20% para brindar las mejores condiciones, y después trabajar sobre los actos inseguros mediante la capacitación, la supervisión, la concientización. Nadie puede agarrar a un trabajador y obligarlo con un revólver en el pecho, pero hay medidas, por ejemplo la capacitación, para ir desarrollando una cultura preventiva en el trabajador que lo va a llevar a entender el porqué. Vale señalar que todas estas leyes van en defensa del propio trabajador, en cuidar su cuerpo, su vida, que es lo que le da el trabajo. Todos trabajamos por dinero, podemos hacer cosas que nos gustan o no, pero lo hacemos por dinero y sin el cuerpo no lo podemos hacer.

Entonces es importantísimo, mediante la capacitación, supervisión y concientización, ir llevando al trabajador a que entienda el porqué de las medidas de seguridad, porque por obligación nadie trabaja cómodo. Lo público de todo este tema de la seguridad, lamentablemente lo público de las muertes –eso es un logro muy importante por ejemplo de la industria de la construcción– lleva a una cierta conciencia o a instalar en los pasillos la cultura de la seguridad. Eso nos beneficia muchísimo, porque nos hace el trabajo más sencillo.

AC - Comparto plenamente, hay un tema de fondo que es cultural. No alcanza con reglamentar o que existan normas, es necesario crear una cultura preventiva. Eso significa apostar a la capacitación, que cada actor que está en el mundo del trabajo, léase el empleador, tenga una política de seguridad, que cada empresa destine recursos humanos y materiales para esto. Porque es muy fácil decirle a una empresa "tiene que comprar cascos, esto y lo otro" y medidas para corregir el proceso productivo para que haya seguridad, pero las personas tienen que acompañar. Si no hay capacitación al respecto –y nosotros cumplimos un rol de capacitadores en la mayoría de los casos–, no va a ser posible bajar la siniestralidad.

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Transcripción: María Lila Ltaif

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